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IDRD - Resolución 662 de 2020

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 662 de 2020
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2020

________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 662 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” La Subdirección Técnica de Construcciones del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en uso de sus atribuciones legales, en especial las funciones delegadas mediante la Resolución No. 370 del 7 de octubre de 2020 de la Dirección General del IDRD, y CONSIDERANDO Que el 27 de diciembre de 2017 el INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE suscribió el Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017 con el CONSORCIO INTERESTUDIO, identificado con NIT 901.142.022-1, el cual se encuentra integrado por RENE ALEJANDRO GOMEZ LAVERDE identificado con CC. 19.396.948 con una participación del CINCUENTA POR CIENTO (50%), RAFAEL EDUARDO ZAMBRANO CASAS identificado con CC. 19.252.047 con una participación del VEINTE POR CIENTO (20%) y por la sociedad DPC INGENIEROS S.A.S., identificada con NIT 830.101.071-8 con una participación del TREINTA POR CIENTO (30%), y cuyo objeto consistió en

“REALIZAR POR EL SISTEMA DE PRECIO GLOBAL FIJO LA INTERVENTORÍA

TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y JURÍDICA DE LOS ESTUDIOS Y

DISEÑOS TÉCNICOS DE INGENIERÍA Y ARQUITECTURA PARA EL CENTRO

RECREATIVO DEPORTIVO Y CULTURAL DEL PARQUE METROPOLITANO SAN

CRISTÓBAL, CÓD. IDRD No. 04-127, CON CARGO AL PROYECTO 1082:

CONSTRUCCION Y ADECUACIÓN DE PARQUES Y EQUIPAMIENTOS PARA TODOS”.

Que las partes acordaron como valor del Contrato de Interventoría No.3262 de 2017 la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS UN MIL TRES PESOS ($463.201.003 M/CTE), amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2245 del 27 de octubre de 2017, con cargo al presupuesto de gastos de inversión de la vigencia 2017, rubro presupuestal No. 3311502171082 “Construcción y adecuación de parques y equipamientos para todos”. Que el plazo de ejecución del Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017 se pactó por siete (7) meses, contados a partir de la aprobación de la garantía única, la suscripción del acta de inicio y el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. Que, una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y de ejecución, el día SIETE (07) de marzo de DOS MIL DIECIOCHO (2018), se suscribió el acta de inicio del contrato, estableciéndose como fecha de inicio el SIETE (07) de marzo de DOS MIL DIECIOCHO (2018), fecha de terminación de etapa de estudios y diseños el VEINTIUNO (21) de julio de DOS MIL DIECIOCHO (2018) y como fecha de terminación del plazo de ejecución el CINCO (05) de octubre de DOS MIL DIECIOCHO (2018). Que el día TRECE (13) de agosto de DOS MIL DIECIOCHO (2018) las partes suscribieron la Modificación No.1 al Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017, por medio de la cual

se modificó la estipulación contractual número 3, forma de pago y número 4, plazo de ejecución en lo correspondiente de la unificación del tiempo de estudios y diseños, y trámites y licencias quedando así: periodo de coordinación QUINCE (15) días, periodo de estudios y diseños CINCO (5) meses y quince (15) días, y periodo de liquidación UN (1) mes. Que se realizó Suspensión No.1 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 23 de agosto de 2018 desde el 23 de agosto de 2018 hasta el 21 de septiembre de 2018, quedando como nueva fecha de terminación el 5 de noviembre de 2018. ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 662 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” Que se realizó Acta de Reinicio No.1 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, suscrita el 11 de septiembre de 2018, quedando como nueva fecha de terminación el 25 de octubre de 2018. Que se realizó Suspensión No.2 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 14 de septiembre de 2018, desde el 14 de septiembre de 2018 hasta el 13 de octubre de 2018, quedando como nueva fecha de terminación el 25 de noviembre de 2018. Que se realizó Ampliación 1 a la Suspensión No.2 al Contrato de Interventoría No.3262

de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 12 de octubre de 2018, desde el 14 de octubre de 2018 hasta el 12 de noviembre de 2018, quedando como nueva fecha de terminación el 24 de diciembre de 2018. Que se realizó Ampliación 2 a la Suspensión No.2 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 13 de noviembre de 2018, desde el 13 de noviembre de 2018 hasta el 12 de diciembre de 2018, quedando como nueva fecha de terminación el 24 de enero de 2019. Que se realizó Ampliación 3 a la Suspensión No.2 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 13 de diciembre de 2018, desde el 13 de diciembre de 2018 hasta el 11 de enero de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 23 de febrero de 2019. Que se realizó Ampliación 4 a la Suspensión No.2 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 11 de enero de 2019, desde el 12 de enero de 2019 hasta el 10 de febrero de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 25 de marzo de 2019. Que se realizó Acta de Reinicio No.2 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, suscrita el 25 de enero de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 05 de

marzo de 2019. Que se realizó Suspensión No.3 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 30 de enero de 2019, desde el 30 de enero de 2019 hasta el 28 de febrero de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 7 de abril de 2019. Que se realizó Ampliación 1 a la Suspensión No.3 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de TREINTA (30) días, suscrita el 28 de febrero de 2019, desde el 1 de marzo de 2019 hasta el 30 de marzo de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 6 de mayo de 2019. Que se realizó Ampliación 2 a la Suspensión No.3 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, por un término de SESENTA (60) días, suscrita el 29 de marzo de 2019, desde el 31 de marzo de 2019 hasta el 29 de mayo de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 5 de julio de 2019. Que se realizó Acta de Reinicio No.3 al Contrato de Interventoría No.3262 de 2017, suscrita el 30 de mayo de 2019, quedando como nueva fecha de terminación el 05 de julio de 2019. Que el 5 de julio de 2019, se terminó el plazo de ejecución del Contrato de interventoría No. 3262 de 2017, y se suscribió el acta de recibo final del contrato.

________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 662 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” Que conforme al Acta de Recibo Final de fecha 5 de julio de 2019, suscrita por el contratista y el supervisor del Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017, el valor total ejecutado fue por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS UN MIL TRES PESOS M/CTE. ($463.201.003), de los cuales se han efectuado pagos por la suma de CUATROSCIENTOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS M/CTE. ($416.880.904), quedando un saldo por pagar a favor del contratista contra la liquidación por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES

TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($46.320.099).

Que los pagos realizados a favor del contratista de conformidad con la Certificación expedida por el área de presupuesto del IDRD, de fecha 15 de octubre de 2020, con cargo al Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017, fueron por la suma de CUATROSCIENTOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUATRO PESOS M/CTE. ($416.880.904, de la siguiente manera: No. ORDEN FECHA DE PAGO VALOR BRUTO 25283 09/07/2018 92.640.201 25494 24/09/2018 92.640.201

25543 25/10/2018 92.640.201 15996 23/07/2019 138.960.301

TOTAL $ 416.880.904,00

Que el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, mediante certificación de fecha QUINCE (15) de octubre de DOS MIL VEINTE (2020), informó que el Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017 constituyó reserva presupuestal a diciembre TREINTA Y UNO (31) de DOS MIL DIECISIETE (2017) la cual feneció el día TREINTA Y UNO (31) de diciembre de DOS MIL DIECIOCHO (2018); por valor de CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE (185.280.400,00), correspondiente al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 2245 del 27 de octubre de 2017 y Registro Presupuestal No.14028 del 29 de diciembre de 2017. Que el 23 de noviembre de 2020 se suscribió el Acta de Liquidación Bilateral por Mutuo Acuerdo del Contrato de Interventoría No. 3262 de 2017, en donde se estableció el saldo a favor del contratista contra acta de liquidación por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES

TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($46.320.099).

Que mediante Resolución No.556 del 1 de diciembre de 2020 “Por medio de la cual se reconoce la existencia de un Pasivo Exigible” se reconoció el valor de CUARENTA Y SEIS

MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE

($46.320.099) a favor del contratista CONSORCIO INTERESTUDIO identificado con NIT 901.142.022-1, con base en el acta de liquidación de fecha 23 de noviembre de 2020. Que para respaldar el pago del pasivo exigible que se ordena en la presente resolución, el Área de Presupuesto del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD expidió́ el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.5285 de fecha 18 de diciembre de 2020, por valor de CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($46.320.099). ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 662 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” Que así mismo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante concepto 14615-03062010 del 26 de mayo de 2010, conceptuó́ sobre los pasivos exigibles y concluyó: “(...) es el mecanismo mediante el cual se atiende el pago de las obligaciones legalmente contraídas, pero que por diferentes motivos no fue posible atenderlas cumplidamente durante la vigencia respectiva o incluirlas en las reservas presupuestales o las cuentas por pagar y que por no estar sometidas a litigio alguno no se requiere de pronunciamiento judicial para autorizar su pago. Se está frente a una dificultad administrativa que no puede implicar el perjuicio de los terceros en sus relaciones con el Estado. (...)”. Que mediante concepto No 2352 de 1995 la Dirección de presupuesto General del

Presupuesto Nacional señaló́: “(...) Así las cosas, y atendiendo a que la Administración Pública no se puede eximir de las obligaciones que legalmente contrajo (las cuales deben corresponder a las fuentes de gasto establecidas en el artículo 346 de la Constitución Política); en concepto de esta Dirección, solo será́ posible cancelar aquellos compromisos originados en vigencias fiscales anteriores con cargo al presupuesto vigente, que en su oportunidad se adquirieron con las formalidades legales y contaron con apropiación presupuestal disponible o sin comprometer que (sic) las amparaban. Por último, lo gastos que así se apropien deben estar en el mismo detalle del decreto de liquidación o en un grado de detalle que permita identificar el gasto que se está realizando que se trata de vigencias expiradas, para garantizar que estos se orientan a cancelar obligaciones que se sustentaron. Todo lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades que les corresponda a los funcionarios de la administración por las actuaciones que causaron el no pago de estas obligaciones en cumplida forma.” Que la Dirección General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD de conformidad con lo Resuelto en el Artículo séptimo de la Resolución No. 370 de fecha 7 de octubre de 2020, “Por la cual se realizan delegaciones de la ordenación del gasto y pago”, delegó en quienes detentaron la ordenación del gasto al momento del perfeccionamiento de cada uno de los vínculos contractuales, la competencia para ordenar el gasto, el pago y liquidar los contratos o convenios perfeccionados al momento de la expedición del presente acto administrativo, así:

“(…) ARTÍCULO SÉPTIMO: Transitorio. La competencia para ordenar el gasto, el pago, liquidar los contratos o convenios perfeccionados al momento de la expedición del presente acto administrativo, continuará radicada en quienes detentaron la ordenación del gasto al momento del perfeccionamiento de cada uno de los vínculos contractuales (…)” Que de la misma manera en el Artículo Noveno del acto Administrativo ejusdem, la Dirección General de la Entidad resolvió derogar todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones 579 del 31 de agosto de 2019; 197 del 14 de julio de 2020; 206 del 5 de agosto de 2020 y 356 del 1 de octubre de 2020. Que de conformidad con las consideraciones anteriores y para efectos del reconocimiento de la existencia del pasivo exigible, fueron tenidos en cuenta los siguientes documentos: i) Acta de fenecimiento de las reservas presupuestales, ii) soportes de los pagos parciales realizados, iii) Certificado de Tesorería iv) Acta de Recibo Final del Contrato, v) Acta de liquidación, vi) Resolución de reconocimiento de un pasivo exigible No. 556, y vii) Registro presupuestal No.5285 Que, en mérito de lo expuesto, ________________________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 662 “Por medio de la cual se ordena el pago de un Pasivo Exigible” RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. ORDENAR a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDRD el pago del pasivo exigible correspondiente al pago del acta de LIQUIDACION a favor del contratista CONSORCIO INTERESTUDIO identificado con NIT. 901.142.022-1, por valor

de CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($46.320.099,00), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 5285 de fecha 18 de diciembre de 2020, con base en el Acta de Liquidación Bilateral y de Mutuo Acuerdo de fecha 20 de noviembre de 2020, la Resolución por la cual se reconoce un pasivo No 556 del 1 de diciembre de 2020, y de conformidad con los recursos disponibles del proyecto y de caja al interior de la Entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Subdirección Administrativa y Financiera, para lo de su competencia y en especial aquellos actos que tengan que ver con la publicidad del acto administrativo en el sistema electrónico de contratación – SECOP II y la comunicación al contratista.

ARTÍCULO TERCERO. COMUNÍQUESE al CONSORCIO INTERESTUDIOS, con NIT 901.142.022-1, representado legalmente por RENE ALEJANDRO GOMEZ LAVERDE o

quien haga sus veces, en la dirección de correspondencia Carrera 15 No. 124-67, oficina 316 Bogotá, D.C., teléfonos 6315029 – 3158407290, correo electrónico: reneasistente@hotmail.com; el contenido de la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO. De conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, contra la presente Resolución no procede recurso alguno en la vía Administrativa. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 18 de diciembre de 2020. ANDERSON MELO PARRA Subdirector Técnico de Construcciones (e) Revisó: Arq. Alejandro Ocampo Mora – Profesional Especializado Grado 11 – Área Técnica. Gabriel Ricardo Camacho Arcila – Abogado – STC Elaboró: Arq. Juan Pablo Serna Buitrago – Apoyo a la Supervisión – Área técnica

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