IDRD - Resolución 29 de 2021
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 29 de 2021
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2021
IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 029 “Por medio de la cual se termina anticipadamente y se liquida el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No 413 de 2020 suscrito con LEONARDO GARCÍA
APARICIO (Q.E.P.D.)”
EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE: En uso de sus facultades legales y en especial la Resolución No 012 del 13 de enero de 2020, en cumplimiento del artículo 60 de la Key 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes, y C O N S I D E R A N D O Que el día 18 de marzo de 2020, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, suscribió el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020 con el señor LEONARDO GARCIA APARICIO (Q.E.P.D.), identificado con cedula de extranjería N.º 285.009 cuyo objeto es “Prestar sus servicios de apoyo a la gestión como entrenador para orientar el plan de preparación y entrenamiento de los deportistas del registro de Bogotá en el deporte asignado”. Que en el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-4132020, se pactó inicialmente un plazo de ejecución de NUEVE (9) MESES y QUINCE (15)
DÍAS y un valor CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($46.550.000) M/LC, respaldado con el CDP 674 del 5 de marzo de 2020 y el CRP 2980 del 17 de abril de 2020. Que el 17 de abril de 2020, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, se suscribió el acta de inicio, quedando como fecha de terminación el 31 de enero de 2020. Que la vigilancia, seguimiento y control del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, fue ejercida por WILLIAM ARMANDO NIETO GUERRERO, Profesional Especializado Grado 09 de la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes. Que mediante el radicado No. 20205100305043 del 24 de septiembre de 2020, el supervisor del contrato solicita la terminación anticipadamente y liquidación del contrato IDRD-CTO-4132020, teniendo en cuenta que el contratista LEONARDO GARCIA APARICIO (Q.E.P.D.), falleció el día 8 de agosto de 2020, según consta en el certificado de defunción No. 724838104, certificado que hará parte del expediente virtual. Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 17, numeral 2°, ha previsto la terminación anticipada de un contrato estatal, mediante acto debidamente motivado, entre otras causas “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la
persona jurídica del contratista”. Que como consecuencia de la terminación anticipada, procede la liquidación del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, de conformidad con lo consagrado en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el cual prevé que “Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 029 serán objeto de liquidación”, para dejar plasmados los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. Que con el fin de efectuar el balance presupuestal del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, incluyendo los valores ejecutados, los saldos existentes a favor del contrato del IDRD y los recursos a liberar, comprometidos, pero no ejecutados, el Supervisor suscribió el informe final de supervisión donde señala que el contratista cumplió a satisfacción sus obligaciones hasta el día 8 de agosto de 2020 referente a la entrega de informes y pago de seguridad social correspondiente quedando a paz y salvo entre el IDRD y el CONTRATISTA. Que el presente documento de terminación anticipada y de liquidación del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, constituye un acto
administrativo de carácter particular y concreto que se rige por las normas del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, respecto del deber de notificación. Que de acuerdo con el reporte del 24 de septiembre de 2020 del Sistema Financiero – Contable SEVEN del Área de Tesorería del IDRD, se efectuaron pagos al señor 724838104, el Señor LEONARDO GARCIA APARICIO (Q.E.P.D.), con ocasión de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, por
valor de DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($16.986.667).
Que el supervisor verificó que el estado presupuestal y de ejecución financiera del Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020 es el siguiente: No. CDP FECHA VALOR No. CRP FECHA VALOR 674 05-03-2020 $46.550.000 2980 17-04-2020 $46.550.000
ESTADO FINANCIERO DEL CONTRATO
VALOR INICIAL DEL CONTRATO 46.550.000
VALOR ADICIONADO 0
VALOR FINAL DEL CONTRATO 46.550.000
VALOR EJECUTADO 18.293.334
VALOR TOTAL PAGADO 16.986.667
SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA 1.306.667
SALDO A FAVOR DEL IDRD 28.256.666
Que es procedente terminar anticipadamente y liquidar el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020 por lo expuesto, con el fin de establecer el
balance del contrato, liberar los recursos comprometidos y no ejecutados. Con fundamento en las anteriores consideraciones; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Terminar anticipadamente el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor LEONARDO GARCIA APARICIO (Q.E.P.D.), cuyo Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 029 objeto consistió en “Prestar sus servicios de apoyo a la gestión como entrenador para orientar el plan de preparación y entrenamiento de los deportistas del registro de Bogotá en el deporte asignado”, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 17 de la Ley 80 de 1193.
ARTICULO SEGUNDO: Liquidar el Contrato de Prestación de Servicios de Apoyo a la Gestión No. IDRD-CTO-413-2020, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor LEONARDO GARCIA APARICIO (Q.E.P.D.), teniendo en cuenta la información reportada por el supervisor y el estado financiero del contrato en mención, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Ley 019 de 2012.
ARTICULO TERCERO: Liberar del certificado de registro presupuestal 2980 de 2020 la suma
de VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE (28.256.666), correspondiente al valor no ejecutado del Contrato de Prestación de servicios de Apoyo a la gestión No. IDRD-CTO-413-2020.
PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriada la presente Resolución, la Subdirección de Contratación remitirá copia de esta a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente Resolución en la página web del IDRD, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y el Contencioso Administrativo y en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II a través de la Subdirección de Contratación, según lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente Resolución solo procede el recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 74
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 de enero de 2021.
MARIO GIOVANNI MONROY HERNANDEZ
Subdirector Técnico de Recreación y Deporte
Proyectó: Germán E. Becerra Méndez – Contratista Jornada Escolar Complementaria
Revisó: Tatiana Mendez Gil – Contratista Subdirección de Contratación
Revisó: Isadora Vanegas – Abogada Subdirección de Contratación
Aprobó: Revisó: Camilo Ernesto Quiroga Mora – Subdirector de Contratación
Vo.Bo.: Instituto Distrital de Recreación y
Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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