IDRD - Resolución 872 de 2025
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
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Detalles
- Título
- IDRD - Resolución 872 de 2025
- Autor
- IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2025
IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 872 “Por el cual se reconoce el gasto y se ordena el pago de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V, del proyecto de inversión No. 8155 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C., para la vigencia presupuestal 2025, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”.
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Instituto Distrital de Recreación y Deporte Calle 63 No. 59ª -06
Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195
EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE RECREACIÓN Y DEPORTE DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, la Resolución No. 006 de 2017, modificada por las Resoluciones No. 007 de 2022 y Resolución No. 002 de 2023 expedidas por la Junta Directiva del IDRD, la Resolución No. 176 del 7de febrero de 2024, aclarada por la Resolución No. 1677 del 14 de noviembre de 2024, proferidas por la Dirección General del IDRD el Decreto 723 de 2013 y,
CONSIDERANDO.
Que la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, reglamentada por el Decreto
Decreto 723 de 2013 y,
CONSIDERANDO.
Que la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, reglamentada por el Decreto 1072 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo” cuyo objeto y ámbito de aplicación es:
“ARTÍCULO 2.1.1.1. Objeto. El objeto de este decreto es compilar la normatividad vigente del sector Trabajo, expedida por el Gobierno Nacional mediante las facultades reglamentarias conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política al Presidente de la República para para la cumplida ejecución de las leyes.
ARTÍCULO 2.1.1.2. Ámbito de Aplicación. El presente decreto aplica a las entidades del sector Trabajo, así como a las relaciones jurídicas derivadas de los vínculos laborales, y a las personas naturales o jurídicas que en ellas intervienen.”
Que el numeral 5, en el literal a) del artículo 2° de la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, modifica el artículo 13 del Decreto Ley 1295 de 1994 “Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”, señala que son afiliados en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales: “(…) 5. Los trabajadores Independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante (…)”, por lo cual, el contratante asume el valor de los aportes
Riesgos Laborales: “(…) 5. Los trabajadores Independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante (…)”, por lo cual, el contratante asume el valor de los aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios personales cuyas actividades hayan sido clasificadas en riesgo lV y V.
Que el artículo 3 del Decreto Nacional 723 de 2013 “Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones ” señala: “(…) Actividades de alto riesgo. Para efectos del presente decreto, se asimilan como de alto riesgo, aquellas actividades correspondientes a las clases IV y V a que hace referencia el Decreto -ley 1295 de 1994 y la clasificación de actividades económicas establecidas en el Decreto 1607 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya”.IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 872 “Por el cual se reconoce el gasto y se ordena el pago de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V, del proyecto de inversión No. 8155 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C., para la vigencia presupuestal 2025, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”.
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programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C., para la vigencia presupuestal 2025, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”.
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Que al IDRD le asiste la obligación legal de realizar el pago al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios, clasificados en Riesgos Laborales IV y V de la Subdirección Técnica de Recreación y De porte del IDRD, aplicable a los contratistas vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz , en el marco del Proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
Que el Subdirector Técnico de Recreación y Deportes del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD cuenta con competencia funcional y delegada para suscribir actos administrativos relacionados con la ejecución de programas y proyectos misionales de recreación, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Distrital 4 de 1978, “ Por el cual se crean unos organismos deportivos en el Distrito Especial de Bogotá”; el Decreto Distrital 505 de 2019, “ Por el cual se modifican los artículos 5, 7, 8, 9, 10, 1 1, 12, 13 y 16 del Decreto Distrital 539 de 2006 y se dictan
otras disposiciones”; y la Resolución IDRD No. 1009 de 2022, “Por medio de la cual se asignan funciones a los empleos de la planta global del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD”, en concordancia con el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales vigente. En ejercicio de dicha competencia, y conforme a los soportes técnicos, presupuestales y misionales que respaldan el reconocimiento económico aquí dispuesto, se justi fica la adopción de la presente decisión administrativa.
Que el IDRD con el acompañamiento de ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., estableció los niveles de riesgo de conformidad con la identificación de los peligros y factores de riesgo a los que pueden estar expuestos los contratistas por prestación de servicios, vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz , en el marco del Proyecto de inversión No. “8155 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
Que, en virtud de lo anterior, y con el propósito de respaldar presupuestalmente el pago de los aportes de riesgos laborales de los contratistas antes señalados, se solicitó al Área de Presupuesto la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4483, expedido el 28 de abril de 2025, por valor de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS M/CTE ($10.340.800), con cargo al Rubro O230117430120240258 del proyecto de inversión 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
Que la vigencia de la presente Resolución será hasta el vencimiento de los plazos
con cargo al Rubro O230117430120240258 del proyecto de inversión 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
Que la vigencia de la presente Resolución será hasta el vencimiento de los plazos contractuales establecidos con los contratistas clasificados en riesgo IV y V , vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz, en el marco del Proyecto de Inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.”.
Que, p or lo anteriormente expuesto, el S ubdirector Técnico de Recreación yIDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 872 “Por el cual se reconoce el gasto y se ordena el pago de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V, del proyecto de inversión No. 8155 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C., para la vigencia presupuestal 2025, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”.
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www.idrd.gov.co info: Línea 195 Deportes del Instituto de Distrital de Recreación y Deporte,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO . – RECONOCER el gasto para el Sistema de Riesgos Laborales a favor de la ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. con NIT
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO . – RECONOCER el gasto para el Sistema de Riesgos Laborales a favor de la ARL POSITIVA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. con NIT 860.011.153-6, de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz, del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”, para la vigencia presupuestal 2025, en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 1562 de 2012 “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional ”, y el Decreto Nacional 723 de 2013 “Por el cual se reglamenta la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas y de los trabajadores independientes que laboren en actividades de alto riesgo y se dictan otras disposiciones”.
Parágrafo. El supervisor de los contratos de prestación de servicios clasificados en el nivel IV y V vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz, del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”, deberá reportar mensualmente la liquidación de los aportes que deberán reconocerse a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL Positiva compañía de seguros S.A.), mediante formato de Certificación de Pago ARL dirigido a la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, así mismo, deberá ser informada oportunamente a la ordenación del Gasto.
Positiva compañía de seguros S.A.), mediante formato de Certificación de Pago ARL dirigido a la Subdirección Técnica de Recreación y Deportes, así mismo, deberá ser informada oportunamente a la ordenación del Gasto.
ARTÍCULO SEGUNDO . – PAGAR la ARL de los contratistas de prestación de servicios que han sido clasificados en el nivel de riesgo IV y V, vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz, del proyecto de inversión No. 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C.”.
El pago se realizará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4483, expedido el 28 de abril de 2025, por valor de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS PESOS M/CTE ($10.340.800), correspondiente al Rubro O230117430120240258 - 8155 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
ARTÍCULO TERCERO. – Una vez en firme la presente Resolución, remítase copia al Área de Presupuesto de la Subdirección Administrativa y Financiera, para los procedimientos de su competencia.
ARTÍCULO CUARTO. – La vigencia de esta Resolución será hasta el vencimiento de los plazos contractuales establecidos con los contratistas de prestación de servicios que han sido clasificados en riesgo IV y V vinculados a la Actividad de Campamentos del programa Bogotá Feliz , del proyecto de inversión No. 8155IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 872 “Por el cual se reconoce el gasto y se ordena el pago de los aportes al Sistema de
Campamentos del programa Bogotá Feliz , del proyecto de inversión No. 8155IDRD INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 872 “Por el cual se reconoce el gasto y se ordena el pago de los aportes al Sistema de Riesgos Laborales de los contratistas de prestación de servicios clasificados en Riesgos Laborales IV y V, del proyecto de inversión No. 8155 Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C., para la vigencia presupuestal 2025, de la Subdirección Técnica de Recreación y Deporte del Instituto”.
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Tel: 6605400
www.idrd.gov.co info: Línea 195 “Desarrollo de programas recreativos y de actividad física en Bogotá D.C”.
ARTÍCULO QUINTO. –. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno, por tratarse de un acto de ejecución.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C., 01/08/2025
HUGO ALEXANDER CORTES LEON Subdirector Técnico de Recreación y Deportes (E)
Proyectó: Edgar Felipe Paez Palomino – Contratista STRD.
Revisó: Stephanie Michelly Pinzón Garcés – Abogada Contratista – STRD
Andrea Murcia Martin – Abogada Contratista STRD
Proyectó: Edgar Felipe Paez Palomino – Contratista STRD.
Revisó: Stephanie Michelly Pinzón Garcés – Abogada Contratista – STRD Andrea Murcia Martin – Abogada Contratista STRD Aprobó: Claudia Yolanda Molina Gaitán - Profesional Especializado 222-11 (E) Área de Recreación .