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IDRD - Resolución 1780 de 2023

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 1780 de 2023
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2023

IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1408 “Por medio de la cual se termina y se liquida unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-1780-2023 suscrito entre el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD y JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.)” LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECREACIÓN Y DEPORTES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE

RECREACIÓN Y DEPORTE: en uso de sus atribuciones legales, en uso de sus facultades legales y en especial, en cumplimiento de los artículos 17 numeral 2 y 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, Decreto1082 de 2015, y actuando en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución 370 de 2020, y C O N S I D E R A N D O Que el día 01 de abril de 2023, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, suscribió el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023 con el señor JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía No. 1.016.090.521 cuyo objeto consistió en: “PRESTAR SERVICIOS DE APOYO A LA GESTIÓN COMO

RECREADOR, PARA PLANEAR Y EJECUTAR ACTIVIDADES RECREATIVAS Y

RECREODEPORTIVAS DEL IDRD, ACOMPAÑANDO LOS PROCESOS CON LOS DIFERENTES

GRUPOS POBLACIONALES EN LAS LOCALIDADES DEL DISTRITO CAPITAL.”.

Que, según los estudios previos el plazo de ejecución del Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, se pactó un plazo de ejecución de DIEZ (10) MESES, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. El valor pactado del Contrato de Prestación de Servicios de apoyo a la gestión No. IDRD-CTO-1780-2023 fue por un valor VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS ($22.360.000) M/CTE., respaldado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1241 del 20 de enero de 2023 y el Certificado de Registro Presupuestal No. 5746 del 03 de abril de 2023. Que el 12 de abril de 2022, se suscribió el acta de inicio una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-17802023, quedando como fecha de terminación el día 11 de febrero de 2024. Que la supervisión del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-1780-2023 fue ejercida por el Técnico Operativo 314-07 Hermes López Hernández de acuerdo con lo estipulado en el documento de estudios previos. Que según el Registro Civil de defunción indicativo serial No. 10949628, de JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) indica que falleció el día 01 de julio de 2023.

Que de acuerdo con el Certificado expedido por la Tesorería General del IDRD, de fecha 31 de julio de 2023, se efectuaron pagos al señor JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) con ocasión de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, por valor de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO TRENTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 5.888.133). Que el supervisor deja constancia de que el valor total ejecutado por el contratista con cargo al Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, fue por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($ 5.888.133), existiendo un saldo a liberar del contrato por la suma de DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($ 16.471.867), en razón al fallecimiento del contratista. Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 17, numeral 2°, ha previsto la terminación unilateral de un contrato estatal, mediante acto debidamente motivado, entre otras causas “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista”. Que, en este sentido, teniendo en cuenta que de acuerdo con el certificado de defunción el contratista falleció el día 01 de julio de 2023, la Entidad debe terminar unilateralmente mediante acto motivado, el

Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, acto que se ejecuta por este mismo medio. Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

Tel: 660 54 00

www.idrd.gov.co

Info: Línea 195

IDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1408

Que adicionalmente, en la medida en que existen saldos en favor de Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, resulta necesario liquidar el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, liquidación que tambien debe ejecutarse de manera unilateral, en la medida que intentar la liquidacion bilateral no es fácticamente posible ante el deceso del contratista. Teniendo en cuenta que el contrato no ha cumplido el plazo contractual y ha ocurrido el deceso del contratista procede la liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, de conformidad con lo consagrado en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el cual prevé que “Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán objeto de liquidación”, para dejar plasmados los ajustes, revisiones y

reconocimientos a que haya lugar. Que con el fin de efectuar el balance presupuestal del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, incluyendo los valores ejecutados, el saldo existente a favor del contratista y los recursos a liberar, el Supervisor suscribió el informe de supervisión donde señala que el contratista cumplió a satisfacción sus obligaciones hasta el día 30 de junio de 2023, teniendo en cuenta que el fallecimiento del contratista JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) fue el 01 de julio de 2023 el gestor territorial JUAN FELIPE CUELLAR RODRIGEZ Contratista cesión IDRD-CTO-07282023 IDRD presenta el informe del mes de junio de 2023 como evidencia que el contrato fue ejecutado satisfactoriamente hasta el día 30 de junio de 2023,quedando de este modo a paz y salvo el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023 entre el IDRD y el

CONTRATISTA.

Que el presente documento de liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, constituye un acto administrativo de carácter particular y concreto que se rige por las normas del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sin embargo, el presente acto administrativo no procede la notificación personal en razón al deceso del contratista y en consecuencia no se concederá recurso. Que teniendo en cuenta que JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) quien se identificó con

cedula de ciudadanía No. 1.016.090.521 ha fallecido, de conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se ordenará publicar en la página web de la entidad IDRD, la parte resolutiva y la publicación de un aviso por un medio masivo de comunicación en el territorio donde es competente quien expidió la decisión, para que los terceros que no intervinieron en la actuación y de quienes se desconoce su domicilio y a quienes afecta directamente la decisión, ejerzan sus derechos de conformidad con el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y comunicar el presente acto administrativo a la señora MARISOL JAQUE. Que es procedente terminar de manera unilateral y como consecuencia de ello proceder a liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023 por lo expuesto, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Ley 019 de 2012. Con fundamento en las anteriores consideraciones; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Terminar unilateralmente a partir del primero (1) de julio de 2023 y como consecuencia de ello, liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-1780-2023, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE (Q.E.P.D.) teniendo en cuenta la información reportada por el

supervisor, por las razones expuestas en el presente acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO: El Balance Financiero y Económico del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-1780-2023, es el siguiente:

ESTADO FINACIERO DEL CONTRATO VALOR INICIAL $ 22.360.000

VALOR ADICIONADO $ 0.0

VALOR TOTAL $ 22.360.000

VALOR PAGADO $ 5.888.133

VALOR POR PAGAR AL CONTRATISTA $ 0.0

Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

Tel: 660 54 00

www.idrd.gov.co

Info: Línea 195

IDRD ______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.1408

VALOR TOTAL EJECUTADO $ 5.888.133

VALOR A LIBERAR $ 16.471.867

ARTICULO TERCERO: Comunicar a los herederos conocidos de JOHAN SEBASTIAN SORZA JAQUE

(Q.E.P.D.) y terceros de quienes se desconozca su domicilio con la publicación de la parte resolutiva en la página web de la Entidad y en un medio masivo de comunicación en el territorio de competencia de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO CUARTO: Ordenar a la Subdirección administrativa y financiera liberar el valor de DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($ 16.471.867), del certificado de registro presupuestal No. 5746 del 03 de abril de 2023.

ARTICULO QUINTO: Contra el presente acto administrativo no procede el recurso de reposición.

ATICULO SEXTO: Una vez ejecutoriada la presente Resolución, la Subdirección de Contratación remitirá copia de esta a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD y a la Oficina Asesora Jurídica para los trámites de su competencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. Para constancia se firma en Bogotá D.C., a los 03/11/2023

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS HUMBERTO SALCEDO PRADO

Subdirector Técnico de Recreación y Deportes

Proyectó: Hermes López Hernández. Técnico Operativo 314-07 Área de Recreación

Elaboro: Hermes López Hernández. Técnico Operativo 314-07 Área de Recreación

Revisó: Stefany Carolina Guaqueta Soto-Abogada STRD

Yakson Flechas Mendivelso-Abogado Contratista STRD Martha Cecilia Iglesias Garay – Abogada Subdirección de Contratación Sandra Paola Romero Jiménez – Abogada Subdirección de Contratación Omar Rodríguez – Contratista STRD Tatiana BarbosaContratista STRD

Revisó: Camilo Ernesto Quiroga Mora – Subdirector de Contratación

Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

Tel: 660 54 00

www.idrd.gov.co

Info: Línea 195

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