IGAC - Política PL-GJU-02 de 2026

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAC - Política PL-GJU-02 de 2026
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

Política Tratamiento de Datos Personales

CÓDIGO

PL-GJU-02

VIGENTE DESDE:

01/10/2026

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4Política Tratamiento de Datos Personales

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Política Tratamiento de Datos Personales Código: PL-GJU-02 Versión: 4 Vigente desde: 01/10/2026Política Tratamiento de Datos Personales

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1. INTRODUCCIÓN La Ley de Protección de Datos Personales reconoce y protege el derecho fundamental que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ellas en bases de datos o archivos que sean susceptibles de tratamiento por Entidades o personas de naturaleza pública o privada. En tal sentido, las entidades públicas deben garantizar la protección de la información de los usuarios y el acceso restringido a los terceros expresamente autorizados por el titular, representante legal o tutor, sus causahabientes, representantes legales o tutores y/o la ley.

Para tales efectos el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, ha elaborado la presente Política De

representante legal o tutor, sus causahabientes, representantes legales o tutores y/o la ley.

Para tales efectos el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, ha elaborado la presente Política De Tratamiento De Datos Personales , cuya aplicación es de carácter obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que hagan tratamiento de los datos personales registrados en las bases de datos de la Entidad, con el fin de proporcionar los lineamientos necesarios para el cumplim iento de las obligaciones legales en materia de protección de datos personales.

El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, se permite informar a todos los interesados, que los datos personales que obtenga en virtud de las operaciones que se soliciten o celebren con la Entidad, son tratados conforme a los principios y deberes definidos en la Ley 1581 de 2012 y demás normas que traten y regulen esta materia. Para todos los fines pertinentes, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, a través de la Oficina de relación con el ciudadano o quien haga sus veces, es el responsable de la recepción de peticiones, reclamos y consultas relacionadas con el Tratamiento de Datos Personales.

2. OBJETIVO Proveer la información necesaria y suficiente a todas las personas, así como establecer los lineamientos que garanticen la protección de los datos personales a través de los procedimientos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, para dar cumplimiento de la ley, políticas y procedimientos de atención de derechos de los titulares, representantes legales o tutores, sobre los criterios de recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión que se da a los datos personales para el ejercicio efectivo de este derecho.

3. ALCANCE

atención de derechos de los titulares, representantes legales o tutores, sobre los criterios de recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión que se da a los datos personales para el ejercicio efectivo de este derecho.

3. ALCANCE Esta Política aplica a todo tipo de tratamiento, manejo y compilación de datos, incluyendo las bases de datos, físicas y digitales, que contengan datos personales y que sean objeto de tratamiento por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC. Igualmente, esta Política de Tratamiento de Datos Personales aplica en aquellos casos en que operen como encargadas del tratamiento de datos personales.

La Política de Tratamiento de Datos Personales está dirigida a todas las personas nacionales y extranjeras, naturales y jurídicas o mixtas, para que tengan a su disposición la información necesaria y suficiente sobre los diferentes tratamientos y fines de los que son objeto sus datos, así como los derechos que ellos, como titulares, representantes legales o tutores de datos personales, sus causahabientes, tutores y/o personas autorizadas, pueden ejercer frente al Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, cuando este tenga el rol de responsable del tratamiento de sus datos personales.

Esta política es de obligatorio conocimiento y cumplimiento por todas las personas naturales o jurídicas responsables de la administración de datos personales del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, en especial aquellos servidores públicos y contratistas que reciben, atienden y dan respuesta directa o indirectamente a las peticiones (consultas o reclamos) de información relacionadas con la ley de protección de datos personales.Política Tratamiento de Datos Personales

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protección de datos personales.Política Tratamiento de Datos Personales

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4. DESARROLLO

4.1 ROLES Y RESPONSABILIDADES

Tabla 1. Roles y Responsabilidades RESPONSABLE DESCRIPCIÓN Comité de Gestión y Desempeño.  Realizar el seguimiento y toma de decisiones en relación con la implementación de la Política de Datos Personales.  Promover la elaboración e implementación de un sistema que permita administrar los riesgos del tratamiento de datos personales. Gestión Jurídica.  Capacitar a los servidores públicos sobre la Política de Tratamiento de Datos Personales y las sanciones por su eventual incumplimiento.  Apoyar las consultas, solicitudes y trámites legales relacionados con el tratamiento de datos personales.  Apoyar y gestionar los incidentes de privacidad de la información reportados.  Reportar a la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC, como Oficial de Protección de Datos, el registro de las Bases de Datos Personales.  Reportar a la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC, los incidentes de las de Bases de Datos Personales.  Realización y actualización del programa integral de protección de datos personales.  Tener la calidad de Oficial de Protección de datos del IGAC. Todos los Procesos.  Revisar y actualizar la información de las bases de datos registradas de su proceso en la plataforma de la Superintendencia de Industria y Comercio.

 Tener la calidad de Oficial de Protección de datos del IGAC. Todos los Procesos.  Revisar y actualizar la información de las bases de datos registradas de su proceso en la plataforma de la Superintendencia de Industria y Comercio.  Obtener autorización del titular, representante legal o tutor para el tratamiento de datos personales en los casos requeridos.  Reportar los incidentes de seguridad de bases de datos personales mediante la herramienta de Mesa de Servicios.  Elaborar los procedimientos de recolección, almacenamiento, uso, circulación y supresión de Datos Personales. Gestión de servicio al ciudadano.  Recibir las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones relacionadas con la protección de datos personales que lleguen por los canales a cargo de la Oficina de Relación con el Ciudadano y remitirlas a la dependencia correspondiente e informar al Oficial de Protección de Datos Personales. Gestión Contractual y Gestión del Talento Humano.  Incluir el formato de autorización de tratamiento de Datos Personales en los procesos de contratación y/o documentos de posesión de los cargos.  Proteger la información del personal candidato, contratistas y/o terceros de conformidad con la legislación vigente.  Solicitar al personal de libre nombramiento y remoción, contratistas y terceros la autorización para el tratamiento de los datos personales de conformidad con la legislación vigente.  Revisar los contenidos de los contratos de transmisión internacional de Datos personales que se suscriban con Encargados del Tratamiento, ubicados o no en territorio colombiano. Gestión de Comunicaciones.  Publicar el aviso de privacidad y la Política de Tratamiento de Datos Personales en la página web del Instituto.

suscriban con Encargados del Tratamiento, ubicados o no en territorio colombiano. Gestión de Comunicaciones.  Publicar el aviso de privacidad y la Política de Tratamiento de Datos Personales en la página web del Instituto.  Elaborar campañas de comunicación para socializar la Política de Tratamiento de Datos Personales a los titulares, representantes legales o tutores.  Recibir las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones que reciban por los canales a cargo de la Oficina Asesora de Comunicaciones y remitirlas a la dependencia correspondiente e informar al Oficial de Protección de Datos Personales. Gestión Estratégica de Tecnología.  Implementar las medidas de seguridad en los medios tecnológicos requeridos para la adecuada protección de los datos personales evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento de acuerdo con los requerimientos de la Oficina Asesora Jurídica. Gestión de Comunicaciones Oficiales  Recibir las peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones que reciban por los canales a cargo de la Subdirección Administrativa y Financiera y remitirlas a la dependencia correspondiente e informar al Oficial de Protección de Datos Personales.

Fuente: Oficina Asesora Jurídica 2025Política Tratamiento de Datos Personales

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4 4.2 IMPLEMENTACIÓN 4.2.1 MARCO LEGAL.  Constitución Política de Colombia (artículos 15 y 20).

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4 4.2 IMPLEMENTACIÓN 4.2.1 MARCO LEGAL.  Constitución Política de Colombia (artículos 15 y 20).  Ley Estatutaria 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de Datos Personales”.  Ley 1266 de 2008 “Por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de Datos Personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”.  Ley 1712 de 2014: “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”.  Decreto 1377 de 2013 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”.  Decreto 1074 de 2015: “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo” (artículo 2.2.2.25.1.1. y ss.).  Decreto 1081 de 2015: "Por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República."

4.2.2 GLOSARIO  Área responsable de protección de datos: Es la dependencia dentro del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, que tiene como función la vigilancia y control de la aplicación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y la implementación de esta, que para el efecto es la Oficina Asesora Jurídica en su calidad de Oficial de Datos Personales.

Codazzi – IGAC, que tiene como función la vigilancia y control de la aplicación de la Política de Tratamiento de Datos Personales y la implementación de esta, que para el efecto es la Oficina Asesora Jurídica en su calidad de Oficial de Datos Personales.  Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del titular, representante legal o tutor, su causahabiente o persona autorizada, para llevar a cabo el Tratamiento de sus Datos Personales por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.  Aviso de Privacidad: Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, mediante la cual informa a los titulares, representantes legales o tutores, su causahabientes o personas autorizadas, de la existencia de la Política de Tratamiento de Datos Personales, la forma de acceder a la misma y las Finalidades del Tratamiento.  Base de Datos : Conjunto organizado de Datos Personales que sea objeto de Tratamiento. Incluye archivos físicos y electrónicos.  Circulación restringida: Los datos personales solo s on tratados por aquel personal del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC o quienes dentro de sus funciones tengan a cargo la realización de tales actividades. No p ueden entregarse Datos personales a quienes no cuenten con autorización o no hayan sido habilitados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC para tratarlos.  Dato Personal : Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. Debe entonces entenderse el “dato personal” como una información relacionada con una persona natural (persona individualmente considerada).  Dato Privado: Aquel que por su naturaleza íntima solo es relevante para el titular, representante legal o tutor. Tienen como principal característica que pertenece e interesa única y exclusivamente a la

información relacionada con una persona natural (persona individualmente considerada).  Dato Privado: Aquel que por su naturaleza íntima solo es relevante para el titular, representante legal o tutor. Tienen como principal característica que pertenece e interesa única y exclusivamente a la persona sobre la cual recae la información.  Dato Público: Aquel que no tiene naturaleza semiprivada, privada o sensible, concierne a un interés general, tales como registros o documentos públicos, gacetas, boletines oficiales y/o sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas no sometidas a reserva. Son datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o servidor público.  Dato Semiprivado: Aquel que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su titular, representante legal o tutor sino a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general. Son datos semiprivados, e ntre otros, los datos financieros y crediticios relacionados con la actividad comercial o de servicios.Política Tratamiento de Datos Personales

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VERSIÓN: 4  Dato Sensible : Aquel que afecta la intimidad del titular, representante legal o tutor o cuyo uso indebido puede generar su discriminación como los que revelan el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de Derechos Humanos o que promuevan intereses de cualquier partido

indebido puede generar su discriminación como los que revelan el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de Derechos Humanos o que promuevan intereses de cualquier partido político, así como los datos relativos a la salud, la vida sexual y los datos biométricos, entre otros.  Encargado del Tratamiento : Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realiza el Tratamiento de Datos Personales por cuenta del Responsable del Tratamiento. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, actúa como encargado del tratamiento de datos personales en los casos, en los que por sí misma o en asocio con otros, realice el tratamiento de datos personales por cuenta de un responsable del tratamiento.  Habeas Data: Derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar, suprimir y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos administrados por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC.  Información digital: Toda aquella información que es almacenada o trasmitida por medios electrónicos y digitales como el correo electrónico, plataformas digitales u otros sistemas de información, portables (físicos) o en línea.  Información Pública Clasificada : Aquella información que, estando en poder o custodia de una entidad pública, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica y cuyo acceso p uede ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias consagradas en el artículo 18 de la Ley 1712 de 2014.  Oficial de Protección de Datos Personales: Responsable de hacer cumplir el programa de protección

circunstancias consagradas en el artículo 18 de la Ley 1712 de 2014.  Oficial de Protección de Datos Personales: Responsable de hacer cumplir el programa de protección de datos al interior de la Entidad. Encargado de velar por la implementación efectiva de las políticas y procedimientos adoptados, para cumplir la norma de protección de datos personales, así como la implementación de buenas prácticas de gestión de datos personales dentro de la Entidad. Para el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC la Oficina Asesora Jurídica h ace las veces de Oficial de Datos Personales.  Responsable del Tratamiento : Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decide sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC actúa como responsable del tratamiento de datos personales frente a todos aquellos sobre los cuales decida directamente, en cumplimiento de las funciones propias reconocidas legalmente.  Titular: Persona natural cuyos Datos Personales son objeto de Tratamiento.  Transferencia: Envío de Datos Personales del Responsable a un receptor que se convierte a su vez en Responsable del Tratamiento.  Transmisión: Envío de Datos Personales del Responsable del Tratamiento a un tercero con el fin de que este realice el Tratamiento en calidad de Encargado.  Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre Datos Personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.  Usuario: Persona natural o jurídica que, en los términos y circunstancias previstos por la ley, puede acceder a la información personal de uno o varios titulares, representantes legales o tutores

recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.  Usuario: Persona natural o jurídica que, en los términos y circunstancias previstos por la ley, puede acceder a la información personal de uno o varios titulares, representantes legales o tutores suministrada por el Encargado, el Responsable o directamente por el titular, representante legal o tutor. El usuario, en cuanto tiene acceso a información personal de terceros, se sujeta al cumplimiento de los deberes y responsabilidades previstos para garantizar la protección de los derechos del titular, representante legal o tutor de los datos.

4.2.3 PRINCIPIOS.

La Política de Tratamiento de la Información del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC se orientará de forma armónica e integral, bajo los siguientes principios:  Principio de Legalidad: El Tratamiento de los datos personales es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y demás disposiciones que reglamenten la materia.Política Tratamiento de Datos Personales

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VERSIÓN: 4  Principio de Finalidad: El Tratamiento de los Datos Personales debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la ley. El titular, representante legal o tutor debe ser informado de manera clara, suficiente y previa sobre la finalidad de la información sum inistrada.  Principio de Libertad: El Tratamiento de los datos personales solo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del titular, representante legal o tutor. Los Datos

 Principio de Libertad: El Tratamiento de los datos personales solo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del titular, representante legal o tutor. Los Datos Personales no pueden ser obtenidos o divulgados sin previa autorización o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.  Principio de Veracidad o Calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error.  Principio de Transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del titular, representante legal o tutor a obtener del Responsable o Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernen.  Principio de Acceso y Circulación Restringida : Solo las personas autorizadas por el titular, representante legal o tutor y/o por la ley pueden acceder a los Datos Personales. Los Datos Personales de carácter privado, semiprivado y/o sensible no pueden estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido a los titulares, representantes legales o tutores o terceros legalmente autorizados.  Principio de Seguridad: Se deben adoptar todas las medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para garantizar la seguridad de los Datos Personales y evitar su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.  Principio de Confidencialidad: Todas las personas naturales o jurídicas, servidores públicos y contratistas, que intervienen en el Tratamiento de Datos Personales que no tienen la naturaleza de

consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.  Principio de Confidencialidad: Todas las personas naturales o jurídicas, servidores públicos y contratistas, que intervienen en el Tratamiento de Datos Personales que no tienen la naturaleza de públicos, están obligadas a garantizar la reserva de la información, incluso después de fina lizada la relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo solo realizar el suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la ley y en los términos de la misma. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC se compromete a tratar los datos personales de los titulares, representantes legales o tutores tal y como lo define el literal g) del artículo 3 de la Ley 1581 de 2012 de forma absolutamente confidencial haciendo uso de estos, exclusivamente, para las finalidades indicadas en el apartado anterior, siempre que el titular, representante legal o tutor no se haya opuesto a dicho tratamiento. El Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC informa que tiene implementadas las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de sus datos personales y evitar su alteración, pérdida, tratamiento y/o acceso no autorizado.  Principio de Temporalidad: Los datos personales se conservan únicamente por el tiempo razonable y necesario para cumplir las finalidades que justificaron el tratamiento, atendiendo a las disposiciones aplicables a la materia de que se trate y a los aspectos administrativos, contabl es, fiscales, jurídicos e históricos de la información. Los datos son conservados cuando ello sea necesario para el cumplimiento de una obligación legal o contractual. Una vez cumplida la finalidad del tratamiento y los términos establecidos anteriormente, se procede a la supresión de los datos 1.

para el cumplimiento de una obligación legal o contractual. Una vez cumplida la finalidad del tratamiento y los términos establecidos anteriormente, se procede a la supresión de los datos 1.  Principio de Necesidad: Los datos personales tratados deben ser los estrictamente necesarios para el cumplimiento de las finalidades perseguidas con la base de datos, las cuales a su vez obedecen a las funciones y desarrollo del objeto del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC establecidas en la normativa que la rige.

1 Corte Constitucional, Sentencia C -748 2011: “(…) los datos deberán ser conservados en una forma que permita la identificación de los interesados durante un periodo no superior al necesario para los fines para los que fueron recogidos. Es decir, el periodo de conservación de los datos personales no debe e xceder del necesario para alcanzar la necesidad con que se han registrado (…)”.Política Tratamiento de Datos Personales

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4.2.4 FINALIDAD DEL TRATAMIENTO.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y de conformidad con las autorizaciones impartidas por los titulares, representantes legales o tutores de la información, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC realizará operaciones o conjunto de operaciones que incluyen la recolección de datos, su almacenamiento, uso, circulación y/o supresión. Este Tratamiento de Datos se realiza exclusivamente para las finalidades autorizadas y previstas en la presente Política y en las autorizaciones específicas otorgadas por parte del titular, representante legal o tutor. De la misma forma, se realiza

exclusivamente para las finalidades autorizadas y previstas en la presente Política y en las autorizaciones específicas otorgadas por parte del titular, representante legal o tutor. De la misma forma, se realiza Tratamiento de Datos Personales cuando exista una obligación legal o contractual para ello, siempre bajo los lineamientos en materia de seguridad de la información.

Por la naturaleza jurídica del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC realiza el tratamiento de datos personales en ejercicio de sus funciones legales y para el efecto no requiere de autorización previa, expresa e informada del titular, representante legal o tutor. Con este fin, puede recolectar, suprimir, actualizar, modificar, utilizar, almacenar, transmitir, transferir y en general, realizar cualquier operación que tenga por objeto el Tratamiento de Datos Personales relacionadas con:

 Generación, actualización y mantenimiento de información, productos y servicios cartográficos, geográficos, geodésicos, agrológicos y catastrales.  Elaboración del inventario de la propiedad inmueble con sus atributos físicos, económicos, jurídicos y fiscales en el territorio nacional de acuerdo con su jurisdicción.  Prestación por excepción del servicio público de catastro en el territorio nacional donde no exista un gestor catastral habilitado.  Fijación de la información jurídica y catastral básica que debe contener la ficha única de información de inmuebles y asegurar su debida actualización.  Habilitación de las Entidades Públicas Nacionales o Territoriales y los esquemas asociativos de Entidades Territoriales que cumplan con los requerimientos establecidos como gestores catastrales.  Intercambio de información e interoperabilidad de los sistemas de información con las entidades nacionales que intervienen en la política de catastro multipropósito.  Dirección, coordinación, diseño y desarrollo de programas de capacitación y transferencia

 Intercambio de información e interoperabilidad de los sistemas de información con las entidades nacionales que intervienen en la política de catastro multipropósito.  Dirección, coordinación, diseño y desarrollo de programas de capacitación y transferencia tecnológica y de conocimiento en temáticas misionales, orientados a servidores públicos del Instituto y usuarios externos.  Elaboración de avalúos comerciales y administrativos, así como peritazgos y solicitudes de conceptos técnicos en la materia, de conformidad con la normatividad vigente.  Comercialización y mercadeo de los productos y servicios que preste el Instituto.  Administración del talento humano en materia de selección, registro y control, evaluación del desempeño, régimen salarial y prestacional, capacitación, desarrollo, seguridad social, salud ocupacional, bienestar social, nómina, seguridad industrial y relaciones laborales del personal.  Evaluación y verificación de los mecanismos de participación ciudadana, control social de la gestión pública y trámite peticiones, quejas, reclamos, sugerencias denuncias y felicitaciones.  Representación del Instituto en los procesos judiciales, extrajudiciales o administrativos.  Caracterizar ciudadanos y grupos de interés, ejecutar estrategias de mejoramiento en el servicio a la ciudadanía.  Conocer las inquietudes, opiniones, consideraciones, críticas, quejas, que pueden tener los diferentes grupos de interés acerca de las actividades del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC mediante el análisis de datos.  Evaluar la eficiencia del servicio prestado para la atención de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias denuncias y felicitaciones.  Contactar al titular, representante legal o tutor a través de medios telefónicos, electrónicos, o correo postal para notificarle la respuesta a su petición.

sugerencias denuncias y felicitaciones.  Contactar al titular, representante legal o tutor a través de medios telefónicos, electrónicos, o correo postal para notificarle la respuesta a su petición.  Obtener registro escrito, fotográfico y /o audiovisual de los participantes para los servicios ofrecidos por el IGAC correspondiente a la Biblioteca y a las visitas guiadas a los museos.Política Tratamiento de Datos Personales

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VERSIÓN: 4  Remitir las respuestas de las consultas y derechos de petición a los peticionarios, Entidades Públicas, o autoridades judiciales y administrativas en el marco de sus funciones.

Nota: En el caso de datos biométricos capturados a través de sistemas de videovigilancia o grabación u otros dispositivos electrónicos, su tratamiento tiene como finalidad la identificación, seguridad, ingreso y salida de áreas seguras y de las instalaciones, prevención de fraude y hurto interno y externo.

Otras instancias en las que no es necesaria la autorización:

▪ Datos de naturaleza pública ▪ Casos de urgencia médica o sanitaria ▪ Tratamiento de información autorizado por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos

Cuando el Tratamiento no corresponda a las funciones legales antes mencionadas,

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