IDRD - Resolución 431 de 2019
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 431 de 2019
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2019
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OEBOOOTÁo.c.
CUlTURA. ~£CREACH)N'V DEPORTE
Ifl~tIMoOia1IQldCt~'t~ '''''1 RESOLUCiÓN No. ' INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACiÓN Y DEPORTE " "POR LA CUAL SE ACLARA LA RESOLUCIÓN 066 DEL 4 DE FEBRERO DE 2019 POR LA CUAL SE FORMULA UNA OFERTA DE COMPRA Y SE DA INICIO AL PROCESO DE ADQUISICIÓN PREDIAL" EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACiÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo distrital 04 de 1978, la Resolución N° 006 de 2017 de Junta Directiva y la Resolución 062 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte profirió la Resolución No. 66 del 04 de febrero de 2019 "Por la cual se formula una oferta de compra yse da inicio al proceso de adquisición predial", sobre el predio ubicado en la DG 48P BIS SUR 5C 10 (dirección actual) Localidad de Rafael Uribe Uribe de la ciudad de Bogotá D,C., con un área total de MIL DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (1.217.67 M2), distinguido con folio de matricula inmobiliaria N° 50S-1002038, propiedad de las sociedades MORALES HENAO y CIA EN S EN C, ALMACENADORADE DEPOSITO MERCANTIL LIMITADA
"ALDAME" Y SOCIEDAD DE INVERSIONES Y PROMOCIONES SIMPRA LTDA.
Que de conformidad con lo previsto en el articulo 66 de la Ley 388 de 199 "Por la cual se modifica la Ley 98 de 1989, y la Ley 3" de 1991 y se dictan otras disposiciones" se solicitó al señor Registrador de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, bajo el radicado N" 2019-10768 del 27 de febrero del 2019, proceder a inscribir la citada Resolución 066 de 2019 al folio de matrícula inmobiliaria No. 505-1002038. . Que de conformidad con lo dispuesto en el literal d) del artículo 3 y el artículo 22 de la Ley 1579 de 2012 "Por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones" el señor Registrador de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, inadmitió la solicitud de inscripción a través de la nota devolutiva del 30 de abril de 2019. Que el artículo tercero de la Resolución 66 del 04 de febrero de 2019, establece: "(...) ARTICULO TERCERO: Del estudio de títulos del predio descrito, realizado por la Empresa Inmobiliaria Y de Servicios Logísticos de Cundinamarca, se desprende que los propietarios delpredio objetodelapresente; sonlassociedades MORALES HENAO y CIA EN S EN C, ALMACENADORA DE DEPOSITO MERCANTIL LIMITADA "ALDAME" Y SOCIEDAD DE INVERSIONES YPROMOCIONES SIMPRA LTDA,propietarias cada una de un 1/3 del inmueble, quienes adquirieron en común y proindiviso por compraventa
realizada a su favor, mediante escritura pública de W 1059del 02 de abril de 1993 de la Notaria 45 del cIrculo de del 10 de mayo de 1986 y registrada al folio de matrícula inmobiliaria 50S1002038 del inmueble descrito en el art'culo primero de la presente actuación (...)" [sic} Que una vez verificado el título, el mismo corresponde a la escritura pública número 1059 del 12 de abril de 1993 de la Notaría 45 del círculo de Bogotá D.C., por la cual las sociedades MORALES HENAO Y CIA EN S EN C, ALMACENADORA DE DEPOSITO MERCANTIL LIMITADA "ALDAME" Y SOCIEDAD DE INVERSIONES Y PROMOCIONES SIMPRA LTDA., propietarias del predio identificado con folio de matricula inmobiliaria No. 505-1002038 proceden a realizar la división material y adjudicación del inmueble. ,
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ADQUISICIÓN PREDIAL"
Que como producto de la división material realizada mediante el titulo precitado, se estableció un área de servidumbre que quedó como remanente del predio de mayor extensión identificado con folio de matricula inmobiliaria No. 505-1002038. Que en tanto el área objeto de la presente oferta de compra corresponde a un remanente del folio de matricula inmobiliaria No. 505-1002038, los propietarios del mismo son las sociedades MORALE5 HENAO y CIA EN 5 EN C, ALMACENADORA DE DEPOSITO MERCANTIL LIMITADA "ALDAME" YSOCIEDAD DE INVERSIONES Y PROMOCIONES SIMPRA LTDA., lo cual debe precisarse en la parte resolutiva de la Resolución 066 de 2019. Que el articulo 45 de la Ley 1437 de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo yde lo Contencioso Administrativo ",señala: "c..) Correcciónde errores formales. En cualguier tiempo,de oficio o a petición depalte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, va sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión. ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, r..,)". estadeberásernotificadao comunicadaa todoslosinteresados,segúncorresponda Que la aclaración que se hace mediante el presente Acto Administrativo no modifica el sentido de la Resolución 066 de 2019, Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTíCULO PRIMERO: Aclarar el articulo tercero de la Resolución No. 066 del 04 de febrero
de 2019 "Por la cual se formula una ofelta de compra yse da inicio al proceso de adquisición predial" conforme la parte considerativa del presente acto administrativo, el cual quedarán asl: "(oo.) ARTfcULO TERCERO: Del estudio de titulas del predio descrito, realizado por la Empresa Inmobiliaria y de Servicios Loglsticos de Cundinamarca, se desprende que los propietarios delpredioobjetodela presente;sonlassociedadesMORALES HENAO yCIA EN S EN C, ALMACENADORA DE DEPOSITO MERCANTIL LIMITADA "ALDAME" Y SOCIEDAD DEINVERSIONES YPROMOCIONESSIMPRALTDA,propietarias encomún yproindiviso deun 1/3delinmuebleremanentedela divisiónmaterial delpredio demayor extensión realizada mediante escritura pública de N' 1059del 12 de abril de 1993 de la Notaria 45 del circulo de Bogotá D.C y registrada al folio de matricula inmobiliaria 50S1002038delinmueble descritoenel altlculo primero dela presente actuación".
ARTíCULO SEGUNDO: Las demás partes de la Resolución W 066 del 04 de febrero de 2019 citada continuarán vigentes y no sufren modificación alguna.
ARTíCULO TERCERO: De conformidad con'lo dispuesto en el articulo 66 de la Ley 388 de 1997, sollcitese al señor Registrador de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, proceder a Inscribir la Resolución 066 de 2019 y la presente Resolución al folio de matricula inmobiliaria N" 50S-1002038.
ARTíCULO CUARTO: ¡Lga pr¡esente Resolución se notifica al titular del derecho de propiedad,
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In¡,tlll/lo Ol.'lWlIoeRectOOCIOr\y ~ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACiÓN Y DEPORTE RESOLUCiÓN No.litl "POR LA CUAL SE ACLARA LA RESOLUCIÓN 066 DEL 4 DE FEBRERO DE 2019 POR LA CUAL SE FORMULA UNA OFERTA DE COMPRA Y SE DA INICIO AL PROCESO DE ADQUISICIÓN PREDIAL" /' de conformidad con lo previsto en 105 artlculos 67 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y contra ésta no proceden recursos, de a acuerdo con lo sel'ialado en el inciso 10 del artIculo 13 de la Ley 9 de 1989, e inciso 4° del articulo 61 de la Ley 388 de 1997.
NOTIFíQUESE y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. el dla DO MOLANO PÉREZ ~ irector General ry¡
Proyectó: Vlctor NairaMorris-Abogado ContratistaOAJ~ ~
Laura Castañeda G6mez -Abogada Contratista Are écnica ST &
Revisó: Juan DavidVargasSilva-Abogado ContratistaOAJ. ••.
ErnestoRamlrezAvellanedaJefeOficinaAsesora'ldica (E) . Mauricio Reina Manosalva - Subdirector Técnico deConstruccionflla
Aprobó: LuzPatriciaCamelo UrregoSecretaria General '
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RECIBIDAS ECHA_:_ HOR~:_ 11111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111111 r\~IBIDO POR, '.
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Bogotá D.C. 1 -07-2019 Señores
MORALES HENAO y CIA. SEN C - EN LIQUIDACiÓN
Representante Legal y/o Quien Haga Sus Veces Carrera 12A No. 76-74 Bogotá, D.C.
ASUNTO: Citación notificación personalResolución 431 de 2019
Respetados señores: De manera atenta le solicito se sirva comparecer dentro de los cinco (5) dias siguientes al
recibo de la presente citación, ante el Despacho de la Secretaria General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - lORD, ubicado en la Calle 63 No. 59a-06, con el fin de notificar personalmente del contenido de la Resolución 431 del 16 de julio de 2019 "Por la cual se aclara la resolución 066 del4 de febrero de 2019 por la cual se formula una oferta de compra y se da inicio al proceso de adquisición predial". En caso de no comparecer se
notificará por AVISO conforme lo establecido en el articulo 6.9del Código de Procedimiento Administrativo y de 1.0 Contencioso Administrativo. . Cordialmente,
LUZPATRICI~AG~
Secretaria General
Elaboró: Ángela Bernal
Aprob6: Secretaria General '" Calle63 No.59A.06 BoGoTA
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