🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

IGAC - Concepto 1200OAJ-2025-0000082-IE

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
IGAC - Concepto 1200OAJ-2025-0000082-IE
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co

MEMORANDO

(Ciudad de Origen).

PARA: LADY MARCELA HURTADO MOSQUERA

Dirección Territorial Cauca DE: JEFE DE OFICINA ASUNTO: Concepto jurídico sobre la estructura de la numeración consecutiva de las resoluciones administrativas en virtud del Instructivo IN-GCT-PC02-01 del 25 de octubre de

2023 Respetada Marcela, Recibimos correo electrónico de fecha 06 de marzo de 2025, mediante el cual requiere apoyo jurídico para conocer la estructura que debe contener la numeración de las resoluciones proferidas por la Dirección Territorial con ocasión a desistimientos, vacaciones, licencias, entradas en vigencia, entre otros; respecto del cual emitimos pronunciamiento de conformidad con las funciones establecidas para la Oficina Asesora Jurídica en el artículo 12 del Decreto 846 del 29 de julio de 2021 "Por el cual se modifica la estructura del Instituto Geográfico Agustín Codazzi". Con el fin de estructurar el concepto, esta dependencia realizará una descripción de la competencia de la OAJ, las aclaraciones relevantes descritas por el solicitante, el problema jurídico a resolver, el marco normativo aplicable y finalmente el análisis jurídico del caso.

I. Competencia De acuerdo con lo normado en el numeral 8° del artículo 12 del Decreto 846 de 2021, la Oficina Asesora Jurídica del IGAC tiene la función y la competencia para expedir conceptos jurídicos por solicitud de alguna dependencia del Instituto.

I. Competencia De acuerdo con lo normado en el numeral 8° del artículo 12 del Decreto 846 de 2021, la Oficina Asesora Jurídica del IGAC tiene la función y la competencia para expedir conceptos jurídicos por solicitud de alguna dependencia del Instituto.

Estos conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas, a la luz del artículo 28 de la Ley 1437 de 2011 Al contestar por favor cite estos datos: Radicado N°: 1200OAJ-2025-0000082-IE

No. Caso: 1433106

Fecha: 26-03-2025 12:39:59

Rad. Padre: Página | 2 ________________________________________________________________________

Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co (CPACA), sustituido por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, por regla general no son de obligatorio cumplimiento o ejecución. Esto significa que, esta Oficina Asesora Jurídica no resuelve casos concretos o particulares, por ende, no define derechos, no asigna obligaciones, ni tampoco establece responsabilidades, sino que emite conceptos jurídicos sobre un punto materia de cuestionamiento, duda o desacuerdo que ofrezca la interpretación, alcance y/o aplicación de una norma jurídica o la resolución de una situación fáctica genérica relacionada con el objeto y misionalidad del IGAC.

II. Aclaraciones de la solicitud Señala la solicitud que, antes del “procedimiento IN-GCT-PC02-01”, la estructura para definir el consecutivo de las “resoluciones motivadas por desistimientos, vacaciones,

objeto y misionalidad del IGAC.

II. Aclaraciones de la solicitud Señala la solicitud que, antes del “procedimiento IN-GCT-PC02-01”, la estructura para definir el consecutivo de las “resoluciones motivadas por desistimientos, vacaciones, licencias, entradas en vigencia, entre otros”, se utilizaban aproximadamente 8 números.

Sin embargo, requiere se aclare cómo debe ser estructurada la numeración de los mencionados actos administrativos, en razón a que el actual “procedimiento” determina una estructura de 17 números.

III. Problema Jurídico y/o Consulta ¿Jurídicamente es procedente aplicar el Instructivo IN-GCT-PC02-01 del 25 de octubre de 2023 para definir la estructura de los consecutivos de las resoluciones que resuelven, entre otros, asuntos de desistimientos, vacaciones, licencias o entradas en vigencia?

I. Marco normativo  Constitución Política: arts. 209 y 269  Ley 1437 de 2011: Art. 3

II. Análisis Jurídico Con el ánimo de resolver el problema jurídico que nos ocupa, es oportuno aclarar que el documento identificado en la solicitud con el código IN-GCTPC02-01 del 25 de octubre de 2023, corresponde a un instructivo interno para la elaboración de actos administrativos sujetos a registro que sean expedidos por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.Página | 3 ________________________________________________________________________

Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co Este instructivo encuentra relación con el Procedimiento PC-GCT-02 del 25 de octubre de 2023 (vigente) previsto para los trámites catastrales con efectos registrales de carácter puntual o masivos, tales como i) actualización de linderos, ii) rectificación área por imprecisa determinación , iii) rectificación de linderos por acuerdo entre las partes, vi) actualización masiva de linderos y, v) rectificación masiva de área por Imprecisa determinación que se deberán surtir en el marco del Decreto 148 de 2020 y la Resolución Conjunta IGAC No. 1101 SNR No. 11344 de 2020, o aquellas que las modifiquen o sustituyan. La anterior aclaración es importante porque actualmente, al interior de la entidad, no existe un procedimiento interno general que defina el proceso, trámite, responsabilidades, roles o pasos necesarios para la expedición de los actos administrativos diferentes a los de regulación o los sujetos a registro con ocasión a trámites catastrales. Esto significa que, no hay reglamentación interna vigente que defina puntualmente la estructura de los consecutivos de las resoluciones que resuelven, entre otros, asuntos de desistimientos, vacaciones, licencias o entradas en vigencia. Por esta razón, para los referidos actos administrativos

resuelven, entre otros, asuntos de desistimientos, vacaciones, licencias o entradas en vigencia. Por esta razón, para los referidos actos administrativos debería atenderse el Instructivo IN-COR-PC02-01 vigente desde el 28 de junio de 2022 para la Elaboración de Documentación Administrativa, el cual dispone en el numeral “3.8.1 Denominación, número y fecha” referente a las resoluciones, lo siguiente: “(…) [l]a numeración y fecha de expedición son asignadas por el sistema documental o en su defecto por el control manual que se lleve de las mismas (…)”. De acuerdo con el texto en cita, se comprende que corresponde a cada Director Territorial definir la estructura para la numeración de las resoluciones diferentes a aquellas sujetas a registro, garantizando siempre un control estricto del consecutivo y la no repetición de la numeración. Esto hasta tanto se implementa en el IGAC el procedimiento para la expedición de actos administrativos distintos a los de regulación (PC-REG-01 del 02 de noviembre de 2023) y los sujetos a registro (PC-GCT-02 del 25 de octubre de 2023).Página | 4 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co Finalmente, es importante que cada Director Territorial, en virtud de las funciones contenida en los numerales 7° y 9° del artículo 30 del Decreto 846 de

www.igac.gov.co Finalmente, es importante que cada Director Territorial, en virtud de las funciones contenida en los numerales 7° y 9° del artículo 30 del Decreto 846 de 20211, al momento de definir la estructura de la numeración, garantice la eficacia, la eficiencia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional, conforme lo dispone el artículo 3° de la Ley 1437 de 2011. Por lo cual se sugiere que se evalúe si el método que se ha venido implementando en la territorial se adecúa a las necesidades de la entidad o, si por el contrario deben ser revisados para que sigan siendo relevantes y útiles para el mejoramiento continuo de las funciones asignadas. En los anteriores términos damos respuesta a su solicitud, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Reiterando que esta Oficina Asesora Jurídica no resuelve casos concretos o particulares, por ende, no define derechos, no asigna obligaciones, ni tampoco establece responsabilidades, sino que emite conceptos jurídicos sobre un punto materia de cuestionamiento, duda o desacuerdo que ofrezca la interpretación. Atentamente. 1 “Artículo 30. Direcciones Territoriales. (…). 7. Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones y decidir en primera instancia sobre los recursos legales que se

Atentamente. 1 “Artículo 30. Direcciones Territoriales. (…). 7. Expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones y decidir en primera instancia sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos, cuando a ello hay lugar. (…) 9. Dirigir, ejecutar y controlar las actividades administrativas, jurídicas, financieras, de talento humano y de sistemas requeridas para las operaciones a cargo de la Dirección Territorial, de acuerdo con las políticas y lineamientos impartidos por la sede central y las disposiciones legales vigentes. (…)”.Página | 5 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No 48 - 51 Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co

CAMILA GUTIERREZ BARRAGAN

JEFE DE OFICINA

Oficina Asesora Jurídica

Proyectó: Diana Alejandra Ortiz Rodriguez - PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Elaboró: Diana Alejandra Ortiz Rodriguez - PROFESIONAL ESPECIALIZADO

Informados:

Consultar sobre este documento ...