IDRD - Resolución 800 de 2026
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 800 de 2026
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2026
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INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.800
“Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2026 - 2028 y se dictan otras disposiciones”
Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59ª -06
Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 IDRD
EL DIRECTOR GENERAL (E)
DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere la Resolución 006 de 2017 modificada mediante las Resoluciones 007 de 2022 y 002 de 2023 de la Junta Directiva del IDRD y la Resolución 788 de 2019, modificada por la Resolución 225 de 2024, actos administrativos expedidos por el Director General del IDRD y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 9 de la Ley 1010 de 2006 “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo” , establece que “Los reglamentos de trabajo de las empresas e instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. Los comités de empresa de carácter bipartito, donde existan, podrán asumi r funciones relacionados con acoso laboral en los reglamentos de trabajo”.
para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. Los comités de empresa de carácter bipartito, donde existan, podrán asumi r funciones relacionados con acoso laboral en los reglamentos de trabajo”.
Que, el numeral 1.7 . del artículo 14 de la Resolución 2646 de 2008 “ Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional ” emitida por el Ministro de la Protección Social , define como una medida preventiva y correctiva frente al acoso laboral la conformación del Comité de Convivencia Laboral y ordena establecer un procedimien to interno y confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral.
Que, el artículo 14 de la Resolución 2646 de 2008 fue reglamentado por la Resolución 652 de 2012 del Ministerio del Trabajo.
Que, el artículo 3 de la Resolución 3461 de 2025, “Por medio de la cual se derogan las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, por las cuales se establecen lineamientos para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, en entidades públicas y empresas privadas, y se dictan otras disposiciones” expedida por el Ministerio del Trabajo, establece que: “(…)En el caso de entidades públicas y las empresas privadas con más de veinte (20) trabajadores, el Comité estará conformado por cuatro (4) integrantes, dos (2) representantes de las y los trabaj adores y dos (2) del empleador, con sus respectivos suplentes.(…)”
veinte (20) trabajadores, el Comité estará conformado por cuatro (4) integrantes, dos (2) representantes de las y los trabaj adores y dos (2) del empleador, con sus respectivos suplentes.(…)”
Que, el artículo 5 de la Resolución 3461 de 2025, precitada, dispone que : “(…) El período de vigencia del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la conformación de este, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación de los integrantes. (…)”.
Que, el Decreto Único Sectorial 640 de 2025 “Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Gestión Pública”, estableció en el capito 1 del Título 24 la Política Institucional en materia de Convivencia Laboral y las funciones del Comité de Convivencia Laboral.
Que el Comité de Convivencia Laboral para la vigencia 2024 -2026, fue conformado mediante la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, expedida por el Director General del IDRD, “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distr ital de Recreación y Deporte para la vigencia 2024 – 2026.”______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.800
“Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2026 - 2028 y se dictan otras disposiciones”
Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59ª -06
Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 IDRD
Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59ª -06
Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 IDRD Que, mediante Resolución No. 604 del 20 de abril de 2026 emitida por el Director General del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD “Por la cual se convoca a la elección de los Representantes principales y suplentes de los servidores (as) del Instituto Distrital de Recreación y Deporte ante el Comité de Convivencia Laboral para la vigencia 2026 – 2028”, se convocó a elecciones para elegir los representantes principales y suplentes de los servidores públicos para conformar del Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2026 – 2028.
Que, el día 7 de mayo de 2026, se efectuó la votación para elegir los dos (2) representantes principales y dos (2) suplentes de los servidores que conformarán el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, para el periodo 2026 – 2028.
Que, una vez realizado el escrutinio de los votos electrónicos por cada candidato y efectuada el acta de cierre de la votación, los resultados para la elección de los representantes principales y suplentes del Comité de Convivencia Laboral 202 6 – 2028, que representaran a los servidores públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, arrojo el siguiente resultado:
Candidatos Total, votos electrónicos Juana Paulina Pinzón Rosero 19 Pedro Yovvanni Prieto Sánchez 28 Mónica Alejandra Dionisio Rojas 39 Rose Ammarantha Wass Suarez 5 Voto en Blanco 26
Candidatos Total, votos electrónicos Juana Paulina Pinzón Rosero 19 Pedro Yovvanni Prieto Sánchez 28 Mónica Alejandra Dionisio Rojas 39 Rose Ammarantha Wass Suarez 5 Voto en Blanco 26
TOTAL 117
Que, en consecuencia, resultaron elegidos por mayoría de votación, como representantes principales y suplentes, los siguientes servidores públicos que conformaran el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, para el período 2026 – 2028
Representante Principal Representante Suplente Mónica Alejandra Dionisio Rojas Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06 (E) Área Servicios Generales Juana Paulina Pinzón Rosero Secretario Ejecutiva Código 425 Grado 10 (E) Subdirección Administrativa y Financiera Pedro Yovvanni Prieto Sánchez Profesional Universitario Código 219 Grado 03 (E) Subdirección Técnica de Parques Rose Ammarantha Wass Suarez Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01 Subdirección Técnica de Recreación y Deporte
Que, por lo anterior, se hace necesario conformar el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para el período 2026 - 2028, así como establecer sus funciones.
Que mediante Resolución No. 394 del 20 de marzo de 2026, se adoptaron disposiciones transitorias relacionadas con el Comité de Convivencia Laboral – CCLdel Instituto Distrital de Recreación y Deporte, conformado para el período 2024 -2026, conformado mediante Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, hasta tanto sea conformado el nuevo Comité,
de Recreación y Deporte, conformado para el período 2024 -2026, conformado mediante Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, hasta tanto sea conformado el nuevo Comité, para el período 2026 -2028, con el fin de garantizar la intervención oportuna de esta instancia dada su importancia en materia de prevención, interve nción y monitorio permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el IDRD.
Que, en mérito de lo expuesto,______________________________________________________________________________
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“Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2026 - 2028 y se dictan otras disposiciones”
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Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 IDRD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Conformar el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, integrada por dos (2) Representantes principales de los servidores públicos con sus respectivos suplentes y dos (2) Representantes principales de la Entidad con sus respectivos suplentes, para el período 202 6– 2028, tal como se describe a continuación:
1. REPRESENTANTES PRINCIPALES DE LOS SERVIDORES
Nombre: Mónica Alejandra Dionisio Rojas Identificación: 53.091.711
Cargo: Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06 (E)
Nombre: Pedro Yovvanni Prieto Sánchez Identificación: 80.123.400
Nombre: Mónica Alejandra Dionisio Rojas Identificación: 53.091.711
Cargo: Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 06 (E)
Nombre: Pedro Yovvanni Prieto Sánchez Identificación: 80.123.400
Cargo: Profesional Universitario Código 219 Grado 03 (E)
2. REPRESENTANTES SUPLENTES DE LOS SERVIDORES
Nombre: Juana Paulina Pinzón Rosero Identificación: 1.010.202.148
Cargo: Secretario Ejecutivo Código 425 Grado 10 (E)
Nombre: Rose Ammarantha Wass Suarez Identificación: 1.019.095.173
Cargo: Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 01
3. REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD
PRINCIPALES
Secretario General de Entidad Descentralizada Código 054 Grado 03
Subdirector de Contratación Código 070 Grado 02
SUPLENTES
Subdirector Administrativo y Financiero Código 068 Grado 02
Asesor Código 105 Grado 02
ARTÍCULO 2. El período de vigencia del Comité de Convivencia del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, será de dos (2) años de conformidad con artículo 5 de la Resolución 3461 de 2025 del Ministerio del Trabajo, contados a partir de la expedición del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO 3. El Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, deberá cumplir con las funciones señaladas en la normatividad vigente,
presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO 3. El Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, deberá cumplir con las funciones señaladas en la normatividad vigente, en especial, las contenidas en el artículo 6 de la Resolución 3461 de 2025 expedida por el Ministerio del Ministerio del Trabajo, o aquella que la adicione, modifique o reglamente______________________________________________________________________________
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No.800
“Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2026 - 2028 y se dictan otras disposiciones”
Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59ª -06
Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 IDRD ARTÍCULO 4. El Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, deberá elegir por mutuo acuerdo entre sus integrantes y en su primera sesión al Presidente del Comité quien cumplirá las funciones establecidas en el artículo 7 de la Resolución 3461 de 2025 expedida por el Ministerio del Trabajo, así como aquellas que se definan en las normas que la adicionen, modifiquen o reglamenten.
ARTÍCULO 5. El Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, deberá elegir entre sus integrantes en su primera sesión al Secretario del Comité quien cumplirá las funciones establecidas en el artículo 8 de la Resolución 3461 de 2025 expedida por el Ministerio del Trabajo, así como aquellas que se definan en las normas
Deporte – IDRD, deberá elegir entre sus integrantes en su primera sesión al Secretario del Comité quien cumplirá las funciones establecidas en el artículo 8 de la Resolución 3461 de 2025 expedida por el Ministerio del Trabajo, así como aquellas que se definan en las normas que la adicionen, modifiquen o reglamenten.
ARTÍCULO 6. La presente resolución deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, especialmente la Resolución 394 del 20 de marzo de 2026 “Por la cual se adoptan disposiciones transitorias relacionadas con el Comité de Convivencia Laboral – CCLdel Instituto Distrital de Recreación y Deporte, conformado para el período 20242026.”
ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMINÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C. el día 26/05/2026
GABRIEL ERNESTO LAGOS MEDINA
Director General (E)
Proyectó: Camilo Rojas Ospina – Profesional Especializado Código 222 Grado 05 (E) Área Talento Humano Sandra Jeanet Vega Díaz – Profesional Especializado 222-06 (E) - Área de Desarrollo Humano Revisó: Margarita Rosa Álvarez Llinás – Profesional Especializado Código 222 Grado 07 - Área Desarrollo Humano Aprobó: Yadima Díaz Ochoa – Profesional Especializado Código 222 Grado 11- Área Talento Humano
Juan Carlos Rodriguez Waltero – Subdirector Administrativo y Financiero
Vo.Bo.: Gabriel Lagos Medina - Secretario General