IDRD - Resolución 503 de 2020
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 503 de 2020
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2020
IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 503 “Por medio de la cual se termina y liquida unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019 suscrito con NELSON GERARDO
GUTIERREZ PARRA (Q.E.P.D.)”
EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE: En uso de sus facultades legales y en especial la Resolución No. 012 del 13 de enero de 2020, en cumplimiento del artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes, y C O N S I D E R A N D O Que el día 15 de marzo de 2019, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD, suscribió el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019 con el señor NELSON GERARDO GUTIERREZ PARRA (QEPD), identificado con cedula de ciudadanía Nº 79.705.252 cuyo objeto es “Prestar sus servicios como FORMADOR PROFESIONAL DEPORTIVO para la formación integral y deportiva de los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a las Instituciones Educativas del Distrito atendidas por el proyecto de inversión Tiempo Escolar Complementario”. Que en el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, se pactó inicialmente un plazo de ejecución de OCHO (8) MESES y OCHO (8) DÍAS y un valor
VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE. ($29.925.333), respaldado con el CDP 1009 del 01 de marzo de 2019 y el CRP 3659 del 15 de marzo de 2019. Que el 03 de abril de 2019, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, se suscribió el acta de inicio, quedando como fecha de terminación inicial, el 02 de enero de 2020. Que la vigilancia, seguimiento y control del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, fue ejercida por RAFAEL EDUARDO ORTIZ SALCEDO en calidad de Asesor de la Dirección General Código 105 Grado 02 según radicado 20195100257213 del 23 de abril de 2019 hasta el 12 de enero de 2020 y WILSON ALEJANDRO GONZÁLEZ CÁRDENAS, en calidad de Asesor de la Dirección General Código 105 Grado 02, designado con memorando radicado No. 20205100027933 de fecha 20 de enero de 2020. Que se realizaron cuatro (4) suspensiones al Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019 a saber: No. 01 del 15 al 19 de abril de 2019 - 5 días, No. 02 del 17 al 28 de junio de 2019 - 12 días, No. 03 del 07 al 11 de octubre de 2019 - 5 días establecidas inicialmente en el plazo del contrato y No. 04 del 16 de noviembre de
2019 al 02 de febrero de 2020 – 77 días, quedando como fecha de terminación del contrato el día 19 de marzo de 2020. Que según consta en el certificado de la Registraduría Nacional del Estado Civil No. 3443441012 con el estado de la cédula es cancelado por muerte, el Señor NELSON GERARDO GUTIERREZ PARRA (Q.E.P.D.) fallece el día 09 de enero de 2020, certificado que hará parte del expediente virtual No. 2019800201101844E. Que la Ley 80 de 1993, en su artículo 17, numeral 2°, ha previsto la terminación unilateral de un contrato estatal, mediante acto debidamente motivado, entre otras causas “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista”. Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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Que como consecuencia de la terminación unilateral, procede la liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, de conformidad con lo consagrado en el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 217 del Decreto 019 de 2012, el cual prevé que “Los contratos de tracto sucesivo, aquellos cuya ejecución o cumplimiento prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán objeto de liquidación”, para dejar plasmados los ajustes, revisiones y
reconocimientos a que haya lugar. Que con el fin de efectuar el balance presupuestal del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, incluyendo los valores ejecutados, los saldos existentes a favor del contrato del IDRD y los recursos a liberar, comprometidos pero no ejecutados, el Supervisor suscribió el informe final de supervisión donde señala que el contratista cumplió a satisfacción sus obligaciones hasta el día 15 de noviembre de 2019 referente a la entrega de informes y pago de seguridad social correspondiente quedando a paz y salvo entre el IDRD y el CONTRATISTA. Que el presente documento de terminación y de liquidación unilateral del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, constituye un acto administrativo de carácter particular y concreto que se rige por las normas del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, respecto del deber de notificación. Que de acuerdo con el reporte del 23 de abril de 2020 del Sistema Financiero – Contable SEVEN del Área de Tesorería del IDRD, se efectuaron pagos al señor NELSON GERARDO GUTIERREZ PARRA (Q.E.P.D.) con ocasión de la ejecución del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, por valor de VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS ($24.254.000) M/LC, con cargo al certificado de registro presupuestal No. 3659 del 15 de marzo de 2019. Que el supervisor verificó que el estado presupuestal y de ejecución financiera del Contrato
de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019 es el siguiente: No. CDP FECHA VALOR No. CRP FECHA VALOR 1009 01-03-19 2.812.981.333 3659 15-03-19 29.925.333
ESTADO FINACIERO DEL CONTRATO
VALOR INICIAL 29.925.333
VALOR ADICIONADO 0
VALOR TOTAL 29.925.333
VALOR EJECUTADO Y DESEMBOLSO AL CONTRATISTA 24.254.000
VALOR NO EJECUTADO Y A LIBERAR A FAVOR DEL IDRD 5.671.333
VALOR EJECUTADO Y POR PAGAR AL CONTRATISTA 0
Que es procedente terminar y liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. IDRD-CTO-2332-2019 por lo expuesto, con el fin de establecer el balance del contrato, liberar los recursos comprometidos y no ejecutados. Con fundamento en las anteriores consideraciones; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Terminar unilateralmente a partir del 16 de noviembre de 2019 el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor NELSON GERARDO Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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GUTIERREZ PARRA (QEPD), cuyo objeto consistió en “Prestar sus servicios como
FORMADOR PROFESIONAL DEPORTIVO para la formación integral y deportiva de los niños, niñas y adolescentes pertenecientes a las Instituciones Educativas del Distrito atendidas por el proyecto de inversión Tiempo Escolar Complementario”, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 17 de la Ley 80 de 1193.
ARTICULO SEGUNDO: Liquidar unilateralmente el Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No IDRD-CTO-2332-2019, suscrito entre el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE y el señor NELSON GERARDO GUTIERREZ PARRA (QEPD), teniendo en cuenta la información reportada por el supervisor y el estado financiero del contrato en mención, de conformidad a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto Ley 019 de 2012.
ARTICULO TERCERO: Ordenar a la Subdirección Administrativa y Financiera, liberar del certificado de registro presupuestal No. 3649 de 2019 la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE. ($5.671.333), correspondiente al valor no ejecutado del Contrato de Prestación de Servicios
Profesionales No. IDRD-CTO-2332-2019.
PARÁGRAFO: Una vez ejecutoriada la presente Resolución, la Subdirección de Contratación remitirá copia de esta a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD para los trámites pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: Publicar la presente Resolución en la página web del IDRD, de
conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y el Contencioso Administrativo y en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II a través de la Subdirección de Contratación, según lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente Resolución solo procede el recurso de reposición, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley 80 de 1993 y el Artículo 74
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 20 de noviembre de 2020.
MARIO GIOVANNI MONROY HERNANDEZ
Subdirector Técnico de Recreación y Deporte Proyectó: Germán E. Becerra Méndez – Contratista Jornada Escolar Complementaria Revisó: Nicolás Andrés Guzmán Padilla – Abogado contratista – Subdirección de Contratación Sandra Liliana Martínez Chaparro – Abogada contratista – Subdirección de Contratación
Aprobó: Camilo Ernesto Quiroga Mora – Subdirector de Contratación
Vo.Bo.: Instituto Distrital de Recreación y
Deporte Calle 63 No. 59A - 06
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