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IDRD - Resolución 238 de 2025

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 238 de 2025
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2025

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INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 238

IDRD

“POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES POR BOLSAS DE PRODUCTOS No. IDRD-SG-BP004-2025”

EL SECRETARIO GENERAL, En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, el Decreto-Ley 1421 de 1993, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Nacional 1082 de 2015, Resolución 176 de 2024 aclarada por la Resolución No. 1677 de 2024

CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia establece que “Son fines esenciales del Estado: (…) servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (…)”.

Que el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 80 de 1993, atribuye la competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y para escoger a los contratistas, al Representante Legal de la entidad respectiva. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 establece: “De la Delegación para Contratar. Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”.

para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes”. Que el artículo tercero de la Resolución 176 de 2024 (aclarada por la Resolución No. 1677 de 2024) establece: “Delegar en el(la) Secretario (a) General la competencia para ordenar el gasto, el pago y celebrar los contratos derivados de las modalidades de contratación por licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa no contemplados en los artículos primero y segundo del presente acto administrativo”. Que la Subdirección Técnica de Parques – STP, con fundamento en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.1.1. y los artículos 2.2.1.1.1.6.1. y 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto Nacional 1082 de 2015 y con observancia del principio de planeación, la libre concurrencia y la preservación de las garantías constitucionales y legales de los interesados, solicitó a la Subdirección de Contratación, adelantar un proceso de selección mediante la modalidad de Selección Abreviada para la adquisición de Bienes Servicios de Características Técnicas Uniformes por Bolsas de Productos, para lo cual remitió i) el estudio previo que justifica la necesidad de la contratación así como la conveniencia y la oportunidad de proceder con la misma; ii) el anexo técnico, y determinó los riesgos previsibles. Adicionalmente, el Área de Costos y Estudios Económicos de la Subdirección de

la conveniencia y la oportunidad de proceder con la misma; ii) el anexo técnico, y determinó los riesgos previsibles. Adicionalmente, el Área de Costos y Estudios Económicos de la Subdirección de Contratación, teniendo en cuenta la información allegada por parte de la referida Subdirección Técnica de Parques – STP, elaboró el análisis del mercado y el análisis del sector todos encaminados a

“CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA PARA LAS

INSTALACIONES A CARGO DEL IDRD”.

Que el proceso de contratación se encuentra incluido dentro del Plan Anual de Adquisiciones del Instituto Distrital de Recreación y Deportes – IDRD de la vigencia 2025. Que, el Decreto 1082 de 2015, estableció como una forma de selección abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes la Bolsas de Productos y estableció en sus artículos 2.2.1.2.1.2.11. a 2.2.1.2.1.2.19 el régimen y disposiciones aplicables a la adquisición de este tipo de bienes y/o servicios bajo esta modalidad; especialmente en el artículo 2.2.1.2.1.2.12 del Decreto 1082 de 2015, modificado por el artículo 2 del Decreto 310 de 2021. Que el Gobierno Nacional reglamentó la constitución y funcionamiento de las bolsas de productos, para brindar a la producción nacional un escenario público, moderno y ágil para sus transacciones. Que, la Bolsa Mercantil de Colombia S.A - BMC, se encuentra legalmente constituida e inscrita en el Registro Nacional del Mercado de Valores mediante Resolución 587 del 9 de julio de 2004 expedida por

Que, la Bolsa Mercantil de Colombia S.A - BMC, se encuentra legalmente constituida e inscrita en el Registro Nacional del Mercado de Valores mediante Resolución 587 del 9 de julio de 2004 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, a la cual se aplican las disposiciones previstas en el Decreto 2555 de 2010, siendo la única sociedad que a la fecha se encuentra autorizada para desarrollar el objeto social propio de las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities.______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 238

IDRD Que de acuerdo con la naturaleza del objeto a contratar, a lo establecido en la Ley 80 de 1993, el literal a) del numeral 2 del artículo 2 de Ley 1150 de 2007, el Decreto Nacional 1082 de 2015 y demás normas concordantes, el IDRD requiere iniciar el proceso de Selección Abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por Bolsas de Productos, para seleccionar una (1) sociedad comisionista miembro de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. - BMC, para que actúe por cuenta de la Entidad en la negociación o negociaciones necesarias para “CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES A CARGO DEL IDRD”. Que el presupuesto estimado para el proceso de selección abreviada para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes por bolsas de productos corresponde a la suma de hasta VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M /Cte. ($23.690.311.453), incluidos todos los

VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M /Cte. ($23.690.311.453), incluidos todos los impuestos del orden Nacional y Distrital, así como los costos directos e indirectos y comisiones más IVA (cuando apliquen) que conlleve su ejecución.

El contrato será financiado con recursos de la vigencia fiscal 2025 y cuenta con la siguiente clasificación del gasto.

El contrato está asociado a las siguientes metas proyecto:

Que el plazo para la prestación del servicio objeto de la negociación (Servicio Integral de Vigilancia para las Instalaciones a cargo del IDRD), será de cinco (5) meses, contados a partir de la celebración del acta de inicio con el prestador del servicio de vigilancia y seguridad privada.______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 238

IDRD Que, para el cumplimiento del principio rector de selección objetiva previsto en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Nacional 1082 de 2015, en los estudios previos se establecen los requisitos técnicos, jurídicos, financieros y económicos, que se deberán cumplir para participar en el presente proceso por selección abreviada de características técnicas uniformes en bolsa de productos. Que los estudios y documentos previos se alojarán en la página web de la Bolsa Mercantil de ColombiaBMC, conforme con su procedimiento. Que para adelantar el proceso de selección se requiere convocar a las Veedurías Ciudadanas para realizar el respectivo control social.

Que los estudios y documentos previos se alojarán en la página web de la Bolsa Mercantil de ColombiaBMC, conforme con su procedimiento. Que para adelantar el proceso de selección se requiere convocar a las Veedurías Ciudadanas para realizar el respectivo control social. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.2.1.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015, le corresponde al Instituto de Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, ordenar mediante acto administrativo la apertura del proceso de selección.

Que, en sesión No. 2 (virtual asincrónica) de fecha 21 de febrero de 2025, los miembros del Comité de Contratación aprobaron y recomendaron al ordenador del gasto dar apertura y adelantar el Proceso de Selección Abreviada para la Adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por bolsas de productos, recomendación que fue acogida por este. En mérito de lo expuesto el Secretario General del IDRD

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO - ORDENAR: la apertura del proceso de Selección abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por bolsa de productos para seleccionar una (1) sociedad comisionista miembro de la Bolsa, a fin de que actúe por cuenta de la Entidad en la compra de bienes, productos y/o servicios para “CONTRATAR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA PARA LAS INSTALACIONES A CARGO DEL IDRD” ARTÍCULO SEGUNDO - ESTABLECER el presupuesto oficial destinado para el proceso de selección abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes en bolsas de

ARTÍCULO SEGUNDO - ESTABLECER el presupuesto oficial destinado para el proceso de selección abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes en bolsas de productos corresponde a la suma de hasta VEINTITRÉS MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS M /Cte. ($23.690.311.453), incluidos todos los impuestos del orden Nacional y Distrital, así como los costos directos e indirectos y comisiones más IVA (cuando apliquen) que conlleve su ejecución.

PARÁGRAFO: El contrato será financiado con recursos de la vigencia fiscal 2025 y cuenta con la siguiente clasificación del gasto:______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 238

IDRD

El contrato está asociado a las siguientes metas proyecto:

ARTÍCULO TERCERO – ADOPTAR. el cronograma que para su efecto disponga la Bolsa Mercantil de Colombia, conforme con su reglamento. Para tal efecto la publicidad de las actividades se surtirá en la página web de la Bolsa Mercantil de Colombia - BMC

PARÁGRAFO: En caso de declararse desierto la selección de firma comisionista como la realización de la rueda de negocios, se modificará el cronograma de acuerdo con los términos establecidos en la Circular Única de la BMC y el Reglamento de Funcionamiento y Operación de Bolsa.

ARTÍCULO CUARTO - CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS. En cumplimiento de lo señalado

Única de la BMC y el Reglamento de Funcionamiento y Operación de Bolsa.

ARTÍCULO CUARTO - CONVOCATORIA VEEDURÍAS CIUDADANAS. En cumplimiento de lo señalado en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 5 del artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto Nacional 1082 de 2015, se convoca a las Veedurías Ciudadanas y a la ciudadanía en general, a realizar el control social, participando en el proceso de selección, presentando recomendaciones escritas y oportunas, buscando la eficiencia y probidad que están obligados a cumplir los entes estatales. Lo anterior, en concordancia con las funciones que le corresponden a las Veedurías Ciudadanas establecidas en el artículo 15 de la Ley 850 de 2003.

ARTÍCULO QUINTO - PUBLICAR los actos y documentos que correspondan y que estén asociados al presente proceso de contratación en el medio que disponga la Bolsa Mercantil de Colombia, según el procedimiento para la adquisición por bolsas de productos.

ARTÍCULO SEXTO - El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha de su expedición y contra______________________________________________________________________________

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IDRD el mismo no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Dada en Bogotá D.C. a los veinticinco (25) días del mes de febrero de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GABRIEL LAGOS MEDINA

Secretario General

Dada en Bogotá D.C. a los veinticinco (25) días del mes de febrero de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GABRIEL LAGOS MEDINA

Secretario General

Proyectó: Giovanna Fierro Morales – Abogada – SC

Revisó: Bibiana Linero Güiza – Abogada - SC

Reviso: Nora Muñoz Barrios – Asesora - SG

Aprobó: Daniela Barrera Pedraza – Subdirectora de Contratación

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