IGAC - Resolución 20-001-00021-2025 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 20-001-00021-2025 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
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________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 20-001-00021 de 2025 26 de diciembre de 2025
“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Manaure del departamento del Cesar, zona urbana, rural y Centro poblado”
EL DIRECTOR TERRITORIAL CESAR DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN
CODAZZI – IGAC
En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la
técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.
Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.
Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio
modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La prese ntePágina | 2
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.
Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.
Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán
artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.
En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disp aridades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.
Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito ” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.
Que la Dirección Territorial Cesar expidió la Resolución No 20 -001-000-0013 del 1 de octubre de 2024, “ Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en las zonas rural y urbana del municipio de Manaure del Departamento de César”.
octubre de 2024, “ Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en las zonas rural y urbana del municipio de Manaure del Departamento de César”.
Que, a través de correo electrónico, se remitió a la Alcaldía Municipal de Manaure (Cesar) el Oficio IGAC No. 2608DTCE -2025-0004562-EE, el cual se solicitó al Ente Territorial la definición del porcentaje aplicable , al avalúo comercial para la determinación del avalúo catastral en las zonas urbana y rur al del municipio de M anaure, departamento del Cesar . mediante Acta No. 004 del on ce (11) de diciembre de 2025, fueron aprobados los valoresPágina | 3
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co de las zonas homogéneas geoeconómica y estas fueron comunicadas en la interlocución IV del 22 de diciembre de 2025 . No obstante, al no haberse emitido pronunciamiento alguno por parte del Ente Territorial, se adoptó el porcen taje del sesenta por ciento (60 %) para la determinación del avalúo catastral, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 4.7.2 de la Resolución 1040 de 2023.
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del Municipio de Manaure del Departamento
avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del Municipio de Manaure del Departamento del Cesar.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos d e carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Manaure del departamento de Cesar, zona urbana, rural y Centro poblado, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:
disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano, para el suelo urbano cabecera municipal las siguiente (1,2,3,4,5,6,7,8,9, 10 y 11), para el centro poblado Sabana de León corresponde (7,9 y 11) ZONA HOMOGENEA GEOECONOMICA VALOR COMERCIAL $/M2 001 $ 275.000 002 $ 240.000 003 $ 200.000 004 $ 155.000Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 005 $ 90.000 006 $ 66.000 007 $ 51.000 008 $ 31.000 009 $ 15.000 010 $ 11.000 011 $ 900
Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural.
ZONA HOMOGENEA GEOECONOMICA VALOR COMERCIAL $/HA 001 $ 11.000.000 002 $ 8.300.000 003 $ 6.400.000 004 $ 6.000.000 005 $ 5.500.000 006 $ 4.730.000 007 $ 3.000.000
ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Manaure, departamento del Cesar.
ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Manaure, departamento del Cesar.
Tabla 3. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural. TIPOLOGIA VALORES MANAURE 100% Residencial.Tipo_0_1002311 $ 209.000,00 Residencial.Tipo_1_1014011 $ 370.000,00 Residencial.Tipo_2_1004122 $ 725.000,00 Residencial.Tipo_3_menos_1004113 $ 984.000,00 Residencial.Tipo_3_mas_1011133 $ 1.145.000,00 Residencial.Tipo_4_menos_1024114 $ 1.538.000,00 Residencial.Tipo_4_1021134 $ 1.779.000,00 Residencial.Tipo_5_menos_1011115 $ 1.914.000,00 Residencial.Tipo_5_1021125 $ 2.043.000,00 Residencial.Tipo_5_mas_1031135 $ 2.539.000,00 Residencial.Tipo_6_1031126 $ 3.083.000,00Página | 5
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Residencial.Tipo_6_mas_1031146 $ 4.222.000,00 Residencial.Prefabricado_1_1005510 $ 702.999,00 Residencial.Prefabricado_2_1005530 $ 864.578,00 Comercial.Basico_2_2014111 $ 1.015.000,00
Residencial.Prefabricado_1_1005510 $ 702.999,00 Residencial.Prefabricado_2_1005530 $ 864.578,00 Comercial.Basico_2_2014111 $ 1.015.000,00 Comercial.Intermedio_1_2021132 $ 1.347.000,00 Comercial.Intermedio_2_2021532 $ 1.685.000,00 Comercial.Intermedio_3_2026532 $ 2.030.000,00 Comercial.Especializado_1_2023123 $ 1.813.000,00 Comercial.Especializado_2_2036543 $ 2.081.000,00 Comercial.Especializado_3_2033133 $ 2.534.523,00 Comercial.Especializado_4_2036533 $ 2.804.371,00 Industrial.Liviana_1_3002311 $ 406.000,00 Industrial.Liviana_2_3001121 $ 1.144.000,00 Industrial.Mediana_1_3011132 $ 1.662.000,00 Industrial.Pesada_1_3023132 $ 2.002.937,00 Industrial.Pesada_2_3033443 $ 2.675.084,00 Institucional.Institucional_Tipo_1_5014111 $ 1.493.000,00 Institucional.Institucional_Tipo_2_5011122 $ 1.823.000,00 Institucional.Institucional_Tipo_3_5021143 $ 2.579.000,00 Institucional.Institucional_Tipo_4_5036144 $ 3.215.000,00
Institucional.Institucional_Tipo_3_5021143 $ 2.579.000,00 Institucional.Institucional_Tipo_4_5036144 $ 3.215.000,00 Institucional.Institucional_Tipo_5_Prefabricado_5015510 $ 1.221.134,00 Institucional.Institucional_Tipo_6_5011111 $ 2.151.326,00 Institucional.Institucional_Tipo_7_5021132 $ 2.349.383,00 Institucional.Institucional_Tipo_8_5036553 $ 2.708.959,00 Institucional.Religioso_Tipo_1_6021131 $ 3.023.000,00 Institucional.Religioso_Tipo_2_6031132 $ 5.470.000,00 Institucional.Salud_1_7011121 $ 1.695.000,00 Institucional.Salud_2_7021132 $ 1.730.000,00 Institucional.Salud_3_7031173 $ 2.801.000,00 Institucional.Salud_Plus_7036584 $ 3.406.424,00 Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1_4014011 $ 1.239.000,00 Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2_4024022 $ 1.537.000,00 Conservacion.Residencial_Tipo_3_Restaurada_4024023 $ 1.738.000,00 Conservacion.Construccion_Tipo_4_Restaurada_4034024 $ 2.086.000,00 Conservacion.Construccion_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento_4031035 $ 2.598.000,00
Conservacion.Construccion_Tipo_4_Restaurada_4034024 $ 2.086.000,00 Conservacion.Construccion_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento_4031035 $ 2.598.000,00 Conservacion.Construccion_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento_4031036 $ 2.816.305,00 ED.ED_Multifamiliar_VIP_5_Pisos_9016551 $ 1.121.556,00 ED.ED_Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos_9011122 $ 1.376.041,00 ED.ED_Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos_9016194 $ 1.480.526,00 ED.ED_Multifamiliar_Medio_9026505 $ 1.866.256,00 ED.ED_Servicios_Tipo_1_9026547 $ 1.809.069,00
TIPOLOGIAS NO CONVENCIONALES Anexos.Ramadas_Cobert izos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_4 0 $ 193.074,00 Anexos.Ramadas_Cobert izos_ Caneyes_Media_Tipo_60 $ 381.221,00Página | 6
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Ramadas_Cobert izos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 974.477,00 Anexos.Galpones_galline ros_Sencillo_Tipo_40 $ 258.685,00 Anexos.Galpones_galline ros_Medio_Tipo_60 $ 530.068,00 Anexos.Galpones_galline ros_Tecnificado_Tipo_80 $ 795.479,00
Anexos.Galpones_galline ros_Medio_Tipo_60 $ 530.068,00 Anexos.Galpones_galline ros_Tecnificado_Tipo_80 $ 795.479,00 Anexos.Establos_pesebre ras_Sencillo_Tipo_20 $ 312.884,00 Anexos.Establos_pesebre ras_Medio Tipo_60 $ 558.549,00 Anexos.Establos_pesebre ras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1.034.923,00 Anexos.Cocheras_Marra neras_Porquerizas_Tipo_ 20 $ 326.528,00 Anexos.Cocheras_Marra neras_Porquerizas_Medi a_Tipo_40 $ 607.588,00 Anexos.Cocheras_Marra neras_Porquerizas_Tecni ficada_Tipo_80 $ 894.559,00 Anexos.Silos_En_concret o_Tipo_40 $ 1.363.918,00 Anexos.Silos_En_Acero_ Galvanizado_Tipo_80 $ 3.209.050,00 Anexos.Piscinas_Pequeñ a_Tipo_40 $ 1.436.326,00 Anexos.Piscinas_Median a_Tipo_50 $ 1.605.635,00 Anexos.Piscinas_Grande _Tipo_60 $ 1.924.245,00 Anexos.Piscinas_Prefabri cada_Tipo_80 $ 1.138.618,00 Anexos.Tanques_Soport e_Elevado_Sencillo_Tipo _10 $ 681.542,00 Anexos.Tanques_Sencillo _Sin_Revestir_Tipo_20 $ 556.984,00 Anexos.Tanques_Sencillo _Revestido_Tipo_30 $ 723.286,00
Anexos.Tanques_Sencillo _Sin_Revestir_Tipo_20 $ 556.984,00 Anexos.Tanques_Sencillo _Revestido_Tipo_30 $ 723.286,00 Anexos.Tanques_Medio_ Tipo_40 $ 1.001.845,00 Anexos.Tanques_Plus_Ti po_50 $ 1.173.049,00 Anexos.Tanques_Elevado s_Plus_60 $ 3.098.435,00 Anexos.Beneficiaderos_S encilla_Tipo_40 $ 370.386,00 Anexos.Beneficiaderos_ Medio_Tipo_60 $ 764.674,00 Anexos.Beneficiaderos_P lus_Tipo_80 $ 1.040.452,00 Anexos.Secaderos_Sencil lo_Tipo_40 $ 220.643,00 Anexos.Secaderos_Medi o_Tipo_60 $ 472.157,00 Anexos.Secaderos_Plus_ Tipo_80 $ 694.223,00 Anexos.Kioscos_Sencillo_ Tipo_40 $ 370.905,00 Anexos.Kioscos_Medio_ Tipo_60 $ 597.470,00 Anexos.Kioscos_Plus_Tip o_80 $ 1.028.656,00 Anexos.Albercas_Baniad eras_Sencillo_Tipo_40 $ 349.631,00 Anexos.Albercas_Baniad eras_Medio_Tipo_60 $ 571.060,00 Anexos.Albercas_Baniad eras_Plus_Tipo_80 $ 707.252,00 Anexos.Corrales_Sencillo _Tipo_20 $ 79.042,00 Anexos.Corrales_Medio_ Tipo_40 $ 176.427,00
Anexos.Albercas_Baniad eras_Plus_Tipo_80 $ 707.252,00 Anexos.Corrales_Sencillo _Tipo_20 $ 79.042,00 Anexos.Corrales_Medio_ Tipo_40 $ 176.427,00 Anexos.Corrales_Tecnific ado_Tipo_80 $ 604.999,00 Anexos.Pozos_Sencillo_T ipo_40 $ 716.981,00 Anexos.Pozos_Medio_Ti po_60 $ 1.590.440,00 Anexos.Pozos_Profundo _Tipo_80 $ 3.272.462,00 Anexos.Torres_Enfriamie nto_Concretos_Metálica s_Tipo_40 $ 2.330.431,00 Anexos.Torres_Enfriamie nto_Prefabricadas_Tipo_ 60 $ 6.992.233,00 Anexos.Muelles_Madera _Tipo_20 $ 528.492,00 Anexos.Muelles_Concret o_Tipo_40 $ 896.525,00 Anexos.Muelles_Plus_Tip o_60 $ 1.745.054,00Página | 7
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Estadios_Tipo_4 0 $ 279.722,00 Anexos.Estadios_Tipo_6 0 $ 556.313,00 Anexos.Canchas_Tenis_1 _Tipo_10 $ 145.846,00 Anexos.Canchas_Tenis_2 _Tipo_20 $ 204.105,00 Anexos.Canchas_Futbol_ Tipo_20 $ 96.497,00
Anexos.Canchas_Tenis_1 _Tipo_10 $ 145.846,00 Anexos.Canchas_Tenis_2 _Tipo_20 $ 204.105,00 Anexos.Canchas_Futbol_ Tipo_20 $ 96.497,00 Anexos.Canchas_Futbol_ Sintetica_Tipo_40 $ 165.662,00 Anexos.Canchas_Multifu ncional_1_Tipo_60 $ 290.067,00 Anexos.Canchas_Multifu ncional_Asfalto_Tipo_80 $ 238.340,00 Anexos.Toboganes_Basic o_Tipo_40 $ 881.850,00 Anexos.Toboganes_Senci llo_Tipo_50 $ 2.068.889,00 Anexos.Toboganes_Medi o_Tipo_60 $ 2.525.887,00 Anexos.Toboganes_Plus_ Tipo_80 $ 3.550.814,00 Anexos.Marquesinas_Pat ios_Cubiertos_Sencilla_Ti po_40 $ 236.118,00 Anexos.Marquesinas_Pat ios_Cubiertos_Media_Ti po_60 $ 487.290,00 Anexos.Marquesinas_Pat ios_Cubiertos_Plus_Tipo _80 $ 688.206,00 Anexos.Coliseos_Sencillo _Tipo_40 $ 594.010,00 Anexos.Coliseos_Medio_ Tipo_60 $ 1.024.827,00 Anexos.Coliseos_Plus_Ti po_80 $ 1.587.832,00 Anexos.Via_Ferrea_Troc ha_Angosta_Tipo_60 $ 2.085.139,00 Anexos.Via_Ferrea_Troc ha_Normal_Tipo_80 $ 2.383.941,00
Anexos.Via_Ferrea_Troc ha_Angosta_Tipo_60 $ 2.085.139,00 Anexos.Via_Ferrea_Troc ha_Normal_Tipo_80 $ 2.383.941,00 Anexos.Carreteras_Via_A firmado_Tipo_5 $ 25.819,00 Anexos.Carreteras_Via_P avimento_Flexible_Tipo_ 10 $ 251.839,00 Anexos.Carreteras_Via_T erciaria_Tradicional_Tipo _20 $ 117.940,00 Anexos.Carreteras_Via_P avimento_Rigido_Tipo_3 0 $ 367.117,00 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Ti po_40 $ 169.827,00 Anexos.Carreteras_Via_P laca_Huella_Plus_Tipo_5 0 $ 460.166,00 Anexos.Carreteras_Zona _Dura_Adoquín_Tráfico_ Liviano_Tipo_60 $ 104.352,00 Anexos.Carreteras_Zona _Dura_Adoquín_Tráfico_ Pesado_Tipo_70 $ 110.126,00 Anexos.Carreteras_Zona _Dura_Concreto_Tráfico _Liviano_Tipo_80 $ 134.495,00 Anexos.Carreteras_Zona _Dura_Concreto_Tráfico _Pesado_Tipo_90 $ 227.225,00 Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Simples_Tipo_20 $ 153.405,00 Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Simples_Placa_Tipo_40 $ 285.232,00 Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Muro_Tipo_60 $ 501.663,00
Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Simples_Placa_Tipo_40 $ 285.232,00 Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Muro_Tipo_60 $ 501.663,00 Anexos.Cimientos_Estruc tura_Muros_Placabase_ Placa_Muro_Tipo_80 $ 656.093,00 Anexos.Construccion_M embrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo _Tipo_20 $ 442.738,00 Anexos.Construccion_M embrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Plus_Ti po_40 $ 704.446,00 Anexos.Estructuras_Aero portuarias_Tipo_Hangar _Hangar_Simple_Tipo_4 0 $ 1.101.335,00 Anexos.Estructuras_Aero portuarias_Tipo_Hangar _Hangar_a_dos_aguas_T ipo_60 $ 1.748.635,00 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 $ 203.125,00 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 $ 314.834,00 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 $ 883.766,00 Anexos.Contenedor_Inte rvenido_Tipo_40 $ 2.866.232,00 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 $ 3.458.233,00 Anexos.Contenedor_frig orífico_Tipo_80 $ 7.403.026,00 Anexos.Estacion_de_Bo mbeo_Tipo_20 $ 953.865,00Página | 8
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co
Anexos.Estacion_de_Bo mbeo_Tipo_20 $ 953.865,00Página | 8
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tip o_20 $ 1.908.923,00 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 3.000.894,00 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_ 60 $ 3.984.946,00 Anexos.Lagunas_de_Oxi dación_Sin_Revestir_Tip o_40 $ 189.488,00 Anexos.Lagunas_de_Oxi dación_Revestidas_Tipo_ 60 $ 368.853,00 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 $ 476.118,00 Anexos.Pérgolas_Media_ Tipo_60 $ 689.304,00 Anexos.Pérgolas_Plus_Ti po_80 $ 1.298.179,00 Anexos.Pista_Aeropuert o_Sencilla_Tipo_40 $ 158.086,00 Anexos.Pista_Aeropuert o_Media_Tipo_60 $ 249.809,00 Anexos.Pista_Aeropuert o_Plus_Tipo_80 $ 696.629,00 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 312.271,00 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 783.369,00 Anexos.Estructura_Espec iales_Sencilla_Tipo_20 $ 609.253,00 Anexos.Estructura_Espec iales_Media_Tipo_40 $ 937.770,00
Anexos.Estructura_Espec iales_Sencilla_Tipo_20 $ 609.253,00 Anexos.Estructura_Espec iales_Media_Tipo_40 $ 937.770,00 Anexos.Estructura_Espec iales_Plus_Tipo_60 $ 1.271.373,00
ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje del sesenta por ciento (60%) sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito con base en el artículo 2.2.2.6.2 d el Decreto 148 de 2020. con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada u no de los predios del municipio, dado que no se obtuvo respuesta por parte del Ente Territorial del porcentaje a aplicar.
ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente R esolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.