IGAC - Resolución 093-2025 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
IGAC - Resolución 093-2025 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 093 de 2025

(22 de diciembre de 2025)

“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Guática del departamento de Risaralda”

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE RISARALDA DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO

AGUSTÍN CODAZZI – IGAC

En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la

técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fo rtalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio

modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presentePágina | 2

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras pú blicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los ava lúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.

Que la Dirección Territorial Risaralda expidió la Resolución 026 del día 05 del mes de mayo de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de Guática del departamento de Risaralda”.

de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de Guática del departamento de Risaralda”.

Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas y aprobados los valores en l as mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 24 de noviembre de 2025, y acogidas las decisiones tomadas por el Concejo de Política Fiscal Municipal y comunicadas mediante oficio del día 21 del mes de noviembre de 2025 con respecto al porcentaje que debe aplicarse al avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana y rural del municipio de Guática del departamento de Risaralda.Página | 3

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del Municipio de Guática.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el

catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Guática del departamento de Risaralda, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:

Tabla 1. Zona Homogénea Física, suelo urbano

Zon a No. Norma de uso del suelo Topografí a Vías Servicios públicos Uso actual tipificado 001 Comercial Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Comercial_Sectorial 002 Comercial Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Comercial_Sectorial 003 Comercial Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Comercial_Barrial 004 Comercial Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Comercial_Barrial 201 Residencial Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Residencial_2_Bajo

s Comercial_Barrial 004 Comercial Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Comercial_Barrial 201 Residencial Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Residencial_2_Bajo 202 Residencial Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Completos Residencial_2_Bajo 203 Residencial Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Residencial_2_Bajo 204 Residencial Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Completos Residencial_2_Bajo 205 Residencial Inclinado Sin_Pavimenta r Servicios_Basicos_Y_Complementario s Residencial_2_Bajo 206 Residencial Inclinado Sin_Pavimenta r Servicios_Basicos_Completos Residencial_2_BajoPágina | 4

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 207 Residencial Inclinado Peatonales Servicios_Basicos_Y_Complementario s Residencial_2_Bajo 208 Residencial Inclinado Peatonales Servicios_Basicos_Completos Residencial_2_Bajo 209 Residencial Empinado Peatonales Servicios_Basicos_Completos Residencial_2_Bajo 801 Instituciona l Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Institucional_o_dotacional 802 Instituciona l Plano Pavimentadas Servicios_Basicos_Completos Institucional_o_dotacional 803 Instituciona l Plano Sin_Vias Sin_Servicios Institucional_o_dotacional 804 Instituciona l Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Institucional_o_dotacional 805 Instituciona l Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Completos Institucional_o_dotacional

804 Instituciona l Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Y_Complementario s Institucional_o_dotacional 805 Instituciona l Inclinado Pavimentadas Servicios_Basicos_Completos Institucional_o_dotacional 901 Lote Empinado Sin_Vias Sin_Servicios Lote_Urbanizable_No_Construid o 902 Lote Inclinado Pavimentadas Sin_Servicios Lote_No_Urbanizable

Tabla 2. Zona Homogénea Física, suelo RURAL

Zona No. AREAS HOMOGENEAS DE TIERRA Norma de uso del suelo Uso actual del suelo Influencia vial Disponibilida d de aguas Unidad climática Valor potencial Pendient e 001 9 61 4 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Vías regulares Zonas con aguas escasas 002 9 61 4 Suelos de Protección Paisaje y Cultura Agricola Vías regulares Zonas con aguas escasas 003 9 61 4 Suelos de Protección Agricola Vías buenas Zonas con aguas escasas 004 13 55 3 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Pecuari o Vías regulares Zonas con aguas escasas 005 13 55 3 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas con aguas

l y Forestal Pecuari o Vías regulares Zonas con aguas escasas 005 13 55 3 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 006 8 55 4 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasas 007 8 55 4 Suelos de Protección Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasasPágina | 5

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 008 13 49 4 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 009 13 49 4 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 010 8 44 12 Suelo suburbano Pecuari o Vías buenas Zonas con aguas escasas 011 8 44 12 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 012 8 44 12 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 013 13 38 12 Zona de Producción

Zonas con aguas escasas 012 8 44 12 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas con aguas escasas 013 13 38 12 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasas 014 13 38 12 Suelos de Protección Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasas 015 13 30 13 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Vias regulares Zonas sin aguas 016 13 30 13 Suelos de Proteccion Paisaje y Cultura Pecuari o Zonas sin vías Zonas sin aguas 017 13 30 13 Suelos de Protección Agricola Vias regulares Zonas sin aguas 018 8 30 5 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasasPágina | 6

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 019 8 30 5 Suelos de Protección Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasas 020 13 23 6 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta

Protección Agricola Zonas sin vías Zonas con aguas escasas 020 13 23 6 Zona de Producción Sostenible Agrícola, Agroforesta l y Forestal Agricola Vias regulares Zonas sin aguas 021 13 23 6 Suelos de Protección Agricola Zonas sin vías Zonas sin aguas

Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano

Zona Vr. metro cuadrado 1 $ 680.000,00 2 $ 600.000,00 3 $ 500.000,00 4 $ 420.000,00 5 $ 350.000,00 6 $ 280.000,00 7 $ 240.000,00 8 $ 190.000,00 9 $ 140.000,00 10 $ 115.000,00 11 $ 100.000,00 12 $ 405.000,00 13 $ 390.000,00 14 $ 3.700,00 15 $ 3.000,00

Tabla 4. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo Rural

Zona Vr. Hectárea 1 $ 35.600.000 2 $ 31.420.000 3 $ 28.150.000 4 $ 26.500.000 5 $ 23.800.000Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 6 $ 19.850.000 7 $ 16.120.000

4 $ 26.500.000 5 $ 23.800.000Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 6 $ 19.850.000 7 $ 16.120.000 8 $ 14.100.000 9 $ 12.500.000 10 $ 10.900.000 11 $ 7.600.000 12 $ 5.400.000 13 $ 2.600.000

ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Guática del departamento de Risaralda.

Tabla 5. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural.

VIDA

ÚTIL TIPOLOGIA

UNID AD DE MEDI DA Valores de reposición

Guática 20 1002311_Residencial.Tipo_0 m² $ 189.381 50 1014011_Residencial.Tipo_1 m² $ 337.738 70 1004122_Residencial.Tipo_2 m² $ 857.640 100 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos m² $ 865.724 100 1011133_Residencial.Tipo_3_mas m² $ 1.078.822 100 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos m² $ 1.713.591 100 1021134_Residencial.Tipo_4 m² $ 1.422.041 100 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos m² $ 1.839.379 100 1021125_Residencial.Tipo_5 m² $ 1.994.437 100 1031135_Residencial.Tipo_5_mas m² $ 2.396.463

100 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos m² $ 1.839.379 100 1021125_Residencial.Tipo_5 m² $ 1.994.437 100 1031135_Residencial.Tipo_5_mas m² $ 2.396.463 100 1031126_Residencial.Tipo_6 m² $ 3.167.295 100 1031146_Residencial.Tipo_6_mas m² $ 3.911.000 70 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados m² $ 693.628 70 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados m² $ 944.230 70 2014111_Comercial.Basico_2 m² $ 954.522 100 2021132_Comercial.Intermedio_1 m² $ 1.224.997 100 2021532_Comercial.Intermedio_2 m² $ 1.520.002 100 2026532_Comercial.Intermedio_3 m² $ 1.862.233 100 2023123_Comercial.Especializado_1 m² $ 1.708.196 100 2036543_Comercial.Especializado_2 m² $ 2.432.053Página | 8

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 100 2033133_Comercial.Especializado_3 m² $ 2.693.713 100 2036533_Comercial.Especializado_4 m² $ 3.015.661 100 3001121_Industrial.Liviana_2 m² $ 1.064.802 100 3011132_Industrial.Mediana_1 m² $ 1.456.450 100 3023132_Industrial.Pesada_1 m² $ 1.936.365 100 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 m² $ 2.729.870

100 3011132_Industrial.Mediana_1 m² $ 1.456.450 100 3023132_Industrial.Pesada_1 m² $ 1.936.365 100 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 m² $ 2.729.870 70 5014111_Institucional.Tipo_1 m² $ 1.466.716 70 5011122_Institucional.Tipo_2 m² $ 1.699.907 100 5021143_Institucional.Tipo_3 m² $ 2.539.695 100 5036144_Institucional.Tipo_4 m² $ 3.026.648 70 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado m² $ 1.294.872 100 5011111_Institucional.Tipo_6 m² $ 2.245.583 100 5021132_Institucional.Tipo_7 m² $ 2.268.047 100 5036553_Institucional.Tipo_8 m² $ 2.669.349 70 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 m² $ 2.611.957 100 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 m² $ 4.850.710 70 7011121_Institucional.Salud_1 m² $ 1.609.470 100 7021132_Institucional.Salud_2 m² $ 2.166.135 100 7031173_Institucional.Salud_3 m² $ 2.343.782 100 7036584_Institucional.Salud_Plus m² $ 2.917.882 N/A 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 m² $ 772.869 N/A 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 m² $ 1.175.950

N/A 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 m² $ 772.869 N/A 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 m² $ 1.175.950 N/A 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada m² $ 1.559.317 N/A 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada m² $ 1.657.591 N/A 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Refo rzamiento m² $ 2.090.022 N/A 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Refo rzamiento m² $ 2.448.281 100 9016551_ED. Multifamiliar_VIP_5_Pisos m² $ 1.136.002 100 9011122_ED. Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos m² $ 1.413.507 100 9016194_ED. Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos m² $ 1.408.465 100 9026505_ED. Multifamiliar_Medio m² $ 2.004.657 100 9026547_ED. Servicios_Tipo_1 m² $ 1.669.589 70 9016194_ED. Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos m² $ 704.579 100 9026505_ED. Multifamiliar_Medio m² $ 1.216.102 100 9026547_ED. Servicios_Tipo_1 m² $ 1.885.767 70 ANEXOS 0 $ 340.415 70 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 m² $ 669.704 30 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 m² $ 374.224Página | 9

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co

30 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 m² $ 374.224Página | 9

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 70 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 m² $ 929.481 15 Anexos.Estadios_Tipo_40 m² $ 231.379 30 Anexos.Estadios_Tipo_60 m² $ 458.706 70 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 m² $ 1.152.068 70 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 m² $ 1.555.734 15 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_40 m² $ 231.379 30 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_60 m² $ 307.549 50 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_80 m² $ 625.810 70 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_90 m² $ 940.294 50 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_20 m² $ 374.906 30 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_40 m² $ 458.706 70 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_60 m² $ 657.031 100 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_80 m² $ 1.215.060 30 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_20 m² $ 386.638 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_40 m² $ 716.481 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_60 m² $ 940.294 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_80 m² $ 1.056.297 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_20 m² $ 1.617.559

70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_80 m² $ 1.056.297 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_20 m² $ 1.617.559 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_40 m² $ 3.840.306 70 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_60 m² $ 1.360.713 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_80 m² $ 1.680.080 100 SILOS.TIPO 60 m³ $ 1.895.224 100 SILOS.TIPO 80 m³ $ 2.287.211 70 PISCINAS.TIPO_40 m² $ 650.884 100 PISCINAS.TIPO_50 ml $ 850.058 70 PISCINAS.TIPO_60 m² $ 1.399.941 100 PISCINAS.TIPO_80 m² $ 3.640.368 70 TANQUES.TIPO_40 m³ $ 436.934 100 TANQUES.TIPO_50 m³ $ 894.131 100 TANQUES.TIPO_60 m³ $ 1.218.048 30 TANQUES.TIPO_80 ml $ 264.418 50 BENEFICIADEROS.TIPO_40 m² $ 565.587 70 BENEFICIADEROS.TIPO_60 m² $ 807.021 15 BENEFICIADEROS.TIPO_80 m² $ 231.379 50 SECADEROS.TIPO_40 m² $ 444.481 70 SECADEROS.TIPO_60 m² $ 703.336 100 SECADEROS.TIPO_80 m² $ 1.211.375 50 KIOSCOS.TIPO_20 m² $ 407.273Página | 10

________________________________________________________________________

70 SECADEROS.TIPO_60 m² $ 703.336 100 SECADEROS.TIPO_80 m² $ 1.211.375 50 KIOSCOS.TIPO_20 m² $ 407.273Página | 10

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 70 KIOSCOS.TIPO_40 m² $ 654.924 100 KIOSCOS.TIPO_60 m² $ 833.907 30 KIOSCOS.TIPO_80 m² $ 94.724 70 ALBERCAS.TIPO_40 m² $ 211.364 30 ALBERCAS.TIPO_60 m² $ 458.706 100 ALBERCAS.TIPO_80 m² $ 718.260 50 CORRALES.TIPO_ 20 ml $ 859.228 70 CORRALES.TIPO_ 40 ml $ 1.905.980 100 CORRALES.TIPO_ 60 m² $ 3.921.203 70 CORRALES.TIPO_ 80 ml $ 2.772.363 50 POZOS.TIPO_40 ml $ 633.343 70 POZOS.TIPO_60 ml $ 1.063.686 100 POZOS.TIPO_80 ml $ 2.083.637 70 TORRES DE ENFRIAMIENTO m3 $ 244.567 70 MUELLES.TIPO_40 m² $ 177.973 30 MUELLES.TIPO_60 m² $ 1.056.807 30 MUELLES.TIPO_80 m² $ 2.479.352 50 CANCHASTENIS.TIPO 10 m² $ 3.027.017 70 CANCHASTENIS.TIPO 20 m² $ 4.255.287 15 TOBOGANES.TIPO_40 ml $ 231.379 30 TOBOGANES.TIPO_50 ml $ 277.063

70 CANCHASTENIS.TIPO 20 m² $ 4.255.287 15 TOBOGANES.TIPO_40 ml $ 231.379 30 TOBOGANES.TIPO_50 ml $ 277.063 50 TOBOGANES.TIPO_60 ml $ 581.018 70 TOBOGANES.TIPO_80 ml $ 822.286 70 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_20 m² $ 704.579 100 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_40 m² $ 1.216.102 100 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_60 m² $ 1.885.767 30 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_80 m² $ 374.224 70 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_40 m² $ 929.481 30 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_60 m² $ 2.483.317 70 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_80 m² $ 2.839.178 70 PLAZAS_DE_TOROS.TIPO_20 m² $ 141.339 30 PLAZAS_DE_TOROS.TIPO_80 m² $ 301.803 70 VIA_FERREA.TIPO_60 ml $ 179.209 100 VIA_FERREA.TIPO_80 ml $ 330.637 100 CARRETERAS.TIPO_40 m² $ 585.721 100 CARRETERAS.TIPO_60 m² $ 764.360 100 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_20 m² $ 1.290.166 100 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_40 m² $ 2.067.635 30 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_60 m² $ 227.082Página | 11

________________________________________________________________________

100 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_40 m² $ 2.067.635 30 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_60 m² $ 227.082Página | 11

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co

ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Guática, con base en el documento COMFIS suministrado por el ente territorial, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio.

ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

________________________

RAÚL YEPES CASTRILLÓN

Director Territorial Risaralda

Elaboró: Carlos Arturo Cardona Quintero – Profesional de Zonas COL_SMART

Revisó: Santiago Gómez Llano – Líder Técnico COL_SMART

Revisó: Juan Pablo Salazar López – Profesional Universitario

Revisó: Juan Camilo Ocampo Arroyave – Abogado COL_SMART

Consultar sobre este documento ...