🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

IDRD - Resolución 644 de 2026

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
IDRD - Resolución 644 de 2026
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2026

IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

“POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA LA APERTURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES POR BOLSAS DE PRODUCTOS No. IDRD-SG-BP006-2026”

EL SECRETARIO GENERAL,

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, el Decreto-Ley 1421 de 1993, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto Nacional 1082 de 2015, Resolución 176 de 2024 aclarada por la Resolución No. 1677 de 2024, y demás normas concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2° de la Constitución Política establece que, "son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad; promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (...)"

Que a su vez el artículo 52 Constitucional contempla en su Capítulo II de los Derechos Sociales, Económicos y Culturales reconoce el derecho al deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, al señalar:

"El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al

humano. El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizac iones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas."

Que en observancia de los fines esenciales del Estado y en ejercicio de los derechos ya enunciados, el Congreso de la República expidió la Ley 181 de 1995, " Por el cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte".

Que a través de esta Ley en su artículo 3, el Legislador trazó unos objetivos rectores, mediante los cuales busca “(...) garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores: (...)

2°. Fomentar, proteger, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones como marco idóneo para las prácticas deportivas y de recreación. (…) 5°. Fomentar la creación de espacios que faciliten la actividad física, el deporte y la recreación como hábito de salud y mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social, especialmente en los sectores sociales más necesitados. 6°. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico. (…)"

6°. Promover y planificar el deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con las federaciones deportivas y otras autoridades competentes, velando porque se desarrolle de acuerdo con los principios del movimiento olímpico. (…)"

Que dichos objetivos se materializan a través de una estructura institucional funcional del deporte, prevista mediante la creación del Sistema Nacional del Deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educació n física, en adelante SND de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 181 de 1995, el cual establece:

“Hacen parte del Sistema Nacional del Deporte, el Ministerio de Educación Nacional, el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, los entes departamentales, municipales y distritales que ejerzan las funciones de fomento, desarrollo y práctica del depor te, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, los organismos privados, las entidades mixtas, así como todas aquellas entidades públicas y privadas de otros sectores sociales y económicos en los aspectos que se relacionen directamente con estas actividades”.IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

Que el Concejo de Bogotá, mediante el Acuerdo 4 de 1978, creó el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD, como un establecimiento público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente , el cual se encuentra adscrito a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte del Distrito Capital y pertenece al Sistema Nacional del Deporte.

Que, en ese sentido, el artículo 2° del citado acuerdo, estableció las funciones del IDRD, entre las cuales se destacan las siguientes:

Recreación y Deporte del Distrito Capital y pertenece al Sistema Nacional del Deporte.

Que, en ese sentido, el artículo 2° del citado acuerdo, estableció las funciones del IDRD, entre las cuales se destacan las siguientes:

1. Formular políticas para el desarrollo masivo del deporte y la recreación en el Distrito Especial, con el fin de contribuir al mejoramiento físico y mental de sus habitantes especialmente de la juventud.

2. Coordinar con otras instituciones oficiales o privadas, dedicadas a estas materias, el planeamiento y ejecución de sus programas.

3. Participar en la financiación y organización de competencias y certámenes nacionales e internacionales con sede en Bogotá.

4. Promover las actividades de recreación en los parques de propiedad distrital, conservar y dotar las unidades deportivas y procurar el establecimiento de nuevas fuentes de recreación.

Que el IDRD, en cumplimiento de su misión institucional, genera y fomenta espacios para la recreación, el deporte, la actividad física, la sostenibilidad de los parques, escenarios y equipamientos deportivos, para impulsar el desarrollo territorial, la cohesión y el tejido social. Para el cumplimiento de la misión y la visión institucional, el IDRD tiene los siguientes objetivos estratégicos 1:

  • Promover la renovación generacional del deporte de Bogotá y la permanencia de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en los procesos de formación deportiva pasando por todas las etapas como son masificación e iniciación, talento y reserva y rendimiento deportivo. • Desarrollar acciones innovadoras en los parques, escenarios y senderos para su uso, disfrute, aprovechamiento económico y sostenibilidad ambiental, mejorando continuamente la capacidad instalada.

como son masificación e iniciación, talento y reserva y rendimiento deportivo. • Desarrollar acciones innovadoras en los parques, escenarios y senderos para su uso, disfrute, aprovechamiento económico y sostenibilidad ambiental, mejorando continuamente la capacidad instalada. • Desarrollar programas recreo -deportivos innovadores, adaptados a las necesidades y características específicas de la ciudadanía, priorizando a NNA y personas mayores y haciendo uso de nuevas tecnologías, metodologías y pedagogías que contribuyan al desarrollo humano. • Fortalecer la competitividad deportiva, económica y el posicionamiento nacional e internacional de Bogotá como epicentro de eventos recreo deportivos.

Que para el cumplimiento de los objetivos, el IDRD mediante la Resolución 006 de 2017 2, modificada por las Resoluciones 007 de 2022 3, 002 de 20234 y 014 de 20255, definió su estructura organizacional y las funciones de las dependencias que lo conforman, entre otras:

En este marco, a la Oficina de Asunto Locales , le corresponde entre otras funciones : (…) 2. “Promover la participación ciudadana, para el diseño de nuevos programas y proyectos que se puedan desarrollar a nivel local y presentar a la Dirección General del Instituto para su aprobación”, (…) 6. Promover acciones y actividades de participación ciudadana a nivel local, que permitan mejorar la oferta de servicios de la entidad”.

Así mismo a la Subdirección Técnica de Parques – STP le corresponde, entre otras funciones : (…)

4. Coordinar el manejo integral en los parques y escenarios administrados por el Instituto para el uso y disfrute de la comunidad, (…) 6. Ejecutar las políticas y programas tendientes a la obtención de recursos mediante la promoción de los escenarios y parques a cargo del Instituto”.

disfrute de la comunidad, (…) 6. Ejecutar las políticas y programas tendientes a la obtención de recursos mediante la promoción de los escenarios y parques a cargo del Instituto”.

Por su parte a la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte – STRD, como área misional del IDRD, le corresponde, entre otras funciones: “(…) 4. Dirigir, ejecutar y controlar los planes, programas y proyectos de recreación que garanticen el acceso masivo de la comunidad para la sana utilización del tiempo libre y de los parques. 5. Dirigir, desarrollar y controlar los planes, programas y pr oyectos deportivos conforme a los planes y políticas del Instituto y de la Administración Distrital, (…) 7. Verificar el fortalecimiento, operación y adecuado funcionamiento de los progr amas de Medicina Deportiva y Deporte Competitivo y de Alto Rendimiento.

Que, para el cumplimiento de sus funciones, las mencionadas áreas desarrollan una serie de programas enfocados al cumplimento de la misión, visión y objetivos estratégicos de la entidad, a saber:

1 https://www.idrd.gov.co/transparencia-acceso-informacion-publica/informacion-entidad/mision-vision-funciones-deberes 2 “Por la cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de las dependencias del Instituto Distrital de Recreación Y Deporte, y se dictan otras disposiciones". 3 “Por la cual se modifica la Resolución de Junta Directiva No. 006 del 7 de julio de 2017 “Por la cual se modifica la estructu ra organizacional y las

funciones de las dependencias el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE, Y se dictan otras disposicion es" 4“Por la cual se modifica la estructura organizacional establecida en la Resolución Junta Directiva No. 006 del 7 de julio de 2017, modificada por la Resolución No. 007 del 2022”. 5“Por la cual se modifica la estructura organizacional establecida en la Resolución Junta Directiva No. 006 del 7 de julio de 2017, modificada por la Resolución No. 007 del 2022 y por la Resolución No. 002 de 2023”IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

  • Oficina de Asuntos Locales – OAL:

Promueve la participación ciudadana y la gestión territorial mediante la implementación de estrategias orientadas al fortalecimiento de la sinergia institucional en las veinte (20) localidades de Bogotá. Lo anterior se desarrolla a través de procesos de cu alificación, visibilización y movilización de la participación ciudadana en general, y de los espacios de participación del sistema DRAFE en particular, así como mediante el desarrollo de laboratorios barriales y veredales y la implementación de iniciativas de carácter recreodeportivo. Estas acciones buscan generar espacios de transformación cultural que reconozcan y fortalezcan la memoria colectiva en torno a la cultura, la recreación y el deporte en los barrios y veredas de la ciudad.

Todo ello se articula con la misionalidad del IDRD, orientada a fomentar el bienestar integral de la ciudadanía a través de estrategias de actividad física, recreación y deporte, así como de la sostenibilidad de parques, escenarios y equipamientos deportiv os, con el propósito de impulsar el

ciudadanía a través de estrategias de actividad física, recreación y deporte, así como de la sostenibilidad de parques, escenarios y equipamientos deportiv os, con el propósito de impulsar el desarrollo territorial, la cohesión social y el fortalecimiento del tejido social.

● Subdirección Técnica de Parques, en adelante – STP:

Orienta su gestión a responder de manera efectiva a las demandas de la ciudad en materia de disponibilidad, operación y mantenimiento de la infraestructura física de los parques, promoviendo espacios públicos verdes, innovadores, competitivos, incluyentes y sostenibles, concebidos como escenarios estratégicos para la integración social, el bienestar colectivo y el fortalecimiento del tejido social.

En este marco, la STP propende por garantizar espacios que faciliten la práctica del deporte, la recreación y la actividad física, promoviendo hábitos de vida saludables que impacten positivamente el bienestar físico, mental, social y ambiental, tanto a nivel individual como comunitario.

Adicionalmente, la STP implementa acciones orientadas a la promoción, divulgación y uso adecuado del espacio público administrado por el IDRD, mediante estrategias que fortalecen el aprovechamiento económico responsable y la participación institucional en escenarios que contribuyen a la visibilización y dinamización de la economía del sector del deporte, la recreación y la actividad física.

En este contexto, los parques, escenarios y espacios públicos se constituyen como activos estratégicos para la ciudad, en tanto son escenarios de uso masivo, permanente y programado por parte de la ciudadanía, visitantes y distintos actores institucionales y comunitarios. Estos espacios acogen

para la ciudad, en tanto son escenarios de uso masivo, permanente y programado por parte de la ciudadanía, visitantes y distintos actores institucionales y comunitarios. Estos espacios acogen actividades recreativas, deportivas, culturales, turísticas y de aprovechamiento económico, las cuales demandan condiciones adecuadas de planeación, operación, logística y seguridad para su desarrollo.

Algunos de estos espacios, como el Sendero de Monserrate, presentan particularidades asociadas a su alta afluencia de público y a su valor cultural, turístico y simbólico para la ciudad; no obstante, las necesidades operativas y logísticas aquí descritas s e extienden de manera general a los diferentes parques, escenarios y equipamientos administrados por la STP, en los cuales se desarrollan eventos y actividades que requieren una gestión integral, preventiva y articulada

Que, en razón de lo anterior, la necesidad contractual se justifica en:

  • Garantizar condiciones adecuadas de seguridad, orden y control en los diferentes espacios administrados por la STP. • Prevenir y mitigar riesgos asociados a la concentración de personas y al desarrollo de actividades de diversa naturaleza. • Fortalecer la gestión del riesgo, la atención de emergencias y la articulación interinstitucional durante la ejecución de eventos y actividades. • Proteger la infraestructura física y ambiental de los parques, senderos y escenarios, asegurando su uso responsable y sostenible. • Brindar acompañamiento operativo permanente que permita el desarrollo seguro, organizado y eficiente de las actividades programadas.

Que la operación logística requerida no solo responde a un enfoque preventivo y de protección de la vida, sino que reafirma el compromiso institucional del IDRD con la apropiación segura del espacio

eficiente de las actividades programadas.

Que la operación logística requerida no solo responde a un enfoque preventivo y de protección de la vida, sino que reafirma el compromiso institucional del IDRD con la apropiación segura del espacio público, la garantía del derecho ciudadano al disfrute de los escenarios administrados y el fortalecimiento de los parques y espacios públicos como referentes de integración social, bienestar colectivo y desarrollo urbano de la ciudad.

● Subdirección Técnica de Recreación y Deporte – STRD:

La Subdirección Técnica de Recreación y Deporte adelanta programas y actividades orientados aIDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

brindar a la comunidad bogotana oportunidades de participación que permitan fortalecer habilidades deportivas, recreativas y de actividad física, incentivando el deseo de superación personal en condiciones de equidad e inclusión. Estas acciones contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo social, mediante la generación de escenarios de respeto, sana competencia, tolerancia, juego limpio y convivencia pacífica, constituyéndose además en un medio vinculante para la construcción de paz.

En desarrollo de su misionalidad, la STRD lidera, entre otros, los siguientes programas y estrategias:

  • Ciclovía: Creada en 1974 y administrada por el IDRD desde 1995, este programa se ha consolidado como un referente internacional de las ciclovías recreativas. Actualmente es reconocido como el parque lineal más grande del mundo y cuenta, en promedio, con la participación de un millón quinientos mil (1.500.000) usuarios, quienes disfrutan semanalmente de este espacio recreo-deportivo.

reconocido como el parque lineal más grande del mundo y cuenta, en promedio, con la participación de un millón quinientos mil (1.500.000) usuarios, quienes disfrutan semanalmente de este espacio recreo-deportivo. • Bogotá en Bici: Programa de formación secuencial y continua que facilita el acceso de la ciudadanía a la bicicleta como herramienta lúdico -pedagógica, formadora y transformadora de ciudad, promoviendo la inclusión social, la calidad de vida y la conciencia ambiental. • Programa de 0 a 100: Espacios comunitarios incluyentes ubicados en distintas localidades de Bogotá, orientados a la participación social y el aprendizaje mediante el deporte, con el fin de promover la cultura ciudadana, los hábitos de vida saludable y la transformación de comportamientos en poblaciones vulnerables, contribuyendo a la prevención de la delincuencia en niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores. • Programa Deporte para la Paz: Integrado por los Juegos Comunales Distritales, Torneos Interbarriales IDRD, Torneo de Fútbol Femenino, Juegos por la Igualdad y torneos dirigidos a poblaciones con enfoque diferencial, orientados a fomentar la inclusión social, la convivencia pacífica y el respeto mediante la integración de los distintos sectores sociales. • Programa Bogotá Feliz: Comprende procesos de recreación para la primera infancia, infancia, adolescencia y juventud, incluyendo los “Campamentos Juveniles”, espacios de encuentro dirigidos a niños, niñas y jóvenes entre los 8 y 28 años, que promueven el desarrollo de habilidades físicas, sociales y ciudadanas, el trabajo en equipo, la expresión pública, la

dirigidos a niños, niñas y jóvenes entre los 8 y 28 años, que promueven el desarrollo de habilidades físicas, sociales y ciudadanas, el trabajo en equipo, la expresión pública, la interacción con la naturaleza y la formación en valores ambientales y de protección del entorno. • Talentos Deportivos: Programas de carácter formativo dirigidos a niños, niñas y jóvenes, orientados al perfeccionamiento y especialización en una o varias disciplinas deportivas, fortaleciendo su formación integral como personas y deportistas. • Bogotá Competitiva: Programa dirigido a atletas del sector olímpico y paralímpico de las categorías élite y abierta, beneficiarios de procesos sistemáticos, coherentes y secuenciales de planificación que permiten el máximo desarrollo deportivo en competencias nacionales e internacionales. • Programa de las Aulas al Deporte: Incluye los Juegos Intercolegiados Bogotá y los Juegos de Educación Superior, dirigidos a población escolarizada de instituciones públicas y privadas, con el propósito de fortalecer la continuidad del proceso deportivo juvenil y promover habilidades blandas como la toma de decisiones, el trabajo en equipo y la gestión de conflictos, complementando la formación integral del estudiante y futuro profesional. • Formación Integral de la Primera Infancia, Adolescencia y Juventud: Ofrece formación cognitiva, psicosocial y ciudadana a estudiantes de Instituciones Educativas Distritales, mediante sesiones presenciales, virtuales o adaptadas, que integran deporte y actividad física a través de modalidades individuales, colectivas, urb anas y tradicionales, complementadas con festivales, exhibiciones y eventos deportivos, contribuyendo al fortalecimiento de la base deportiva de la ciudad.

modalidades individuales, colectivas, urb anas y tradicionales, complementadas con festivales, exhibiciones y eventos deportivos, contribuyendo al fortalecimiento de la base deportiva de la ciudad. • Actividades recreo -deportivas de carácter barrial: Acciones orientadas a fortalecer y visibilizar la participación ciudadana, así como la gestión de los consejos DRAFE, promoviendo una participación incidente en el territorio. • Festival de Verano: Consolidado desde 1997 como el evento lúdico y recreativo de mayor relevancia y asistencia en la ciudad, declarado de interés cultural por el Acuerdo 125 de 2002 y de interés social, cultural y deportivo mediante la Ley 904 de 2004.

Que, e n este contexto, el IDRD desarrolla, apoya y articula eventos, actividades y certámenes de carácter metropolitano, con convocatoria abierta y asistencia multitudinaria, que requieren el cumplimiento estricto de la normatividad vigente y la gestión integral de los recursos necesarios para su ejecución.

Que p ara la realización de eventos clasificados por el SUGA 6 en niveles de alta, media y baja complejidad, el IDRD requiere la provisión de diversos bienes y servicios, entre los cuales se incluyen, sin limitarse a: servicios médicos y de primeros auxilios; personal logístico y de emergencias; brigadas contraincendios; producción técnica; sonido; baños y lavamanos portátiles; cerramientos y elementos

6 Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración del Público en el Distrito Capital.IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

6 Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración del Público en el Distrito Capital.IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

de seguridad; montaje de carpas, camerinos, sillas y mesas; juzgamiento deportivo; organización de campeonatos distritales, nacionales e internacionales; servicios asociados a planes de manejo de tránsito; y bienes y servicios necesarios para el desarrollo de actividades recreativas, deportivas y de actividad física, entre otros.

Que, dado que el IDRD no cuenta con la capacidad logística y administrativa suficiente para atender de manera directa la totalidad de estas necesidades, se hace necesaria la contratación de un operador logístico que permita garantizar la adecuada organización, e jecución y control de los eventos, en cumplimiento de sus funciones y objetivos misionales. Lo anterior, con el fin de asegurar de manera continua e ininterrumpida el derecho fundamental al deporte, la recreación y la actividad física, consagrado en el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia.

Que en conclusión, la contratación para la prestación de los servicios para la organización y realización de las actividades, certámenes y eventos apoyados y/o ejecutados por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD se justifica en la necesidad de garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones misionales, atendiendo la magnitud, diversidad y complejidad de las actividades recreativas, deportivas y de actividad física que se desarrollan de manera permanente en los distintos parques, escenarios y espacios públicos del Distrito Capital.

Que dichas actividades, clasificadas en niveles de alta, media y baja complejidad conforme al marco

recreativas, deportivas y de actividad física que se desarrollan de manera permanente en los distintos parques, escenarios y espacios públicos del Distrito Capital.

Que dichas actividades, clasificadas en niveles de alta, media y baja complejidad conforme al marco normativo vigente, exigen una gestión integral de recursos humanos, técnicos, logísticos y operativos, así como el cumplimiento de los requisitos en materia de g estión del riesgo, seguridad, atención de emergencias y control de aglomeraciones, obligaciones que superan la capacidad operativa directa de la entidad.

Que en este sentido, la contratación de un operador especializado resulta necesaria para asegurar la planeación, ejecución y control eficiente de los eventos, la articulación interinstitucional y la protección de la vida, la integridad de las personas y la infr aestructura, garantizando de manera continua e ininterrumpida el derecho fundamental de la ciudadanía al deporte, la recreación y la actividad física, en concordancia con los principios constitucionales y legales que rigen la función administrativa.

Que p or otra parte y, en consideración al ser un servicio de condiciones y características técnicas uniformes de común utilización, se procedió a verificar si a la fecha se encuentra vigente algún Acuerdo Marco de Precios de la Tienda Virtual del Estado Colombiano - Compra Eficiente de la Agencia Nacional de Contratación Pública (TVEC) . Como resultado de dicha verificación, se concluyó que no existe un Acuerdo Marco de Precios vigente para la prestación de servicios de operación logística.

Que, así las cosas, una vez verificada la inexistencia de Acuerdos Marco de Precios que atiendan la necesidad del IDRD, la Entidad procedió a analizar las alternativas disponibles para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, concluyendo q ue la utilización de la Bolsa

necesidad del IDRD, la Entidad procedió a analizar las alternativas disponibles para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes, concluyendo q ue la utilización de la Bolsa Mercantil de Colombia resulta procedente y conveniente. Lo anterior, en la medida en que este mecanismo permite adelantar procesos de negociación a través de rueda de negocios con puja, en un mercado organizado, regulado y vigilado, lo que garantiza la formación objetiva del precio, la pluralidad de oferentes, la transparencia en la negociación y la eficiencia en la adquisición, en condiciones que resultan más favorables frente a otros mecanismos de selección.

Que, en cuanto a la naturaleza del objeto a contratar, la operación logística requerida por el IDRD corresponde a un conjunto de servicios estandarizados y de común utilización en el mercado, tales como suministro de personal logístico, producción técnica, alqui ler de infraestructura y demás componentes asociados a la realización de eventos, los cuales están definidos mediante especificaciones técnicas claras, homogéneas y verificables. Si bien la magnitud o configuración de cada evento puede variar, los se rvicios que lo integran mantienen condiciones uniformes en términos de calidad, desempeño y funcionalidad, lo que permite su comparación objetiva entre oferentes y su adquisición bajo criterios de competencia exclusivamente económica. En este sentido, se c onfiguran como servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, habilitando su contratación a través de la Bolsa Mercantil de Colombia.

Que la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes – STRD, con fundamento en los numerales 7

como servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, habilitando su contratación a través de la Bolsa Mercantil de Colombia.

Que la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes – STRD, con fundamento en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con los artículos 2.2.1.1.2.1.1., 2.2.1.1.1.6.1. y 2.2.1.1.1.6.3. del Decreto Nacional 1082 de 2015 y con observancia del principio de planeación, la libre concurrencia y la preservación de las garantías constitucionales y legales de los interesados, solicitó a la Subdirección de Contratación, adelantar un proceso de selección mediante la modalidad de Selección Abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes por Bolsas de Productos, para lo cual remitió i) el estudio previo que justifica la necesidad de la contratación así como la conveniencia y la oportunidad de proceder con la misma; ii) la Ficha Técnica del Producto, y determinó los riesgos previsibles.

Que, adicionalmente, el Área de Costos y Estudios Económicos de la Subdirección de Contratación,IDRD

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.644

teniendo en cuenta la información allegada por parte de la referida Subdirección Técnica de Parques – STP, elaboró el análisis del mercado y el análisis del sector todos encaminados a contratar la

“PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE OPERACIÓN LOGÍSTICA, PRODUCCIÓN TÉCNICA Y

PROVISIÓN DE BIENES NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CERTÁMENES

“PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE OPERACIÓN LOGÍSTICA, PRODUCCIÓN TÉCNICA Y PROVISIÓN DE BIENES NECESARIOS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, CERTÁMENES Y EVENTOS QUE EJECUTE Y/O APOYE EL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE,

BAJO ESQUEMA DE EJECUCIÓN POR DEMANDA”

Que, el Decreto 1082 de 2015, estableció como una forma de selección abreviada para la adquisición de Bienes y Servicios de Características Técnicas Uniformes la Bolsas de Productos y estableció en sus artículos 2.2.1.2.1.2.11. a 2.2.1.2.1.2.19 el régimen y disposiciones aplicables a la adquisición de este tipo de bienes y/o servicios bajo esta modalidad.

Que el Gobierno Nacional reglamentó la constitución y funcionamiento de las bolsas de productos, para brindar a la producción nacional un escenario público, moderno y ágil para sus transacciones.

Que, la Bolsa Mercantil de Colombia S.A - BMC, se encuentra legalmente constituida e inscrita en el Registro Nacional del Mercado de Valores mediante Resolución 587 del 9 de julio de 2004 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, a la cual se aplican las disposiciones previstas en el Decreto 2555 de 2010, siendo la única sociedad que a la fecha se encuentra autorizada para desarrollar el objeto social propio de las bolsas de bienes y productos agropecuarios

Consultar sobre este documento ...