IGAC - Resolución 0045 de 2025
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
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Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 0045 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Gobierno de Colombia IGAC RESOLUCIÓ 0 0 4 o CD PENE 2025 "Por medio de la cual se Made debía de Honorarios y de rendimientos para las personas. naturales que suscriban contratos de prestación de servicios profesionales y 0 apoyo a la gestión con al Instituto Geográfico Agustin Codazal y se dictan otras disposiciones” El DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZA En uso de sus atribuciones constiluciónales, legales y, en especial, las que le confere 105 fumerales 2-4 20 del artículo 10 del Decreto 446 de 2021 y, CONSIDERANDO: Cue el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrailea está al sermcio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principlos de igualdad,moralidad, eficacia, economia, celeridad, Imparcialidad y publicidad. mediante la descentrallzación, delegación y desconcentración de funciones. Que el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, determina que la función administraliva se desarrolla conforme a los principios constitucionales enunciados anteriormente. Que la Ley 50 de 1993, €n el numeral 5 del artículo 26 estableca como responsabilidad de los representantes legales de fas entidades estatales, la dlrección y manejo de la actividad contractual yde los procesos de selección, Que el numeral 3 del articulo 32 de la Ley 80 de 1993, define los contratos de prestación de servicios, como los que celebran las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de lá entidad, slempre y cuando dichas actividades mo puedan realizarse con personal de planta o requieran conacimientos especializados.
servicios, como los que celebran las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de lá entidad, slempre y cuando dichas actividades mo puedan realizarse con personal de planta o requieran conacimientos especializados. Que el Heral h) numeral 4%. del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, consideró bajo la modalidad de contratación directa, la contratación “para la prosiación de sericiós profesionales y de 4poro a la gestián, o para la ejecución de trabajos arísticos que solo puedan encomendarse a delernminadas personas nailurales”. Que respecto a los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestlón, el artículo 2.2.1.2.1.49 del Decreto 1082 de 2045 dispuso que las enlidades eslalalos pubñar contratar directamente bsjo esla modalidad, siempre que se verifique la idonsidad o expérlencia requerida y relacionada con al área de que $e trate, Que el articulo 3 de la Ley 14 de 1993 establece que: "Las autoridades colasirafes landrán a 5 cago (as faores ce fonmación, actualización y comsenecir ae des cafasiras, DNRARASaS a der corácia identificación fisica, juridica, Nscál y económica de los inmuebles”. Que el articulo 24% de la Ley 1450 d6 2011, detenmisa que "Ar 24 Formación yaciualifación dedos cotesims. Las aulondades catastrales benen la obligación de formar calasttos o áciuall2ados én todos los municipios del pais: dentro de periodos nos de cíco (5) años, con el fin 06 revisar loz slementas Ñsicos
la obligación de formar calasttos o áciuall2ados én todos los municipios del pais: dentro de periodos nos de cíco (5) años, con el fin 06 revisar loz slementas Ñsicos Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 1 ? Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia » (+57) 601 653 1888 7 Ve Ig ac gOW.cOGobierne de ( ( A y IGAC Colombia 07 ENE 205 pm juridicos del catastro onginados en mutaciones Ñsicas, Vanaciones de 150 0 de productidad abras públicas 6 conmbciones docades del mercado moldeo. Las entidades lenitorrales y demás entidades que se benefición de este proceso, 10 cofinanciarán de acuerdo a sus competencias y al reglamento que expida el Gobierno Nacional (...J”. Cue el articulo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el articulo 43% de la Ley ¿254 de 2073 por al cual se expide 6l Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la ida” establece: “Articulo 79 Naturaleza y omanización deta pestión catastral, La gestión. calasiral 65 un servicio público prestado directamente par el Estado, que comprende in conjunto de operaciones féchicas y soministraliras orentedas a ls adecuada formación, sclualización, conservación p dWusión de la información catastral con enfoque moaltipropásita. para contribuir a de proslación eficiente de songcios y irámies de información catastral a la ciodadanta y a la administración del lermiorno en lémiros de
moaltipropásita. para contribuir a de proslación eficiente de songcios y irámies de información catastral a la ciodadanta y a la administración del lermiorno en lémiros de apoyo para Ja seguridad jurídica del derecha de propiedad nfueble, el fomalacimienta dle los fiscas locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenarmento territorial, con perspeciós iercultural f...J, Cue, dentro del contenido del inciso segundo del artlculo ibídem, el Legislador determino: “1. La gestión catastral estás cargo del insitulo Gecguáfico Agustín Codazzi - ¡GACen su condición de máxima auondad calestral nacional y de los entes termitarnales y esquemas asocialivos de entes lernforiles que aquel habillle e solicito de pare, previo cumplimiento de las condiciones que garanticen su ldoneidad como prestadores del servicio público fl. Que el articulo 2,2,2.1.1. del Decreto 1170 de 2015 -Mooficaco por el artículo 19 del Decrefo 148 de 2020-, definió en uno de sus apartes el "Catastro con enfoque multipropósito” como:
1. Es aquel-en el que la información que $6 genera a partir de su implementación, debe senir como un insumo fundamente! 6n la formulación e implementación de eliverzas políticas públicas, contribuvendo a briidar una mayor seguridad juridica, fa enciencia del mercado inmobiliario. el desarollo y elordenamiento lemiorial iegrada con al registro público de la propiedad inmueble. digital e imeroperable con olros sistemas de información del temiaría, y que provea instrumentos para una Mejor asionación de los cursos públicos y el fortalecimiento facal oe los lermboros|.../.
con al registro público de la propiedad inmueble. digital e imeroperable con olros sistemas de información del temiaría, y que provea instrumentos para una Mejor asionación de los cursos públicos y el fortalecimiento facal oe los lermboros|.../. Que el mismo artículo precisó el concepto de "Sendcio publico de la gestión calastraf, señolando: “TL. Es un sendcio público que comprende el conjunto de operaciones Íécrnicas y sdmivstralivas necesanas para el desarollo adecuado de los procezos de fonnación, aciualización, conseración y oiusión de Ja información cafestral por medio de (os cuales se logra la ideniificación y mantenimiento permanente de la información física juridica y económica de los bienes inmuebles del país, La gestión calasiral fene implícito el enfogue mulipropósita, el cual caninibuye en la conformación de un sistema calasiral integral. completo, setusifzado, confiable, consistente con -0l registro de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información del Terrano” Instituto Geográfico Agustin Codazzi Página | 2 Y carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D,C., Colombia (, (+57) 601 653 1888 AAA aC go, CO44 Gobierno de 0043 Lem IGAC Tos 07 5NE 200 Que el articulo 2.2.2,1.2. del Decreto 1170 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 148 de 2020, estableció que además de los principios de la función administrativa, el ejercicio y la regulación de la gestión Catastral se orlentara entre otros por los siguientes principios: "[.) Calíciad: La gestión catastral deberá realizarse bajo dos estándares de rigurosidad
2020, estableció que además de los principios de la función administrativa, el ejercicio y la regulación de la gestión Catastral se orlentara entre otros por los siguientes principios: "[.) Calíciad: La gestión catastral deberá realizarse bajo dos estándares de rigurosidad que están dirigidos a que la prestación del servicio satisfaga las necesidades de Jos UStanos de manera cantiírmita, inrierumplía y eficiente; Eficiencia; Los gestores yooperadores colasiralos buscarán adelantar todos loz pro22505 Y procedimientos. previsios en el presente Cecrelo. al menor costo posible 1 buscando cumplirlas fnebdades del sendcio público catastral; Progresfrdad: El enfogie multipropósito del señicio público calasical se hará de manera gradual y progresiva. desacuerdo con la oíspaniblided fiscal y el princiolo de sostenibiltiad, €. Y Que el artículo 2:22:22. del Decreto 1170 de 2015 denominados "Procesos de la gestión catastral, modificada por el Articulo 1 del Decroto 146 de 2020, dispone.
Y. )J] Procesos de la gestión catastral La gestión catastral comprende (05 procósos de farnación, actualización, conservación y Gusión de la información catastral asi como los procedimientos de enfoque mullipropóstto. (.. Y Que, el articulo en comento, definió al proceso de actualización catastral, señalando: Ll Proteso de actualización catastral Conjunto de ectícdades desfinadas a identificar. incorporár o reciíficar los cambios o inconsistencias en la información catastral diante ur pertodo determinado. Para la actualización calestral podrán emplears6mecanismos diferenciados de inftereanción en el termiora, dales como
identificar. incorporár o reciíficar los cambios o inconsistencias en la información catastral diante ur pertodo determinado. Para la actualización calestral podrán emplears6mecanismos diferenciados de inftereanción en el termiora, dales como métodos directos, indirectos, declarativos y colaboralivos. asócomo elusoe integración de diferentes fuentes de información que den cueñfa de los cambios enfre la base catastral y le realidad de Jos inmesbles. En ningún caso, para actualizar la información de ut dea geográfica, será obligalonio adelantar evantamiento catastral enda lola lidad de liruébles” f..) Que los numerales 1%, 22,13% y 23% del articulo 4 del Decreto 846 de 2027, prevén, entre otras, las siguientes obligaciones del Instituto Geográfico Agustin Codazzi 0.41 Ejercer como aulondad en materla geográfica, geodésica, cartográfica, catastral y agrológica nacional. 2 ESTE la fancidt PORTA y ecc iara e madera Me Gestor calazta! aoriogía, carograña. geografía y geodesia asicomo garantizór su agecuado cumplimiento, LAN,
15. Avelaniar en lodas las regiones del pals el inventario y estudio delos suelas; idenificar la vocación, uso y manejo. de las fenas; establecería calidad y extensión de éslas, clasiicándolas y zoniicándolas cone! ñn de apoyarlos procesós de planificación y ordenamiento teritorial, así como lo concemiente con el Catastro Mullipropásilo. dol 23 Desarrollar las demás funciones previstas en la Ley o que de corresponda Biaciidar
y ordenamiento teritorial, así como lo concemiente con el Catastro Mullipropásilo. dol 23 Desarrollar las demás funciones previstas en la Ley o que de corresponda Biaciidar poría Falurajeza propía del instituto y que no estén atribuidas e olras entidades.” Instituto Geográfico Agustín Codazzi dicialcat = Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D,C., Colombia (+57) 601 653 1888 E ww. Igac.gov.ca0043 Gobiemo d Colombia D 7 Ene 2675 Isacio) Que, seguidamente, el articulo 6 del Decreto antes referido, estableció acerca: de la dirección y sdminisiración del Instituto Geográfico águstin Godazzl' “Articulo 5" Dirección y administración. La dirección y administración del instituto Geográfico Agustí Codazz estará e cargo de un Consejo Direciio y de cn Director Dana Quen Será su rape cantando Jena Que los numerales. 1, 2? y 20%articudo 10 ¡bidem, establecen como algunas funciones del Director General del Instituto Geográfico Agustín Sodazzi, les siguientes: 014 Administrar y ejercer la representación legal del instiuto Gecgráfico Agustin Codazz! 2 Adelantar la gestión necesaria que permita al Instituto ejercer como autoridad geográfica, poodésica, cartogíáfica, catastral y agrológica Nacional RA:
20. Expedir los actos sdministralros que 3e requieran para el cumplimento de sus funciones y decidir sobre Jas pectrsos legales que se interpongan contra loz mismas...
Que los artículos 3,83, y 4.1.1. de la Resolución No. 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustin
funciones y decidir sobre Jas pectrsos legales que se interpongan contra loz mismas... Que los artículos 3,83, y 4.1.1. de la Resolución No. 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustin Codazzi = IGAC, señalan ..) ARTÍCULO 38,3. ASPECTOS GENERALES DE LA PRESTA CIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE GESTIÓN CATASTRAL. Los gesiores catastrales prestarán el servicio público de gestión catastral en su ámbilo leriloral de compefencia, ya sea directamente o con el lapoyo de operadores para labores operativas y la oblención de insumos, de acuerdo con lo establecido en el articulo 79 06 Ja Ley 1955 de 2019, modificado porel articulo 43 de la Ley 2294 de 2023. Además, los municioios que, debidcs su intención de recibicel servicio publico calesiral por pañs de un EAT o deparñamento habilitado y pastenormente deseen ralver a contar con el ¡GÁC como su pesior catastral podrán hacero en ejercicio. de Su autonomia teritonal Sin ernbargo, deberán natífcario por escrto al Insituto, para cumplir con la aniraga dell servicio y la información, Los gestores calastales tienen la competencia para expedir los. actos adranisiralivos necezaños para Ñewar a cabo las acidades propias de la gesfíón cafasiral, 10s cuales tendrán efectos en el ámbito terional de su competencia Y también en el de las entidades temiorialas que los contraten, segin corresponda. Durante la prestación de los servicios o ácldades contratadas, fanta Jos gestores como los operadores catastrales deben cumplir con el merca regulatorio vigente
entidades temiorialas que los contraten, segin corresponda. Durante la prestación de los servicios o ácldades contratadas, fanta Jos gestores como los operadores catastrales deben cumplir con el merca regulatorio vigente expedido por el IGAC. 0] ARTÍCULO 4.7.1. PROCESOS DE LA GESTIÓN CATASTRAL. Los procesos de la gestión catastral con enfopue mulhorapósito incluyen la formación actualización conservación y difusión de la información catesióal Exfog procesos se combinan para levar a cabo actividades que permiten denticar y describir los predios de Ln bemtaró Esquemas asociados de entidades territoriales EAT Instituto Geográfico Agustín Codazzi Pagina | 4 lé Carrera 30 No. 44. - 51, Bogotá D.C., Colombia hh 1+57)601 553 1888 . E aran ac. gow.coÚ y Eb ad Gobierno de A Colombia 0 7 ENE 2025 IGAC especifica, con-el objetivo de construir y mantener uná base de datos que refleje con oportunidad. de manera completa Y fidedigna, y con caldod, la realidad de dichos predios, inclyendo sus cambios fisicos, juridicos y económicos a lo largo del Hempo La información. conferida on la base de dalos catastral se utiliza par 0ersos propóstiós. como estadisticas, lives fscales, Miwesción de fieras Y en general, para apovar is foma de decisiones eno! marco de la aomiristración de la berta y del lerniona. Que, de conformidad con lo expuesto. el Insifulo Geográfico Agustin Codazzi — IGAC adelanta los Proyectos de formación y actualización catastral en el marca de su competencia coma máxima
Que, de conformidad con lo expuesto. el Insifulo Geográfico Agustin Codazzi — IGAC adelanta los Proyectos de formación y actualización catastral en el marca de su competencia coma máxima autoridad catastral y con base en las metas de Gobierno e institucionales fijadas, ue para la correcta ejecución de las actividades de los proyectos de actualización y formación Catastral de los municipios que se operen de manera directa durante lo que queda del cuaienic ¿024 - 2076. es preciso que el Instíulo Geográfico Agustin Codazzi suscriba contratos de prestación de servicios y de apoyo ala gestión para atender las actividades que se requieren para la epecución ds dichos proyectos, atendiendo a la insuficieneia de la planta de personal, Gua, teniendo en cuenta que el Modelo de Gestión y Oparación Catastral con Enfoque Multipropásito para la implementación de la política pública de Catasiro Multipropósilo y el cumplimiento de las malas de gobistno define que este modelo es participativo, se debe promover el empoderamiento y Participación de los actores involucrados en los procesos catastrales, en especial las comunidades de los municipios que se intervendrán, Que es necesario incorporar y fortalecer los conocimientos de las comunidades en el desarollo de la actividad catastral, la Escuela Intercultural de Geografía para la Vida es una estrategia del IGACL que busca garantizar el derecho de estas comunidades para la participación en el proceso de Catastro Mullipropósio a partir del fortalecimiento de herrarmentas, capacidades y habilidades térnicaz coma parte de los compromisos del Plan Nacional de Desarrollo 2023-2028, Que la formación de la Escuela intercultural de Gecgrafía para la vida permite a los participantes cenificarse para contribuira la operación catasiral on sus territorios, porlo cual, en aras de garantizar
Que la formación de la Escuela intercultural de Gecgrafía para la vida permite a los participantes cenificarse para contribuira la operación catasiral on sus territorios, porlo cual, en aras de garantizar lá expañencia y formación especifica relacionada con el objelo de la actvidad catastral, se busca Que estos participantes certificados hagan parte del equipo de personas naturales que suscriban Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con el IGAC, pues.-sch aclores claves que conocen-su territorio y, además, cuentan con herramientas y compelencias que ls permitirán desenvolverse adecuadamente permitiendo el avance de la operación de campo, garantizando la materialización real de la participación de las comunidades, y generando nichos de trabajo con personal cualificado que no se encuentran en las geografía más alejadas de Colombia, Que el Decreto 1068 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentaño del Sector de Hacienda y Crédilo Público, en su artículo 28.44.68, consagra: "Articulo 28.44.86. Prohibición de contratar prestación de servicios de forma conpora. Está prabibido al pacto de muopreción para Dago de servicios persanalas calificados con personas naturales, o jurdicás, encaminados a de prestación de Senicios en forma continua para alender asuntos propios de la respectiva entdad, par Waior mensa! superñor a fa remuneración lolal Mensosl establecida para e! jefa de la entidad Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 5 Y Carrera 30 No, 45 - 51, Bogota D.C., Colombia (+57) 601 653 1888
Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 5 Y Carrera 30 No, 45 - 51, Bogota D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 AAN AC o0w.COSig Gobierno de 00 4 y ¡sac [3] Colombia 0 7 ENE 2005 cmd Parágrafo 1%, Se entiende por samuneración dotal mensual del jefe 06 le entOsd. la que conesponda a este en cada ino de dichos periodos, 51 que 6 Mfgón caso puedan tenerse en consideración tos factores preslacionales. Parágrafo 27, Los senvcios a que hace referencia el presente arficulo corresponder exclusivamente a aqueños comprendidos 6n el Soncopló de “vemuneración sericios chicos” desaraiado en el decreto de Niguidación del presupeesta general de la Mación coniodependenes del presupuezió con cargo al cual 50 reads su pago Paránesto 35 De manes excercional pare aquéllos eventos 60 105 qu0 50 QDTa comriratar servicios altamente calificados, podrán paoctarse honorarios superiores € remuneración total mensual establecida: para al jefe de la 6alidad, (0s cualos NO podrán sxceder del walor lolal mensual de remuneración del jefe de la entidad malos 10% factores prestacionstas y los confibuciónes inherentes a la nómina, relacionadas Cor seguridad social y parafiscales á cargo debempleadaor En estos eventos el Representante Legal de la entidad deberá cenificar ol cumplimiento de Jos siguientes aspectos JT, dustificar la necesidad del sendeo personal altemante calffícado. 2 Indicar las características y calidades especificas, alfemente calificadas, que reúne el contralista paré
Legal de la entidad deberá cenificar ol cumplimiento de Jos siguientes aspectos JT, dustificar la necesidad del sendeo personal altemante calffícado. 2 Indicar las características y calidades especificas, alfemente calificadas, que reúne el contralista paré la ejecución del contrato, y 3 Doterminarias características de los productos y/o servicios que se espera Dlener Parágrafo 47, Sa entende por servicios altamente calificados aquellos fequendos 6 situaciones de alo aval de especiaolad complejidad y delale” Que, en aras de garantizar la participación para la población joven del pals, se tendrá en cuénta la experñencia faboral, conforme a lo establecido en el artículo 16% de la Ley 19455 de 2019, en concordancia con la Ley 2043 de 2020 y el articulo 2.2.6.2.5.4 del Decreto 1072 de 2015, Que, dentro de las labores misionales del Insifulo, viste una gran especialidad de actividades a desarrollar en la Sede Central y en las Direcciones Terrtorlabes relacionadas con la Gestión Catastral y los procesos que realiza la Dirección de Gestión de Información Geográfca, en las cuales se ha identificado la necesidad de contratarlas de acuerdo con unos rendimientos minimas de producción y unas condiciones de experiencia, conocimientos y'o formación Especifica relscionadas directamente con el objeto y actividades de los contratos de prestación de servicios a suscñbir con el Instituto, esto en virtud de los principios de economia y oficiencia. Qe mediante Resolución 1772 de 2023, modificada por la Resedución 1616 de 2024 se $0 la tabla de honorarios y rendimientos para las personas naturales que suscriban contrato de prestación de
Qe mediante Resolución 1772 de 2023, modificada por la Resedución 1616 de 2024 se $0 la tabla de honorarios y rendimientos para las personas naturales que suscriban contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con el Instibuta Geográfico Agustín Codazzi Que, Por lo expuesto anteriormente, se hace pecesaño mantener una unidad normativa y ur único instrurranto juridica que fje las escalas de honorarios del Instituto y la tabla de rendimientos para las pesonas que susenban contratos de prestación de FeñÓcIOs profesionales y Oe Aporo slo gestión con el instituto Geográfico Agustin Codazzl Que conforme a lo expuesto se estima necesario fijar la tabla de Honoranes, equivalencias y tabla de sentimientos para delerminar el costo por precuela para las personas naturales que suscriban Coniratos. de Prestación de Servicios profesionales y de apoya a la gestión con el Imetituto Geográhos Agustin Codazzi en el nivel central y en las Direcciónes Termitonales, estabiecióondo valores que esten debida y racionalmente justiMicadós, conforme ada sctmdad a contratar y el tipo de perfil requerido para su debida ejecución Instituto Geográfico Agustin Codazzi Página | 5 Carréerá 30 No, 48 - 51, Bogotá D.£,, Colombia l- (+57) 601 653 1888 A E Aa, AC OW, COGóblerno de ME 905 CES D.7 ENE? IGacha) En Mérito de lo anterior, RESUELVE: Articulo 1.- Objeto: Fijar la tabla de honoraños para las personas nalurales que suscriban contratos de prestación de seredcios profesionales y de apoyo a la gestión con el Insituto
En Mérito de lo anterior, RESUELVE: Articulo 1.- Objeto: Fijar la tabla de honoraños para las personas nalurales que suscriban contratos de prestación de seredcios profesionales y de apoyo a la gestión con el Insituto Geográfico Agustin Codazzien el nlvebcentral y en las Direcciones Termoriales y las lablas de rendimientos aplicables en maleria contractual para la Gestión Catastral y la Dirección de Geskón de Información Gecoráfica, como nstrumento para determinar los honorarios de fos combralistas de prestación de servicios profesionales y apoyo a la gestión de acuerdo con la expuesto en la parte motiva de la presente Resolución. Artículo 2.- Definiciones: Se tendrán a efectos de la presente resolución las saquientes definiciones Estudios: Se entlende por estudios los conocimientos académicos adquiridos en instluciónes públicas o privadas, debidamente reconocidas porel Gobierno Nacional, cormespondientes a la educación básica primaria, básica secundaña, media vocacional, supeñor en los programas de pregrado en las modalidades de formación técnica profesional, tecnológica y profesional y en programas de postgrado en las modalidades de especialización, maestria, doctorado y postgrado. Los estudias se scrediísrán mediante la presentación de certificados, diplomas, actás de grado o tíidos otargades por las instituciones correspondientes. Para 54 valdez reguentán de log registros y autenticaciones que determinen las normas vigentes sobre la materia, En los casos en que, para el ejercicio de la respectiva profesión, sa requiera acreditar la tarjeta o matricula profesional, ésta deberá ser expedida por el organismo competente juntó con $us antecedentes, cuando asi se requiera. El certificado de tarjeta o matricula profesional en
o matricula profesional, ésta deberá ser expedida por el organismo competente juntó con $us antecedentes, cuando asi se requiera. El certificado de tarjeta o matricula profesional en trámite solo será válido si el correspondiente consejo profesional permite el ejercicio de la respectiva profesión u oficio con este documento, - Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano: Es la formación que se adelanta con el fin de lagrar complementar, actualizar, suplirconccimientos, y formar en aspectos académicos o laborales, y conduce a la obtención de certificados de aptitud ocupacional. Se acreditarán mediante certificados de aprobación expedidos par las entidades debidamente autorizadas para ello < Experiencia. 58 entende por experiencia las conocimientos, les habilidades y las destrezas adquiridas o desarrolladas mediante el ejercicio de una profesión, arte 1 oficio. - — Experiencia profesional. Es la adquirida a partir de la terminación y aprobación del pensurn académico de la respectiva formación profesional, o desde la expedición de la matricula profesional, o las actividades establecidas en la Ley 2043 de 2020, según aplique, en el ejercicio de las actividades propias de la profesión o disciplina académica exigida para el desempeña del ampleo. La experiencia adquidda con posterioridad a la terminación de estudios en las modalidades de icemación lécnlca profecional o tecnológica, no ss considerará experlancia prodesiónal, Instituto Geográfico Agustin Codazzi Pagina | 7
- Carrera 30 No, 48 - 51, Bogota D.C., Colombia (457) 601 653 1988
Wan Igac.GOw. cons Gobierno de 004 y IGAC] Colombia 0 7 ENE 2025 En
- Carrera 30 No, 48 - 51, Bogota D.C., Colombia (457) 601 653 1988
Wan Igac.GOw. cons Gobierno de 004 y IGAC] Colombia 0 7 ENE 2025 En - Experiencia Laboral. Es la adquirida con el ejercicio de cualquier empleo, ocupación, arte u oficia -- Experiencia Relacionada, Es la adquirida en el ejercicio de empleos a actividades que lengan funciones similares a las-del objeto a contralar. - Experiencia Docente. Es la adquirida en el ejercicio de las actuidades de divulgación del conocimiento, obtenida en instituciones educalivas debidamente reconocidas. - Profesiones afines: Se considerarán afines las profesiones que camparian el misma núcleo básica del conocimiento, de acuerda con la información que se encuentre registrada en el SNIES. Articulo 3.- Convenciones: Para la presente Resolución se deben tener presente las siguientes
Convenciones: TP: Titulo profesional POCET: Titulo de doctorado MA: Titulo de maestria.
ES; Titulo de espacialización TFR Título formación tecnológica.
TFTP: Titulo en donmación técnica profesional, SEMPÚU: Semestres de pregrado universitario cursados y aprobados.
TEU: Terminación y aprobación de estudios de pregrado uniersitario.
TET: Terminación y aprobación de educación tecnológica TETF: Terminación y aprobación de educación técnica profesional.
TL: Técnico laboral TB: Titulo de bachilber.
MES PROF: Mosos de experiencia profesional.
MES DOC: Meses de experiencia como decente, MES LAB: Méses de experiencia laboral.
Articulo 4.- Tabla de honorarios; La tabla de honorarios para las personas naturales que
TB: Titulo de bachilber.
MES PROF: Mosos de experiencia profesional.
MES DOC: Meses de experiencia como decente, MES LAB: Méses de experiencia laboral.
Articulo 4.- Tabla de honorarios; La tabla de honorarios para las personas naturales que suscriban contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en Sede Ceniral y Direcciones Territoriales, es la siguiente:
TOPÉ DE VALOR DE SEHEIL REQUISITOS HONORARIOS (HASTA) 1 __ 6 3 2.084.600
E TB +4 MES LAB 5 2.250.908
Asistencial 3 TL 52343002
E 1 5EMPU CM TL + 12 MES LAB 52.420.117 1 T6+ 6 MES LAB 52.613.375
E] 2SEMPU+3 MES LAB 3 2.681.634 3 4 SEMPU 52.779.792
Tecnólogo 1 LA qEE 3 2 578-261 os 5 3 SEMPU +3 MES LAB 3 2.076.729 — TB+12MESLAB TFTP +3 MES LAB 8 3 SEMPU +6 MES LAB 33.010.056
Instituto Geográfico Agustin Codazzi Página | 8 Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 a! E A. ac. .gow. co0043 Gobiemo de IGAC Colombia 07 ENF 2075
TB +16 MES LAB TFT Y dSEMPU +6 MES LAB 5 3.191.837
L dl TB + 18 MES LAB E A FT + 12 MES LAB E 4 SEMPU +18 MES LAB 53,130,471
TB +24 MES LAB
TB +16 MES LAB TFT Y dSEMPU +6 MES LAB 5 3.191.837
L dl TB + 18 MES LAB E A FT + 12 MES LAB E 4 SEMPU +18 MES LAB 53,130,471
TB +24 MES LAB 3 TEU 53.397.230 1 TP E 5 3,559,767
Z TF + 4 MES PROF 54.015.242
Protesional E] TP +13 MES PROF 34.300.531 á TP + 18 MES PROF 50.778.209 5 TP +24 MES PROF 54,55415 1 TP 4 ES 46 MES PROF 558315624
EE TP4 ES +12 MES PROF 56.621.551 3 TP + ES + 24 MES PROF 3.540.004
Profesional | a TP + ES +18 MES PROF CEA ETS Esp [| 5 | TP+ES+42MESPROF 70.305.444
Ll TP + ES +48 MES PROF 10.365.362
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