IDRD - Resolución 248 de 2026
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 248 de 2026
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2026
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INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.248
“Por la cual se reconoce el gasto y se ordena el pago mensual de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C.” de los programas: Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz de la vigencia presupuestal 2026 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”
IDRD
EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades delegadas en la Resolución 176 del 7 de febrero de 2024 “Por la cual se delega la ordenación del gasto en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, asignan responsabilidades y se dictan otras disposiciones", la Resolución 1677 del 14 de noviembre de 2024 "Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 176 del 7 de febrero de 2024 “Por la cual se delega la ordenación del gasto en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, se asignan responsabilidades y se dictan otr as disposiciones” y se dictan otras disposiciones “, la Resolución 1004 del 12 de julio de 2024 “Por la cual se designan Gerencias de los Proyectos de Inversión y se delegan unas funciones ” y en virtud de lo dispuesto en la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales
Gerencias de los Proyectos de Inversión y se delegan unas funciones ” y en virtud de lo dispuesto en la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, y el Decreto 723 de 2013 “Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes qu e laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones”; y
CONSIDERANDO QUE
La Ley 1562 de 2012 “ Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, ha sido reglamentada por el Decreto 1072 de 2015, “ Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo”.
El numeral 5 en el literal a) del artículo 2° de la Ley 1562 de 2012, que modifica el artículo 13 del Decreto Ley 1295 de 1994, señala que son afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales “Los trabajadores Independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante (…)”, por lo cual , el contratante asume el valor de l os aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios personales cuyas actividades hayan sido clasificadas en riesgo IV y V.
El artículo 3 del Decreto 723 de 2013 señala: “Actividades de alto riesgo. Para efectos del
servicios personales cuyas actividades hayan sido clasificadas en riesgo IV y V.
El artículo 3 del Decreto 723 de 2013 señala: “Actividades de alto riesgo. Para efectos del presente decreto, se asimilan como de alto riesgo, aquellas actividades correspondientes a las clases IV y V a que hace referencia el Decreto -ley 1295 de 1994 y la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 768 de 2022 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya”.
El artículo 3 del Decreto 1273 de 2018 expedido por el Gobierno Nacional, que modificó el artículo 2.2.4.2.2.13 del Decreto 1072 de 2015 de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3: (…) El contratante debe pagar el valor de la cotización mes vencido, cuando la afiliación del contratista sea por riesgo IV o V.”
Al IDRD le asiste la obligación legal de realizar el pago al Sistema de Riesgos Laborales de______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.248
“Por la cual se reconoce el gasto y se ordena el pago mensual de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C.” de los programas: Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz de la vigencia presupuestal 2026 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”
IDRD los contratistas de prestación de servicios, clasificados en Riesgos Laborales IV y V de la
Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”
IDRD los contratistas de prestación de servicios, clasificados en Riesgos Laborales IV y V de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto, vinculados a la Estrategia Bogotá se Activa del Proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.” en el cual se encuentran incluidos los programas Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz.
La Dirección General del IDRD expidió la Resolución No. 176 de 7 de febrero de 2024, mediante la cual se delegó la ordenación del gasto en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, se asignaron responsabilidades y se dictaron otras disposiciones , acto administrativo que fue aclarado mediante la Resolución IDRD No. 1677 de 14 de noviembre de 2024.
Mediante la Resolución IDRD No. 1004 del 12 de julio de 2024, se designan los gerentes de proyectos de inversión estableciendo en el artículo segundo: “DESIGNACIÓN GERENTES DE PROYECTO.” Los Gerentes de Proyectos de Inversión serán funcionarios del nivel directivo designados de conformidad con el objetivo del proyecto de inversión y en el marco de las funciones propias de la dependencia (…)”, asignándole a la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte la gerencia del Proyecto No. 8155.
El numeral 15 del artículo 3º de la Resolución 1004 de 2024, asignó dentro de las funciones de los Gerentes de los Proyectos de Inversión, la concerniente a: “(…) 15. Atender los
El numeral 15 del artículo 3º de la Resolución 1004 de 2024, asignó dentro de las funciones de los Gerentes de los Proyectos de Inversión, la concerniente a: “(…) 15. Atender los compromisos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte que se deriven tanto de las actividades de los proyectos de inversión que se gerencian, como de las actividades que se deriven de la instancia de coordinación asignada para hacer el seguimiento y la evaluación del Plan Distrital de Desarrollo (…)
El IDRD con el acompañamiento de ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. estableció los niveles de riesgo de conformidad con la identificación de los peligros y factores de riesgo a los que pueden estar expuestos los contratistas de prestación de servicios, vinculados a la Estrategia Bogotá se Activa del Proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
Mediante la Resolución No. 1677 de 14 de noviembre de 2024 emitida por la Dirección General del IDRD estableció en su artículo primero: “ACLARAR la Resolución No. 176 del 7 de febrero de 2024 “Por la cual se delega la ordenación del gasto en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, se asignan responsabilidades y se dictan otras disposiciones”, proferida por la Dirección General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, la cual en su totalidad quedará así: “(…) ARTICULO PRIMERO. Delegar la competencia para ordenar el gasto, el pago y celebrar los contratos de Prestación de servicios profesionales y
de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, la cual en su totalidad quedará así: “(…) ARTICULO PRIMERO. Delegar la competencia para ordenar el gasto, el pago y celebrar los contratos de Prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales así: 1 - Los a sociados a cada uno de los proyectos de inversión, en los correspondientes Gerentes de Proyectos de Inversión del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRDo quien haga sus veces. (…)”
Mediante el artículo segundo de la Resolución IDRD No. 1004 de 2024 , se realizó la “designación gerentes de proyecto”, designando como gerente para el proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.” al______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.248
“Por la cual se reconoce el gasto y se ordena el pago mensual de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C.” de los programas: Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz de la vigencia presupuestal 2026 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”
IDRD Subdirector Técnico de Recreación y Deporte.
En consecuencia, el Subdirector es competente para ordenar el gasto, y pago de los actos inherentes de la actividad contractual de los contratos de prestación de servicios
IDRD Subdirector Técnico de Recreación y Deporte.
En consecuencia, el Subdirector es competente para ordenar el gasto, y pago de los actos inherentes de la actividad contractual de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales que estén asociados al proyecto en el cual ejerce como gerente.
En virtud de lo anterior, y con el propósito de respaldar presupuestalmente el pago de los aportes de riesgos laborales de los contratistas que están o serán clasificados en el nivel de riesgo laboral IV y V que suscribieron o suscribirán contrato con cargo a los recursos del proyecto de inversión No. 8155 “ Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C ”. para la vigencia presupuestal 2026, la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto solicitó al Área de Presupuesto la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1494 expedido el 21 de enero de 2026, por valor de SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($653.000.000), con cargo al Rubro O23011743012024025806032 del proyecto de inversión “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
El supervisor de los contratos de los que trata el presente acto mediante formato de Certificación de Pago ARL, dirigido a la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, reportará mensualmente la liquidación de los aportes que deberán reconocerse a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL Positiva compañía de seguros S.A. ) por los
reportará mensualmente la liquidación de los aportes que deberán reconocerse a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL Positiva compañía de seguros S.A. ) por los contratos de prestación de servicios clasificados en el nivel IV y V a su cargo y deberá ser informada oportunamente a la ordenación del Gasto.
La vigencia de la presente Resolución será hasta el vencimiento de los plazos contractuales establecidos con los contratistas clasificados en riesgo IV y V que suscribieron o suscribirán contrato de prestación de servicios con cargo a los recursos del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C ”. para la vigencia presupuestal 2026.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° RECONOCER el gasto para el Sistema de Riesgos Laborales a favor de la ARL Positiva compañía de seguros S.A. con NIT 860.011.153 -6, de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V, de los programas Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz, incluidos en la estrategia Bogotá se Activa del Área de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte con cargo al proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.” de la vigencia presupuestal 2026, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 723 de 2013.
Parágrafo. El supervisor de los contratos de prestación de servicios clasificados en el nivel
D.C.” de la vigencia presupuestal 2026, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 1562 de 2012 y el Decreto 723 de 2013.
Parágrafo. El supervisor de los contratos de prestación de servicios clasificados en el nivel IV y V del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”, deberá reportar mensualmente la liquidación de los aportes______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.248
“Por la cual se reconoce el gasto y se ordena el pago mensual de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C.” de los programas: Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz de la vigencia presupuestal 2026 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”
IDRD que deberán reconocerse a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL Positiva compañía de seguros S.A.) mediante formato de Certificación de Pago ARL dirigido a la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, el cual deberá ser informad o oportunamente a la Ordenación del Gasto.
ARTÍCULO 2° ORDENAR el pago mensual de riesgos laborales a la ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A de los contratistas que han sido clasificados en el nivel de riesgo IV y V, de los programas Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz, incluidos en la
COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A de los contratistas que han sido clasificados en el nivel de riesgo IV y V, de los programas Ciclovía, Bogotá en bici y Bogotá feliz, incluidos en la estrategia Bogotá se Activa , que hacen parte del Área de Recreación de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte, el pago se realizará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1494 expedido el 2 1 de enero de 202 6, por valor de SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($653.000.000), con cargo al Rubro O23011743012024025806032 - “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.”, previo diligenciamiento de la herramienta en la que conste el detalle del pago mensual por concepto de ARL a los contratistas
ARTÍCULO 3°. Una vez en firme la presente Resolución, remítase copia al Área de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera, para los procedimientos de su competencia
ARTÍCULO 4°. La vigencia de la presente Resolución será hasta el vencimiento de los plazos contractuales establecidos con los contratistas clasificados en riesgo IV y V que suscribieron o suscribirán contrato de prestación de servicios con cargo a los recursos del proyecto de inversión No. 8155 “ Desarrollo de Programas Recreativos y de Actividad Física en Bogotá D.C”.
ARTÍCULO 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Física en Bogotá D.C”.
ARTÍCULO 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C., el 20/02/2026
IVÁN DARIO MORALES CAICEDO
Subdirector Técnico de Recreación y Deporte
Proyectó: Sandra Paola España – Contratista Área de Recreación
Revisó: Jerson Asís Osorio Hortua – Contratista área de Recreación
Lina Constanza Arango Ospina – Asesora Código 105 Grado 01 Mauricio Galvis Badillo – Abogado contratista STRD Andrea Yeraldin Murcia Martin – Abogada Contratista STRD Control de legalidad No. 20265200027623
Aprobó: Claudia Yolanda Molina Gaitán - Profesional Especializado 222-11