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IDRD - Resolución 206 de 2020

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 206 de 2020
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No 206 . "Por la cual se modifica la Resolución 197 del 14 de julio de 2020 " LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el artículo 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 2150 de 1995 la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ley 1421 de 1993, en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, la Resolución 006 de 2017 de la Junta Directiva, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que el artículo 10° de la Ley 489 de 1998, establece como requisitos de la delegación, que el acto conste siempre por escrito, determine la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren. Así mismo, los representantes legales de entidades descentralizadas deberán informarse en todo momento sobre el desarrollo de las delegaciones que hayan otorgado e impartir orientaciones generales sobre

el ejercicio de las funciones delegadas. Que el artículo 11 de la Ley 489 de 1998, indica las funciones que no se pueden delegar, entre las que están: (i) La expedición de reglamentos de carácter general, salvo en los casos expresamente autorizados por la ley. (ii) Las funciones, atribuciones y potestades recibidas en virtud de delegación. (iii) Las funciones que por su naturaleza o por mandato constitucional o legal no son susceptibles de delegación. Que la misma Ley 489 de 1998 en su artículo 12 establece en relación con el régimen de los actos del delegatario, que "Los actos expedidos por las autoridades delegatarias estarán sometidos a los mismos requisitos establecidos para su expedición por la autoridad o entidad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ellas", sin perjuicio que la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 prevé que "Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes". Que en concordancia con el artículo 12, el numeral 10° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, faculta a los jefes o representantes de las entidades para delegar la competencia para celebrar contratos. Que la citada norma, fue adicionada por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, que señala:

"En ningún caso, los jefes y representantes legales de las entidades estatales quedarán exonerados por virtud de la delegación de sus deberes de control y vigilancia de la actividad precontractual y contractual". Que la Directora General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en virtud del artículo 78 de la ley 489 de 1998, es la representante legal de la Entidad y ostenta la competencia Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06 Tel: 660 54 00 www.idrd.gov.co Info: Línea 195 IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No 206 . "Por la cual se modifica la Resolución 197 del 14 de julio de 2020 " para celebrar en su nombre los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, y a su vez está facultada para delegar las funciones que le sean propias de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y en especial, en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y en la Resolución 006 de 2017 de la Junta Directiva. Que en el artículo 17 del Acuerdo 257 de 2006 por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones, se prevé: "Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998".

Que el artículo 87 del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, Decreto Distrital 714 de 1996, "por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", consagra que los órganos de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Que mencionado artículo 87 dispone que la facultad de contratación y de ordenación del gasto puede delegarse en funcionarios del nivel directivo y ser ejercida teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes. Que la Resolución 006 de 2917 " Por la cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, y se dictan otras disposiciones ", en su artículo 3°, establece las siguientes funciones de la Dirección

General:

6. Dirigir y coordinar la administración del recurso humano, financiero, físico y del presupuesto de la Entidad de acuerdo con la Ley, disposiciones de la Junta Directiva y estatutos orgánicos.

(…)

8. Expedir los actos administrativos y celebrar los contratos, convenios y demás actos inherentes a la gestión contractual, que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.

Que conforme con los principios de economía y celeridad y en procura de favorecer la eficacia y eficiencia en los procesos contractuales de la entidad, es conveniente organizar la contratación administrativa conforme a las reglas de delegación previstas en esta Resolución, y en el manual de contratación de la entidad. Que con base en la normatividad expuesta la capacidad de ordenar el gasto y el pago, en virtud del artículo 60 del Decreto 714 de 1996, puede ser delegada en funcionarios públicos del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en la Constitución Política, el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en el Régimen de Hacienda Pública –antes enunciadosy demás normas vigentes que lo desarrollen, complementen o modifiquen. Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06 Tel: 660 54 00 www.idrd.gov.co Info: Línea 195 IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No 206 . "Por la cual se modifica la Resolución 197 del 14 de julio de 2020 " Que el 14 de julio de 2020 se expidió la Resolución 197 de 2020, por medio de la cual se realizaron delegaciones relacionadas con la ordenación del gasto y del pago a funcionarios públicos del nivel directivo del IDRD. Que la mencionada Resolución 197 del 14 de julio de 2020 estableció en el artículo séptimo, una cláusula transitoria cuya finalidad fue que la competencia para ordenar el gasto, el pago

y liquidar los contratos o convenios terminados al momento de la expedición de ese acto administrativo, continuaría radicada en quienes detentaron la ordenación del gasto al momento de la finalización de cada uno de los vínculos contractuales. No obstante, se observa la necesidad de ampliar los términos de transición de la ordenación del gasto y del pago, no solo para aquellos contratos o convenios que hayan sido terminados a la entrada en vigencia de la Resolución 197 de 2020, sino en general a todos aquellos contratos que hayan sido perfeccionados al momento de la entrada en vigencia la mencionada resolución, dadas las modificaciones contractuales que puedan originarse con posterioridad a ese hecho y que requieren de la inmediatez de la ordenación del gasto para los ajustes que se consideren necesarios. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el artículo séptimo de la Resolución 197 del 14 de julio de 2020, el cual quedará de la siguiente forma: ARTICULO SÉPTIMO: Transitorio: Los Subdirectores Técnicos de Recreación y Deporte, Parques, Construcciones y Administrativo y Financiero conservan la competencia para ordenar el gasto, el pago, suscribir actas, modificaciones contractuales hasta la suscripción del acta de liquidación de los contratos o convenios que se encuentren vigentes o en término de liquidación, al momento de la expedición del presente acto administrativo.

ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D. C., a los 5 días del mes de agosto de 2020

BLANCA INÉS DURAN HERNÁNDEZ

Directora General

Proyectó: Sandra Jaber Martínez – Secretaria General

Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06 Tel: 660 54 00 www.idrd.gov.co Info: Línea 195

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