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IDRD - Resolución 968 de 2025

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolución 968 de 2025
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2025

______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 968

“Por la cual se modifica el numeral 3 del artículo 1 de la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024 “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 20242026”

IDRD

EL DIRECTOR GENERAL

DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

En uso de sus facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere la Resolución 006 de 2017 modificada mediante las resoluciones 007 de 2022 y 002 de 2023, de la Junta Directiva del IDRD, la Resolución 788 de 2019, modificada por la Resolución 225 de 2024 y

CONSIDERANDO

Que el numeral 1 del artículo 9 de la Ley 1010 de 2006 “Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo” , establece que “(…) las empresas e instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. Los comités de empresa de carácter bipartito, donde existan, podrán asumir funciones relacionados co n acoso laboral en los reglamentos de trabajo ”.

Que el numeral 1.7, del artículo 14, de la Resolución 2646 de 2008 “Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención,

laboral en los reglamentos de trabajo ”.

Que el numeral 1.7, del artículo 14, de la Resolución 2646 de 2008 “Por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional ”, define como una medida preventiva y correctiva frente al acoso laboral la Conformación del Comité de Convivencia Laboral y ordena estab lecer un procedimiento interno y confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral.

Que el Decreto Distrital 437 de 2012 “Por medio del cual se establecen las funciones del Comité de Convivencia Laboral, y se modifica parcialmente el Decreto Distrital 515 de 2006 ” estableció las funciones del Comité de Convivencia Laboral y modificó parcialmente el Decreto Distrital 515 de 2006 “ Por medio del cual se da cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley 1010 de 2006, a través de la cual se adoptaron medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo ”.

Que el artículo 1 de la Resolución 1356 de 2012 “ Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 652 de 2012”, define que “El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes (…) ”.

entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes (…) ”.

Que el artículo 5 de la Resolución 652 de 2012 “ Por la cual se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se dictan otras disposiciones ”, establece el periodo de tiempo en el cargo para los miembros del Comité de Convivencia Laboral, esto es, de dos (2) años a partir de la conformación de este, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación.

Que el Comité de Convivencia Laboral para la vigencia 2024 -2026, fue conformado mediante la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, expedida por el Director General del IDRD, “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2024 – 2026.”

Que en el numeral 3 del Artículo 1 de la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, establece lo siguiente:

(…)” 3. REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD ”, ante el Comité de Convivencia Laboral del IDRD para el período 2024 – 2026, se designaron como representantes principales al______________________________________________________________________________

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 968

“Por la cual se modifica el numeral 3 del artículo 1 de la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024 “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 20242026”

IDRD

del 21 de marzo de 2024 “Por la cual se conforma el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 20242026”

IDRD SECRETARIO GENERAL Código 054 Grado 03, al JEFE OFICINA JURÍDICA, Código 006

Grado 01 y como suplentes al SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO, Código 068 Grado 02, al ASESOR Código 105 Grado 02.

Que mediante la Resolución de la Junta Directiva No. 006 del 7 de julio de 2017, modificada por la Resolución No. 007 de 2022, mediante la cual se modifica la estructura organizacional del IDRD en la Resolución 002 del 24 de mayo de 2023, fueron establecidas las funciones de la Oficina Jurídica.

Que en el numeral 15 del artículo 5 de la Resolución 002 del 24 de mayo de 202 3, le corresponde a la Oficina Jurídica “Adelantar la etapa de juzgamiento en primera instancia de los procesos disciplinarios contra los / as servidores/as y exservidores /as del IDRD, de conformidad con el Código General Disciplinario o aquella norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre la materia.”

Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario modificar la designación de los representantes del empleador ante la comisión de personal y que corresponde al empleo de Jefe Oficina Jurídica Código 006 Grado 01, lo anterior con base en lo establecido en la Resolución 002 del 24 de mayo de 2023 artículo 5º numeral 15, en razón a que se puede presentar un potencial conflicto defunciones y competencias dentro de las actuaciones que

Resolución 002 del 24 de mayo de 2023 artículo 5º numeral 15, en razón a que se puede presentar un potencial conflicto defunciones y competencias dentro de las actuaciones que se lleguen a tramitar por dicho Cuerpo Colegiado.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el numeral 3 del artículo 1 de la Resolución No. 445 del 21 de marzo de 2024, el cual quedará de la siguiente manera:

3. REPRESENTANTES DEL EMPLEADOR

Desígnese como representantes principales del empleador ante el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Recreación y Deporte para la vigencia 2024 - 2026, a quienes ejerzan los cargos de Secretario (a) General Código 054 Grado 03 y Subdirector (a) de Contratación Código 070 Grado 02, quedando excluido de dicha representación el Jefe de la Oficina Jurídica, Código 006 Grado 01.

ARTÍCULO 2. Las demás partes de la Resolución continúan vigentes y no sufren modificación alguna. ARTÍCULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el día 29/08/2025

DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN

Director General

Proyectó: Oscar Germ án Rodríguez H. – Profesional Universitario 219 -03 (E) - Área de Talento Humano Revisó: Margarita Rosa Álvarez Llinás – Profesional Especializado Código 222 Grado 07 - Área Desarrollo Humano

Revisó: Margarita Rosa Álvarez Llinás – Profesional Especializado Código 222 Grado 07 - Área Desarrollo Humano Aprobó: Yadima Díaz Ochoa – Profesional Especializado Código 222 Grado 11 - Área Talento Humano

Juan Carlos Rodríguez Waltero – Subdirector Administrativo y Financiero

Vo. Bo.: Gabriel Ernesto Lagos Medina – Secretario General

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