IGAC - Resolución 1223 de 2025
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
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Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 1223 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Ñ Gobierno de2 Colombia Al RESOLUCIÓN N° 1223 DE 2025(21 de Agosto de 2025 ) “Por la cual se hace una delegación en la jefe de la Oficina de Relación cón elCiudadano “ EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO “AGUSTÍN CODAZZÍ” En uso de las facultades legales consagradas en los artículos 209 y 211 de laConstitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 y por los numerales 20 y21 del artículo 10 del Decreto 846 de 2021 y CONSIDERANDO: Que el articulo 209 de la Constitución Política dispone que “(...) La función administrativaestá al servicio de los intereses generales y-se desarrolla con furidamento'en los principiosde igualdad, moralidad, eficacia, economía, céleridad, imparcialidad y publicidad,mediante ladescentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Lasautoridades administrativas deben coordinar sus: actuaciones para .el adecuado.cumplimiento de los fines del Estado 4...).” Qué a su vez el artículo 211 ibidem, señala que: “(...) La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegaren los ministros, directores de departamentos administrativos, representanteslegales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldesy agencias del Estado que. fa misma ley determine. Igualmente, fijará lascondiciones para. que las autoridades administrativas. puedan delegar en sus.subalternos o en otras autoridades. La delegación exime. de responsabilidad aldefegante, la cual corresponderá exclusivamente al delégatario, cuyos actos oresoluciones podrá siempre reformar O revocar aquel, reasumiendo: laresponsabilidad consiguiente, (...)”
Que el artículo 9'de la Ley 489 de 1998, por la-cual se expiden normas sobre la organizacióny funcionamiento de las entidades del orden nacional establece-que: (...) las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la ConstituciónPolítica y de confotmidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación,transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores ova otras autoridades, confunciones afines o complementarias. Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página] 1 ; Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C;,, Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.coGobierno deColombia Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en.todo caso, losministros, directores de departamento administrativo, supérintendentes,representantes legales de organismos: y entidades que posean una estructuraindependiente y autonomia administrativa podrán delégar la.atentión y decisión:delos asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos. respectivos, en losempleados públicos de los niveles directivo” y asesor vinculados al organismocotrespondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la funciónadministrativa enunciados en el artículo 209 de: la Constitución Política y en lapresente Ley. (...)” Que el Artículo 118 de la Ley 2220 de 2022, por el cual ‘se expide el Estatuto deConciliación; establece como están integrados los comités dé conciliación indicando comouno delos miembros permanentes al jefe, director, presidente o representante legal delenté respectivo o su delegado.
Que mediante Resolución 324. de 2023 se.adopté el reglamento interrio del comité deconciliación del instituto Geográfico Agustin Codazzi — IGAC, estableciends-en su artículo5° los integrantes de la siguiente forma: (.::) “El Comité de Conciliación del instituto Geográfico Agustin Codazzi IGAC.estará conformado asi:1. Integrantes permanentes con voz y voto:a) El Direttor(a), representante legal de la entidád o su delegado/a, quien lopresidirá.b) Elia Secretaria(o) Generalc) Elia jefe/a de la Oficina Asesora Jurídicad) El/la directora (a) Técnico (a) deGestión Catastrale) Ella Subdirector (a) Administrativo (a) y Financiero (a). La. participación en el Comité-será indelegable, salvo la'excepción prevista en.laletra (a) de este artículo, únicamente. en servidores públicos del nivel directivo. yasesor del IGAC. (...)” Que por cuestiones de agenda y representación de la entidad el director general debeatender diferentes asuntos ‘én la ciudad o fuera de. ella, situación que impide. la.asistenciapermanente al comité dé conciliación, por lo que se hace necesario délegar suparticipación. Que sin perjuicio de las delegaciones previstas en las leyes orgánicas; y atendiendo lodispuesto en líneas anteriores, es procedente delegar la representación y participación delDirector General del Instituto, Geográfico Agustín Codazzi como integrante del Comité. deConciliación én el cargo del nivel directivo - jefe de la Oficina de Relación con el Ciudadanoel cual cumple con los prestipuestos necesarios para esta delegación.
Queen mérito de lo expuesto, Instituto Geográfico Agustín Codazzi Pagina | 2.'S Carrera 30 No..48 - 51, Bogotá D.C., Colombia E (+57) 601 653 1888 E www,igac.gov.coGobierno de2 Colombia cel RESUELVE: Artículo 1. DELEGAR en el cargo del nivel directivo al.jefe (a) de la Oficina de Relacióncon el Ciudadano la representación del Director General para conformar-y participar convoz y voto en las sesiones del Comité de Conciliación del Instituto, bajo la calidad depresidente de dicha instaricia Parágrafo: El funcionario. (a) delegado deberá rendir informes sobre .la participación: endicho comité, cuando.sean solicitados por el delegatario. Articulo 2. COMUNICAR la presente resolución a la jefe de la Oficina. de Relación con elCiudadano al.correo electrónico maria ferteira@igac.gov.co; y a la secretaria:técnica delcomité de concitiación por intermedia. de la jefe de la Oficina Asesora Juridica al correoelectrónico camila. qutierrez(Digac.qov.co para lo de su competencia. Artículo 3. PUBLICAR fa presente resolución en la página Web del instituto. Artículo 4. VIGENCIA la presente resolución rige a partir de la fecha:de su comunicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESEY CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C,, GUSTAVO ADOLFO MARULANDA MORALESiréctor General Elaboró: Kelly Johanna. Morales Sarmiento - Asesora Dirección GeneralRevisó: Camila Gutiérrez Barragan.—Jefe Oficiñia Asesora Juridica‘,Aprobé: Martha Lucia Parra García - Secretaria General. Qu?
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