IGAC - Directiva Presidencia 001 de 2025
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- IGAC - Directiva Presidencia 001 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Ministerio de Agriculturs y Desarrollo Rural Republlca de Colombia DSSA^aOLi,© FA.^AL ■ >£RU|i>0 DE 6ESH0N OOCOMSMTAL eecHk__9-LEEB..2025 M HORfe- -^:v‘ si , Ra<l to. 2025-313-802058-2
Feche Radleado: 07/02/202S 15-03'24
Aaunto: OIRECTIVA presioencial
Folios: 2
Anexos: 0
Remltente: PRESIOENCIA OE □estlno: 3ee-SG iNo ei - PUBLicA m "%■ m t
I
LA REPUBLICA
Gustavo Petro Urrego Presldente de la Republica de ColomL a-.
DIRECTIVA PRESIDENCIAL- -No. 01
MINISTERIOS Y DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
ASUNTO: PUBLICACION DE ACTOS ADMINISTRATATIVOS DE
CARACTER GENERAL EN EL DIARIO OFICIAL.
PARA: DE: - 5 FEB 2025FECHA: Para garantizar el trabajo eficiente, coherente y articulado del Gobierno Nacional; y asi mismo, el cumplimiento del principio de publicidad dispuesto en el articulo 209 de la Constitucion Polttica,-en concordancia los articulos 119 de la Ley 489 de 1998 y 65 de la Ley 1437 de 2011, que establecen que unicamente con fa publication de los actos administrativos de caracter general en el Diario Oficial, se cumple con oponibilidad, se considera procedente impartir las siguientes directrices:
1. Los ministerios y departamentos administrativos, atendiendo a las expresas ordenes impartidas a la Imprenta Nacional mediante la sentencia del H. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso
con oponibilidad, se considera procedente impartir las siguientes directrices:
1. Los ministerios y departamentos administrativos, atendiendo a las expresas ordenes impartidas a la Imprenta Nacional mediante la sentencia del H. Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrative, Seccion Quinta1, relacionadas con el deber de: • Adelantar las gestiones pertinentes para que, en todos los casos, la fecha del Diario Oficial sea la misma del cargue del acto o norma y que tambien corresponda con la de su publication en el sitio web oficial de la entidad, y con e/ requisito de publicidad para efectos de su vigencia y 1 Sentencia de Accion de Cumplimiento del 26 de septiembre de 2024. Radicacion: 25000-23-41000-2024-01062-01.Gustavo Retro Urrego Presidente de la Republics de Colombia • En ningun caso, podra transcurrir mas de 10 dfas entre la aprobacion de! acto o la norma y su publicacion en la pagina web de la imprenta nacional.
Deberan tener presente en la planificacion interna de sus entidades, en relacion con los proyectos normativos que deben expedir, las siguientes instrucciones: Determinar con la debida antelacion las fechas a partir de las1.1. cuales los actos administrativos de caracter general proyectados por su entidad; deben producir efectos jundicos. Tener presente que la fecha a partir de la cual el acto1.2. administrative de caracter general deba producir efectos coincida con la fecha de publicacion del Diario Oficial en el que se insertara de la norma. Para tales efectos, y siguiendo los criterios del H. Consejo de Estado se advierte que: - • La insercion correspondera a la inclusion de la norma en una edicion del Diario Oficial.
norma. Para tales efectos, y siguiendo los criterios del H. Consejo de Estado se advierte que: - • La insercion correspondera a la inclusion de la norma en una edicion del Diario Oficial. • La publicacion del Diario Oficial corresponde al cargue en la pagina web de la Imprenta Nacional. Prever que la fecha de expedicion del acto administrative de1.5. caracter general no conlleva per se efectos jundicos vinculantes para los administrados. Solo a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial se produciran los efectos vinculantes.
2. Los ministerios y departamentos administrativos que tramiten proyectos de actos administrativos de caracter general y que deban ser suscritos por el presidente de la Republica, para su posterior publicacion en el Diario Oficial, deberan: Radicar en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica - Oficina de Relacionamiento con el Ciudadano2.1\
•j| .. 01 Gustavo Retro Urrego Presidente de la Republica de Colombia Grupo Gerencia de Correspondencia Presidencial, los proyectos de actos administrativos de caracter general debidamente firmados por todos los ministros y directores que deben intervenir en su formacion y expedicion, acompanando los respectivos soportes documentales, de manera que: • La Secretaria Jundica cuente con el tiempo razonable para el respective estudio del proyecto de acto administrative y consideracion y firma del presidente de la Republica. • El presidente de la Republica disponga de un plazo prudencial para analizar su contenido y suscribirlo, si asi lo considera. • Se procurara porque las dos actividades antes senaladas se ■ adelanten dentro de los siguientes plazos, ios cuales se contaran desde el dfa siguiente a la radicacion del proyecto de acto administrative de caracter general ante la Oficina de
- Se procurara porque las dos actividades antes senaladas se ■ adelanten dentro de los siguientes plazos, ios cuales se contaran desde el dfa siguiente a la radicacion del proyecto de acto administrative de caracter general ante la Oficina de Relacionamiento al Ciudadano - Grupo de Correspondencia:
(i) 6 dfas habiles si el proyecto tiene menos de 20 artfculos; (ii) 10 dfas habiles cuando el proyecto contenga de 21 a 50 artfculos, y (iii) 15 dfas habiles cuando los artfculos sean mas de 50. r 5 FEB 2025