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IGAAC - Resolución 0495 de 2022

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAAC - Resolución 0495 de 2022
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio República de Colombia

RESOLUCIÓN NÚMERO 12 JUL. 2022

Por la cual se adopta el Modelo de Datos Extendido LADM_COL — POT para la formulación de Planes de Ordenamiento Territorial LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y en especial las conferidas en el numeral 1 y 4 del artículo 2 del Decreto Ley 3571 de 2011 y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 32 de 1991 y se dictan otras disposiciones” señaló como deber de los municipios y distritos adoptar el plan de ordenamiento territorial, y lo definió como “el instrumento básico para desarrollar el proceso de ordenamiento del territorio municipal. Se define como el conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adoptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo. (...)”. Que los artículos 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la mencionada Ley establecen, entre otros, los componentes general, urbano y rural de los planes de ordenamiento territorial, las normas urbanísticas y su jerarquía, así como el programa de ejecución, con el propósito de configurar su estructuración formal y desarrollo sustancial. Que el Decreto 1077 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, reglamenta las disposiciones del ordenamiento de territorio municipal y distrital.

Que el Decreto 1077 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, reglamenta las disposiciones del ordenamiento de territorio municipal y distrital. Que el Decreto 1077 de 2015 modificado por el Decreto 1232 de 2020, en lo relacionado con la planeación del ordenamiento territorial municipal y distrital, reglamentó las etapas y contenidos del plan de ordenamiento territorial, así como las reglas para surtir las instancias de concertación, consulta y adopción de los planes de ordenamiento territorial. Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Ext: 2068 Fecha: 17/03/2021 www minvidienda.gov.co Código: GDC-PL-10 Página 1 de 4 y12 JUL, 2022 de Hoja No. 2 Que aproximadamente el 80,5% de los municipios del país han cumplido la vigencia de largo plazo de sus Planes de Ordenamiento Territorial, es así que, tienen la obligación de realizar su revisión general, bajo el marco normativo actualizado en el Decreto 1077 de 2015. Que el Modelo de Dominio de Administración de Tierras — LADM facilita la estandarización en la semántica y articulación tecnológica en la administración del territorio, en el cual los objetos territoriales se describen a través de modelos de datos extendidos que permiten la interoperabilidad de información para que puedan ser entendidos y usados en diferentes ámbitos de la administración de tierras. Los modelos de datos extendidos deben ser conformes al modelo núcleo LADM_COL que corresponde a la adaptación de la norma ISO 19152:2012 a Colombia.

entendidos y usados en diferentes ámbitos de la administración de tierras. Los modelos de datos extendidos deben ser conformes al modelo núcleo LADM_COL que corresponde a la adaptación de la norma ISO 19152:2012 a Colombia. Que el CONPES 4007 de 2020, denominado “Esfrategía para el Fortalecimiento de la Gobernanza en el Sistema de Administración del Territorio” emitido con el propósito de avanzar hacia la producción, integración, disposición y mantenimiento permanente de la información relativa al territorio, señala que, se debe contar con la implementación de modelos extendidos del perfil colombiano de la ISO 19152:2012 (LADM_COL), unificando así la semántica utilizada en los sistemas de información relacionados con la administración del territorio. Cada uno de estos modelos será desarrollado de forma independiente por los sectores competentes siguiendo los lineamientos establecidos. Que como resultado del trabajo interinstitucional en el que participaron el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Departamento Nacional de Planeación, y la cooperación internacional en el marco del apoyo técnico, se hace necesario adoptar el Modelo Extendido LADM_COL — POT para modelar la información geográfica relativa a los planes de ordenamiento territorial, con el propósito de estandarizar objetos espaciales, categorías y dominios para facilitar el intercambio de datos entre los diferentes niveles territoriales y sectores. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Adoptar el Modelo de Datos Extendido LADM_COL — POT, el cual tiene como objetivo la estandarización de la información geográfica para la

territoriales y sectores. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Adoptar el Modelo de Datos Extendido LADM_COL — POT, el cual tiene como objetivo la estandarización de la información geográfica para la formulación de los planes de ordenamiento territorial. Las especificaciones técnicas de este modelo se definen en los documentos técnicos, Anexos Técnicos 1 y 2 de la presente resolución. Parágrafo. El modelo descrito en los anexos técnicos de la presente Resolución corresponde a la versión 1 del Modelo Extendido LADM_COL - POT y a partir de esta se continuará la numeración de las próximas versiones. Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Ext: 2068 Fecha: 17/03/2021 wwa.rmipvivienda Gov.co Código: GDC-PL-10 Página 2 de 4 y> Resolución A Pe 0 2 ana de Hoja No. 3 o o A 32 JUL 2022 "9. | “Por la cual se adopta el Modelo de Datos Extendido LADM_COL -— POT para la ON formulación de Planes de Ordenamiento Territorial” Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Los lineamientos definidos en los Anexos Técnicos de la presente resolución son aplicables a la formulación y/o proceso de revisión o modificación de los planes de ordenamiento territorial, planes básicos de ordenamiento territorial o esquemas de ordenamiento territorial, y a los instrumentos que los desarrollen y complementen, según lo dispuesto en la Ley 388 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015 y/o las normas que la modifiquen, complementen o sustituyan.

que los desarrollen y complementen, según lo dispuesto en la Ley 388 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015 y/o las normas que la modifiquen, complementen o sustituyan. Artículo 3. Contenido de los Anexos Técnicos. La presente resolución comprende dos anexos técnicos. El Anexo Técnico 1 comprende el desarrollo de los elementos técnicos del Modelo LADM_COL - POT, junto con la información temática y la estructura del modelo de datos, las temáticas abordadas en el modelo, las respectivas unidades espaciales, sus atributos y dominios, así como los estándares técnicos correspondientes que facilitan su implementación. El Anexo Técnico 2 corresponde al documento que contiene el Diagrama UML del Modelo de Datos Extendido LADM_COL - POT. Artículo 4. Implementación. Para efectos de la implementación de los lineamientos contenidos en el modelo, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, a través de la Subdirección de Asistencia Técnica y Operaciones Urbanas Integrales, apoyará técnicamente en el marco de sus competencias a las entidades territoriales en su implementación. Así mismo el Ministerio facilitará los mecanismos y coordinará la concurrencia de las demás entidades con competencia para la implementación del modelo en los planes de ordenamiento territorial. Artículo 5. Régimen de Transición. A partir de la expedición de la presente resolución, los municipios y distritos podrán implementar el Modelo de Datos Extendido LADM_COL -— POT en la formulación y/o revisión o modificación de sus POT, PBOT y EOT. Sin embargo, y con el fin de avanzar gradualmente y no generar reprocesos, los proyectos de formulación, revisión o modificación de Plan de

Extendido LADM_COL -— POT en la formulación y/o revisión o modificación de sus POT, PBOT y EOT. Sin embargo, y con el fin de avanzar gradualmente y no generar reprocesos, los proyectos de formulación, revisión o modificación de Plan de Ordenamiento Territorial, que se radiquen completos y en debida forma ante la autoridad ambiental competente hasta el 31 de diciembre de 2023, podrán continuar su desarrollo con base en las normas vigentes antes de la expedición de la presente resolución. Artículo 6. Publicación del modelo. Para la implementación del Modelo de Datos Extendido LADM_COL — POT, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicará en su página oficial la información correspondiente a los anexos técnicos requeridos en su versión oficial, y mantendrá actualizada la información que permita su adecuada implementación. Artículo 7. Escalas de trabajo. Con respecto a la escala de representación deberá aplicarse la directriz dada por el artículo 2.2.2.1.2.1.3 del 1077 de 2015 modificado por el Decreto 1232 de 2020. Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Ext: 2068 Fecha: 17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-10 Página 3 de 4 y)s Resolución No 12 JUL 202 de Hoja No. 4 o Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Ext: 2068 Fecha: 17/03/2021 www .minvivienda.qov.co Código: GDC-PL-10

Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Ext: 2068 Fecha: 17/03/2021 www .minvivienda.qov.co Código: GDC-PL-10 “Por la cual se adopta el Modelo de Datos Extendido LADM_COL — POT para la ON formulación de Planes de Ordenamiento Territorial” Artículo 8. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE 2ano

Dada en Bogotá D.C., alos 33 UL. ¿022 |

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SUSANA CORREA BORRERO

Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio Elaboró: Luis Felipe Marquez Duque — Dirección de Espacio Urbano y Territorial Revisó: Hernán Javier Rodriguez Cervantes — Contratista Subdirección deyPolíticas de Desarrollo Urbano y Territorial] Abel Enrique Martinez Sierra — Asesor Oficina Asesora sul, Mike Castro Roa — Coordinador Grupo de Conceptos Oficina Asesora Jurídica Le Diana Carolina Clavijo Jaimes — Asesora Secretaría General f Aprobó: Eduardo José Arredondo Daza — Subdirector de Políticas de Desarrollo Urbano y rertora 222) Edgar Orlando Picón Prado — Director de Espacio Urbano y Territorial Carlos Alberto Ruiz Martínez — Viceministro de Vivienda Diana del Carmen Sandoval Aramburo — Jefe Oficina Asesora Jurídica OS Tatiana Buelvas Ramos - Secretaria General Página 4 de 4 y)

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