IGAC - Resolución 13-000-0173-2025 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Título
IGAC - Resolución 13-000-0173-2025 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Resolución Nro. 13-000-0173-2025 (22 de diciembre de 2025) “Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de San Estanislao del departamento de Bolivar” LA DIRECTORA TERRITORIAL BOLIVAR (E) DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI – IGAC En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y, CONSIDERANDO Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la

prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos

en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente. La presentePágina | 2 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los

provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.

Que la Dirección Territorial Bolívar expidió la Resolución Nro. 13-000-0073-2024 del veintisiete (27) de septiembre de 2024, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de San Estanislao del departamento de Bolívar”.

Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas fueron aprobados los valores en las mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 29 de octubre de 2025Página | 3 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi

www.igac.gov.co Que mediante correo electrónico de fecha treinta (30) de octubre de 2025, se remitió con destino a la alcaldía municipal de San Estanislao (Bolívar), el Oficio IGAC Nro. 2602DTB20250010099-EE, en virtud del cual se solicitaba al Ente Territorial lo siguiente: “que se informe al IGAC mediante un oficio el porcentaje definido por su administración, para permitir la correcta liquidación del avalúo catastral en el proceso de formación o actualización catastral con enfoque multipropósito.” Que, en virtud del oficio en cita, también se informaba al municipio que, en caso de no recibir este porcentaje dentro de los plazos establecidos, el gestor catastral aplicaría el porcentaje mínimo permitido según el Art. 24 de la Ley 1450 de 2011, a saber 60%. Que el parágrafo segundo del articulo 4.7.2. de la Resolución 1040 de 2023 establece lo siguiente: “ARTÍCULO 4.7.2. AVALÚO CATASTRAL EN LOS PROCESOS DE FORMACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL. Los valores comerciales y, consecuentemente, los avalúos catastrales de los predios en los procesos de formación y actualización catastral se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado. (…) PARÁGRAFO 2o. En los casos en que las autoridades municipales no establezcan un porcentaje del avalúo catastral respecto del valor comercial de los predios, antes

del cierre del proceso de formación o actualización catastral los gestores aplicarán el 60%, que corresponde al mínimo establecido por la Ley 1450 de 2011 o la norma que la modifique, adicione o derogue.” Que a la fecha de producción de la presente resolución no se ha obtenido respuesta por parte del Ente Municipal del Oficio Nro. 2602DTB-2025-0010099-EE. Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del municipio de San Estanislao, del departamento de Bolívar.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.Página | 4 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque

www.igac.gov.co En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de San Estanislao del departamento de Bolívar, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano

ZONAS HOMOGENEAS GEOECONOMICAS VALOR POR M2

001 $700.000 002 $316.000 003 $250.000 004 $230.000 005 $212.000 006 $194.000 007 $87.000 008 $56.000 009 $14.000 Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural.

ZONAS HOMOGENEAS GEOECONOMICAS VALOR HECTAREA

001 $500.000.000 002 $310.000.000 003 $38.000.000 004 $36.000.000 005 $24.000.000 006 $18.000.000 007 $9.000.000 008 $1.500.000 ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la

determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de San Estanislao del departamento de Bolívar.Página | 5 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co

Tabla 3. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural.

TIPOLOGIA Valor RESIDENCIAL.TIPO_0 $ 159.000

RESIDENCIAL.TIPO_1 $ 303.000

RESIDENCIAL.TIPO_2 $ 518.000

RESIDENCIAL.TIPO_3 (-) $ 887.000

RESIDENCIAL.TIPO_3 (+) $ 1.064.000

RESIDENCIAL.TIPO_4 (-) $ 1.363.000

RESIDENCIAL.TIPO_4 $ 1.444.000

RESIDENCIAL.TIPO_5 (-) $ 1.532.000

RESIDENCIAL.TIPO_5 $ 2.270.000

RESIDENCIAL.TIPO_5 (+) $ 2.621.500

RESIDENCIAL.TIPO_6 $ 3.401.500

RESIDENCIAL.TIPO_6 (+) $ 4.309.200

COMERCIAL.BASICO_2 $ 1.072.000

COMERCIAL.INTERMEDIO_1 $ 1.462.700

COMERCIAL.INTERMEDIO_2 $ 1.675.000

COMERCIAL.INTERMEDIO_3 $ 2.040.100

COMERCIAL.ESPECIALIZADO_1 $ 1.874.800

COMERCIAL.ESPECIALIZADO_2 $ 2.537.000

COMERCIAL.ESPECIALIZADO_3 $ 2.904.000

COMERCIAL.ESPECIALIZADO_4 $ 3.286.400

INDUSTRIAL.LIVIANA_1 $ 562.000

INDUSTRIAL.LIVIANA_2 $ 1.226.000

INDUSTRIAL.MEDIANA_1 $ 1.699.600Página | 6 ________________________________________________________________________

Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co INDUSTRIAL.PESADA_1 $ 2.364.400

INDUSTRIAL.PESADA_2 $ 2.938.700

INSTITUCIONAL.TIPO_1 $ 1.255.282

INSTITUCIONAL.TIPO_2 $ 1.805.200

INSTITUCIONAL.TIPO_3 $ 3.072.000

INSTITUCIONAL.TIPO_4 $ 3.133.300

INSTITUCIONAL.TIPO_5_PREFABRICADO $ 1.326.900

INSTITUCIONAL.TIPO_6 $ 2.401.800

INSTITUCIONAL.TIPO_7 $ 2.714.000

INSTITUCIONAL.TIPO_8 $ 2.978.500

INSTITUCIONAL.SALUD_1 $ 2.213.000

INSTITUCIONAL.SALUD_2 $ 2.722.000

INSTITUCIONAL.SALUD_3 $ 2.987.200

INSTITUCIONAL.SALUD_PLUS $ 3.714.600

CONSERVACION.RESIDENCIAL_SENCILLA_TIPO_1 $ 1.399.800

CONSERVACION.RESIDENCIAL_SENCILLA_TIPO_2 $ 1.700.500

CONSERVACION.RESIDENCIAL_TIPO_3_RESTAURADA $ 2.075.400

CONSERVACION.RESIDENCIAL_TIPO_4_RESTAURADA $ 2.289.900

CONSERVACION.RESIDENCIAL_TIPO_5_RESTAURADA_CON_ REFORZAMIENTO $ 2.716.900

CONSERVACION.RESIDENCIAL_TIPO_6_RESTAURADA_CON_ REFORZAMIENTO $ 3.483.600

ED.MULTIFAMILIAR_VIP_5_PISOS $ 1.299.600

ED.MULTIFAMILIAR_VIS_SERIE_2_PISOS $ 1.459.400

ED.MULTIFAMILIAR_VIS_HASTA_12_PISOS $ 1.605.000

ED.MULTIFAMILIAR_MEDIO $ 2.181.600

ED.SERVICIOS_TIPO_1 $ 2.012.400

Sencilla_Tipo_40 $ 157.300Página | 7 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Media_Tipo_60 $ 363.000 Anexos.Ramadas_Cobertizos_Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 912.600 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 $ 261.400 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 $ 490.300 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 $ 758.800 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 $ 309.600 Anexos.Establos_pesebreras_Medio_Tipo_60 $ 541.500

Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 936.800 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 $ 321.300 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 575.600 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 854.600 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 $ 1.357.800 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 3.930.500 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 1.404.800 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 $ 1.582.200 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 $ 1.905.000 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 $ 1.265.800 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 $ 588.800 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 $ 515.300 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 $ 724.000 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 $ 986.600 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 $ 1.160.200 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2.963.200 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 $ 334.600 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 $ 680.600 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 $ 999.100 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 210.600Página | 8 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 448.600

Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 210.600Página | 8 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 448.600 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 572.700 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 409.900 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 605.900 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 1.004.800 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 $ 227.000 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 $ 398.700 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 $ 638.400 Anexo.Estructura_Piedra_Natural_Tipo_Capilla $ 2.942.700 Anexo.Estructura_Piedra_Natural_Comercio $ 2.360.700 Anexo.Estructura_Piedra_Natural_Vivienda $ 1.968.400 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 $ 66.000 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 $ 170.400 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 $ 647.800 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 $ 767.000 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 $ 1.438.400 Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 $ 3.339.300 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 $ 1.986.800

Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 $ 5.625.700 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 $ 429.800 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40 $ 929.100 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60 $ 1.604.200 Anexos.Estadios_Tipo_40 $ 326.500 Anexos.Estadios_Tipo_60 $ 657.200 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 157.300 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 204.200 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 $ 86.600Página | 9 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 174.600 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 $ 285.300 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 228.600 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 838.600 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 1.897.200 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 2.647.800 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 3.477.000 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 $ 238.800 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 $ 503.300 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 $ 675.500

Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 605.300 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 1.033.700 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 1.680.800 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 2.008.700 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 $ 2.260.500 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 $ 25.500 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 $ 254.400 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 $ 100.700 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 $ 368.800 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 $ 149.800 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 $ 458.200 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 $ 112.600 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_7 0 $ 138.600 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_8 0 $ 143.000 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_9 0 $ 269.000Página | 10 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_2

0 $ 136.900 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_ Tipo_40 $ 278.600 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 $ 468.300 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tip o_80 $ 615.800 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_ Sencillo_Tipo_20 $ 416.900 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_ Plus_Tipo_40 $ 638.800 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple _Tipo_40 $ 939.000 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos _aguas_Tipo_60 $ 1.316.000 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 $ 217.600 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 $ 345.700 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 $ 920.700 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 $ 2.393.300 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 $ 3.444.500 Anexos.Contenedor_frigorífico_Tipo_80 $ 7.185.600 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 1.022.000 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 $ 1.800.200 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 2.924.300

Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 $ 3.830.600 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 212.700 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 406.100 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 $ 342.000 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 $ 534.800Página | 11 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 $ 817.300 Anexos.Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 $ 147.000 Anexos.Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 $ 280.800 Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 $ 694.100 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 320.500 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 790.900 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 $ 618.000 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 $ 969.800 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 $ 1.222.200 Anexos.Cerramiento_Cerca_Madera_4_Hilos $ 46.200 Anexos.Cerramientos_Cerca_Madera_3_Hilos $ 34.400 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_4_Hilos $ 77.900 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_5_6_Hilos $ 97.100

Anexos.Cerramiento_Cerca_Electrica_4_6_Hilos $ 127.200 Anexos.Cerramientos_Malla_Terreno $ 353.200 Anexos.Cerramientos_Malla_Antepecho $ 401.000 Anexos.Cerramientos_Mamposteria $ 512.600 Anexos.Cerramientos_Cerca_Viva $ 77.000 Anexos.Cerramientos_Piedra_Natural $ 519.300 Anexos.Cerramientos_Estructura_Metalica $ 1.093.800 Anexos.Saladero_Metalico $ 528.400 Anexos.Saladero_Madera $ 398.000 Anexos.Saladero_Concreto $ 628.200 Anexos.Sótano_Sencillo $ 1.468.300 Anexos.Sótano_Doble_Altura $ 1.863.900 Anexos.Cocinas_1 $ 566.600 Anexos.Cocinas_2 $ 865.000Página | 12 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Baños_1 $ 930.700 Anexos.Baños_2 $ 1.241.200 Anexos.Depósitos_1 $ 767.900 Anexos.Jaguey_Estanques_1 $ 147.700 Anexos.Urbanismo_Basico $ 70.800 Anexos.Urbanismo_Intermedio $ 199.800 Anexos.Urbanismo_Plus $ 258.700

ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de

60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de San Estanislao, con base en el articulo 4.7.2. De la Resolución 1040 de 2023, en razón a que el ente municipal no se pronunció en los términos establecidos sobre la adopción de porcentaje catastral. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Cartagena de Indias, a los veintidós (22) días del mes de diciembre de 2025. _________________________________

DAYSI INES MIER CANTERO

Directora Territorial Bolívar (E)

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