IGAAC - Resolución 656 de 2024
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
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Detalles
- Título
- IGAAC - Resolución 656 de 2024
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
656 > Gobierno de 2 3 MAY 2094 id Colombia iS IGAC] RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2024 (73 MAY 2094) “Por medio de la cual se modifica el artículo 1% de la Resolución N 1258 del 28 de septiembre de 2023, por medio de la cual se proclaman los mejores servidores públicos de carrera administrativa del Instituto Geográfico Agustín Codazzi" EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto — Ley 1567 de 1998, Ley 909 de 2004, Decreto 1083 de 2015 y los numerales 1, 20 y 23 del artículo 10 del Decreto 846 del 29 de julio del 2021, y CONSIDERANDO: Que el artículo 29 del Decreto 1567 de 1998 "Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado”, determina que los planes de incentivos para los empleados se orientarán a reconocer los desempeños individuales del mejor empleado de la Entidad y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman. Que de conformidad con el artículo 30 ibídem, para reconocer el desempeño en niveles de excelencia podrán organizarse planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios. Así las cosas, tendrán derecho a estos incentivos todos los empleados de carrera administrativa de los niveles profesional, técnico y asistencial. Que el artículo 34 del citado Decreto 1567 de 1998, prevé que el jefe de cada Entidad deberá adoptar y desarrollar internamente planes de incentivos institucionales, de acuerdo con la ley y los reglamentos.
Que el artículo 34 del citado Decreto 1567 de 1998, prevé que el jefe de cada Entidad deberá adoptar y desarrollar internamente planes de incentivos institucionales, de acuerdo con la ley y los reglamentos. Que en línea con lo expuesto, el parágrafo del artículo 36 de la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, señala que las entidades, deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrolle la presente ley, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 1 O Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia € (+57) 601 653 1888 Www.igac.gov.co= ch Dy' obierno de é olombia 9 3 MAY 2024 IGAC > a L desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales. Que el artículo 38 ibídem considera que los resultados de las evaluaciones de desempeño de los servidores públicos de carrera administrativa deberán tenerse en cuenta, entre otros aspectos, para otorgar incentivos económicos o de otro tipo. Que el Decreto 1083 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", en su artículo 2.2.10.1 dispone que las Entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados; normativamente los
Reglamentario del Sector de Función Pública", en su artículo 2.2.10.1 dispone que las Entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados; normativamente los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social. Que según el artículo 2.2.10.8 del Decreto 1083 de 2015, los planes de incentivos, enmarcados dentro de los planes de bienestar social, tienen por objeto otorgar reconocimientos por el buen desempeño, propiciando así una cultura de trabajo orientada a la calidad y productividad bajo un esquema de mayor compromiso con los objetivos de las Entidades. Que el artículo 2.2.10.9 del Decreto 1083 de 2015 determina que el jefe de cada Entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera a nivel nacional y a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico de la entidad. Que la Secretaría General, a través de la Subdirección de Talento Humano, adelantó el proceso de verificación de los servidores públicos que por cada nivel jerárquico obtuvieron sobresaliente en la calificación definitiva en la evaluación del desempeño laboral del periodo 2022 — 2023. Que en el artículo 1” de la Resolución N” 1258 del 28 de septiembre de 2023, se reconoció un (1) permiso de dos (2) días remunerados como incentivo a 445 empleados de carrera administrativa con evaluación del desempeño sobresaliente en el periodo 2022-2023. Que el servidor público JEFERSON SAMBONI PERAFAN identificado con cedula
empleados de carrera administrativa con evaluación del desempeño sobresaliente en el periodo 2022-2023. Que el servidor público JEFERSON SAMBONI PERAFAN identificado con cedula de ciudadanía N 1.143.843.239 de acuerdo con la Resolución N 792 de junio 9 de 2023, se declara una vacancia temporal por periodo de prueba en otra entidad, en el empleo denominado Oficial Catastro, Código 3110, Grado 09, de la Dirección Territorial Valle, a partir del 9 de agosto del 2023, por el término de seis (6) meses. Que mediante Resolución N 081 del 31 de enero del 2024, se da por terminada a partir del 01 de febrero del 2024, la vacancia temporal concedida mediante Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 2 Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia € (+57) 601 653 1888 E WWwwWw.igac.gov,co“Es Gobierno de za %2 Colombia 9 IMA ISAciS Resolución N 792 de 09 de julio de 2023 al servidor JEFERSON SAMBONI PERAFAN, ya identificado, quien es titular del empleo de carrera administrativa denominado Oficial de Catastro, Código 3110, Grado 09, en la Dirección Territorial Valle. Que por esta situación administrativa el servidor público JEFERSON SAMBON]I PERAFAN, ya identificado, no se incluyó en el artículo 1? de la Resolución N 1258 de septiembre 29 de 2023, que reconoce un (1) permiso de dos (2) días remunerados como incentivo a los empleados de carrera administrativa con evaluación del desempeño sobresaliente.
de septiembre 29 de 2023, que reconoce un (1) permiso de dos (2) días remunerados como incentivo a los empleados de carrera administrativa con evaluación del desempeño sobresaliente. Que verificada la información, se evidenció que el servidor público JEFERSON SAMBONI PERAFAN, ya identificado, es acreedor de dicho incentivo, razón por la cual se hace necesario modificar el artículo 1? de la Resolución N 1258 del 28 de septiembre de 2023, en el sentido de adicionar y reconocer el incentivo de un (1) permiso de dos (2) días remunerados al empleado de carrera administrativa con evaluación del desempeño sobresaliente en el periodo del 1 de febrero 2022 a 31 de enero 2023, y que no se incluyó en el citado artículo al servidor público: No. Cedula Nombres y Apellidos Dependencia Nivel 1143843239 JEFERSON SAMBONI PERAFAN | DIRECCIÓN TERRITORIAL VALLE | TECNICO Que en mérito de lo anterior, RESUELVE: Artículo 1: Modificar el artículo 1? de la Resolución N 1258 del 28 de septiembre de 2023, “Por medio de la cual se proclaman los mejores servidores públicos de carrera administrativa del Instituto Geográfico Agustín Codazzi — IGAC-, en el sentido de adicionar al siguiente servidor público: CJ No. Ítem | No. Cedula | Nombres y Apellidos Dependencia Nivel 446 1143843239 | JEFERSON SAMBONI PERAFAN | DIRECCIÓN TERRITORIAL VALLE | TECNICO (...) Artículo 2”: Publicar la presente Resolución en la página IGACNET del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 3
(...) Artículo 2”: Publicar la presente Resolución en la página IGACNET del Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 3 Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (€ (+57) 601 653 1888 WWW.igac.gov.co> Gobierno de A Colombia led IGactol Artículo 3% Comunicar la presente Resolución a la Subdirección de Talento Humano para lo pertinente. Artículo 4%: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bogotá D.C.2 3 MAY 2024
GUSTAVO ADOLFO MARÚLANDA MORALES
DIRECTOR GENERAL Aprobó: Martha Lucia Parra García - Secretaria Generallu/) Revisó: Gloria Marlen Bravo Guaqueta - Subdirectora de Talento Humano f Juan Sebastian Gómez Romero - Contratista Subdirección de Talento Human Ángela Patricia Zabala López - Jefe Oficina Asesora Jurídica (E) Bl
Sandra Milena Martínez — Contratista Secretaría General Kelly Johanna Morales Sarmiento - Asesora Dirección General y Hee: Proyectó: Nydia Marcela Rivera Rodríguez - Contratista Subdirección de Talehto Humano E Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 4 9 Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia € (+57) 601 653 1888 WWW.igac.gov.co