IGAC - Resolución 068-2025 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 068-2025 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co
RESOLUCIÓN No.068-2025
(del 26 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral urbano con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de La Dorada del departamento de Caldas”
LA DIRECTORA TERRITORIAL DE CALDAS DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN
CODAZZI – IGAC
En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la informa ción catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la
técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la informa ción catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.
Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.
Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio
modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datosPágina | 2
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.
Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combi nación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.
Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado , capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presen te artículo, los cuales no requerirán
artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presen te artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.
En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.
Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrol lo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.
Que la Dirección Territorial Caldas expidió la Resolución 013 del día 17 del mes de marzo de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana del municipio de La Dorada del departamento de Caldas”.
de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana del municipio de La Dorada del departamento de Caldas”.
Que mediante correo electrónico del 30 de octubre de 2025 y oficio con rad icado No 2604DTCAL-2025-0012741-EE se remitió al Alcalde municipal la proyección de valores comerciales para la determinación del porcentaje del valor catastral. Al respecto, La administración estableció mediante pronunciamiento oficial del día 02 de diciembre de 2025Página | 3
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co el 60% del avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana del municipio de La Dorada del departamento de Caldas.
Que fueron recibidos por esta dirección, los insumos de las áreas técnicas y la aprobación de los valores de los estudios de las zonas homogéneas geoeconómicas urbanas del municipio de La Dorada del departamento de Caldas mediante Acta No 003del día 18 de noviembre de 2025 suscrita en la mesa técnica de avalúos, en cumplimiento de lo dispuesto en el procedimiento de elaboración de los estudios de ZHFG.
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actu alidad inm obiliaria del municipio de La Dorada del departamento de Caldas.
encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actu alidad inm obiliaria del municipio de La Dorada del departamento de Caldas.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el ca so, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de La Dorada, Caldas, realizado a través de la metodología de zonas homog éneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modifica da por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano Código Zona Homogénea Geoeconómica
valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano Código Zona Homogénea Geoeconómica Valor metro cuadrado / $
001 $ 3.300.000 002 $ 2.000.000 003 $ 1.115.932 004 $ 1.100.000Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 005 $ 800.000 006 $ 790.000 007 $ 775.000 008 $ 752.000 009 $ 740.000 010 $ 725.000 011 $ 720.000 012 $ 689.000 013 $ 665.600 014 $ 636.000 015 $ 632.000 016 $ 613.000 017 $ 540.000 018 $ 500.000 019 $ 474.000 020 $ 464.000 021 $ 461.000 022 $ 453.000 023 $ 451.000 024 $ 439.800 025 $ 431.000 026 $ 429.000 027 $ 427.500 028 $ 425.000 029 $ 413.400 030 $ 400.000 031 $ 378.000 032 $ 368.400 033 $ 337.600 034 $ 304.800Página | 5
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 035 $ 300.000 036 $ 297.000 037 $ 290.560 038 $ 278.400 039 $ 276.600 040 $ 270.000 041 $ 267.187 042 $ 260.549 043 $ 260.400 044 $ 258.600
036 $ 297.000 037 $ 290.560 038 $ 278.400 039 $ 276.600 040 $ 270.000 041 $ 267.187 042 $ 260.549 043 $ 260.400 044 $ 258.600 045 $ 258.000 046 $ 227.136 047 $ 213.987 048 $ 208.600 049 $ 194.787 050 $ 135.800 051 $ 101.048 052 $ 83.597 053 $ 38.735 054 $ 7.000
ARTÍCULO 2 . APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana del municipio de La Dorada del departamento de Caldas
Tabla 2. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano. TIPOLOGIA VALOR 1002311_Residencial.Tipo_0 $ 211.582 1014011_Residencial.Tipo_1 $ 381.066 1004122_Residencial.Tipo_2 $ 737.118 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos $ 1.024.268Página | 6
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 1011133_Residencial.Tipo_3_mas $ 1.192.217 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos $ 1.713.820 1021134_Residencial.Tipo_4 $ 1.567.182 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos $ 1.976.526 1021125_Residencial.Tipo_5 $ 2.168.877 1031135_Residencial.Tipo_5_mas $ 2.652.736
1011115_Residencial.Tipo_5_Menos $ 1.976.526 1021125_Residencial.Tipo_5 $ 2.168.877 1031135_Residencial.Tipo_5_mas $ 2.652.736 1031126_Residencial.Tipo_6 $ 3.500.866 1031146_Residencial.Tipo_6_mas $ 4.284.062 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados $ 796.748 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados $ 982.861 2014111_Comercial.Basico_2 $ 1.123.973 2021132_Comercial.Intermedio_1 $ 1.406.888 2021532_Comercial.Intermedio_2 $ 1.689.803 2026532_Comercial.Intermedio_3 $ 2.061.405 2023123_Comercial.Especializado_1 $ 1.858.154 2036543_Comercial.Especializado_2 $ 2.632.196 2033133_Comercial.Especializado_3 $ 2.877.364 2036533_Comercial.Especializado_4 $ 3.179.791 3002311_Industrial.Liviana_1 $ 466.936 3001121_Industrial.Liviana_2 $ 1.248.633 3011132_Industrial.Mediana_1 $ 1.755.443 3023132_Industrial.Pesada_1 $ 2.274.811 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 $ 3.028.501 5014111_Institucional.Tipo_1 $ 1.607.930 5011122_Institucional.Tipo_2 $ 1.889.658 5021143_Institucional.Tipo_3 $ 2.704.321
5014111_Institucional.Tipo_1 $ 1.607.930 5011122_Institucional.Tipo_2 $ 1.889.658 5021143_Institucional.Tipo_3 $ 2.704.321 5036144_Institucional.Tipo_4 $ 3.288.521 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado $ 1.390.749 5011111_Institucional.Tipo_6 $ 2.443.591 5021132_Institucional.Tipo_7 $ 2.643.522Página | 7
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 5036553_Institucional.Tipo_8 $ 3.048.607 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 $ 3.121.784 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 $ 5.571.580 7011121_Institucional.Salud_1 $ 1.751.835 7021132_Institucional.Salud_2 $ 2.447.728 7031173_Institucional.Salud_3 $ 3.036.366 7036584_Institucional.Salud_Plus $ 3.788.315 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 $ 1.403.587 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 $ 1.570.064 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada $ 1.989.358 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaura da $ 2.121.744 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaura da_Con_Reforzamiento
_Restaurada $ 1.989.358 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaura da $ 2.121.744 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaura da_Con_Reforzamiento $ 2.644.013 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaura da_Con_Reforzamiento $ 3.114.266 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos $ 1.263.208 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Piso s $ 1.552.681 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos $ 1.670.360 9026505_ED.Multifamiliar_Medio $ 2.115.070 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 $ 2.037.896 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Sencilla_Tipo _40 $ 201.183 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Media_Tipo_6 0 $ 398.444 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 669.635 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 $ 267.622 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 $ 536.346 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 $ 806.241 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 $ 326.398 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 $ 558.862 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1.034.231
Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 $ 558.862 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1.034.231 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 $ 335.623 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tip o_40 $ 614.218Página | 8
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificad a_Tipo_80 $ 903.539 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 $ 1.387.418 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 3.332.976 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 1.178.541 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 $ 1.448.300 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 $ 1.630.304 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 $ 1.973.474 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 $ 560.310 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 $ 463.596 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 $ 604.520 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 $ 831.444 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 $ 981.642 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2.569.125
Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 $ 831.444 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 $ 981.642 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2.569.125 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 $ 380.918 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 $ 771.122 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 $ 1.051.079 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 229.910 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 491.480 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 696.017 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 386.560 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 603.877 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 1.038.767 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 $ 346.654 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 $ 564.041 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 $ 709.704 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 $ 82.362 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 $ 184.305 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 $ 616.350 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 $ 747.095 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 $ 1.657.239Página | 9
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co
Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 $ 1.657.239Página | 9
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 $ 3.408.852 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metalicas_Tip o_40 $ 2.385.048 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 $ 2.385.048 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 $ 550.688 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40 $ 911.940 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60 $ 1.802.497 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 212.654 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 158.415 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 918.888 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 2.155.783 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 2.631.975 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 3.699.949 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_ 40 $ 241.408 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_6 0 $ 505.443 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 $ 715.182 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 1.636.331 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 325.386
Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 1.636.331 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 325.386 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 808.051 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 2.163.963 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 $ 2.474.060 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Sencilla_Tipo_4 0 $ 122.893 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Livia no_Tipo_60 $ 262.415 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simp les_Tipo_20 $ 150.095 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simp les_Placa_Tipo_40 $ 273.982 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro _Tipo_60 $ 496.077 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Plac a_Muro_Tipo_80 $ 643.637 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Han gar_Simple_Tipo_40 $ 1.085.994 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Han gar_a_dos_aguas_Tipo_60 $ 1.764.079 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 197.447Página | 10
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 236.341
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 236.341 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 331.026 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 $ 140.474 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 $ 402.723 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 $ 349.061 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 1.315.548 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 $ 1.224.943 107_Institucional.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 829.290 108_Institucional.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 1.430.631 Anexos.Pergolas_Sencilla_Tipo_40 $ 475.188 9036506_ED.Multifamiliar_Alto $ 2.714.316 9026568_ED.Servicios_Tipo_2 $ 2.556.824 9036589_ED,.Servicios_Tipo_3 $ 3.072.791
ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de La Dorada, Caldas, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
municipio. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.