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IDRD - Resolución 1620 de 2023

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 1620 de 2023
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2023

IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978 proferida por Concejo de Bogotá, el Decreto Distrital 610 de 2022, la Resolución No. 006 de 2017 modificada por la Resolución No. 007 de 2022 y Resolución No. 002 de 2023 (expedidas por la Junta Directiva del IDRD), y las Resoluciones internas No. 788 del 2019 y 922 del 2021 y

CONSIDERANDO

1. Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas de derecho público, creado mediante el Acuerdo 4 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.

2. Que el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, manifiesta que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a Ias normas que las organizan y la tutela de la administración a que están

sometidas, tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del Gobierno Distrital.

3. Que conforme con lo establecido en el artículo 6º del Acuerdo 004 de 1978, el Director del Instituto será su representante legal, de libre nombramiento y remoción del Alcalde Mayor de Bogotá y tendrá entre otras las siguientes funciones: “1. Dictar los actos, realizar las operaciones y los contratos que se requieran para el buen funcionamiento del Instituto, de conformidad con los Acuerdo del Concejo, las decisiones de la Junta Directiva y las demás disposiciones estatutarias que rigen la

Entidad (…)”.

4. Que mediante la Ley 1474 de 2011, se dictaron normas para fortalecer mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

5. Que la Ley 2195 de 2022, adopta medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción.

6. Que el artículo 2 del Decreto Distrital 610 de 2022 señala su ámbito de aplicación disponiendo: “Las disposiciones establecidas en el presente decreto son aplicables a todas las entidades y organismos distritales, las cuales deberán integrarlas como una herramienta complementaria a las políticas, instrumentos y estrategias de trasparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción. En el sector descentralizado las disposiciones del presente decreto se incorporarán de acuerdo con sus dinámicas propias y su nivel de autonomía”. Negrilla subrayado fuera de texto.

7. Que el Decreto Distrital 610 de 2022 adopta, en su artículo 7, el Modelo de Gestión

Jurídica Anticorrupción - MGJA, definiéndolo como “(…) un instrumento que de forma sistemática incorpora normas, políticas, lineamientos, procedimientos y controles para la implementación de programas de cumplimiento normativo, la generación e institucionalización de buenas prácticas para prevenir espacios y actos de corrupción al interior de las entidades y organismos distritales, así como generar mecanismos IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-” eficientes y oportunos para su investigación, sanción y reparación de estas conductas”.

8. Que el artículo 8 del Decreto Distrital 610 de 2022, establece seis componentes del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA: política de cumplimiento normativo; órgano de cumplimiento; plan de cumplimiento normativo; líneas de defensa; políticas de alerta de irregularidades (whistleblowing) e incentivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público.

9. Que el artículo 11 del Decreto Distrital 610 de 2022, señaló que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño de las entidades distritales deben conformar el Comité de Cumplimiento según sus características y necesidades institucionales.

10. Que el Decreto Distrital 221 de 2023, reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito

Capital, adoptando para el Distrito Capital el Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG, el cual se encuentra adoptado y reglamentado en el IDRD mediante la resolución 1031 de 2023 incorporando y actualizando el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

11. Que la Circular 17 de 2023, proferida por la Subsecretaría Jurídica Distrital estableció los lineamientos para implementar el Decreto 610 de 2022, entre los cuales indica que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño en cada una de las entidades deberá crear en primera instancia un Comité de cumplimiento encarga de elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo y de la observación y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA.

12. Que conforme con el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 que dispone: “Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal, cualquiera que sea su régimen de contratación, deberá implementar Programas de Transparencia y Ética Pública con el fin de promover la cultura de la legalidad e identificar, medir, controlar y monitorear constantemente el riesgo de corrupción en el desarrollo de su misionalidad.(…)”, en concordancia con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 1757 de 2015, así como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información (Ley 1712 de 2014) y de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Transparencia de Presidencia de la República en coordinación con las direcciones de Control Interno y Racionalización de Trámites y del Empleo Público de Función Pública y el Programa

Nacional del Servicio al Ciudadano del DNP, el IDRD cuenta con el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano actualizado a vigencia 2023.

13. Que IDRD al pertenecer al sector descentralizado y dado su nivel de autonomía administrativa y financiera, incorporará las disposiciones del Decreto 610 de 2022, de acuerdo con sus dinámicas propias. Lo anterior en concordancia con lo establecido en el artículo 2 del citado decreto.

14. Que en sesión del día 28 de Noviembre del año 2023 el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, aprobó la conformación del Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD con el objetivo de elaborar el Plan de Cumplimiento Normativo, observación y verificación del Modelo de Gestión

Jurídica Anticorrupción – MGJA. Por lo expuesto, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-”

RESUELVE.

ARTICULO PRIMERO: Conformación del Órgano de Cumplimiento. Conformase el Órgano en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto

Distrital de Recreación y DeporteIDRD.

ARTICULO SEGUNDO: Naturaleza. El órgano de cumplimiento es el encargado de elaborar al interior del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, el Plan de

Cumplimiento Normativo y de la observación y verificación del acatamiento de lo establecido en el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA ARTICULO TERCERO: Integrantes del órgano de cumplimiento. El Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD está integrado por:

1. El (la) Secretario General.

2. El (la) Subdirector de Administrativa y Financiera –

3. El (la) Subdirector de Contratación

4. El (la) Jefe de la Oficina Jurídica.

5. El (la) Jefe Oficina de Control Disciplinario Interno.

6. El (la) Jefe Oficina Asesora de Planeación.

7. El (la) Jefe de Talento Humano o quien haga sus veces.

8. Un (a) Delegado (a) de los gestores de integridad.

Parágrafo 1. El/la Jefe de la Oficina de Control Interno será invitado(a) permanente con voz, pero sin voto. Parágrafo 2. El Órgano de Cumplimiento podrá convocar a otros líderes de procesos conforme a las necesidades que se requieran para su funcionamiento. Lo anterior, procurando que su conformación sea multidisciplinaria. Parágrafo 3. Los integrantes del Órgano de Cumplimiento podrán contar con el apoyo técnico de las de las dependencias respectivas, con el objeto de desarrollar las actividades y responsabilidades asignadas. Parágrafo 4. El Comité de Cumplimiento podrá deliberar con la presencia de la mitad más uno de sus miembros y tomar decisiones con la mitad más uno de los asistentes. En caso

de empate en la votación, el asunto se deberá llevar a la Dirección General para que se designe un miembro adjunto quien participará de una nueva deliberación y votación.

ARTICULO CUARTO: Secretaría Técnica del Órgano de Cumplimiento. La Secretaría Técnica estará a cargo del(a) Jefe(a) de la Oficina Jurídica.

ARTICULO QUINTO: Funciones del Órgano de Cumplimiento. El Órgano de Cumplimiento orientará sus funciones en el marco del MIPG Distrital y tiene a su cargo lo

siguiente:

1. Elaborar y aprobar el cronograma de adopción y aplicación del Modelo de Gestión Jurídica y sus componentes conforme a la autonomía propia del IDRD.

2. Elaborar y aprobar el Plan de Cumplimiento Normativo del IDRD con el acompañamiento de la Secretaria Jurídica Distrital conforme a la circular 017 de

2023.

3. Realizar la revisión y validación de los riesgos de cumplimiento normativo, previo a la adopción del plan de cumplimiento.

4. Realizar el seguimiento a la implementación del Modelo de Gestión Jurídica

Anticorrupción - MGJA. IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-”

5. Presentar al Comité Institucional de Gestión de Desempeño propuestas de nuevas medidas anticorrupción al interior de la entidad, acorde al ámbito del MGJA cuando

lo estime necesario, o cuando se expida nueva normativa que lo amerite.

6. Asesorar y atender las consultas en temas de prevención de la corrupción, cuando las dependencias, funcionarios o colaboradores de IDRD así lo requieran.

7. Elaborar informes con base en las evaluaciones realizadas y los reportes necesarios a la alta dirección cuando a ello haya lugar.

8. Asignar las responsabilidades y roles frente al Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA, para el cumplimiento de la política y la implementación del Plan de Cumplimiento Normativo asociado a esta última.

9. Elaborar plan de acción de cumplimiento y metas para la implementación del

MGJA.

10. Validar la correspondencia de las acciones del plan de acción, su seguimiento, evaluación y mejora frente a las gestiones o lineamientos establecidos en otras políticas, instrumentos y estrategias vinculadas a las dimensiones del MIPG.

11. Elaborar informes con base en las evaluaciones realizadas y los reportes necesarios al Comité Institucional de Gestión de Desempeño cuando a ello haya lugar.

12. Actualizar el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA una vez existan cambios regulatorios, se identifiquen riesgos no contemplados o cuando se cumpla el plazo a través del cual se estableció el plan de cumplimiento.

13. Desarrollar actividades de segunda línea de defensa al interior de IDRD.

14. Las demás que sean designadas por el Comité Institucional de Gestión de

Desempeño.

ARTICULO SEXTO: Funciones de la Secretaría Técnica del Órgano de Cumplimiento.

La Secretaría Técnica tendrá como funciones las siguientes:

1. Realizar la convocatoria de las sesiones del órgano de cumplimiento y equipo

técnico.

2. Verificar el quórum antes de sesionar, fijar y hacer seguimiento al orden del día.

3. Elaborar los informes, actas y/o documentos y presentarlos para su aprobación si así se requiere.

4. Elaborar las actas de las sesiones y llevar el archivo de éstas, así como los demás documentos que se requieran.

5. Custodiar, archivar y conservar los documentos expedidos y relacionados.

6. Realizar el seguimiento de las actividades y acciones acordadas y proponer acciones para su cumplimiento.

7. Las demás que le sean asignadas por el Órgano de Cumplimiento.

ARTICULO SEPTIMO: Convocatoria a las reuniones. La convocatoria del Órgano de Cumplimiento estará a cargo de la Secretaría Técnica y se reunirá por lo menos cuatro (4) veces al año.

Parágrafo. La convocatoria deberá realizarse con ocho (8) días de antelación a través de correo electrónico institucional, el cual contendrá como mínimo fecha, hora y lugar o plataforma digital en que se llevará a cabo la reunión junto con el orden del día.

ARTICULO OCTAVO: Actas de las reuniones. Del desarrollo de las reuniones se levantarán las actas correspondientes. En cada sesión se designará una comisión encargada de revisar y aprobar dicha acta.

ARTICULO NOVENO: Convocatoria de Gestores/as de Integridad. Para la participación e integración del órgano de cumplimiento, la Subdirección Administrativa y Financiera a través del área de Talento Humano, convocará a los/as gestores/as de integridad del IDRD IDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 1620 “Por medio de la cual se conforma el Órgano de Cumplimiento en el marco del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD-” para que de manera autónoma se designe entre ellos, un delegado/a y suplente para la participación en el órgano de cumplimiento. Dicha participación será renovada y/o ratificada de manera anual.

ARTICULO DECIMO: Actualización del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción.

Para el desarrollo de la función contemplada en el numeral 12 del artículo 5 de esta Resolución, el Órgano de Cumplimiento deberá:

1. Revisar y reevaluar los riesgos de incumplimiento normativo en cada una de las dependencias del IDRD.

2. Tener en cuenta los resultados de las investigaciones penales y disciplinarias.

3. Eliminar procedimiento y controles obsoletos.

4. Documentar las actualizaciones y cambios.

5. Socializar los cambios que se hagan al modelo.

ARTICULO DECIMO PRIMERO: Implementación. El Órgano de Cumplimiento del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD emitirá el cronograma, fechas y orientaciones para la implementación del Plan de Cumplimiento Normativo y del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción – MGJA y sus actualizaciones.

ARTICULO DECIMO TERCERO: Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y contra la misma no proceden recursos por tratarse de un acto de carácter general conforme al artículo 75 de la ley 1437 de 2011.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el día 04-12-2023

BLANCA INES DURAN HERNANDEZ

Directora General

Proyectó: Nancy Celis – Abogada Contratista Oficina Jurídica.

Revisó: Iliana Carrillo Molina – Abogada Contratista Oficina Jurídica.

Aprobó Andrés Mejía Narváez – Jefe Oficina Jurídica Blanca Stella Bohórquez, Secretaria General POLÍTICA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL Aprobado en comité de MIPG 28 de noviembre de 2023 El Decreto Distrital 610 de 2022, adoptó el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA, como un instrumento de gerencia pública para la coordinación integral de las actividades jurídicas anticorrupción en materia de derecho administrativo, disciplinario y penal en el Distrito Capital, con el objeto fomentar la cultura de la legalidad, prevenir los actos de corrupción, disponer medidas ágiles para su detección, corrección y no repetición, el cual debe ser implementado por todas las entidades y organismos distritales[1]. El MGJA se encuentra compuesto por varios elementos como la política de cumplimiento normativo, el órgano de cumplimiento, el plan de cumplimiento normativo, las líneas de defensa, las políticas de alertas de irregularidades whistleblowing y la estructuración de incentivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público[2]. El artículo 2 del Decreto Distrital 610 de 2022 señala su ámbito de aplicación disponiendo: “Las disposiciones establecidas en el presente decreto son aplicables

a todas las entidades y organismos distritales, las cuales deberán integrarlas como una herramienta complementaria a las políticas, instrumentos y estrategias de trasparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción. En el sector descentralizado las disposiciones del presente decreto se incorporarán de acuerdo con sus dinámicas propias y su nivel de autonomía”. El artículo 9 del decreto ibídem, establece la definición de la política de cumplimiento normativo, como “la manifestación expresa y solemne que deberá realizar cada integrante de la alta dirección o de los órganos de gobierno sobre su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público” . En tal sentido, la política de cumplimiento normativo se desarrollará a través de la implementación del MGJA, que en sus componentes, articula y sistematiza las medidas y herramientas desarrolladas por la administración distrital en la lucha contra la corrupción, con el propósito de fortalecer la cultura de la legalidad y adoptar mecanismos de prevención, seguimiento y sanción oportunos y eficaces frente a este flagelo[3]. La materialización de la política de cumplimiento se produce, entre otras cosas, con la construcción y aprobación del plan de cumplimiento al interior de cada entidad del Distrito Capital, el cual debe ser elaborado por el Órgano de Cumplimiento[5] y aprobado por la Alta Dirección, y con la implementación de los demás elementos del Sistema Jurídico Integral Anticorrupción SIJIA[6].

Todo esto atendiendo el compromiso irrestricto con el cumplimiento de las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción, evidenciando de manera constante, visible y activa mediante pautas de ejemplaridad, acciones supererogatorias y comportamientos que demuestren que su compromiso con la prevención de la corrupción no solo hace parte de las responsabilidades sustanciales a cargo, sino que proviene de su convicción de respeto y preservación de los intereses públicos[7]. Dicho compromiso, para el caso del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), está en cabeza de la alta dirección, y se materializa con la manifestación clara, expresa y solemne de cada uno de los líderes de la entidad, del acatamiento, desarrollo e implementación de las actividades descritas en el artículo 10º del Decreto Distrital 610 de 2022, utilizando esta y otras herramientas para fortalecer la integridad, transparencia y no tolerancia a la corrupción, ello sin perjuicio de otras medidas o acciones que favorezcan la disminución de este riesgo[8]. Los /las empleados/as públicos/as del nivel directivo serán los/as responsables de la promoción y difusión de esta política a los/as servidores/as y colaboradores/as, y de coordinar con el Órgano de Cumplimiento la función de monitoreo de riesgos. Declaración de conocimiento y aceptación de la Política de Cumplimiento Normativo Bogotá, D.C. (05 de Diciembre de 2023) Yo Blanca Inés Durán Hernández en mi calidad de Directora General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), identificado (a) con C.C. No. 51987429

declaro que:

1. Manifiesto mi compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público.

2. Asumo la responsabilidad de difundir entre todos/as los/as servidores/as y colaboradores/as de la entidad esta política, las normas que la rigen y los estándares de cumplimiento, así como promover la mitigación de los riesgos identificados en el plan de cumplimiento.

3. Ejecutaré las medidas para fortalecer la cultura de la legalidad y el

cumplimiento del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción MGJA.

4. Propondré las herramientas necesarias para minimizar la ocurrencia de conductas penales o disciplinarias asociadas con la corrupción.

5. Adelantaré las acciones tendientes a la no repetición de dichas conductas.

6. Promoveré la difusión al interior de la entidad del control social para la participación, seguimiento a los recursos públicos y minimizar hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción.

Por eso hoy manifiesto mi compromiso, de manera libre y voluntaria: Firma [1] Ver artículo 7 del Decreto Distrital 610 de 2022. [2] Ver artículo 8 y siguientes del Decreto Distrital 610 de 2022. [3] Ver inciso 2 del artículo 1 del Decreto Distrital 610 de 2022 [4] Artículo 131 del Plan Distrital de Desarrollo, Código de integridad Decreto Distrital 118 de 2018, Ley 2195 de 2022.

[5] Documento 1 de 2023 de la Secretaria Jurídica Distrital aprobado en el Comité de Gestión y Desempeño MIPG el 25 de abril de 2023, ver en https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140398 [6] Ver artículo 33 del Decreto Distrital 610 de 2022. [7] Ver parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 610 de 2022. [8] Ver artículos 2 y 10 del Decreto Distrital 610 de 2022

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