🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

IDRD - Resolución 4 de 2021

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
IDRD - Resolución 4 de 2021
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2021

BOGOT"

IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE(cid:9) RESOLUCIÓN No. 04 "Por la cual se realiza el incremento salarial a la asignación básica mensual del empleo público del nivel Técnico Grado 10, del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021, establecida en el artículo primero de la Resolución JD 001 de 2021" LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRDEn ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución 005 de 1997, y CONSIDERANDO: Que por disposición de la Ley 489 de 1998, las entidades descentralizadas, tanto nacionales como distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales, por el acto de su creación y por los estatutos internos y, en virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la que gozan, corresponde a sus juntas directivas según lo previsto en sus estatutos, determinar la escala de remuneración correspondiente a sus empleados, sin que de modo alguno pueda sobrepasar los límites máximos de remuneración que señale el Gobierno Nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 12, parágrafo, de la Ley 4a de 1992. Que en concordancia con lo anterior, el numeral 7 del artículo 17 de la resolución de Junta Directiva 005 de 1997, establece que son funciones de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte: "Adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear,

suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias." (Subrayado fuera de texto). Que el Consejo de EstadoSala de Consulta y Servicio Civil, mediante Concepto C.E. 1393 de, señaló: "(...) 1. y 2. Las juntas directivas de las entidades descentralizadas del orden distrital tienen la potestad de fijar los emolumentos de sus empleados públicos, respetando el límite máximo salarial establecido por el gobierno." Que el Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, mediante Concepto C.E. 00104, con radicación interna 2348 del 11 de julio de 2017, al resolver la consulta elevada a través del Ministerio del Interior, sobre la competencia del Concejo de Bogotá para fijar las escalas salariales de entidades distritales descentralizadas textualmente respondió: "(...) El Concejo de Bogotá, no es competente para expedir acuerdos por medio de los cuales se fijen escalas salariales de entidades descentralizadas, (...), puesto que solamente le compete fijar las de la administración central. Para el caso de las entidades descentralizadas distritales, son las respectivas juntas directivas las llamadas a fijar las escalas de remuneración. (...)" Que para garantizar la estabilidad macroeconómica de las finanzas del Distrito Capital, el Decreto Distrital 328 de 2020 "Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal

comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, Distrito Capital" en su artículo 12, contempla que las Juntas o Consejos Directivos de las entidades descentralizadas distritales, definirán con base en la Circular Conjunta expedida por la Secretaría Distrital de Hacienday el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, el incremento salarial de sus empleados públicos, previo concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A -06

Tel: 660 54 00

vonvidrd.gov.co ALCALDiA MAYOR loto: Linea 195 DE BOGOTÁ De

BOGOT"

IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE(cid:9) RESOLUCIÓN No. 04 "Por la cual se realiza el incremento salarial a la asignación básica mensual del empleo público del nivel Técnico Grado 10, del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021, establecida en el artículo primero de la Resolución JD 001 de 2021" Que mediante el Acta de Acuerdo Laboral Distrital suscrita el 03 de febrero de 2021, entre la Administración de Bogotá, D. C., y las Organizaciones Sindicales Distritales, se concertó para los años 2021 y 2022, el ajuste de la asignación básica de los Empleados Públicos

del Sector Central, de los Establecimientos Públicos, de las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica, de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, de las sociedades públicas, de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado del orden distrital, de la Veeduría, Contraloría y Personería Distritales, y del Concejo de Bogotá, así: "Incremento salarial: el incremento salarial para los empleados públicos del Distrito Capital regirá a partir del (1) primero de enero de la vigencia fiscal 2021, y será de la siguiente manera: Asistencial, Técnico y Profesional 3,4% incluido ¡PC vigencia 2020 Asesores y Directivos 2,1% incluido ¡PC vigencia 2020 (...) Parágrafo 1: La Administración Distrital incrementará a los empleados públicos del Distrito Capital contemplados en el campo de aplicación del presente acuerdo, para la vigencia de fiscal 2021 un valor equivalente al índice de precios al consumidor IPC, causado en el año 2020 más 1.5% adicional. Si el ¡PC causado en el año 2020 es menor al 1,9%, la administración garantizará un mínimo de 1,9%. Parágrafo 2: En caso, de que el incremento salarial pactado en la Nación para los empleados públicos de ese orden, en el 2021 y 2022 sea superior al valor global aprobado en el presente acuerdo Laboral, se realizará el ajuste respectivo para los niveles salariales Asistencial, Técnico y Profesional, retroactivo al primero de enero

de cada vigencia". Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Externa SDH No. 000002 del 14 de abril de 2021, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital —DASCD-, en la que se imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos de las entidades descentralizadas del orden Distrital para la vigencia 2021, fijando un porcentaje del 3.4% de incremento salarialpara los niveles profesional, técnico y asistencial y 2.1% para los niveles directivo y asesor. Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4a de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional. Que con fundamento en lo anterior, el incremento salarial para los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD-, se fijó dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional en el Decreto 314 del 27 de febrero de 20201, mediante la expedición de la Resolución 001 del 12 de mayo de 2021, por parte de esta Junta Directiva2. Que en la Resolución en mención, no fue posible realizar el incremento de la asignación básica del empleo con grado salarial 10 del Nivel Técnico, habida cuenta, que se encontraba en el límite máximo establecido por el Gobierno Nacional para la vigencia 2020, ' "Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacionar.

"Por la cual se fija el incremento salarial para la vigencia fiscal 2021, para los empleados públicos 2 del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRDy se dictan otras disposiciones". Instituto Distrital de Recreación y Deporte Cate 63 No. 59A - 06

Tel: 660 54 00 wmvidrd.gov.co

ALCALDIA MAYOR loto: Linea 195

DE BOGOTÁ DC

BOGOTA IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE(cid:9) RESOLUCIÓN No. 04 "Por la cual se realiza el incremento salarial a la asignación básica mensual del empleo público del nivel Técnico Grado 10, del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021, establecida en el artículo primero de la Resolución JD 001 de 2021" por lo tanto, su incremento quedó supeditado a la fijación por parte del Gobierno Nacional, de los límites máximos salariales correspondientes al año 2021. Que el 22 de agosto de 2021, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 980 de 2021 "Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia 0 prestacional", señalando en su artículo 7 , lo siguiente:

NIVEL JERÁRQUICO LIMITE SALARIAL MENSUAL

DIRECTIVO $14.825.106

ASESOR $11.850.174

PROFÉSIONAL $8.278.300

TÉCNICO $3.068.818

ASISTENCIAL $3.038.369

Que con ocasión de la expedición del decreto referido, se considera procedente que respecto de la asignación básica del empleo con grado salarial 10 del Nivel Técnico, se efectúe el incremento conforme al límite salarial máximos fijados por el Gobierno Nacional correspondiente a la vigencia 2021. Que en el presupuesto correspondiente al año 2021, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD - cuenta con la apropiación necesaria para garantizar el pago de las sumas derivadas de la aplicación de la presente Resolución, conforme a la certificación del 20 de septiembre de 2021, expedida por el Profesional Especializado Código 222 Grado 10, responsable del Área Presupuesto. Que mediante oficio 2021EE6523 01 de fecha 5 de octubre de 2021, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico a la propuesta de incremento salarial del empleo público Grado 10 del Nivel Técnico, del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021. Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, en sesión del 12 de octubre de 2021, consideró y aprobó el incremento salarial para los empleados públicos Grado 10 del Nivel Técnico de la entidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1.-ASIGNACIONES BÁSICAS. Fijar el incremento salarial de la asignación básica correspondiente al empleo público de Nivel Técnico, Grado 10, conforme al límite salarial

máximos fijados por el Gobierno Nacional correspondiente a la vigencia 2021. Así las cosas, la asignación básica mensual en los diferentes grados salariales, de los empleados públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021, quedarán así: NIVEL DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL 01 6.197.691 4.851.424 3.728.175 1.497.609 02 7.626.535 5.482.060 3.755.457 2.430.125 1.616.336 03 7.831.248 6.197.691 3.809.199 2.511.199 1.677.749 04 9.790.362 6.503.015 3.982.987 05 4.570.097 2.703.301 1.929.770 06 4.752.561 2.859.835 1.992.317 Instituto Distritá de Recreación y Deporte Cate 63 No. 59A06

Tel: 660 54 00

Iwnvidrd.gov.co ALCALDI 'MAYOR lato: Linea 195 DE BOGOTÁ Dr. „

BOGOT”

IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE(cid:9) RESOLUCIÓN No. 04 "Por la cual se realiza el incremento salarial a la asignación básica mensual del empleo público del nivel Técnico Grado 10, del Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, para la vigencia 2021, establecida en el artículo primero de la Resolución JD 001 de 2021" 07 5.181.640 2.931.113

08 5.524.857 2.054.862 09 5.630.062 2.269.298 10 5.691.980 3.068.818 2.430.125 11 6.590.206 2.608.823 Parágrafo.- Para las asignaciones básicas de los niveles que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, las siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel respectivo a los empleos de carácter permanente y de tiempo completo. Artículo 2.- SUBSIDIO DE ALIMENTACIÓN Y AUXILIO DE TRANSPORTE. A los Servidores Públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD—, a quienes se les aplica la presente resolución, se les reconocerá y pagará el auxilio de transporte y el subsidio de alimentación en los términos decretados por el Gobierno Nacional, para los Empleados Públicos de la Rama Ejecutiva del orden Nacional PARÁGRAFO: No se tiene derecho a este tipo de auxilio y subsidio cuando el empleado disfrute vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad le suministre directamente el servicio. Artículo 3.- VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero del año dos mil veintiuno (2021).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.0(cid:9) 3-10-2021

CL EZ(cid:9) SANDRA JABER MARTÍNEZ

PRESIDENT SECRETARIA

instituto Diseital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A06

Tel: 660 54 00 vwnvidrd.gov.co ALCALDIA MAYOR Info: Línea 195 Ce soccrrÁ oc

Consultar sobre este documento ...