IGAC - Resolución 13-000-0172-2025 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 13-000-0172-2025 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Página | 1 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Resolución Nro. 13-000-0172-2025 (22 de diciembre de 2025) “Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Morales del departamento de Bolívar” LA DIRECTORA TERRITORIAL BOLIVAR (E) DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI – IGAC En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y, CONSIDERANDO Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la
prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.
Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.
Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos
en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente. La presentePágina | 2 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.
Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.
Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.
En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los
provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.
Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.
Que mediante la Resolución Nro. 13-000-0028-2024, del dos (02) de mayo de 2024, se ordenó el inicio del proceso de Actualización Catastral con enfoque multipropósito de la zona Urbana y Rural del municipio de Morales del Departamento de Bolívar. Que mediante la Resolución Nro. 13-000-0133-2024, de fecha treinta (30) de diciembre de 2024, la suscrita Directora Territorial resolvió: “ARTÍCULO PRIMERO: AMPLIAR en los términos establecidos en el artículo 4.2.12.
de la Resolución 1040 de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, el cierre del proceso de actualización Catastral con enfoque multipropósito dePágina | 3 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co la zona Urbana y Rural del municipio de Morales, del Departamento de Bolívar ordenado mediante la Resolución N°13-000-0028-2024 del 2 de mayo de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO: El proceso de actualización Catastral con enfoque multipropósito de la zona Urbana y Rural del municipio Morales, del Departamento de Bolívar iniciado mediante Resolución N°13-000-0028-2024 del 2 de mayo de 2024, tendrá puesta en vigencia el 1° de enero del año inmediatamente siguiente a la culminación del proceso, al tenor de la Resolución 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024.
En consecuencia, se estima para el año 2026, la puesta en vigencia de la información catastral con efectos fiscales, de acuerdo con la normatividad jurídica y técnica aplicable, y con lo expuesto en la parte motiva de este acto Administrativo.” Que mediante la Resolución Nro. 13-000-0157-2025 “Por medio de la cual se da alcance al contenido de la Resolución Nro. 13-000-0133-2024 del 30 de diciembre de 2024, por medio de la cual se amplía el cierre del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana y rural del municipio de Morales Departamento de Bolívar
ordenado mediante la Resolución de inicio N° 13-000-0028-2024 del 2 de mayo del 2024.” Del diecinueve (19) de noviembre de 2025, se resolvió: “ARTICULO PRIMERO: AMPLIAR en los términos establecidos en el artículo 4.2.12. de la Resolución 1040 de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, el cierre del proceso de actualización Catastral con enfoque multipropósito de la zona Rural del municipio de Morales, Departamento de Bolívar ordenado mediante la Resolución N°13-000-0028-2024 del dos (02) de mayo de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO: El proceso de actualización Catastral con enfoque multipropósito de la zona Urbana, del Departamento de Bolívar iniciado mediante Resolución N°13-000-0028-2024 del 2 de mayo de 2024, tendrá puesta en vigencia el 1° de enero del 2026, al tenor de la Resolución 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024.
En consecuencia, se estima para el año 2026, la puesta en vigencia de la información catastral con efectos fiscales de la zona urbana, de acuerdo con la normatividad jurídica y técnica aplicable, y con lo expuesto en la parte motiva de este acto administrativo.” Que, por lo anterior, en esta resolución solo se aprobarán los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al área urbana del municipio de Morales del departamento
de Bolívar y en resolución posterior lo referente al área rural. Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas fueron aprobados los valores en las mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 23 de octubre de 2025 Que mediante correo electrónico de fecha treinta (30) de octubre de 2025, se remitió con destino a la alcaldía municipal de Morales (Bolívar), el Oficio IGAC Nro. 2602DTB-20250010162-EE, en virtud del cual se solicitaba al Ente Territorial lo siguiente:Página | 4 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co “que se informe al IGAC mediante un oficio el porcentaje definido por su administración, para permitir la correcta liquidación del avalúo catastral en el proceso de formación o actualización catastral con enfoque multipropósito.” Que, en virtud del oficio en cita, también se informaba al municipio que, en caso de no recibir este porcentaje dentro de los plazos establecidos, el gestor catastral aplicaría el porcentaje mínimo permitido según el Art. 24 de la Ley 1450 de 2011, a saber 60%. Que el parágrafo segundo del articulo 4.7.2. de la Resolución 1040 de 2023 establece lo siguiente: “ARTÍCULO 4.7.2. AVALÚO CATASTRAL EN LOS PROCESOS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL. Los valores comerciales y, consecuentemente, los avalúos catastrales de los predios en los procesos de formación y actualización catastral se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración,
como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado. (…) PARÁGRAFO 2o. En los casos en que las autoridades municipales no establezcan un porcentaje del avalúo catastral respecto del valor comercial de los predios, antes del cierre del proceso de formación o actualización catastral los gestores aplicarán el 60%, que corresponde al mínimo establecido por la Ley 1450 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o derogue.” Que a la fecha de producción de la presente resolución no se ha obtenido respuesta por parte del Ente Municipal del Oficio Nro. 2602DTB-2025-0010162-EE. Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria de la zona urbana del municipio de Morales, departamento de Bolívar.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos,
se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: Página | 5 ________________________________________________________________________
Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Morales del departamento de Bolívar, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano
ZONAS HOMOGENEAS GEOECONOMICAS VALOR POR M2
001 $650.000 002 $520.000 003 $450.000 004 $380.000 005 $200.000 006 $175.000 007 $120.000 008 $45.000 009 $28.000 010 $8.000 ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios
ubicados en la zona urbana del municipio de Morales del departamento de Bolívar. Tabla 2. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano.
No. TIPOLOGIA Vida
Util
UNIDAD
DE MEDIDA Valores de reposición Morales 1 1002311_Residencial.Tipo_0 20 m² $ 181.096 2 1014011_Residencial.Tipo_1 50 m² $ 319.362 3 1004122_Residencial.Tipo_2 70 m² $ 779.727 4 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos 100 m² $ 870.018 5 1011133_Residencial.Tipo_3_mas 100 m² $ 1.072.417 6 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos 100 m² $ 1.505.618 7 1021134_Residencial.Tipo_4 100 m² $ 1.760.747 8 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos 100 m² $ 2.038.982Página | 6 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 9 1021125_Residencial.Tipo_5 100 m² $ 2.264.556 10 1031135_Residencial.Tipo_5_mas 100 m² $ 2.831.156 11 1031126_Residencial.Tipo_6 100 m² $ 3.196.710 12 1031146_Residencial.Tipo_6_mas 100 m² $ 3.506.488 13 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados 70 m² $ 656.708 14 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados 70 m² $ 876.586
15 2014111_Comercial.Basico_2 70 m² $ 1.238.576 16 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 100 m² $ 2.264.556 17 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 100 m² $ 2.831.156 18 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada 100 m² $ 3.031.519 19 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada 100 m² $ 3.196.710 20 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento 100 m² $ 3.256.081 21 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento 100 m² $ 3.506.488 22 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos 100 m² $ 1.774.704 23 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos 70 m² $ 2.477.626 24 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos 100 m² $ 3.007.921 25 9026505_ED.Multifamiliar_Medio 100 m² $ 2.924.781 26 2021132_Comercial.Intermedio_1 100 m² $ 1.372.097 27 2021532_Comercial.Intermedio_2 100 m² $ 1.505.618 28 2026532_Comercial.Intermedio_3 100 m² $ 1.640.391
29 2023123_Comercial.Especializado_1 100 m² $ 1.730.658 30 2036543_Comercial.Especializado_2 100 m² $ 1.994.936 31 2033133_Comercial.Especializado_3 100 m² $ 2.477.626 32 2036533_Comercial.Especializado_4 100 m² $ 3.055.118 33 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 100 m² $ 3.506.488 34 3002311_Industrial.Liviana_1 70 m² $ 850.311 35 3001121_Industrial.Liviana_2 100 m² $ 885.351 36 3011132_Industrial.Mediana_1 100 m² $ 1.105.055 37 3023132_Industrial.Pesada_1 100 m² $ 1.054.353 38 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 100 m² $ 2.119.334 39 5014111_Institucional.Educativo_Tipo_1 70 m² $ 1.372.097Página | 7 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 40 5011122_Institucional.Educativo_Tipo_2 70 m² $ 1.550.125 41 5021143_Institucional.Educativo_Tipo_3 100 m² $ 3.532.708 42 5036144_Institucional.Ed ucativo_Tipo_4 100 m² $ 5.505.185 43 5015510_Institucional.Educativo_Tipo_5_Prefabricado 70 m² $ 3.506.488
44 5011111_Institucional.Tipo_6 100 m² $ 4.768.823 45 5021132_Institucional.Tipo_7 100 m² $ 3.506.488 46 5036553_Institucional.Tipo_8 100 m² $ 3.506.488 47 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 70 m² $ 3.256.081 48 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 100 m² $ 3.256.081 49 7011121_Institucional.Salud_1 70 m² $ 3.506.488 50 7021132_Institucional.Salud_2 100 m² $ 3.506.488 51 7031173_Institucional.Salud_3 100 m² $ 3.506.488 52 7036584_Institucional.Salud_Plus 100 m² $ 5.329.861 53 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 15 m² $ 181.096 54 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 30 m² $ 361.465 55 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 70 m² $ 410.672 56 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 386.069 57 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 50 m² $ 459.880 58 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 70 m² $ 810.899 59 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 277.258
60 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 70 m² $ 435.276 61 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 100 m² $ 779.727 62 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 30 m² $ 169.141 63 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 70 m² $ 435.276 64 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 70 m² $ 730.519 65 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 100 m³ $ 235.155 66 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 100 m³ $ 297.006 67 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 100 m² $ 681.312 68 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 100 m² $ 804.330 69 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 100 m² $ 817.468 70 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 70 m² $ 730.519Página | 8 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 71 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 70 m³ $ 509.087 72 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 70 m³ $ 121.322 73 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 70 m³ $ 145.232
74 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 100 m³ $ 169.141 75 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 100 m³ $ 235.155 76 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 100 ml $ 876.586 77 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 70 m² $ 1.105.055 78 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 779.727 79 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 1.007.140 80 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 157.186 81 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 50 m² $ 484.483 82 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 558.294 83 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 370.459 84 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 70 m² $ 480.749 85 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 870.018 86 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 126.351 87 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 70 m² $ 174.278 88 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 70 m² $ 228.014 89 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 30 ml $ 121.322 90 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 70 ml $ 424.751
91 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 100 ml $ 795.827 92 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 70 m³ $ 2.840.255 93 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 70 m³ $ 5.575.315 94 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 70 m² $ 216.189 95 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 70 m² $ 280.552 96 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 70 m² $ 82.383 97 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 70 m² $ 157.186 98 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 70 m² $ 241.872 99 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 70 m² $ 205.430 100 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 30 ml $ 810.899 101 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 30 ml $ 908.207Página | 9 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 102 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 50 ml $ 1.135.258 103 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 70 ml $ 3.215.167 104 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 247.105 105 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 50 m² $ 602.267
106 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 998.001 107 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 70 m² $ 1.461.111 108 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 2.831.156 109 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 3.470.715 110 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 30 ml $ 1.640.391 111 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 70 ml $ 1.730.658 112 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 30 m² $ 504.470 113 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 30 ml $ 2.056.128 114 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 70 ml $ 1.192.384 115 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 70 ml $ 1.834.438 116 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 30 ml $ 854.298 117 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 50 ml $ 1.125.061 118 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 70 ml $ 1.712.231 119 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 70 ml $ 2.056.128
120 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80 70 ml $ 2.801.680 121 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 100 ml $ 3.401.960 122 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 70 m² $ 133.277 123 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 100 m² $ 217.165 124 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 100 m² $ 415.295 125 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo_80 100 m² $ 612.216 126 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 374.298 127 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_Plus_Tipo_40 70 m² $ 632.105 128 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 99.958 129 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 70 m² $ 225.870 130 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 100 m² $ 909.225 131 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 30 m² $ 150.603 132 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 70 m² $ 174.278Página | 10 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 133 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 409.159 134 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 50 m² $ 804.744
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 133 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 409.159 134 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 50 m² $ 804.744 135 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 70 m² $ 1.340.521
ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Morales, con base en el artículo 4.7.2. De la Resolución 1040 de 2023, en razón a que el ente municipal no se pronunció en los términos establecidos sobre la adopción de porcentaje catastral. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Cartagena de Indias, a los veintidós (22) días del mes de diciembre de 2025. _________________________________
DAYSI INES MIER CANTERO
Directora Territorial Bolívar (E)