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IDRD - Resolución 503 de 2022

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 503 de 2022
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2022

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. EL DIRECTOR (A) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, y CONSIDERANDO: Que el artículo 52 de la Constitución Política de la República de Colombia, modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2000, establece que "El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El Deporte y la Recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas”. Que de conformidad con los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Acuerdo Distrital 04 de 1978, corresponde al Instituto Distrital de Recreación y Deporte: “Formular políticas para el desarrollo masivo del deporte y la recreación en el Distrito Especial, con el fin de contribuir al mejoramiento físico y mental de sus habitantes, especialmente de la juventud” y “Coordinar con otras instituciones oficiales o privadas, dedicadas a estas materias, el planeamiento y ejecución de sus programas”.

Que en virtud de la Ley 181 de 1995 “Por la cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre (…)”, establece en el artículo 3 que: “Para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores: (…)

6. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando por el desarrollo, de acuerdo con los principios del movimiento olímpico".

Que el artículo 16 ibidem, define las formas como se desarrolla el deporte, entre las cuales, precisa que el Deporte Competitivo es: “el conjunto de certámenes, eventos y torneos, cuyo objetivo primordial es lograr un nivel técnico calificado(…)”, así mismo, define que el Deporte de Alto Rendimiento es: “la práctica deportiva de organización y nivel superiores que comprende procesos integrales orientados hacia el perfeccionamiento de las cualidades y condiciones físico-técnicas de deportistas, mediante el aprovechamiento de adelantos tecnológicos y científicos”. Que la misma Ley, en su artículo 44, indica que: "Coldeportes, en coordinación con los entes deportivos departamentales y municipales, en su caso, adoptarán las medidas necesarias para facilitar la preparación técnica, la incorporación al INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”.

programa educativo y la plena integración social y profesional de los deportistas de alto rendimiento durante su carrera deportiva y al final de la misma. (…)" Que mediante el Decreto 1228 de 1995 “Por el cual se revisa la legislación deportiva vigente y la estructura de los organismos del sector asociado con objeto de adecuarlas al contenido de la Ley 181 de 1995.”, el cual dicta disposiciones relacionadas con la estructura de los organismos deportivos que integran el Sistema Nacional del Deporte y regula temas relacionados. Que mediante el Acuerdo 481 de diciembre 26 de 2011, se crean e institucionalizan los Juegos Deportivos Bogotanos, como evento preselectivo a los Juegos Deportivos y Paralímpicos Nacionales u otros certámenes de carácter nacional, y de igual manera se establece que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte , será la entidad responsable de la planeación, organización, implementación, promoción y ejecución de los Juegos. Que la Ley 1946 de 2019 “Por medio del cual se modifica la Ley 582 de 2000 y se dictan otras disposiciones”, la cual tiene por objeto “reestructurar el sistema paralímpico colombiano, armonizándolo con las normas internacionales vigentes”. Que el Decreto 520 de 2021 reglamentó la Ley 1946 de 2019, que estructura el deporte para personas con discapacidad, y aplica para los organismos deportivos que gobiernen deportes para personas con discapacidad y que hacen parte en su conjunto del Sistema Nacional del Deporte, de acuerdo con los lineamientos internacionales de gobernanza de cada deporte. Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, con el fin de continuar

consolidando a Bogotá como potencia deportiva en el ámbito nacional e internacional y contribuir en el fortalecimiento de la reserva deportiva, en coherencia con la misión institucional, expidió la Resolución No. 777 de 2021 “Por medio de la cual se actualiza la estructura y se reglamentan los Programas de Iniciación, Talento y Reserva y Rendimiento Deportivo, y se deroga la resolución No 406 de 2013”, cuyo fin es actualizar la estructura y reglamentar los Programas de Iniciación y formación, Talento y Reserva y Rendimiento Deportivo, Estructurar y reglamentar el Sistema Deportivo de Bogotá D.C. Que el proyecto de inversión 7850 “Implementación de una estrategia para el desarrollo deportivo y competitivo de Bogotá. D.C.” establece como parte de los procesos deportivos, la etapa de Talento y Reserva, buscando aumentar el relevo generacional en cada deporte del sector convencional y paralímpico y para ello es necesario aumentar la cantidad y calidad de competiciones a nivel local, la realización de Los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, se convierten en una estrategia fundamental para aportar al cumplimiento de este proceso. Que expuesto lo anterior, se hace necesario crear y reglamentar los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, los cuales buscarán promover y fortalecer la creación de organismos deportivos de la ciudad y su articulación con las Alcaldías Locales de conformidad con lo reglado en el Acuerdo Distrital 4 de 1978 en concordancia con el Acuerdo 481 de 2011.

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. Que con el legado de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud se pretende impactar el sistema deportivo de Bogotá en los siguientes aspectos:

1. Fortalecimiento del sistema deportivo de la ciudad, en los sectores convencional y paralímpico.

2. Beneficios en el ámbito social, cultural, económico y deportivo.

3. El establecimiento de un sistema de geo-referenciación deportiva para la ciudad.

4. Fortalecimiento de los procesos intersectoriales al interior de las localidades.

5. Posicionamiento de los y las atletas de rendimiento, como referentes deportivos locales.

6. Identificación de oportunidades de desarrollo deportivo por localidad.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TITULO I

CAPÍTULO I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS ARTICULO 1. Crear y reglamentar los Juegos Deportivos Distritales de la Juventud, así como expedir la Carta Fundamental de los mismos, amparados por lo establecido en el Acuerdo Distrital 481 de 2011. ARTÍCULO 2. Los Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, son el máximo evento deportivo distrital para las categorías juveniles de nuestra ciudad, en las cuales se contemplan edades hasta los 18 años en sector convencional y hasta los 21 años en el sector paralímpico y se establecen como inicio del ciclo selectivo y de preparación de los y las atletas que representarán al distrito en competiciones o

eventos deportivos nacionales, especialmente los Juegos Nacionales y Paranacionales. Por tanto, las directrices establecidas en la presente resolución tienen entre otros, los siguientes objetivos:

1. Establecer un conjunto normativo armónico que, en consonancia con las disposiciones legales vigentes, ofrezca las condiciones que garanticen el correcto desarrollo de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”.

2. Organizar y establecer las bases y criterios de participación en los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, con el fin de ofrecer un sistema de reglas que garanticen el ejercicio de los derechos de los y las participantes, así como el cumplimiento de los deberes establecidos en la presente resolución.

3. Ofrecer a los y las atletas que desarrollan el deporte de competencia un escenario para medir las condiciones de rendimiento deportivo, para lo cual se buscará contar con la mayor representación de cada una de las localidades de Bogotá y garantizar la presencia de los y las mejores atletas del Deporte Distrital en estas justas deportivas.

CAPÍTULO II DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE ARTÍCULO 3. Créese la estructura para la dirección y organización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, que será la encargada de orientar y coordinar el proceso de organización de los Juegos en nuestra ciudad. ARTÍCULO 4. Corresponde al Instituto Distrital de Recreación y Deporte, definir la

estructura operativa de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 en el distrito capital y hacerla cumplir. ARTÍCULO 5. Es responsabilidad del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, velar por la participación de todas las Localidades de nuestra ciudad, gestionando la participación de diferentes entidades, a fin de cumplir con los principios de universalidad y democratización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022. ARTÍCULO 6. La Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del IDRD, será la responsable de definir con las Ligas Deportivas de Bogotá las necesidades en los aspectos técnicos y términos de referencia de la implementación deportiva requerida para la realización de las competencias.

TITULO II

DE LA ESTRUCTURA DE LOS JUEGOS

CAPÍTULO I ESTRUCTURA Y NIVELES DE ORGANIZACIÓN ARTÍCULO 7. La estructura de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, estará conformada en orden jerárquico, por: INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”.

1. Instituto Distrital de Recreación y Deporte

2. El Comité Organizador de los I Juegos Deportivos de la Juventud 2022.

3. El(la) Director(a) General de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud

2022 CAPÍTULO II LA DIRECCIÓN DEL IDRD ARTÍCULO 8. Corresponde al Despacho de la Dirección del Instituto Distrital de

Recreación y Deporte, como estamento de mayor jerarquía dentro de la estructura interna del Instituto, expedir reglamentación para la organización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

CAPÍTULO III

COMITÉ ORGANIZADOR DE LOS I JUEGOS DEPORTIVOS DE LA JUVENTUD

2022 ARTÍCULO 9. El Comité Organizador de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, estará integrado por:

1. El (la) Director(a) del Instituto Distrital de Recreación y Deporte o su delegado(a) quien lo presidirá.

2. El (la) Director(a) General de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud

2022.

3. El (la) Subdirector(a) Técnico(a) de Recreación y Deporte o su delegado(a).

4. El (la) Subdirector(a) Técnico(a) de Parques o su delegado(a).

5. El (la) Coordinador(a) de Rendimiento Deportivo del IDRD.

6. El (la) Jefe de la Oficina de Comunicaciones del IDRD.

7. Un (a) representante de las y los atletas de Rendimiento Deportivo del IDRD, elegido por votación de los mismos.

PARÁGRAFO PRIMERO: La secretaría del Comité Organizador será ejercida por el (la) director(a) general de los Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Constituye quórum deliberatorio y decisorio la mitad más una de las personas que integran el comité organizador.

PARÁGRAFO TERCERO: El Comité Organizador se reunirá mensualmente de

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. manera ordinaria, con el fin de conocer los avances relacionados con el desarrollo de los Juegos y de ser necesario se convocará a reuniones extraordinarias en las cuales se tratarán asuntos urgentes o específicos. ARTÍCULO 10. Corresponde al Comité Organizador de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, las siguientes funciones:

1. Analizar, definir los planes y programas que se requieran para la realización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

2. Aprobar el presupuesto de inversión en: organización, realización e implementación deportiva.

3. Realizar cronograma de seguimiento a los procesos de carácter técnico y velar por su cumplimiento.

4. Aprobar el programa deportivo de los Juegos por lo menos con un (1) mes de anterioridad a la inauguración de los Juegos.

5. Aprobar el programa de las ceremonias de lanzamiento, inauguración y clausura de los Juegos.

6. Las demás inherentes a su naturaleza y que sean necesarias para el buen éxito de los Juegos.

7. Diseñar y aprobar la estrategia de comunicaciones de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

ARTÍCULO 11. El(la) Secretario(a) del comité organizador de los I Juegos Deportivos de la Juventud 2022, tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar y numerar las respectivas actas de las reuniones del Comité

Organizador.

2. Custodiar y archivar la documentación producto de las reuniones del Comité

Organizador.

3. Realizar el seguimiento a los compromisos adquiridos por los miembros del Comité Organizador en las sesiones adelantadas.

4. Garantizar el perfeccionamiento de las actas por parte de las y los integrantes

del Comité Organizador.

5. Citar a las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité Organizador.

6. Elaborar o modificar el orden del día propuesto para las reuniones del Comité

Organizador.

7. Verificar la existencia de quórum deliberatorio y decisorio.

8. Las demás inherentes a su naturaleza.

CAPÍTULO IV

DIRECTOR GENERAL DE LOS JUEGOS INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. ARTÍCULO 12. El Instituto Distrital de Recreación y Deporte a través de la Directora, designará al(la) Director(a) de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 mediante documento escrito, quien tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar en conjunto con la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del IDRD el presupuesto general de los Juegos y presentarlo ante el Comité Organizador para su aprobación.

2. Elaborar el plan de acción para la organización, desarrollo, ejecución y evaluación de los Juegos.

3. Gestionar ante la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte, el flujo de recursos presupuestales

5. Hacer seguimiento al desarrollo y las necesidades técnicas de los Juegos.

6. Presentar al Comité Organizador informes sobre el avance de los Juegos en cada una de sus fases de desarrollo.

7. Crear, asistir y liderar las reuniones de los Comités Operativos por deporte.

8. Proponer al Comité Organizador para su aprobación, el programa deportivo de los Juegos en coordinación con el Director (a) de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

9. Conocer y evaluar las propuestas de Ceremonias de Inauguración y Clausura, además de coordinar su operación.

10. Definir y aprobar los contenidos a publicar en las memorias de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022.

11. Sustentar las necesidades de inversión con cargo a las fuentes de financiación, de los componentes contractuales que garanticen los procesos de planeación, organización, desarrollo y disolución de los Juegos.

12. Presentar al Comité Organizador el plan de acción para la estructuración, organización, desarrollo, ejecución y evaluación de los Juegos, para su aprobación.

13. Crear las diferentes coordinaciones locales que se requieran para la buena realización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud.

14. Elaborar conjuntamente con los grupos de logística de cada escenario los planes de contingencia correspondientes.

15. Dar el apoyo necesario para la instalación y funcionamiento de las direcciones y coordinadores de campeonato de los deportes que se lleven a cabo en los

Juegos.

16. Apoyar el proceso de concertación con las Ligas Deportivas de Bogotá y Clubes Deportivos en el sector paralímpico frente a los requerimientos de infraestructura, implementación deportiva y calendario de competencias con el acompañamiento

de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte.

17. Elaborar en conjunto con las Ligas Deportivas de Bogotá y los Clubes Deportivos del sector paralímpico los instructivos de competencia para cada modalidad, en concordancia con los reglamentos internacionales vigentes, además de hacer cumplir el l Plan Escalonado de las mismas definido por el Comité Organizador.

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”.

18. Apoyar los procesos de capacitación del personal técnico asignado para la organización de los Juegos.

19. Coordinar la puesta a punto de cada uno de los escenarios de competencia y práctica, contemplando los acondicionamientos técnicos y logísticos necesarios, de acuerdo con el cronograma aprobado.

20. Definir con las Ligas Deportivas de Bogotá y los Clubes Deportivos del sector paralímpico las programaciones respectivas de los deportes, modalidades y pruebas; en función de la cantidad de atletas inscritos, el calendario deportivo aprobado por el Comité Organizador y los sorteos realizados y manejar la sistematización de los resultados por cada deporte y modalidad.

21. Coordinar con la Ligas Deportivas de Bogotá y los Clubes Deportivos en el sector paralímpico, el nombramiento de las autoridades de juzgamiento para las modalidades y pruebas convocadas.

22. Coordinar la instalación y desarrollo de las reuniones técnicas informativas por deporte a realizar previo a la iniciación de las competencias de las justas.

23. Las demás inherentes a su naturaleza y necesarias para el éxito de los Juegos.

24. Proponer el sistema y tipo de acreditaciones ante el Comité Organizador de los Juegos por lo menos dos (2) meses antes de la inauguración para su aprobación.

TITULO III

DE LOS JUEGOS

CAPÍTULO I DURACIÓN ARTÍCULO 13. Los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 tendrán una duración máxima de un mes (1), en las fechas que establezca el comité organizador de los Juegos. CAPÍTULO II DE LOS INSTRUCTIVOS DE COMPETENCIA ARTÍCULO 14. La Subdirección Técnica de Recreación y Deporte en coordinación con la Dirección de los Juegos y con las Ligas Deportivas y Clubes Deportivos del sector paralímpico convocados, elaborarán de manera conjunta los instructivos de competencia de cada uno de los deportes, los cuales respetan las directrices de la presente resolución y justifican cualquier tipo de excepción de carácter técnico deportivo. CAPÍTULO III DE LAS INSTALACIONES ARTÍCULO 15. Es responsabilidad de la Subdirección Técnica de Parques INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. garantizar las instalaciones de los deportes del programa y sus lugares de entrenamiento, debidamente dotados con los implementos deportivos fundamentales. TITULO IV CAPITULO I DE LOS DEPORTES ARTÍCULO 16. Los deportes oficiales convocados a campeonatos, de los I Juegos

Deportivos Distritales de la Juventud 2022 son:

Sector Convencional: Sector Paralímpico: Se convocarán deportes de exhibición en los dos sectores así: INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”.

PARÁGRAFO PRIMERO: La Dirección General de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, en conjunto con las Ligas Deportivas y Clubes Deportivos en el sector paralímpico de Bogotá, establecerá de común acuerdo, en los instructivos de competencia, las modalidades y pruebas a convocar para sus respectivos campeonatos.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Las edades de los y las participantes en los I Juegos Distritales de la Juventud 2022, serán máximo 18 años en el sector convencional y máximo 21 años en el sector paralímpico. En las normas reglamentarias por deporte se definirán las categorías para cada deporte de conformidad con la estrategia de desarrollo de este en la ciudad.

CAPÍTULO II DEL PROGRAMA DEPORTIVO ARTÍCULO 17. La elaboración del programa deportivo general será responsabilidad del Director (a) de los Juegos; para ser avalado por la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del IDRD. Una vez se surta dicho procedimiento, el mismo será presentado al Comité Organizador y su divulgación deberá hacerse por lo menos un (1) mes antes de la fecha de inauguración.

TITULO V

DE LAS COMPETENCIAS

CAPÍTULO I DE LAS COMPETENCIAS OFICIALES ARTÍCULO 18. Se realizarán las competencias oficiales en cada deporte de los I. Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, cuando se registre y se oficialice la participación de mínimo tres (3) localidades por prueba. INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. ARTÍCULO 19. Serán consideradas competencias oficiales de los Juegos, todas las pruebas que cumplan los requisitos consignados en la presente disposición como en los instructivos de competencia, teniendo como parámetro de cierre, la fecha de realización de la inscripción nominal. CAPÍTULO II DE LOS MÍNIMOS EXIGIDOS PARA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS ARTÍCULO 20. Para que exista competencia y se puedan realizar las pruebas de práctica individual en categoría femenina o masculina, deberán inscribirse por lo menos tres (3) atletas que representen a tres (3) diferentes Localidades de la ciudad de Bogotá.

PARÁGRAFO: En algunos deportes se podrá invitar a participar los Departamentos de Cundinamarca, Meta, Boyacá, Tolima, FFAA y Santander, favoreciendo la política de ciudad región, estas participaciones tendrán el carácter de invitado y sus resultados deportivos no serán tenidos en cuenta en el medallero general de los juegos y se mantendrá la posición obtenida en la competencia para los y las deportistas de Bogotá.

CAPÍTULO III NO CUMPLIMIENTO DE MÍNIMOS ARTÍCULO 21. Una vez la Dirección General de los Juegos verifique que un deporte, modalidad o prueba no pueda realizarse por no cumplir los mínimos anteriormente fijados, deberá comunicar tal hecho a las Alcaldías Locales y la Liga Deportiva respectiva. Dicho aviso es de carácter declarativo, ya que la realización de la prueba queda excluida por el solo hecho de no reunirse el número mínimo exigido en la presente disposición. ARTÍCULO 22. La Subdirectora Técnica de Recreación y Deporte mediante resolución motivada, podrá eliminar del programa de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 a cualquier deporte, cuyo procedimiento de selección no cumpla con los requerimientos señalados en la presente Resolución o en las bases de competencia.

TITULO VI

CAPÍTULO I DE LOS PARTICIPANTES ARTÍCULO 23. Los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 aceptarán como participantes a quienes tengan la calidad de ciudadanía colombiana o INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. personas extranjeras con documentación legal de permanencia en Colombia. ARTÍCULO 24. Para participar en los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, los y las atletas serán elegibles si están en disposición de observar, acatar y cumplir la Carta Deportiva Fundamental, los instructivos de competencia de su

deporte, así como los reglamentos de la Federación Internacional y la Federación Nacional del deporte al que pertenece. ARTÍCULO 25. Podrán participar en los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 todas las Localidades de Bogotá y los Departamentos invitados. ARTÍCULO 26. Para poder representar a una localidad, en los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, los y las atletas deberán:

1. Residir en la jurisdicción de la Localidad a la cual va a representar.

2. No estar incurso en sanciones por infracciones disciplinarias o a las Normas Antidopaje a la fecha de la inscripción nominal.

PARÁGRAFO PRIMERO: El o la atleta debe, en el momento de la inscripción nominal presentar la certificación de residencia expedida por la Secretaría Distrital de Gobierno o la Alcaldía Local, que va a representar.

PARÁGRAFO SEGUNDO: En el caso que la localidad en la cual reside el o la atleta no participe en el deporte respectivo, el o la atleta podrá participar por la localidad que elija o la que tenga registrado como sede el club al cual pertenece. En caso de no estar registrado en ningún club, podrá ser registrado(a) por la Localidad sede de la Liga Deportiva correspondiente.

TITULO VII

DIRECCIÓN TÉCNICA DE CADA DEPORTE

CAPÍTULO I

DE LAS LIGAS DEPORTIVAS DISTRITALES Y LOS CLUBES DEPORTIVOS EN EL SECTOR PARALÍMPICO ARTÍCULO 27. La autoridad en materia técnica de cada deporte es la respectiva Liga Deportiva Distrital y los Clubes Deportivos en el sector paralímpico, siempre

que esté debidamente constituida, con reconocimiento deportivo vigente, expedido por el Ministerio del Deporte. En caso de que la liga o el club del respectivo deporte no cuente con el reconocimiento deportivo vigente, el Comité Organizador de los Juegos asume la autoridad técnica del deporte. INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. ARTÍCULO 28. En el marco de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 las Ligas Deportivas o los Clubes deportivos en el sector paralímpico son responsables de la dirección técnica de su deporte cuando tengan el reconocimiento deportivo vigente y los campeonatos se realizarán conforme a los lineamientos de las respectivas Federaciones Deportivas Nacionales e Internacionales, preceptos que deberán estar contenidos en Los Instructivos de Competencia.

PARÁGRAFO PRIMERO: En todos los casos las Ligas Deportivas Distritales y los Clubes Deportivos en el sector paralímpico deberán respetar las directrices de la Carta Deportiva Fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022 así como las disposiciones y principios contenidos en la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte, el Código Mundial Antidopaje y los estándares internacionales.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Una vez aprobados los instructivos de competencia de cada uno de los deportes de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, éstos no podrán ser objeto de modificaciones por parte de las Ligas Deportivas o los

Clubes Deportivos en el sector paralímpico. ARTÍCULO 29. Las Ligas Deportivas de Bogotá D.C. asesorarán a la organización de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022, en todo lo relacionado, con el cumplimiento de las especificaciones técnicas, dimensiones, áreas, acondicionamiento técnico deportivo de los escenarios e implementación deportiva, de manera que se garantice el cumplimiento de los reglamentos, para el normal desarrollo de los campeonatos. TITULO VIII DE LAS DIRECCIONES DE CAMPEONATO ARTÍCULO 30. Las Ligas deportivas y/o Clubes Deportivos en el sector paralímpico serán las encargadas de ejercer la dirección técnica del respectivo Campeonato y será responsable del desarrollo del campeonato correspondiente, tendrá entre otras, las siguientes funciones:

1. Avalar el escenario de competencia.

2. Seguir las indicaciones del Director de los Juegos en lo concerniente a su deporte.

3. No permitir la participación de atletas que no cumplan con los requisitos establecidos en las diferentes normas y/o no aparezcan en los listados oficiales entregados por la organización.

4. Dirigir y orientar la reunión informativa de delegados(as).

5. Verificar y hacer cumplir las inscripciones definitivas.

6. Hacer respetar la programación por evento establecida por la Liga Deportiva y/o INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.503 “Por medio de la cual se crea, reglamenta y expide la carta fundamental de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022”. los Clubes Deportivos en el sector paralímpico y la Dirección de los Juegos la cual

debe quedar establecida, mínimo con ocho (8) días de anticipación al inicio del campeonato.

7. Facilitar la información del evento para ser consolidada en la página web oficial de los Juegos.

8. Revisar y aprobar los resultados de competencia entregados por las autoridades de juzgamiento, previo a su publicación en la página web de los I Juegos Deportivos Distritales de la Juventud 2022

9. Nombrar un(a) director(a) de campeonato PARAGRAFO: El Comité Técnico de cada campeonato estará conformado de la

siguiente manera:

1. El(la) director(a) de campeon

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