IGAC - Resolución 071-2025 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 071-2025 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co
RESOLUCIÓN No.071-2025
(del 26 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral urbano con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Supía departamento de Caldas”
LA DIRECTORA TERRITORIAL DE CALDAS DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN
CODAZZI – IGAC
En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la informa ción catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la
técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la informa ción catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.
Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.
Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio
modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datosPágina | 2
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.
Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combi nación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.
Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado , capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presen te artículo, los cuales no requerirán
artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presen te artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.
En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.
Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrol lo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.
Que la Dirección Territorial Caldas expidió la Resolución 17-777-025-2025 del día 15 del mes de julio de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana del municipio de Supía departamento de Caldas”.
mes de julio de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana del municipio de Supía departamento de Caldas”.
Que mediante correo electrónico del 30 de octubre de 2025 y oficio con rad icado No 2604DTCAL-2025-0012743-EE se remitió al Alcalde municipal la proyección de valores comerciales para la determinación del porcentaje del valor catastral. Al respecto, La administración estableció mediante pronunciamiento oficial del día 26 de diciembre de 2025Página | 3
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co estableció el 60% del avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana del municipio de Supía, Caldas.
Que, esta Dirección Territorial recibió los insumos de las áreas técnicas y la aprobación de los valores para los estudios de las zonas homogéneas geoeconómicas urbanas del municipio de Supía, Caldas, mediante Acta No 002del día 25 de noviembre de 2025 suscrita en la mesa técnica de avalúos, en cumplimiento de lo dispuesto en el procedimiento de elaboración de los estudios de ZHFG.
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actu alidad inmobiliaria del municipio de Supía departamento de Caldas.
encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actu alidad inmobiliaria del municipio de Supía departamento de Caldas.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Supía, Caldas, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano
Código Zona Homogénea
valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano
Código Zona Homogénea Geoeconómica Valor metro cuadrado / $ 001 $ 1.320.000Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 002 $ 1.240.000 003 $ 977.613 004 $ 800.000 005 $ 789.600 006 $ 700.000 007 $ 675.000 008 $ 660.000 009 $ 652.000 010 $ 571.000 011 $ 560.000 012 $ 532.000 013 $ 520.000 014 $ 488.000 015 $ 478.000 016 $ 466.000 017 $ 456.000 018 $ 443.000 019 $ 401.500 020 $ 400.000 021 $ 391.200 022 $ 388.100 023 $ 385.000 024 $ 310.000 025 $ 292.800 026 $ 276.000 027 $ 273.600 028 $ 271.875 029 $ 268.800 030 $ 265.800 031 $ 221.242 032 $ 156.000 033 $ 81.191 034 $ 4.688
ARTÍCULO 2 . APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana del municipio de Supía departamento de Caldas
Tabla 2. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano.Página | 5
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ubicados en la zona urbana del municipio de Supía departamento de Caldas
Tabla 2. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano.Página | 5
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TIPOLOGIA VALOR 1002311_Residencial.Tipo_0 $ 293.837 1014011_Residencial.Tipo_1 $ 529.210 1004122_Residencial.Tipo_2 $ 1.023.680 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos $ 1.422.463 1011133_Residencial.Tipo_3_mas $ 1.655.704 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos $ 2.380.084 1021134_Residencial.Tipo_4 $ 2.176.439 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos $ 2.744.920 1021125_Residencial.Tipo_5 $ 3.012.049 1031135_Residencial.Tipo_5_mas $ 3.684.013 1031126_Residencial.Tipo_6 $ 4.861.862 1031146_Residencial.Tipo_6_mas $ 5.949.533 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados $ 1.106.492 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados $ 1.364.958 2014111_Comercial.Basico_2 $ 1.560.929 2021132_Comercial.Intermedio_1 $ 1.953.830 2021532_Comercial.Intermedio_2 $ 2.346.731 2026532_Comercial.Intermedio_3 $ 2.862.796 2023123_Comercial.Especializado_1 $ 2.580.530
2021532_Comercial.Intermedio_2 $ 2.346.731 2026532_Comercial.Intermedio_3 $ 2.862.796 2023123_Comercial.Especializado_1 $ 2.580.530 2036543_Comercial.Especializado_2 $ 3.655.488 2033133_Comercial.Especializado_3 $ 3.995.968 2036533_Comercial.Especializado_4 $ 4.415.966 3002311_Industrial.Liviana_1 $ 648.462 3001121_Industrial.Liviana_2 $ 1.734.050 3011132_Industrial.Mediana_1 $ 2.437.889 3023132_Industrial.Pesada_1 $ 3.159.167 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 $ 4.205.859Página | 6
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 5014111_Institucional.Tipo_1 $ 2.233.028 5011122_Institucional.Tipo_2 $ 2.624.281 5021143_Institucional.Tipo_3 $ 3.755.652 5036144_Institucional.Tipo_4 $ 4.566.966 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado $ 1.931.415 5011111_Institucional.Tipo_6 $ 3.393.560 5021132_Institucional.Tipo_7 $ 3.701.385 5036553_Institucional.Tipo_8 $ 4.268.573 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 $ 4.371.034 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 $ 7.801.170
5036553_Institucional.Tipo_8 $ 4.268.573 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 $ 4.371.034 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 $ 7.801.170 7011121_Institucional.Salud_1 $ 2.432.877 7021132_Institucional.Salud_2 $ 3.414.768 7031173_Institucional.Salud_3 $ 4.290.610 7036584_Institucional.Salud_Plus $ 5.368.010 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 $ 1.986.287 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 $ 2.221.400 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada $ 2.824.712 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada $ 3.009.101 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento $ 3.756.594 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento $ 4.435.398 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos $ 1.754.292 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos $ 2.156.300 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos $ 2.330.280 9026505_ED.Multifamiliar_Medio $ 2.937.325 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 $ 2.856.013 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 $ 267.610
9026505_ED.Multifamiliar_Medio $ 2.937.325 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 $ 2.856.013 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 $ 267.610 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 $ 537.839 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 1.338.792 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 $ 358.353Página | 7
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 $ 729.244 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 $ 1.094.565 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 $ 434.699 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 $ 766.565 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1.420.593 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 $ 451.712 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 836.502 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 1.230.737 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 $ 1.880.455 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 4.445.224 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 1.970.079
Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 4.445.224 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 1.970.079 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 $ 2.209.964 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 $ 2.660.028 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 $ 1.575.308 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 $ 560.310 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 $ 463.596 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 $ 604.520 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 $ 831.444 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 $ 981.642 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2.569.125 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 $ 513.851 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 $ 1.050.855 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 $ 1.434.270 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 305.822 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 654.247 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 949.435 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 514.305 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 822.542 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 1.416.786Página | 8
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Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 822.542 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 1.416.786Página | 8
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 $ 479.806 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 $ 775.943 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 $ 972.447 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 $ 109.556 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 $ 245.821 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 $ 833.450 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 $ 993.771 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 $ 2.204.428 Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 $ 4.535.409 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 $ 3.216.272 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 $ 9.626.869 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 $ 732.515 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40 $ 1.234.548 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60 $ 2.412.971 Anexos.Estadios_Tipo_40 $ 391.488 Anexos.Estadios_Tipo_60 $ 773.770 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 210.574 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 283.435
Anexos.Estadios_Tipo_60 $ 773.770 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 210.574 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 283.435 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 $ 140.474 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 236.341 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 $ 402.723 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 331.026 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 1.222.288 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 2.867.582 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 3.501.003 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 4.921.601 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 $ 326.800 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 $ 675.173 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 $ 953.690Página | 9
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 829.290 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 1.430.631 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 2.217.914 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 2.914.381
Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 1.430.631 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 2.217.914 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 2.914.381 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 $ 3.332.013 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 $ 163.471 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 $ 349.061 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 $ 35.786 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 $ 559.429 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 $ 227.485 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 $ 633.571 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 $ 146.319 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 $ 154.322 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80 $ 186.168 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 $ 320.434 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 $ 210.276 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 $ 386.905 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 $ 687.603
Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 $ 386.905 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 $ 687.603 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo_80 $ 896.801 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 $ 612.567 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_Plus_Tipo_40 $ 974.765 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple_Tipo_40 $ 1.506.358 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos_aguas_Tipo_60 $ 2.404.771 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 $ 281.540 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 $ 436.375 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 $ 1.224.943 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 $ 3.967.629 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 $ 4.788.171 Anexos.Contenedor_frigorífico_Tipo_80 $ 10.260.955Página | 10
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 1.315.548 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 $ 2.638.671 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 4.189.223
Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 $ 2.638.671 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 4.189.223 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 $ 5.539.041 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 262.639 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 511.248 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 $ 659.922 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 $ 955.409 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 $ 1.799.339 Anexos.Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 $ 218.106 Anexos.Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 $ 346.248 Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 $ 973.673 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 432.822 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 1.094.424 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 $ 846.378 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 $ 1.299.796 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 $ 1.760.272 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Sencilla_Tipo_40 $ 193.074 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Media_Tipo_60 $ 381.221 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 669.635
Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Media_Tipo_60 $ 381.221 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 669.635 107_Institucional.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 829.290 108_Institucional.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 1.430.631 Anexos.Pergolas_Sencilla_Tipo_40 $ 475.188 9036506_ED.Multifamiliar_Alto $ 2.714.316 9026568_ED.Servicios_Tipo_2 $ 2.556.824 9036589_ED,.Servicios_Tipo_3 $ 3.072.791
ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de SupíaPágina | 11
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co departamento de Caldas, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.