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IDRD - Resolucion 986 de 2022

IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte

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Detalles

Título
IDRD - Resolucion 986 de 2022
Autor
IDRD - Instituto Distrital de Recreación y Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2022

IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 986 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 327 del 2018 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 6 y 8 de la Ley 87 de 1993, el Acuerdo 04 de 1978 de creación del IDRD, la Resolución 005 de 1997, y sus modificatorias en relación con los Estatutos de la entidad, Resolución 006 de 2017, el Decreto 1083 de 2015 reglamentario del sector función pública y el Decreto 648 de 2017 y C O N S I D E R A N D O Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política establecen que la administración pública, en todos sus órdenes tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley y que, en las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno. Que la Ley 87 de 1993, señala en el artículo 6 que: “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente. No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control Interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos” y en el artículo 13° que: ”los organismos y entidades de las

Ramas del Poder Público, en los diferentes órdenes y niveles, deberán establecer al más alto nivel jerárquico un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización”. Que en concordancia con lo anterior, el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario del Sector de la Función Pública, en la parte dos del libro segundo, titulo 21, compiló las normas sobre el Sistema de Control Interno y específicamente en el capítulo 2, artículo 2.2.21.2.2 literal d., se determinó como uno de los responsables del mismo, al Comité Institucional de Coordinación de Control Interno “como órgano de coordinación y asesoría del diseño de estrategias y políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de Control Interno Institucional, de conformidad con las normas vigentes y las características de cada organismo o entidad”. Que el Decreto 648 de 2017, en su artículo cuarto adicionó al Capítulo 1 del Título 21 del Decreto 1083 de 2015, los artículos 2.2.21.1.5 y 2.2.21.1.6 relacionados con el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, en cuanto a su conformación y funciones y modificó mediante el artículo sexto, el artículo 2.2.21.2.4, definiendo en el numeral quinto como uno de los facilitadores del Sistema de Control Interno al Comité Institucional de Coordinación del Sistema de Control Interno quien: “brinda lineamientos para la determinación, implantación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno de cada entidad”. Que mediante Resolución 327 de 2018, se creó el Comité Institucional de Coordinación de

Control Interno en el Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD, objeto de la presente resolución, siendo necesario actualizar su funcionamiento y reglamento, de acuerdo con los lineamientos impartidos en materia del Sistema de Control Interno por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública, así como la administración distrital mediante el Decreto 807 de 2019 "Por medio del cual se reglamenta el Sistema de Gestión en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”. Que, en mérito de lo expuesto, IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 986 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 327 del 2018 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD” R E S U E L V E: ARTÍCULO PRIMERO. Se modifica el artículo segundo (2°) de la Resolución 327 de 2018, respecto de Integración del Comité quedará así: El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD. estará integrado por:

1. El Director(a) General, quien lo presidirá.

2. El Secretario (a) General

3. El Subdirector(a) Técnico de Parques.

4. El Subdirector(a) Técnico de Recreación y Deportes.

5. El Subdirector(a) Técnico de Construcciones.

6. El Subdirector(a) de Contratación.

7. El Subdirector(a) Administrativo y Financiero.

8. El (la) Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

9. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Planeación.

10. El (la) Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

11. El (la) Jefe de la Oficina de Control Disciplinario.

12. El (la) jefe de la Oficina de Asuntos Locales.

Parágrafo 1. La participación de los miembros del Comité es indelegable, sólo el Director(a) podrá delegar su participación, en su asesor de más alto nivel. Se debe justificar la inasistencia ante el director(a) a más tardar el día de la sesión. Parágrafo 2. Con el fin de contribuir al cumplimiento del orden del día y la toma de decisiones, los funcionarios del nivel asesor integrarán el comité en calidad de invitados permanentes, adicionalmente, cualquier servidor público, funcionario o contratista, podrá ser invitado de acuerdo con el tema; todos ellos contarán con voz, pero sin voto y su inasistencia se justificará ante el director(a) a más tardar el día de la sesión. ARTÍCULO SEGUNDO. El artículo tercero (3°) de la Resolución 327 de 2018, respecto a la Funciones del Comité quedará así: Son funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD: a) Evaluar el estado del Sistema de Control Interno de la Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD y aprobar las modificaciones, actualizaciones y acciones de fortalecimiento a partir de la normatividad vigente, los informes presentados por el Jefe de la Oficina de Control Interno, organismos de control, recomendaciones del equipo MECI, el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, resultados FURAG e Índice de Transparencia y cualquier instancia que suministre información relevante para la mejora del Sistema. b) Aprobar el Plan Anual de Auditoría del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD presentado por el jefe de la Oficina de Control Interno, hacer sugerencias y seguimiento a su cumplimiento y a las recomendaciones producto de su ejecución, de acuerdo con lo señalado en la documentación del Sistema y los instrumentos de auditoría y basado en la priorización de temas críticos según la gestión de riesgos del Instituto. c) Aprobar el Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del auditor, sus actualizaciones y verificar su cumplimiento. d) Revisar la información contenida en los estados financieros del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD y hacer las recomendaciones a que haya lugar, comunicando lo necesario al Comité Institucional de Gestión y Desempeño. IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 986 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 327 del 2018 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD” e) Servir de instancia para resolver las diferencias que surjan en desarrollo del ejercicio de auditoría interna; siempre que se haya surtido el conducto regular definido en la documentación del Sistema y los instrumentos de auditoría. f) Conocer y resolver los conflictos de interés que afecten la independencia de la auditoría; siempre que se haya surtido el conducto regular definido en la documentación del Sistema y los instrumentos de auditoría. g) Someter a aprobación del representante legal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD, la política de administración del riesgo, previamente estructurada por parte de la Oficina Asesora de Planeación, como segunda línea de defensa en la entidad;

hacer seguimiento a sus actualizaciones y sugerir la aplicación de controles, con especial atención en la prevención y detección de fraude, corrupción y mala conducta. h) Coordinar y asesorar el diseño de estrategias y políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de Control Interno Institucional, de conformidad con las normas vigentes y las características propias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD. i) Recomendar pautas e impartir lineamientos para la determinación, implementación, adaptación, complementación y mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno, de conformidad con las normas vigentes y las características propias del Instituto. j) Revisar reportes de cumplimiento de metas y objetivos del Instituto, en articulación con el Plan de Desarrollo Distrital y conforme a los planes, políticas y proyectos distritales, sectoriales e institucionales, con el fin de proponer y adoptar los correctivos necesarios. k) Revisar el estado de avance de los planes de mejoramiento derivados de auditorías practicadas por entes de control externo e internos, así como los hallazgos u observaciones que ameriten su tratamiento en el marco del Comité, con el fin de proponer y adoptar los correctivos necesarios. l) Las demás que determine el director(a) del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD, relacionadas con la naturaleza y funciones del Comité. ARTICULO TERCERO. Se modifica el artículo cuarto (4°) de la Resolución 327 de 2018, respecto de Reuniones, Deliberación y Quorum del Comité, el cual quedará así: El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de

Recreación y Deporte-IDRD se reunirá presencial o virtualmente de forma ordinaria tres (3) veces en el año, es decir, cuatrimestralmente, con el fin de presentar los resultados de monitoreo y evaluación de la gestión de los riesgos del Instituto, así como temas relevantes que deba conocer el comité para la toma informada de decisiones en cumplimiento de sus funciones. También se podrá reunir de forma extraordinaria por solicitud del representante legal, previa citación de la Secretaría Técnica. El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD deliberará y decidirá con la mitad más uno de sus miembros, es decir, se constituirá quórum para sesionar y aprobar con siete (7) de sus miembros. De no conformarse, se Levantará la sesión y la secretaría dejará constancia de tal situación en la lista de asistencia. ARTÍCULO CUARTO. Se deroga el artículo quinto (5°) de la Resolución 327 de 2018. IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 986 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 327 del 2018 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD” ARTÍCULO QUINTO. Se modifica el artículo sexto (6°) de la Resolución 327 de 2018, respecto a la Convocatoria del Comité, quedará así: Convocatoria y Sesión. Las sesiones ordinarias del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD, serán convocadas por la secretaría técnica, ejercida por la Oficina de Control Interno, con por lo menos tres (3) días hábiles de antelación, indicando

día, hora, lugar y/o modalidad de la reunión. Para el caso de sesiones extraordinarias, se convocará y sesionará de conformidad con el requerimiento realizado por el representante legal, procurando inmediatez y la mayor diligencia y oportunidad por la urgencia de los temas y la naturaleza de la reunión. Quién se encuentre presidiendo el comité, tendrá potestad de: a) Promover, replicar y reiterar las citaciones del Comité o solicitar a la secretaría técnica modificarlo en caso de ser necesario. b) Instalar, presidir, dirigir y cerrar las reuniones. c) Representar al Comité cuando se requiera y ser canal para informar oficialmente los asuntos decididos, de la forma que considere más idónea. d) Solicitar o delegar en cualquier miembro del Comité o invitado el seguimiento de alguna de las funciones y asignarles responsabilidades cuando lo considere oportuno. e) Decidir sobre las posibles faltas, impedimentos y recusaciones que puedan presentar los integrantes del Comité. ARTÍCULO SEXTO. Se modifica el artículo séptimo (7°) de la Resolución 327 de 2018, respecto de Actas del Comité, el cual quedará así: Actas y Registro de Asistencia. De cada una de las sesiones se levantará la respectiva acta, para facilitar la redacción se podrá grabar audios, éstas se llevarán con un número consecutivo y serán firmadas por quién presida el Comité y la Secretaría Técnica y contendrá la relación de quienes intervinieron, los temas tratados, los votos emitidos por cada uno de los miembros y las decisiones adoptadas y compromisos definidos, que serán de obligatorio cumplimiento.

El acta de cada sesión será enviada por la Secretaría Técnica a los miembros participantes, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la sesión, por correo electrónico institucional, quienes a su vez tendrán tres (3) días hábiles para que se pronuncien sobre su contenido, en caso de no recibir manifestación alguna, se entenderá su conformidad y se procederá a firma y publicación. En todo caso, se realizará seguimiento a la última acta en cada sesión. De las sesiones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, quedará un registro de asistencia, gestionado por la Secretaría Técnica, dónde se dejará constancia de los miembros e invitados presentes, y en caso de inasistencia se indicará en el registro de la sesión si se presentó la debida justificación. ARTÍCULO SÉPTIMO. Se modifica el artículo noveno (9°) de la Resolución 327 de 2018, respecto de Secretaría Técnica del Comité, el cual quedará así: El jefe de la Oficina de Control Interno del Instituto Distrital de Recreación y DeporteIDRD, ejercerá la secretaría técnica del Comité, quien podrá apoyarse en una persona de confianza adscrita a su dependencia para ejercer sus funciones. Son funciones de la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD, las siguientes: a) Convocar a las sesiones mediante correo electrónico a los integrantes del Comité, con una antelación de por lo menos tres (3) días hábiles. b) Programar la agenda o el orden del día del Comité y enviarla con la convocatoria.

c) Verificar la existencia de quorum para la toma de decisiones. IDRD ______________________________________________________________________________ INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE RESOLUCIÓN No. 986 “Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 327 del 2018 Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del IDRD” d) Preparar la presentación, el contenido de los temas y en general organizar la logística y recursos técnicos necesarios para el funcionamiento del Comité. e) Gestionar el registro de asistencia y participar activamente en las reuniones del Comité, con voz y sin voto. f) Levantar, formalizar, publicar y conservar en archivo las actas de las reuniones, debidamente legalizadas y con sus respectivos anexos. g) Hacer seguimiento a las decisiones y compromisos adoptados y adquiridos en el marco del Comité y presentar su avance en la siguiente sesión. ARTÍCULO OCTAVO. Se modifica el artículo décimo (10°) de la Resolución 327 de 2018, el cual quedará así: Modificación, Publicación, Vigencia y Derogatoria. La presente Resolución podrá ser modificada mediante resolución emitida por el representante legal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, con la respectiva aprobación en sesión del Comité CICCI. La presente Resolución deroga el artículo 5 de la Resolución 327 de 2018 y demás disposiciones que le sean contrarias. Se publica en la página web de la entidad, regirá a partir de la vigencia 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D.C. a los, 18-08-2022

BLANCA INES DURÁN HERNÁNDEZ

Directora General

Proyectó: Roger Alexander Sanabria Calderón, Secretario Técnico CICCI

Revisó: Nelson Andrés Mejía, Jefe Oficina Asesora Jurídica

Aprobó: Comité Institucional de Coordinación de Control Interno

Vo.Bo.: Nelson Andrés Mejía, Secretaria General (E)

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