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IDRD - Resolución 513 de 2020

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 513 de 2020
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.513 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” El Subdirector Técnico de Construcciones (e) del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, en uso de sus atribuciones legales en especial las funciones delegadas mediante la Resolución 370 del 2020 de la Dirección General del IDRD, y CONSIDERANDO Que el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE suscribió el Contrato No. 3545 el 25 de agosto de 2016 con JASEN CONSULTORES S.A.S., sociedad identificada con NIT. 830.087.225-5, con el objeto de: “REALIZAR POR EL SISTEMA DE PRECIO GLOBAL FIJO LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y JURÍDICA DE LOS ESTUDIOS DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE LA PRIMERA ETAPA DE LA ZONA RECREATIVA DEL POLÍGONO DE PROTECCIÓN POR RIESGO DE ALTOS DE LA ESTANCIA, LOCALIDAD DE CIUDAD BOLÍVAR EN BOGOTÁ D.C.”. Que las partes fijaron como valor del Contrato No. 3545 de 2016, la suma SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. ($650.000.000), el cual se respaldó con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1069 de 2016 y el Certificado de Registro Presupuestal No.9685 de 2016, con cargo al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia

2016, Rubro Presupuestal No. 3311502171082 “Construcción y Adecuación de Parques y Equipamientos para Todos” Que el plazo inicial de ejecución del Contrato No. 3545 de 2016 se pactó en trece (13) meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. Que, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, se suscribió el acta de inicio de fecha 19 de septiembre de 2016, quedando como fecha inicial de terminación el 19 de octubre de 2017. Que las partes suscribieron la modificación No. 3 de fecha 26 de diciembre de 2017, y se adicionó al valor del contrato la suma de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($173.884.286), amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.2482 de 2017 y el Certificado de Registro Presupuestal No.13890 de 2017, quedando como valor final del mismo la suma de OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA

Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($823.884.286).

Que de acuerdo con las suspensiones y prórrogas realizadas al plazo de ejecución del Contrato No. 3545 de 2016, la fecha final de terminación fue el 08 de diciembre de 2018. Que conforme al Acta de Recibo Final de fecha 28 de marzo de 2019 suscrita por el contratista

y el supervisor del Contrato, el valor total ejecutado por el contratista fue por la suma de OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($823.884.286), de los cuales se han efectuado pagos por la suma de SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($737.522.264), quedando un saldo por pagar a favor del Contratista por la suma de OCHENTA Y SEIS

MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTIDÓS PESOS M/CTE ($86.362.022).

Que de acuerdo con el certificado expedido por la Tesorería General del IDRD de fecha 15 de enero del 2020, los pagos efectuaron a favor del contratista con cargo al contrato No.3545 de 2016 fueron los siguientes: ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.513 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” COMPROBANTE DE VALOR BRUTO EGRESO FECHA DE PAGO PAGADO 95469 29/12/2016 8.281.000 95470 29/12/2016 8.281.000 4613 11/04/2017 8.281.000 4614 11/04/2017 8.281.000 4615 11/04/2017 8.281.000 5138 15/09/2017 11.666.766 5197 8/10/2017 93.772.388 5284 29/11/2017 84.077.399

5323 20/12/2017 151.672.216 5630 28/02/2018 152.200.046 6292 29/06/2018 20.516.759 100699 26/09/2018 45.989.631 101379 29/11/2018 98.920.121 101713 21/12/2018 37.301.938

TOTAL PAGOS EFECTUADOS 737.522.264

Que el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, mediante certificación de fecha 15 de julio de 2020, informó sobre el Contrato No.3545 de 2016 lo siguiente: (…) Que dicho contrato constituyó reservas presupuestales a diciembre 31 de 2016 y fenecieron a 31 de diciembre de 2017 por valor de $267.406.231, correspondiente al Registro Presupuestal No. 9685-2016. Que en la vigencia 2018 se efectuaron pagos por $182.211.690 reflejando un saldo por pagar de $85.194.541. Que así mismo, dicho contrato constituyó reservas presupuestales a diciembre 31 de 2017 y fenecieron a 31 de diciembre de 2018 por valor de $1.167.481, correspondiente al Registro Presupuestal No.13890 del 2017. Que a la fecha dicho contrato presenta un saldo total por pagar de $86.362.022.” Que 01 de julio de 2020, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte liquidó de forma Bilateral y de mutuo acuerdo el Contrato No.3545 de 2016 en donde se estableció un saldo a favor del Contratista JASEN CONSULTORES S.A.S., con NIT. 830.087.225-5, por la suma OCHENTA

Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTIDÓS PESOS M/CTE

($86.362.022). Que mediante Resolución No.329 del 17 de septiembre de 2020 “Por medio de la cual se reconoce la existencia de un Pasivo Exigible” se reconoció el valor de OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTIDÓS PESOS M/CTE ($86.362.022), a favor del Contratista JASEN CONSULTORES S.A.S., con NIT. 830.087.225-5, representado legalmente por NATHALIE CASTILLO CURIEUX o quien haga sus veces, con base en el acta de liquidación de fecha 1 de julio de 2020. Que para respaldar el pago del pasivo exigible que se ordena en la presente resolución, el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD expidió́ los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos.3875 y 3876 de fecha 12 de noviembre de 2020, por valor de OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTIDÓS PESOS

M/CTE ($86.362.022).

Que el saldo adeudado a favor del contratista, se pagará una vez se surtan todos los trámites adoptados por el IDRD, para el pago de pasivos exigibles y de acuerdo con la Programación Anual de Caja -PAC del IDRD, todo lo anterior corresponde al valor que se ordena pagar en la presente Resolución. ________________________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.513

“Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.11, denominado “Cambio de Fuentes de Financiación en Funcionamiento e inversión para el pago de pasivos exigibles” del Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, aprobado mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017 expedida por la Secretaria Distrital de Hacienda, el ajuste presupuestal para cubrir pasivos exigibles con recursos administrados en los Establecimientos Públicos debe tener reflejo presupuestal en los ingresos, ajustando el valor respectivo al interior de los recursos del Balance en el numeral rentístico “1-2-4-03-02 Superávit fiscal no incorporado de ingresos de destinación específica” contra una fuente de recursos de capital de libre destinación, para lo cual debe atender lo señalado en el numeral 3.2.1.8 del Manual Operativo Presupuestal “Distribuciones al interior del Plan de Cuentas”. La Secretaría Distrital de Hacienda realizará, en caso de requerirse, el reflejo presupuestal en los ingresos cuando el pago deba realizarse con recursos de Administración Central, esto es: fuente 01. Para que proceda el cambio de fuentes, la Dirección Distrital de Presupuesto verificará en el Sistema de Información Presupuestal que haya saldo de apropiación disponible en el concepto de gasto del proyecto respectivo, para el cual se está solicitando el cambio de fuentes, por lo que la entidad previamente deberá realizar el cambio de montos entre conceptos de gasto en caso de ser necesario. Si la Entidad no tiene asociado el concepto de gasto, deberá adelantar

este trámite ante la Dirección Distrital de Presupuesto, para lo cual diligenciará el formato 10F.26 Clasificación Conceptos de Gasto de Inversión. Que así mismo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante concepto 14615-03-062010 del 26 de mayo de 2010, conceptuó́ sobre los pasivos exigibles y concluyó: “(...) es el mecanismo mediante el cual se atiende el pago de las obligaciones legalmente contraídas, pero que por diferentes motivos no fue posible atenderlas cumplidamente durante la vigencia respectiva o incluirlas en las reservas presupuestales o las cuentas por pagar y que por no estar sometidas a litigio alguno no se requiere de pronunciamiento judicial para autorizar su pago. Se está frente a una dificultad administrativa que no puede implicar el perjuicio de los terceros en sus relaciones con el Estado. (...)”. Que mediante concepto No 2352 de 1995 la Dirección de presupuesto General del Presupuesto Nacional señaló́: “(...) Así las cosas, y atendiendo a que la Administración Pública no se puede eximir de las obligaciones que legalmente contrajo (las cuales deben corresponder a las fuentes de gasto establecidas en el artículo 346 de la Constitución Política); en concepto de esta Dirección, solo será́ posible cancelar aquellos compromisos originados en vigencias fiscales anteriores con cargo al presupuesto vigente, que en su oportunidad se adquirieron con las formalidades legales y contaron con apropiación presupuestal disponible o sin comprometer que (sic) las amparaban. Por último, lo gastos que así se apropien deben estar en el mismo detalle del decreto de liquidación o en un grado de detalle que permita identificar el gasto que se está́

realizando que se trata de vigencias expiradas, para garantizar que estos se orientan a cancelar obligaciones que se sustentaron. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que les corresponda a los funcionarios de la administración por las actuaciones que causaron el no pago de estas obligaciones en cumplida forma.” ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.513 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” Que la Dirección General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD de conformidad con lo Resuelto en el Artículo séptimo Transitorio de la Resolución No. 370 de fecha 7 de octubre de 2020, “Por la cual se realizan delegaciones de la ordenación del gasto y pago”, delegó en quienes detentaron la ordenación del gasto al momento del perfeccionamiento de cada uno de los vínculos contractuales, la competencia para ordenar el gasto, el pago y liquidar los contratos o convenios perfeccionados al momento de la expedición del presente acto administrativo, así: “…(…) ARTÍCULO SÉPTIMO: Transitorio. La competencia para ordenar el gasto, el pago, liquidar los contratos o convenios perfeccionados al momento de la expedición del presente acto administrativo, continuará radicada en quienes detentaron la ordenación del gasto al momento del perfeccionamiento de cada uno de los vínculos contractuales…(…)” De conformidad con las anteriores consideraciones y para efectos de la elaboración de la presente resolución de ordenación de pago, fueron tenidos en cuenta los siguientes documentos: i) Actas de fenecimiento de las reservas presupuestales, ii) soportes de los pagos parciales realizados, iii) Certificado de tesorería, iv) Acta de recibo final, v) Acta de

liquidación, vi) Resolución de Reconocimiento de pasivo exigible y vii) Certificados de Disponibilidad Presupuestal No.3875 y 3876 de 2020. En mérito de lo expuesto; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD el pago del pasivo exigible a favor del contratista JASEN CONSULTORES S.A.S., sociedad identificada con NIT. 830.087.225-5 por valor de OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL VEINTIDÓS PESOS M/CTE ($86.362.022), con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 3875 y 3876 de fecha 12 de noviembre de 2020, con base en el acta de liquidación bilateral y de mutuo acuerdo de fecha 1 de julio de 2020, de conformidad con los recursos disponibles del proyecto y de caja al interior de la Entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución a las Subdirecciones Administrativa y Financiera y de Contratación, para los asuntos de su competencia en especial aquellos que tienen que ver con la publicidad del Acto Administrativo en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP. ARTÍCULO TERCERO. COMUNÍQUESE a JASEN CONSULTORES S.A.S., sociedad identificada con NIT. 830.087.225-5, representado legalmente por NATHALIE CASTILLO CURIEUX, o quien haga sus veces, en la dirección de correspondencia Carrera 69 F# 8-31 Bogotá, D.C., teléfonos 2608664, 2900754, correo electrónico: jasen.laestancia@hotmail.com,

licitacionesjasen@gmail.com; el contenido de la presente Resolución. ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.513 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” ARTÍCULO CUARTO. De conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, contra la presente Resolución no procede recurso alguno en la vía Administrativa. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 23 de noviembre de 2020. ANDERSON MELO PARRA Subdirector Técnico de Construcciones (E) Proyectó: Daniel Andrés Tamayo T. – Contratista – Subdirección Técnica de Construcciones

Revisó: Gloria SandovalContratista – Subdirección Técnica de Construcciones

Cristian Eduardo GonzálezContratista –Subdirección Técnica de Construcciones Gloria Stella Bautista CelyProfesional Especializado - Oficina Asesora Jurídica Bo.Vo.: Oscar Ricardo Tamayo Tamayo – Supervisor del Contrato 3545 de 2016

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