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IDRD - Resolución 338 de 2020

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 338 de 2020
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

IDRD _____________________________________________________________________________

___ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.338 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” La Subdirectora Técnica de Construcciones del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en uso de sus atribuciones legales, en especial las funciones delegadas mediante la Resolución 197 de 2020, modificada por la Resolución 206 de 2020, proferidas por la Dirección General del IDRD y CONSIDERANDO Que el 4 de diciembre de 2018, se suscribió el Contrato de Interventoría No. 3824 de 2018, entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTEIDRD y el CONSORCIO PARQUES DISTRITALES identificado con NIT. 901.234.754-8, el cual se encuentra integrado por GNG INGENIERÍA S.A.S., con NIT. 830.515.117-5, con el cincuenta por ciento (50%) de participación e INGECO INGENIERÍA DE CONSTRUCCIONES S.A.S., con NIT. 890.115.120-1, con el cincuenta por ciento (50%) de participación, y cuyo objeto consistió en: “REALIZAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y JURÍDICA PARA LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN EN PARQUES DE

ESCALA ZONAL Y METROPOLITANA DEL SISTEMA DISTRITAL DE PARQUES DE

BOGOTÁ”.

Que las partes acordaron como valor del Contrato de Interventoría No.3824 de 2018, la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN

MIL PESOS M/CTE. ($248.591.000), amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2354 de 2018 y el Certificado de Registro Presupuestal No.14849 de fecha 4 de diciembre de 2018, con cargo al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2018, y al rubro 3311502171082 Construcción y Adecuación de Parques y Equipamientos para Todos. Que el plazo de ejecución del Contrato de Interventoría No. 3824 de 2018 se pactó por seis (6) meses contados a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución. Que una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y de ejecución, el 9 de enero de 2019 se suscribió el acta de inicio, quedando como fecha terminación inicial del contrato el 8 de julio de 2019. Que mediante la modificación No.2 de fecha 12 de agosto de 2019, se adicionó al valor del Contrato de Interventoría No 3824 de 2018, la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($43.284.135), amparados en el certificado de disponibilidad presupuestal No. 2017 de 22 de julio de 2019 y el Certificado de Registro Presupuestal No.11006 del 12 de agosto de 2019, quedando como valor final del mismo la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS

M/CTE. ($291.875.135).

Que de acuerdo con las suspensiones y prórrogas realizadas al plazo de ejecución del

Contrato de Interventoría No.3824 de 2018, la fecha final de terminación fue el 13 de octubre del 2019. Que de conformidad con el Estado Financiero del Acta de Recibo Final del Contrato de Interventoría No.3824 de 2018 de fecha 15 de enero de 2020, el valor ejecutado por el contratista fue por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE. ($291.875.135), de los cuales a la fecha se han efectuado pagos por valor de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOCE PESOS M/CTE. ($247.633.412), quedando un saldo pendiente por pagar a favor del contratista por valor de CUARENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y

UN MIL SETECIENTOS VENTITRÉS PESOS M/CTE. ($44.241.723).

Que según la certificación expedida por la Tesorería del IDRD de fecha 31 de enero 2020, se han efectuado pagos a favor del contratista CONSORCIO PARQUES DISTRITALES Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

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Info: Línea 195

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___ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.338 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” identificado con NIT. 901.234.754-8, con cargo al Contrato de Interventoría No. 3824 de

2018, por valor de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOCE PESOS M/CTE. ($247.633.412), los cuales fueron autorizados por la Supervisión del contrato de la siguiente manera:

COMPROBANTE

FECHA DE PAGO VALOR BRUTO DE EGRESO 7192 21/03/2019 $ 26.437.653 7521 12/06/2019 $ 40.176.448 7523 12/06/2019 $ 32.494.987 7655 17/07/2019 $ 53.190.187 7804 13/09/2019 $ 49.150.584 7874 08/10/2019 $ 37.156.264 7940 14/11/2019 $ 9.027.289

TOTAL $ 247.633.412

Que el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, mediante certificación de fecha 28 de febrero de 2020, informó que el Contrato de Interventoría No. 3824 de 2018 constituyó reservas presupuestales a diciembre 31 de 2018 y fenecieron a 31 de diciembre de 2019, por valor de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($957.588), correspondiente al Registro Presupuestal No.14849 de 2018. Que el 31 de julio de 2020, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte liquidó de manera Bilateral y de Mutuo Acuerdo el Contrato de Interventoría No.3824 de 2018, en donde se estableció el saldo a favor del contratista por valor de CUARENTA Y CUATRO MILLONES

DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS PESOS M/CTE. (44.241.723), los cuales se pagarán de la siguiente manera: i) la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($957.588), con cargo al pasivo exigible y ii) la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO PESOS M/CTE ($43.284.135) con cargo a la reserva que se encuentra constituida de la vigencia 2019. Que mediante Resolución No.273 del 2 de septiembre de 2020 “Por la cual se reconoce la existencia de un pasivo exigible” se reconoció el valor de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($957.588), a favor del contratista CONSORCIO PARQUES DISTRITALES identificado con NIT. 901.234.754-8, con base en el acta de liquidación de fecha 31 de julio de 2020. Que para respaldar el pago del pasivo exigible que se ordena en la presente resolución, el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD expidió́ el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2663 de fecha 14 de septiembre de 2020, por valor de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO

PESOS M/CTE ($957.588).

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.11, denominado “Cambio de Fuentes

de Financiación en Funcionamiento e Inversión para el pago de pasivos exigibles” del Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, aprobado mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017 expedida por la Secretaria Distrital de Hacienda, el ajuste presupuestal para cubrir pasivos exigibles con recursos administrados en los Establecimientos Públicos debe tener reflejo presupuestal en los ingresos, ajustando el valor respectivo al interior de los recursos del Balance en el numeral rentístico “1-2-4-03-02 Superávit fiscal no incorporado de ingresos de destinación específica” contra una fuente de recursos de capital de libre destinación, para lo cual debe atender lo señalado en el numeral 3.2.1.8 del Manual Operativo Presupuestal “Distribuciones al interior del Plan de Cuentas”. Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

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___ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.338 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” La Secretaría Distrital de Hacienda realizará, en caso de requerirse, el reflejo presupuestal en los ingresos cuando el pago deba realizarse con recursos de Administración Central, esto es: fuente 01. Para que proceda el cambio de fuentes, la Dirección Distrital de Presupuesto verificará en el Sistema de Información Presupuestal que haya saldo de apropiación disponible en el concepto de gasto del proyecto respectivo, para el cual se está solicitando el cambio de

fuentes, por lo que la entidad previamente deberá realizar el cambio de montos entre conceptos de gasto en caso de ser necesario. Si la Entidad no tiene asociado el concepto de gasto, deberá adelantar este trámite ante la Dirección Distrital de Presupuesto, para lo cual diligenciará el formato 10F.26 Clasificación Conceptos de Gasto de Inversión. Que así mismo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante concepto 14615-0306-2010 del 26 de mayo de 2010, conceptuó sobre los pasivos exigibles y concluyó: “(…) es el mecanismo mediante el cual se atiende el pago de las obligaciones legalmente contraídas, pero que por diferentes motivos no fue posible atenderlas cumplidamente durante la vigencia respectiva o incluirlas en las reservas presupuestales o las cuentas por pagar y que por no estar sometidas a litigio alguno no se requiere de pronunciamiento judicial para autorizar su pago. Se está frente a una dificultad administrativa que no puede implicar el perjuicio de los terceros en sus relaciones con el Estado. (…)”. Que mediante concepto No 2352 de 1995 la Dirección de presupuesto General del Presupuesto Nacional señaló: “(…) Así las cosas, y atendiendo a que la Administración Pública no se puede eximir de las obligaciones que legalmente contrajo (las cuales deben corresponder a las fuentes de gasto establecidas en el artículo 346 de la Constitución Política); en concepto de esta Dirección, sólo será posible cancelar aquellos compromisos originados en vigencias fiscales anteriores con cargo al presupuesto vigente, que en su oportunidad se adquirieron con las formalidades legales y contaron con apropiación

presupuestal disponible o sin comprometer que (sic) las amparaban. Por último, lo gastos que así se apropien deben estar en el mismo detalle del decreto de liquidación o en un grado de detalle que permita identificar el gasto que se está realizando que se trata de vigencias expiradas, para garantizar que estos se orientan a cancelar obligaciones que se sustentaron”. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que les corresponda a los funcionarios de la administración por las actuaciones que causaron el no pago de estas obligaciones en cumplida forma.” Que la Directora General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte mediante la Resolución 197 del 14 de julio de 2020 que derogó la 310 de 2016, la cual fue modificada por la Resolución 206 del 5 de agosto de 2020, delegó en los Subdirectores Técnicos de la Entidad algunas funciones señalando expresamente en el artículo 1°, lo siguiente: “… (…) ARTÍCULO PRIMERO: Modifíquese el artículo séptimo de la Resolución 197 del 14 de julio de 2020, el cual quedará de la siguiente forma: ARTÍCULO SÉPTIMO: Transitorio: Los Subdirectores Técnicos de Recreación y Deporte, Parques, Construcciones y Administrativo y Financiero conservan la competencia para ordenar el gasto, el pago, suscribir actas, modificaciones contractuales hasta la suscripción del acta de liquidación de los contratos o convenios que se encuentren vigentes o en término de liquidación, al momento de la expedición del presente acto administrativo….(…)”. Qué para efecto de la ordenación del pago de pasivo exigible, fueron considerados los siguientes documentos: i) Acta de fenecimiento de las reservas presupuestales, ii) soportes

de los pagos parciales realizados, iii) Certificado de Tesorería iv) Acta de Recibo Final del Contrato, y v) Acta de liquidación y vi) Resolución No.273 del 2 de septiembre de 2020, “por la cual se reconoció la existencia de un Pasivo Exigible”. En mérito de lo expuesto; Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

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___ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.338 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD el pago del pasivo exigible a favor del contratista CONSORCIO PARQUES DISTRITALES con NIT 901.234.754-8, por valor de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($957.588), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. No. 2663 de fecha 14 de septiembre de 2020, con base en el acta de liquidación bilateral y de mutuo acuerdo de fecha 31 de julio de 2020, de conformidad con los recursos disponibles del proyecto y de caja al interior de la Entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución a las Subdirecciones Administrativa y Financiera y de Contratación, para los asuntos de su competencia en especial aquellos que tienen que ver con la publicidad del Acto

Administrativo en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP.

ARTÍCULO TERCERO: COMUNÍQUESE al CONSORCIO PARQUES DISTRITALES con NIT 901.234.754-8, representado legalmente por YUDY PATRICIA ROLON AMAYA o quien haga sus veces, en la dirección de correspondencia Avenida 19 # 120-71Of. 104 Bogotá,

D.C., teléfonos 3562690, correo electrónico: licitacionesingeco2019@gmail.com; el contenido de la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: De conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, contra la presente Resolución no procede recurso alguno en la vía Administrativa.

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 de septiembre de 2020. CHALOT GAVIRIA VELANDIA Subdirectora Técnica de Construcciones Proyectó: Omar Andrés Vanegas González. – Contratista – Subdirección Técnica de Construcciones Revisó: Gloria E. Sandoval - Contratista – Subdirección Técnica de Construcciones Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06

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