IGAC - Resolución 094-2025 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAC - Resolución 094-2025 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 094 de 2025

(22 de diciembre de 2025)

“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de La Celia del departamento de Risaralda”

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE RISARALDA DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO

AGUSTÍN CODAZZI – IGAC

En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la

técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fo rtalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio

modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datosPágina | 2

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras pú blicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los ava lúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.

Que la Dirección Territorial Risaralda expidió la Resolución 023 del día 05 del mes de mayo de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de La Celia del departamento de Risaralda”.

de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de La Celia del departamento de Risaralda”.

Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas y aprobados los valores en l as mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 24 de noviembre de 2025, y acogidas las decisiones tomadas por el Concejo de Política Fiscal Municipal y comunicadas mediante oficio del día 21 del mes de noviembre de 2025 con respecto al porcentaje que debePágina | 3

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co aplicarse al avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana y rural del municipio de La Celia del departamento de Risaralda.

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del Municipio de La Celia.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos,

comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de La Celia del departamento de Risaralda, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Zona Homogénea Física, suelo urbano Zona No. Norma de uso del suelo Topografía Vías Servicios públicos Uso actual tipificado 001 Comercial Plano Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Comercial_Sectorial 002 Comercial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Comercial_Barrial 101 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_1_Bajo_Bajo 102 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_incompletos Residencial_1_Bajo_Bajo

101 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_1_Bajo_Bajo 102 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_incompletos Residencial_1_Bajo_Bajo 103 Residencial Empinado Peatonales Servicios_Basicos_incompletos Residencial_1_Bajo_Bajo 201 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_2_Bajo 202 Residencial Empinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_2_Bajo 203 Residencial Empinado Peatonales Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_2_BajoPágina | 4

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 301 Residencial Plano Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_3_Medio_Bajo 302 Residencial Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Residencial_3_Medio_Bajo 303 Residencial Empinado Pavimentada Servicios_Basicos_incompletos Residencial_3_Medio_Bajo 801 Institucional Plano Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Institucional_o_dotacional 802 Institucional Plano Peatonales Servicios_Basicos_Y_Complementarios Institucional_o_dotacional 803 Institucional Inclinado Pavimentada Servicios_Basicos_Y_Complementarios Institucional_o_dotacional 804 Institucional Empinado Sin_Pavimentar Servicios_Basicos_Y_Complementarios Institucional_o_dotacional 901 Lote Inclinado Sin_Vias Sin_servicios Lote_Urbanizable_No_Construido 902 Lote Empinado Sin_Vias Sin_servicios Lote_No_Urbanizable

Tabla 2. Zona Homogénea Física, suelo RURAL

Zona No.

AREAS HOMOGENEAS DE

902 Lote Empinado Sin_Vias Sin_servicios Lote_No_Urbanizable

Tabla 2. Zona Homogénea Física, suelo RURAL

Zona No. AREAS HOMOGENEAS DE TIERRA Norma de uso del suelo Uso actual del suelo Influencia vial Disponibilidad de aguas Unidad climática Valor potencial Pendiente 001 9 67 3 Silvopastoril Pecuario Vías regulares Zonas con aguas escasas 002 10 55 4 Agropecuario Pecuario Zonas sin vias Zonas con aguas escasas 003 10 55 4 Silvopastoril Agricola Vías regulares Zonas con aguas escasas 004 10 38 12 Agropecuario Pecuario Vías buenas Zonas con aguas escasas 005 10 38 12 Agropecuario Pecuario Vías regulares Zonas con aguas escasas 006 10 38 12 Agropecuario Pecuario Vías malas Zonas con aguas escasas 007 10 38 12 Silvopastoril Pecuario Vías regulares Zonas con aguas escasasPágina | 5

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 008 10 38 12 Bosque protector Pecuario Vías malas Zonas con aguas escasas 009 10 38 12 Bosque protector Agricola Zonas sin vias Zonas con aguas escasas

protector Pecuario Vías malas Zonas con aguas escasas 009 10 38 12 Bosque protector Agricola Zonas sin vias Zonas con aguas escasas 010 10 30 6 Agropecuario Agricola Vías regulares Zonas sin aguas 011 10 30 6 Agropecuario Agricola Vías regulares Zonas sin aguas 012 10 30 6 Agropecuario Agricola Vías malas Zonas sin aguas 013 10 30 6 Agropecuario Agricola Zonas sin vias Zonas sin aguas 014 17 23 5 Agropecuario Pecuario Vías buenas Zonas con aguas escasas 015 17 23 5 Agropecuario Agricola Vías regulares Zonas con aguas escasas 016 17 23 5 Agropecuario Pecuario Zonas sin vias Zonas con aguas escasas 017 17 23 5 Bosque protector Agricola Vías regulares Zonas con aguas escasas 018 10 23 13 Agropecuario Agricola Vías buenas Zonas sin aguas 019 10 23 13 Agropecuario Agricola Vías regulares Zonas sin aguas 020 10 23 13 Agropecuario Agricola Vías malas Zonas sin aguas 021 10 23 13 Agropecuario Agricola Zonas sin vias Zonas sin aguas 022 10 23 13 Agropecuario Pecuario Vías regulares Zonas sin aguasPágina | 6

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021 10 23 13 Agropecuario Agricola Zonas sin vias Zonas sin aguas 022 10 23 13 Agropecuario Pecuario Vías regulares Zonas sin aguasPágina | 6

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 023 10 23 13 Silvopastoril Pecuario Vías regulares Zonas sin aguas 024 10 23 13 Silvopastoril Pecuario Vías malas Zonas sin aguas 025 10 23 13 Bosque protector Pecuario Vías regulares Zonas sin aguas 026 10 23 13 Bosque protector Agricola Vías malas Zonas sin aguas

Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano. Zona Valor metro cuadrado 1 $ 880.000,00 2 $ 755.000,00 3 $ 610.000,00 4 $ 510.000,00 5 $ 375.000,00 6 $ 310.000,00 7 $ 290.000,00 8 $ 230.000,00 9 $ 200.000,00 10 $ 470.000,00 11 $ 420.000,00 12 $ 380.000,00 13 $ 340.000,00 14 $ 9.000,00 15 $ 4.000,00Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 4. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo Rural

15 $ 4.000,00Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 4. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo Rural Zona Vr. Hectárea 1 $ 40.500.000,00 2 $ 38.200.000,00 3 $ 35.100.000,00 4 $ 32.300.000,00 5 $ 28.000.000,00 6 $ 24.600.000,00 7 $ 22.000.000,00 8 $ 18.500.000,00 9 $ 16.300.000,00 10 $ 12.500.000,00 11 $ 9.300.000,00 12 $ 7.500.000,00 13 $ 5.200.000,00 14 $ 4.000.000,00 15 $ 3.200.000,00 16 $ 2.700.000,00

ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de La Celia del departamento de Risaralda.

Tabla 5. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural. VIDA

ÚTIL TIPOLOGIA

UNIDA D DE MEDID A Valores de reposición

La Celia 20 1002311_Residencial.Tipo_0 m² $ 179.686 50 1014011_Residencial.Tipo_1 m² $ 322.250

UNIDA D DE MEDID A Valores de reposición

La Celia 20 1002311_Residencial.Tipo_0 m² $ 179.686 50 1014011_Residencial.Tipo_1 m² $ 322.250 70 1004122_Residencial.Tipo_2 m² $ 818.337 100 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos m² $ 822.694 100 1011133_Residencial.Tipo_3_mas m² $ 1.026.725 100 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos m² $ 1.624.608 100 1021134_Residencial.Tipo_4 m² $ 1.351.925 100 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos m² $ 1.746.977 100 1021125_Residencial.Tipo_5 m² $ 1.888.405 100 1031135_Residencial.Tipo_5_mas m² $ 2.269.270Página | 8

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 100 1031126_Residencial.Tipo_6 m² $ 3.002.973 100 1031146_Residencial.Tipo_6_mas m² $ 3.707.614 70 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados m² $ 658.761 70 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados m² $ 898.804 70 2014111_Comercial.Basico_2 m² $ 908.601 100 2021132_Comercial.Intermedio_1 m² $ 1.161.115 100 2021532_Comercial.Intermedio_2 m² $ 1.441.279 100 2026532_Comercial.Intermedio_3 m² $ 1.765.427 100 2023123_Comercial.Especializado_1 m² $ 1.616.441

100 2021532_Comercial.Intermedio_2 m² $ 1.441.279 100 2026532_Comercial.Intermedio_3 m² $ 1.765.427 100 2023123_Comercial.Especializado_1 m² $ 1.616.441 100 2036543_Comercial.Especializado_2 m² $ 2.300.069 100 2033133_Comercial.Especializado_3 m² $ 2.549.005 100 2036533_Comercial.Especializado_4 m² $ 2.854.473 100 3001121_Industrial.Liviana_2 m² $ 1.013.728 100 3011132_Industrial.Mediana_1 m² $ 1.381.471 100 3023132_Industrial.Pesada_1 m² $ 1.835.823 100 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 m² $ 2.589.853 70 5014111_Institucional.Tipo_1 m² $ 1.394.917 70 5011122_Institucional.Tipo_2 m² $ 1.612.399 100 5021143_Institucional.Tipo_3 m² $ 2.403.214 100 5036144_Institucional.Tipo_4 m² $ 2.861.349 70 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado m² $ 1.227.475 100 5011111_Institucional.Tipo_6 m² $ 2.130.046 100 5021132_Institucional.Tipo_7 m² $ 2.151.774 100 5036553_Institucional.Tipo_8 m² $ 2.525.120 70 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 m² $ 2.490.631 100 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 m² $ 4.604.942 70 7011121_Institucional.Salud_1 m² $ 1.526.597

100 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 m² $ 4.604.942 70 7011121_Institucional.Salud_1 m² $ 1.526.597 100 7021132_Institucional.Salud_2 m² $ 2.052.538 100 7031173_Institucional.Salud_3 m² $ 2.225.356 100 7036584_Institucional.Salud_Plus m² $ 2.767.289 N/A 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 m² $ 741.156 N/A 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 m² $ 1.118.391 N/A 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada m² $ 1.481.151 N/A 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada m² $ 1.571.153 N/A 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Refo rzamiento m² $ 1.982.035 N/A 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Refo rzamiento m² $ 2.321.353 100 9016551_ED. Multifamiliar_VIP_5_Pisos m² $ 1.078.733Página | 9

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 100 9011122_ED. Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos m² $ 1.345.298 100 9016194_ED. Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos m² $ 1.337.517 100 9026505_ED. Multifamiliar_Medio m² $ 1.905.811 100 9026547_ED. Servicios_Tipo_1 m² $ 1.587.658

100 9016194_ED. Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos m² $ 1.337.517 100 9026505_ED. Multifamiliar_Medio m² $ 1.905.811 100 9026547_ED. Servicios_Tipo_1 m² $ 1.587.658 70 9016194_ED. Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos m² $ 676.654 100 9026505_ED. Multifamiliar_Medio m² $ 1.167.902 100 9026547_ED. Servicios_Tipo_1 m² $ 1.811.026 70 ANEXOS 0 $ 326.923 70 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 m² $ 643.161 30 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 m² $ 359.392 70 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 m² $ 892.641 15 Anexos.Estadios_Tipo_40 m² $ 222.209 30 Anexos.Estadios_Tipo_60 m² $ 440.525 70 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 m² $ 1.106.406 70 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 m² $ 1.494.074 15 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_40 m² $ 222.209 30 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_60 m² $ 295.359 50 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_80 m² $ 601.006 70 ENRAMADAS_COBERTIZOS_CANEYES.TIPO_90 m² $ 903.026 50 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_20 m² $ 360.047 30 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_40 m² $ 440.525 70 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_60 m² $ 630.990

50 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_20 m² $ 360.047 30 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_40 m² $ 440.525 70 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_60 m² $ 630.990 100 GALPONES_GALLINEROS.TIPO_80 m² $ 1.166.901 30 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_20 m² $ 371.314 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_40 m² $ 688.084 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_60 m² $ 903.026 70 ESTABLOS_PESEBRERAS.TIPO_80 m² $ 1.014.431 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_20 m² $ 1.553.448 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_40 m² $ 3.688.097 70 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_60 m² $ 1.306.782 100 COCHERAS_MARRANERAS_PORQUERIZAS.TIPO_80 m² $ 1.613.490 100 SILOS.TIPO 60 m³ $ 1.820.108 100 SILOS.TIPO 80 m³ $ 2.196.559 70 PISCINAS.TIPO_40 m² $ 625.087 100 PISCINAS.TIPO_50 ml $ 816.367 70 PISCINAS.TIPO_60 m² $ 1.344.455 100 PISCINAS.TIPO_80 m² $ 3.496.084 70 TANQUES.TIPO_40 m³ $ 419.616Página | 10

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100 PISCINAS.TIPO_80 m² $ 3.496.084 70 TANQUES.TIPO_40 m³ $ 419.616Página | 10

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 100 TANQUES.TIPO_50 m³ $ 858.693 100 TANQUES.TIPO_60 m³ $ 1.169.772 30 TANQUES.TIPO_80 ml $ 253.938 50 BENEFICIADEROS.TIPO_40 m² $ 543.170 70 BENEFICIADEROS.TIPO_60 m² $ 775.035 15 BENEFICIADEROS.TIPO_80 m² $ 222.209 50 SECADEROS.TIPO_40 m² $ 426.864 70 SECADEROS.TIPO_60 m² $ 675.460 100 SECADEROS.TIPO_80 m² $ 1.163.363 50 KIOSCOS.TIPO_20 m² $ 391.131 70 KIOSCOS.TIPO_40 m² $ 628.967 100 KIOSCOS.TIPO_60 m² $ 800.856 30 KIOSCOS.TIPO_80 m² $ 90.969 70 ALBERCAS.TIPO_40 m² $ 202.986 30 ALBERCAS.TIPO_60 m² $ 440.525 100 ALBERCAS.TIPO_80 m² $ 689.792 50 CORRALES.TIPO_ 20 ml $ 825.173 70 CORRALES.TIPO_ 40 ml $ 1.830.437 100 CORRALES.TIPO_ 60 m² $ 3.765.788 70 CORRALES.TIPO_ 80 ml $ 2.662.482 50 POZOS.TIPO_40 ml $ 608.241 70 POZOS.TIPO_60 ml $ 1.021.527

70 CORRALES.TIPO_ 80 ml $ 2.662.482 50 POZOS.TIPO_40 ml $ 608.241 70 POZOS.TIPO_60 ml $ 1.021.527 100 POZOS.TIPO_80 ml $ 2.001.053 70 TORRES DE ENFRIAMIENTO m3 $ 234.873 70 MUELLES.TIPO_40 m² $ 170.919 30 MUELLES.TIPO_60 m² $ 1.014.921 30 MUELLES.TIPO_80 m² $ 2.381.084 50 CANCHASTENIS.TIPO 10 m² $ 2.907.043 70 CANCHASTENIS.TIPO 20 m² $ 4.086.631 15 TOBOGANES.TIPO_40 ml $ 222.209 30 TOBOGANES.TIPO_50 ml $ 266.082 50 TOBOGANES.TIPO_60 ml $ 557.989 70 TOBOGANES.TIPO_80 ml $ 789.695 70 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_20 m² $ 676.654 100 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_40 m² $ 1.167.902 100 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_60 m² $ 1.811.026 30 MARQUESINAS_PATIOS_CUBIERTOS.TIPO_80 m² $ 359.392 70 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_40 m² $ 892.641Página | 11

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www.igac.gov.co 30 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_60 m² $ 2.384.892 70 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_80 m² $ 2.726.648

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 30 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_60 m² $ 2.384.892 70 ESTADIOS_COLISEOS.TIPO_80 m² $ 2.726.648 70 PLAZAS_DE_TOROS.TIPO_20 m² $ 135.737 30 PLAZAS_DE_TOROS.TIPO_80 m² $ 289.841 70 VIA_FERREA.TIPO_60 ml $ 172.106 100 VIA_FERREA.TIPO_80 ml $ 317.532 100 CARRETERAS.TIPO_40 m² $ 562.506 100 CARRETERAS.TIPO_60 m² $ 734.065 100 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_20 m² $ 1.239.031 100 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_40 m² $ 1.985.685 30 CIMIENTOS_ESTRUCTURA_MUROS_PLACABASE.TIPO_60 m² $ 218.082

ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de La Celia, con base en el documento COMFIS suministrado por el ente territorial, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio.

ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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RAÚL YEPES CASTRILLÓN

Director Territorial Risaralda

Elaboró: Carlos Arturo Cardona Quintero – Profesional de Zonas COL_SMART

Revisó: Santiago Gómez Llano – Líder Técnico COL_SMART

Revisó: Juan Pablo Salazar López – Profesional Universitario

Revisó: Leidy Marien Vigoya Loaiza – Abogado COL_SMART

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