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IGAC - Resolución 0209 de 2026

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAC - Resolución 0209 de 2026
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

Gobierno de msteiiro srccrárico PaColombia E 0209RESOLUCION DE 2026( 44 MAR 2026 ? “Por la cual se constituye la Caja Menor de la Subdirección Administrativa y Financiera delInstituto Geográfico Agustín Codazzi para la vigencia fiscal 2026 y se fija su cuantía”. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZIEn uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 2 y 20 delartículo 10 del Decreto 846 de 2021, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y el artículo2.8.5.2 del Decreto 1068 de 2015 y,

CONSIDERANDO

CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia ordena que la funciónadministrativa debe estar al servicio de los intereses generales, desarrollándose confundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y ladesconcentración de funciones.Que, en desarrollo de dichas finalidades, el artículo 365 de la Constitución Política disponeque los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, razón por la cualeste tiene el deber de asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorionacional. Así mismo, dispone que la prestación de los servicios públicos podrá ser realizadapor el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares;sin perjuicio del deber estatal de mantener la regulación, el control y la vigilancia de losservicios públicos.Que el Decreto 848 de 2021 modificó la estructura del Instituto Geográfico Agustín Codazzi,señalando que es un establecimiento público dotado de personería jurídica, autonomíaadministrativa y patrimonio independiente adscrito al Departamento Administrativo Nacionalde Estadistica-DANE. Adicionalmente, indica que el Instituto tendrá acción en todas lasregiones del país de conformidad con las disposiciones legales vigentes.Que el Decreto 2768 de 2012 compilado en el Decreto Único Reglamentario del SectorHacienda No. 1068 de 2015 reglamentó la constitución y funcionamiento de las CajasMenores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y-lasentidades nacionales, con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales

Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 19 carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia€ (+57) 601 653 1888B www.igac.gov.co0209Gobierno de METIS GLOSKANCO BColombia 2347 MAR 2026 coa del Estado y Sociedades de Economía Mixta y con carácter no financiero respecto de losrecursos que le asigna la Nación.Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4° del decreto en mención, la cuantía de cadauna de las cajas menores se establecerá de acuerdo con la siguiente clasificación de losórganos, dentro de cada vigencia fiscal:PRESUPUESTO VIGENTE DEL CUANTIA MÁXIMA DE LAS CAJASORGANIMOS O ENTIDAD MENORES HASTALoa leit Mtro Menstral (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente)1 Menos ‘a 3.897 112 3.898 a 7.796" 223 7.797 a 19.546 274 | 19.547 a 39.089 315 | 39.090 a 80.184 406 | 80.185 a 117.270 447 | 117.271 a más 53

Que la misma norma dispone que los órganos que requieran una mayor cuantía deberánjustificarlo mediante escrito motivado por el jefe de cada órgano, el cual deberá quedaranexo a la resolución.Que mediante el Decreto 1477 del 30 de diciembre de 2025 se estableció el PresupuestoGeneral de la Nación para la vigencia fiscal 2026, asignándose al Instituto GeográficoAgustín Codazzi (IGAC) una apropiación presupuestal por valor de CUATROCIENTOSDIECINUEVE MIL NOVECIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MILDOSCIENTOS DOS PESOS ($419.902.427.202).En consecuencia, y de conformidad con la tabla de cuantías prevista para la constituciónde Cajas Menores, el IGAC se ubica en la categoría número siete (7).Que de conformidad con el artículo 2.8.5.2. del Decreto 1068 de 2015 “(...) las cajasmenores se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefedel respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clasede gasto que se puede realizar. Así mismo, se deberá indicarla unidad ejecutora y la cuantíade cada rubro presupuestal".Que de igual manera, el artículo 2.8.5.4 señala que: “La cuantía de cada una de las cajas:menores se deberá establecer teniendo en cuenta el presupuesto vigente de cadaorganismo o entidad”. :Que el artículo a del Estatuto Organico del Presupuesto establece que todo: acto >administrativo que afecte apropiaciones presupuestales debera contar previamente con elrespectivo SETiORee AS Disponibilidad Presupuestal.

Instituto Geográfico Agustín Codazzi : : Página | 20 Carrera 30 No. 4851, Bogotá D.C., Colombia@ (+57) 601 653 1888www.igac.gov.coGobierno de 1 1:MAR 2026 ] | IGACYColombia

Que dentro de las funciones principales de la Subdirección Administrativa y Financierasegún el artículo 37 del Decreto 846 de 2021, se encuentran, entre otras: “(...) 1. Proponera la Secretaria General la adopción de políticas, objetivos y estrategias relacionadas con laadministración de recursos físicos y financieros de la Entidad. 2. Dirigir, organizar y controlarlos servicios administrativos necesarios para el funcionamiento de la Entidad, bajo lasdirectrices de la Secretaria General. (...) 14. Dirigir y administrar el manejo de los recursos. físicos,el almacén y los inventarios de bienes muebles e inmuebles de la entidad, deacuerdo con los procedimientos establecidos (...)”Que, para el normal funcionamiento del Instituto, la Subdirección Administrativa y Financierarequiere de fondos para atender necesidades que tengan el carácter de urgentes,imprevistas, inaplazables e imprescindibles, conforme a las disposiciones legales.Que para cubrir la constitución de la Caja Menor se cuenta con el Certificado deDisponibilidad Presupuestal No. 126026 del 2026, rubros: A-02-02-01-003-002 PASTA OPULPA, PAPELY PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS Y ARTÍCULOS RELACIONADOS,A-02-02-02-005-004 SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, A-02-02-02-006-003ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTROS DE COMIDAS Y BEBIDAS, A-02-02-02-008-002 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES,A-02-02-02-006-005 SERVICIOS DETRANSPORTE DE CARGA,

A-02-02-02-006-004 SERVICIOS DE TRANSPORTE DEPASAJEROS, A-02-02-02-008-009 OTROS SERVICIOS DE FABRICACIÓN; SERVICIOSDE EDICIÓN, IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIOS DE RECUPERACIÓN DEMATERIALES, Objeto: Caja Menor 2026, recurso: 10, expedido por la SubdirecciónAdministrativa y Financiera.Que para efectosde control de gestión se debe afectar el presupuesto según el nuevocatálogo de Clasificación Presupuestal vigente para el año 2026, de acuerdo con el Decreto412 de 2018 que modifica el Decreto 1068 de 2015.Que mediante el presente acto se delega la ordenación del gasto de la Caja Menor en laSecretaría General, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998.Que, en mérito de lo anterior,

RESUELVE: ARTÍCULO 1. CONSTITUCIÓN Y CUANTÍA. - Constituir la Caja Menor de la SubdirecciónAdministrativa y Financiera del Instituto Geográfico Agustín Codazzi — IGAC, por la sumade siete millones quinientos mil pesos M/Cte. ($7.500.000,00) mensuales y hasta unmáximo de sesenta millones de pesos M/Cte. ($60.000.000,00) anuales, con el fin deatender los gastos urgentes, necesarios para el buen funcionamiento del Instituto.

Instituto Geográfico Agustín Codazzi o . Página | 30 Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia@ (+57) 601 653 1888www.igac.gov.co0209mia 1 Ti ‘MAR 2026 A neto stossánco

Parágrafo: El monto anual corresponde a la sumatoria de los reembolsos efectuadosdurante la vigencia fiscal y en ningún caso podrá exceder el límite autorizado.ARTÍCULO 2. ORDENADOR DEL GASTO. Delegar la ordenación del gasto de la CajaMenor en la Secretaria General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998.ARTÍCULO 3. RESPONSABLE. El responsable del manejo de la Caja Menor de laSubdirección Administrativa y Financiera será el funcionario Geysmar Alvarez Gil,identificado con cédula de ciudadanía No. 1.012.325.478, quien se desempeña en el cargode Auxiliar Administrativo Código 4040 Grado 12, adscrito a la Subdirección Administrativay Financiera.Parágrafo 1. Los servidores públicos responsables del manejo de la Caja Menor deberáncumplir con las obligaciones, procedimientos y demás disposiciones consagradas en elDecreto 1068 de 2015 y con el procedimiento administrativo y financiero establecido en elinstituto.Parágrafo 2. Cuando el responsable del manejo operativo de la Caja Menor se encuentreen vacaciones, licencia o comisión, se deberá designar, mediante acto administrativo porparte del ordenador del gasto de la Caja menor, a otro funcionario, debidamente afianzado,para asumir su manejo mientras subsista dicha situación administrativa. Para lo cual, sedeberá realizar la entrega de los fondos y documentos mediante arqueo, tanto al momentode recibir como para la entrega de la misma, lo cual deberá quedar consignado

en larespectiva acta,ARTÍCULO 4. PÓLIZA DE MANEJO. El ordenador del gasto y el responsable del manejode la Caja Menor de la Subdirección Administrativa y Financiera del IGAC deben estaramparados por una póliza de manejo ante una entidad aseguradora debidamentereconocida por el Estado, la cual debe cubrir el cien por ciento (100%) del monto del fondode la caja menor.Parágrafo 1. La póliza deberá mantenerse vigente durante toda la vigencia fiscal 2026.ARTÍCULO 5. FINALIDAD. La Caja Menor atenderá exclusivamente los gastos definidosen el Presupuesto Anual del Instituto que tengan el carácter de urgentes necesarios parasu buen funcionamiento, sin exceder las cuantías indicadas en los respectivos rubros.Parágrafo 1. Para efectuar gastos con cargo a la Caja Menor, se deberán acatar lasdisposiciones en materia de austeridad del gasto..ARTÍCULO 6. RUBROS PRESUPUESTALES Y CUANTÍAS. Los gastos realizados concargo a la Caja Menor de la Subdirección Administrativa y Financiera del IGAC seránimputados a los rubros presupuestales que se indican a continuación sin superar lassiguientes cuantías:

Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 49 Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia€ (+57) 601 653 1888E www. igac.gov.co$ 0209Gabieme de 1 1 MAR 2026Colombia VALORRUBRO CONCEPTO MENSUAL ALEGALIZARPASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS DEA-02-02-01-003-002 | PAPEL: IMPRESOS Y ARTÍCULOS| RELACIONADOS $700.000A-02-02-02-005-004 | SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN $1.500.000ALOJAMIENTO: SERVICIOS DE SUMINISTROSA-02-02-02-006-003 | DE COMIDAS Y BEBIDAS $400.000A-02-02-07-006-004 | SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS | $700.000A-02-02-02-006-005 | SERVICIOS DE TRANSPORTE DE CARGA $1.500.000A-02-02-02-008-002 | SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES $2.000.000OTROS SERVICIOS DE FABRICACIÓN;‘SERVICIOS DE EDICIÓN, IMPRESIÓN YA-02-02-02-008-009 | REPRODUCCIÓN: SERVICIOS DERECUPERACIÓN DE MATERIALES $ 700.000TOTAL $7.500.000,00

Parágrafo 1. La Tesorería del instituto girará los recursos para el manejo de la Caja Menorsin afectación presupuestal. Para las legalizaciones se afectarán los rubros presupuestalessegún el concepto de gasto.ARTÍCULO 7. REEMBOLSO. Conforme al artículo 14 del Decreto 2768 del 28 de diciembrede 2012, los reembolsos se pueden efectuar en la cuantía de los gastos realizados, sinexceder el monto previsto en el respectivo rubro presupuestal, en forma mensual o cuandose haya consumido más de un setenta por ciento (70%), lo que ocurra primero, de algunoso todos los valores de los rubros presupuestales afectados.ARTÍCULO 8. REGISTRO DE OPERACIONES. Todas las operaciones que se realicen através de la Caja Menor deberán ser registradas por el responsable de la misma en el SIIFNación, esto incluye los procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso ylegalización para el cierre de la Caja Menor.ARTÍCULO 9. CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL PARA LACONSTITUCIÓN Y REEMBOLSOS. La constitución y reembolsos se hacen con cargo alCertificado de Disponibilidad Presupuestal No. 126026 del 2026, rubros: A-02-02-01-003-002 PASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS Y ARTÍCULOSRELACIONADOS, A-02-02-02-005-004 SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, A-02-02-02-006-003 ALOJAMIENTO; SERVICIOS DE SUMINISTROS

DE COMIDAS Y BEBIDAS, A-02-02-02-008-002 SERVICIOS JURÍDICOS Y CONTABLES, A-02-02-02-006-005SERVICIOS DE TRANSPORTE DE CARGA, A-02-02-02-006-004 SERVICIOS DETRANSPORTE DE PASAJEROS, A-02-02-02-008-009 OTROS SERVICIOS DEFABRICACIÓN; SERVICIOS DE EDICIÓN, IMPRESIÓN Y REPRODUCCIÓN; SERVICIOSDE RECUPERACIÓN DE MATERIALES, Objeto: Caja Menor 2026, recurso: 10, expedidopor la Subdirección Administrativa y Financiera.

Página | 5Instituto Geográfico Agustín Codazzi9 Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia€ (+57) 601 653 1888B www.igac.gov.co BEES. DORR NOES St BLASSE EATS BERRI SLOT POE RES EER SFIESA O raeageRAR COSeo9209Gobierno de HSTHUTO GEOGRANICOColombia ARTÍCULO 10. PROHIBICIONES. Con los fondos de Caja Menor de la SubdirecciónAdministrativa y Financiera, no se podrán realizar ninguna de las operaciones descritas enel artículo 2.8.5.8. del Decreto 1068 de 2015, así como las dispuestas en los procedimientosy lineamientos internos del Instituto.ARTÍCULO 11. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de lafecha de expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASEDada en Bogotá, D.C.,1 1 MAR 20262GUSTAVO ADOLFO MARULANDA MORALESDirector Generalt Aprobó: Martha Lucia Parra García — Secretaria General ge?Revisó: Kelly Johanna Morales Sarmiento — Asesora - Dirección GeneralCamila Gutiérrez Barragán — Jefe Oficina Asesora Jurídica ===Laura Moreno Moreno — Subdirectora Administrativa y Financiera “¿aProyectó: Geysmar Álvarez Gil — Auxiliar Administrativo - Subdirección Administrativa y Financiera ¿Mag Instituto Geográfico Agustín Codazzi . Página |69 Carrera30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia€ (+57) 601 653 1888www.igac.gov.co

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