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IDRD - Resolución 451 de 2026

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 451 de 2026
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2026

IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y

DEPORTE

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiriere el Acuerdo No. 4 de 1978 y el artículo 3 numeral 6 de la Resolución de Junta Directiva N. 006 de 2017 y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley 2056 de 2020, “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, se determinó la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.

Que el artículo 211 de la Ley 2056 de 2020 definió, en relación con su vigencia y derogatoria, qué “rige a partir del 1 de enero de 2021 y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial Ia Ley 1530 de 2012, con excepción de los artículos del 106 al 126 y 128 para efectos de Ia transitoriedad de los procedimientos administrativos a que se refieren los artículos 199 y 200 de Ia presente ley y los artículos 2º y 5º del Decreto Ley 1534 de 2017”.

Que mediante Decreto Nacional 1821 del 31 de diciembre de 2020, se expidió el Decreto

se refieren los artículos 199 y 200 de Ia presente ley y los artículos 2º y 5º del Decreto Ley 1534 de 2017”.

Que mediante Decreto Nacional 1821 del 31 de diciembre de 2020, se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

Que el artículo 44 de la Ley 2056 de 2020, estableció lo siguiente con respecto a la orientación y distribución de la Asignación para la Inversión Regional.

“(…) La Asignación para la Inversión Regional tendrá como objeto mejorar el desarrollo social, económico, institucional y ambiental de las entidades territoriales, mediante la financiación de proyectos de inversión de alto impacto regional de los departamentos, municipios y distritos. Los recursos de la Asignación para la Inversión Regional serán distribuidos para cada año entre departamentos y las regiones que establezca la presente Ley, atendiendo los criterios que se señalan a continuación:

1. La participación de la población de cada departamento en la población total del país se elevará al exponente 40%, obteniéndose el factor de población.

2. El NBI de cada departamento dividido por el NBI nacional se elevará al exponente 50%, obteniéndose el factor de pobreza.IDRD

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3. La tasa de desempleo de cada departamento dividida por la tasa de desempleo

presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

3. La tasa de desempleo de cada departamento dividida por la tasa de desempleo nacional se elevará al exponente 10%, obteniéndose el factor de desempleo.

4. El producto de los factores de población, pobreza y desempleo de cada departamento, dividido por la suma de estos productos para todos los departamentos se denominará factor departamental.

5. El factor departamental se multiplicará por el monto correspondiente a la Asignación para la Inversión Regional, obteniéndose así la participación departamental.

6. La Asignación para la Inversión Regional que le corresponderá a cada departamento será el 60% del valor de su participación prevista en el numeral 5 del presente artículo. La totalidad del ciclo de los proyectos que se financien con cargo a estos recursos estará en cabeza de los Departamentos.

7. La Asignación para la Inversión Regional que le corresponderá a cada una de las regiones será el resultado de agregar el 40% restante del valor de la participación de cada uno de los departamentos que integran cada región (…)”.

Que de conformidad con el artículo 67 de la Ley 2056 de 2020: “Para efectos de la aplicación de los procedimientos y criterios de distribución de la presente ley, el Distrito Capital de Bogotá será tratado como departamento, con excepción de los recursos de las Asignaciones Directas, en cuyo caso tendrá tratamiento d e municipio”; por su parte, el artículo 45 de la misma disposición define que el Distrito Capital hace parte de la Región Centro-Oriente, condición que le permite ser acreedor de recursos para e fectos de la

Asignaciones Directas, en cuyo caso tendrá tratamiento d e municipio”; por su parte, el artículo 45 de la misma disposición define que el Distrito Capital hace parte de la Región Centro-Oriente, condición que le permite ser acreedor de recursos para e fectos de la distribución de la Asignación Regional, así como estructurar proyectos de inversión, atendiendo los lineamientos establecidos en la normativa que regula la materia.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 1.2.1.2.14 del Decreto Único Reglamentario 1821 de 2020, modificado por el artículo 6 del Decreto 1142 de 2021, los proyectos de inversión, con posterioridad a su registro y hasta antes de su cierre, podrán ser objeto de ajustes, siempre que las modificaciones no cambien su alcance, entendido como los objetivos generales y espec íficos, los productos y la localizaci ón, conforme a los lineamientos definidos por el Departamento Nacional de Planeaci ón y adoptados por la Comisión Rectora.

De conformidad con el artículo 1.2.1.2.24 del citado Decreto, en concordancia con el articulo 37 de Ia Ley 2056 de 2020, la entidad designada como ejecutora podrá implementar las acciones necesarias para encauzar el desempe ño de los proyectos de inversión y decidir, de manera motivada, sobre su continuidad.IDRD

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“Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

El Capitulo 5 del Acuerdo 03 del 8 de abril de 2021 "Acuerdo Único del Sistema General de Regalías", adicionado por el articulo 2 del Acuerdo 007 del 26 de mayo de 2022, regula el procedimiento y establece los lineamientos aplicables para los trámites de ajustes y liberaciones de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías.

Conforme a Io anterior, el articulo 4.5.1.1 del citado Acuerdo 03 del 8 de abril de 2021, dispone que de conformidad con lo establecido en el articulo 1.2.1.2.14 del Decreto Único Reglamentario del SGR, los ajustes corresponden a modificaciones introducidas aI proyecto de inversi ón que no cambian su alcance, entendido este como los objetivos generales y específicos, los productos y la localización.

Adicionalmente, el artículo 4.5.1.2.1 del Acuerdo 03 de 2021, establece como variables susceptibles de ajuste a los proyectos de inversi ón aprobados, las siguientes: a) actividades y costos, b) valor total del proyecto, c) indicadores de productos secundarios, d) fuentes de financiación, e) ejecutor y f) cambio de Ia entidad designada para adelantar la contratación de la interventoría.

Asi mismo, el artículo 4.5.1.2.3 del mencionado Acuerdo, señala el trámite de los ajustes que deben ser decididos por la entidad o instancia que aprob ó el proyecto de inversi ón,

la contratación de la interventoría.

Asi mismo, el artículo 4.5.1.2.3 del mencionado Acuerdo, señala el trámite de los ajustes que deben ser decididos por la entidad o instancia que aprob ó el proyecto de inversi ón, cuando estos versen sobre la modificaci ón del valor total del proyecto, las fuentes de financiación o el cambio de ejecutor; atendiendo el siguiente procedimiento: 1. Identificación del ajuste, 2. Solicitud de creación del ajuste, 3. Concepto del ajuste, 4. Decisión y 5. Registro de la decisión.

En particular, el numeral 4 de la norma en cita dispone que una vez se cuente con el concepto del ajuste, la entidad o instancia que aprobó el proyecto de inversión analizará y decidirá sobre la solicitud de ajuste, decisión que deberá constar en un acto administrativo.

Por su parte, el parágrafo 6 del articulo 4.5.1.2.3 idem, establece que cuando se apruebe un ajuste, que implique un mayor valor con cargo a la misma f uente o a una fuente diferente, el ejecutor deberá realizar las modificaciones correspondientes en su cap ítulo presupuestal independiente, y la secretaría técnica u oficina de planeación, o la que haga sus veces, de la instancia o entidad que aprobó el ajuste, deberá efectuar los ajustes correspondientes en la asignación presupuestal en el Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR).

El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., mediante el Decreto Distrital 369 de 2023, prioriz ó y aprobó el proyecto de inversión denominado "Construcción del Centro de Alto Rendimiento

Regalías (SPGR).

El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., mediante el Decreto Distrital 369 de 2023, prioriz ó y aprobó el proyecto de inversión denominado "Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del Porven ir—Gibraltar, en la localidad de Kennedy, en la ciudad de Bogotá", identificado con el código BPIN 2023011010005, por un valor total de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETEIDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($ 165.697.136.000), de los cuales CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NOVEC IENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($ 143.999.999.600), correspondían a recursos Sistema General de Regalías (distribuidos de la siguiente manera: CIENTO SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE MILLONES

CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA PESOS M/CTE

($107.819.499.150) en Asignación para la Inversión Regional - Departamentos Bogotá DC

y TREINTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA MILLONES QUINIENTOS MIL

($107.819.499.150) en Asignación para la Inversión Regional - Departamentos Bogotá DC y TREINTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA MILLONES QUINIENTOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE. ($36.180.500.450) en Asignación para la Inversión Regional - Gestión del Riesgo y Adaptación al Cambio Climático y VEINTIUN MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y SE IS MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE ($21.697.136.400), correspondían a recursos propios del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD): y también, designó como ejecutor al Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD).

Que mediante Resolución IDRD No. 1066 de 2023 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia 2023” se creó e incorporó en un Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del IDRD los recursos del Sistema General de Regalías para la vigencia 2023 por la suma

CIENTO CUARENTA Y TRES MIL, NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES

NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL, SEISCIENTOS PESOS M/CTE

($143.999.999.600).

Conforme a lo anterior, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), en su calidad de entidad ejecutora del proyecto identificado con el código BPIN 2023011010005, mediante oficio con radicado IDRD No. 20264000044861 del 12 de febrero de 2026,

de entidad ejecutora del proyecto identificado con el código BPIN 2023011010005, mediante oficio con radicado IDRD No. 20264000044861 del 12 de febrero de 2026, informó a la Secretar ía Distrital de Planeaci ón que el valor de la adici ón de recursos requerida para el proyecto en el marco del ajuste es de SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TRE INTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS C ON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($72.888.132.478,40), de los cuales cuenta con disponibilidad de recursos propios por valor de CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($14.888.132.478,40) para financiar dicha adición.

Asi mismo, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), mediante comunicación identificada con el radicado No. IDRD No. 20264000044491 del 12 de febrero de 2026, solicitó a la Secretaria Distrital de Planeaci ón verificar la disponibilidad de recursos con cargo a la Asignaci ón para la Inversión Regional 60% - Departamentos para adicionar recursos al referido proyecto de inversi ón, por un valor de CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000.000,00), frente a lo cual dicha secretaria deIDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

despacho mediante oficio identificado con radicado SDP 2 -2026-08059 del 16 de febrero de 2026, confirmó la existencia de disponibilidad presupuestal para el efecto.

Posteriormente, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), mediante comunicación identificada con el radicado IDRD No. 20264000047171 del 13 de febrero de 2026, recibida por la Secretaria Distrital de Planeación con radicado 1-2026-08164 del 16 de febrero de 2026, solicitó la creación y registro del ajuste en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas SUIFP—SGR, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 4.5.1.2.3 del Acuerdo 003 de 2021.

Como resultado del análisis efectuado, la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, en su calidad de entidad viabilizadora, mediante oficio identificado con radicado SCRD 20261700028491 del 23 de febrero de 2026, emitió concepto favorable para el ajuste del proyecto, incluyendo la adición de recursos de la Asignación para la Inversión Regional 60% -Departamentos y la ampliación del horizonte de ejecución del proyecto de inversión identificado con el código BP IN 2023011010005 en 12 meses, para un plazo fi nal de ejecución de 48 meses, al evidenciar que las modificaciones propuestas cumplen con los

60% -Departamentos y la ampliación del horizonte de ejecución del proyecto de inversión identificado con el código BP IN 2023011010005 en 12 meses, para un plazo fi nal de ejecución de 48 meses, al evidenciar que las modificaciones propuestas cumplen con los requisitos establecidos en el Acuerdo Único del Sistema General de Regal ías, se enmarcan en las variables susceptibles de ajuste sin alterar el al cance del proye cto, cuentan con soporte técnico, jur ídico, ambiental, social y financiero suficiente, y resultan necesarias para garantizar su adecuada ejecución, viabilidad y sostenibilidad.

De conformidad con lo anterior, se hace necesario, aprobar el ajuste del proyecto de inversión denominado "Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del PorvenirGibraltar en la local/dad de Kennedy en la ciudad de Bogotá ", identificado con el código BPIN 2023011010005, que de acuerdo con la solicitud del IDRD requiere una adición por un valor total de SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($72.888.132.478,40), de los cuales CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($14.888.132.478,40), provenientes de recursos propios del Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD y, CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE

CENTAVOS M/CTE ($14.888.132.478,40), provenientes de recursos propios del Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD y, CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000.000,00), provienen de la fuente de Financiación Asignación para la inversión Regional - Departamentos - Bogotá D.C., como se muestra en el siguiente cuadro:

BPIN Proyecto Valor ajuste Fuente ajuste 2023011010005

Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del Porvenir-Gibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá 58.000.000.000,00 Asignación para la Inversión Regional

  • Departamentos -Bogotá D.C. - SGR 14.888.132.478,40 Propios/IDRDIDRD

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Valor total ajuste 72.888.132.478,40

Que, mediante Decreto 096 del 27 de Marzo de 2026 la Alcaldía Mayor de Bogotá aprobó el ajuste al proyecto de inversi ón denominado "Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del PorvenirGibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá ", identificado con el c ódigo BPIN 2023011010005,

Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del PorvenirGibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá ", identificado con el c ódigo BPIN 2023011010005, presentado p or el Instituto Distrital de Recreaci ón y Deporte ( IDRD), en el sentido de adicionar su valor en SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($72.888.132.478,40), de los cuales CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000.000,00), corresponde al Sistema General de Regalías - Asignación para la Inversi ón Regional - Departamentos – Bogotá D.C., y CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($ 14.888.132.478,40), corresponden a recursos propios del Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, los cuales se gestionarán a cargo del proyecto de inversión No. 8169 (BPIN 2024110010249), denominado "Construcción y adecuación de parques y escenarios recreodeporlivos para el encuentro y disfrute de los habitantes de Bogotá D.C. ", contenido en el Banco Distrital de Programas y Proyectos, así como de ampliar el horizonte de ejecuci ón del proyecto en 12 meses, con lo cual el horizonte de ejecución actualizado del proyecto será de 48 meses.

Que, el Artículo 2° del precitado Decreto, “Modificación del valor total del proye cto”,

ejecución actualizado del proyecto será de 48 meses.

Que, el Artículo 2° del precitado Decreto, “Modificación del valor total del proye cto”, determinó: Modificar el valor total del proyecto de inversión denominado “Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del PorvenirGibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá ", identificado con el c ódigo BPIN 2023011010005, el cual fue aprobado inicialmente por valor total de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE ($ 165.697.136.000) y que lue go de la adición de SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($72.888.132.478,40), quedará por valor total de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINTENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS CON CUARENTA CENTAVOS M/CTE ($238.585.268.478,40), distribuidos en las siguientes fuentes de financiación:

Entidad y fuente de financiación Valor Inicial total (1) Valor del ajuste (2) Valor total ajustado (3=1+2) Asignación para la Inversión Regional - Departamentos - 107.819.499.150,00 58.000.000.000,00 165.819.499.150,00 Asignación para la inversión

Valor total ajustado (3=1+2) Asignación para la Inversión Regional - Departamentos - 107.819.499.150,00 58.000.000.000,00 165.819.499.150,00 Asignación para la inversión Regional - Gestión del 36.180.500.450,00 0,00 36.180.500.450,00IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

Entidad y fuente de financiación Valor Inicial total (1) Valor del ajuste (2) Valor total ajustado (3=1+2) Riesgo y Adaptacion al Cdmbio Climatico Propios / IDRD 21.697.136.400,00 14.888.132.478,40 36.585.268.878,40 Total 165.697.136.000,00 72.888.132.478,40 238.585.268.478,40

Que, el Decreto 096 de 2026 en su Artículo 3°, “Incorporación presupuestal”, determinó que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), deberá incorporar en un capítulo independiente en su presupuesto, la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS MICTE ($58.000.000.000,00), que provienen de Ia Asignación para la Inversión Regional Departamentos

Que, mediante radicado No. 20261100128193 del 31 de marzo de 2026 la Oficina Jurídica,

PESOS MICTE ($58.000.000.000,00), que provienen de Ia Asignación para la Inversión Regional Departamentos

Que, mediante radicado No. 20261100128193 del 31 de marzo de 2026 la Oficina Jurídica, como resultado del control de legalidad correspondiente emite memorando, comunicando la viabilidad del presente acto administrativo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Incorpórese en un Capítulo Independiente del Presupuesto de Ingresos del IDRD los recursos del Sistema General de Regalías para la vigencia 2026 por la suma CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000.000), conforme al siguiente detalle:

CODIGO DESCRIPCION INGRESOS VALOR 1.02.6.01.03.03.3 2023011010005 Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana del Cuidado del Porvenir-Gibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá 58.000.000.000 Total, Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías 58.000.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO. Incorpórese en un Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del IDRD los recursos del Sistema General de Regalías para la vigencia 2026 por la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000.000), conforme al siguiente detalle:

CODIGO DESCRIPCION VALOR

4301 GASTOS Programa Fomento a la recreación, la actividad física y el deporte para desarrollar entornos de convivencia y paz 58.000.000.000

1604 RECREACIÓN Y DEPORTEIDRD

4301 GASTOS Programa Fomento a la recreación, la actividad física y el deporte para desarrollar entornos de convivencia y paz 58.000.000.000

1604 RECREACIÓN Y DEPORTEIDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 451 “Por medio de la cual se crea un capítulo independiente y se incorporan al presupuesto de ingresos y gastos del “Instituto Distrital de Recreación y Deporte los recursos del Sistema General de Regalías en la vigencia fiscal 2026”

00AR-4302-16042023-01101-0005 2023011010005 Construcción del Centro de Alto Rendimiento en el Marco de la Manzana d el Cuidado del Porvenir -Gibraltar en la localidad de Kennedy en la ciudad de Bogotá 58.000.000.000 Total, Presupuesto de Gastos Sistema General de Gastos 58.000.000.000

ARTÍCULO TERCERO. Recursos. Contra este acto administrativo no proceden recursos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLÁSE

Dada en Bogotá D.C., a los 31/03/2026

DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN

Director General

Elaboro: Maria Ana Delia RamosPulido-Profesional Especializado 222-06 ( E ) Proyectó: Maria Ana Delia Ramos Pulido-Profesional Especializado 222-10 ( E )

Director General

Elaboro: Maria Ana Delia RamosPulido-Profesional Especializado 222-06 ( E ) Proyectó: Maria Ana Delia Ramos Pulido-Profesional Especializado 222-10 ( E ) Revisó: Nestor Galvez – Profesional Especializado 222-11 (E) Área Financiera

Maritza Díaz Ochoa – Profesional Contratista SAF Katherin Amaya Roa-Subdirectora Técnica de Construcciones Juan Carlos Rodríguez WalteroSubdirector Administrativo y Financiero Juan Carlos Rodríguez WalteroSecretario General (E) Oficina Jurídica – Control de legalidad Radicado IDRD No. 20261100128193

Aprobó: Katherin Amaya Roa-Subdirectora Técnica de Construcciones

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