IGAC - Resolución 23-000-0118 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 23-000-0118 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 23-000-0118 -2025
(22 de diciembre de 2025)
“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes a la zona urbana (cabecera y centros poblados) del municipio de Valencia del departamento de Córdoba”
EL DIRECTOR TERRITORIAL DE CÓRDOBA DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO
AGUSTÍN CODAZZI – IGAC
En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que:
“La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actu alización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de
comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actu alización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.
Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialme nte por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.
Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.
Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben:Página | 2
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co
modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben:Página | 2
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“Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus lab ores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente. La presente resolució n establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.
Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combina ción de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.
Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “(…) se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado , capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual
capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:
“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presen te artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.
En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.
En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.
Que igualmente, el Anexo 1. Glosario de términos para la g estión catastral multipropósito, de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el:
“Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.Página | 3
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Que la Dirección Territorial Córdoba expidió la Resolución No. 23-000-0027-2024 de fecha
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Que la Dirección Territorial Córdoba expidió la Resolución No. 23-000-0027-2024 de fecha 12 de julio de 2024:
“Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de Valencia del departamento de Córdoba”.
Que efectuada la mesa técnica de avalúos para el municipio de Valencia, mediante acta del día 16 de septiembre de 2025, se aprobaron los valores comerciales por unidad de área de terreno obtenidos por criterios técnicos de zonas homogéneas y se aprobaron valores de construcción por unidad de área determinado s por puntaje; así mismo se han recibido los insumos de las áreas técnicas del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito sin que haya recibido respuesta formal del municipio al ofi cio 2609DTCOR2025-0012271-EE de la D irección Territorial de Córdoba, que resulte diferente a adoptar como valor catastral el porcentaje m ínimo (60%) del valor comercial, establecido por el parágrafo del Artículo 24 de la Ley 1450 de 2011.
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del municipio de Valencia.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece:
económica acorde con la actualidad inmobiliaria del municipio de Valencia.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece:
“En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano (cabecera y centros poblados) del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Valencia del departamento de Córdoba, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 1. Valores para Zona Homogénea Geoeconómica, Cabecera Urbana (01)
tablas:Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 1. Valores para Zona Homogénea Geoeconómica, Cabecera Urbana (01)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 300.000 002 $ 250.000 003 $ 200.000 004 $ 160.000 005 $ 120.000 006 $ 90.000 007 $ 60.000 008 $ 35.000 009 $ 9.000 010 $ 6.000
Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano, centros poblados.
Tabla 2.1 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Villa Nueva (02)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000Página | 5
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 2.2 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Rio Nuevo (03)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000 Tabla 2.3 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, El Reposo (04)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000 Tabla 2.4 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Jaraguay Central (05)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000 Tabla 2.4 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Jaraguay Central (05)
Tabla 2.5 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, San Rafael del Pirú (06)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000
Tabla 2.6 Zonas Homogéneas Físicas, Santo Domingo (07)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 4.000
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 3.500Página | 6
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Tabla 2.7 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Mata de Maíz (08)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000
Tabla 2.8 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Mieles (09)
Tabla 2.9 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Las Nubes (10)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 4.000
Tabla 2.10 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Manzanares (11)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 4.000
Tabla 2.10 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Manzanares (11)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 5.000
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 4.000Página | 7
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 2.11 Valores Zonas Homogéneas Geoeconómicas, Guadual Central (12)
VALORES ZONAS HOMOGÉNEAS
GEOECONÓMICAS Zona Económica VALOR / $ 001 $ 3.500
ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales según la tipología constructiva de los predios ubicados en la zona urbana del municipio de Valencia del departamento de Córdoba
Tabla 3. Valor de construcciones por tipología, suelo urbano (cabecera y centros poblados) DENOMINACIÓN DE TIPOLOGÍA CICA Modelo de levantamiento interno VIDA ÚTIL (años)
UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA RESIDENCIALES 1002311_Residencial.Tipo_0 20 m² $ 198.247 1014011_Residencial.Tipo_1 50 m² $ 355.390
UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA RESIDENCIALES 1002311_Residencial.Tipo_0 20 m² $ 198.247 1014011_Residencial.Tipo_1 50 m² $ 355.390 1004122_Residencial.Tipo_2 70 m² $ 688.554 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos 100 m² $ 958.448 1011133_Residencial.Tipo_3_mas 100 m² $ 1.123.741 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos 100 m² $ 1.593.366 1021134_Residencial.Tipo_4 100 m² $ 1.477.068 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos 100 m² $ 1.859.457 1021125_Residencial.Tipo_5 100 m² $ 2.038.436 1031135_Residencial.Tipo_5_mas 100 m² $ 2.495.340 1031126_Residencial.Tipo_6 100 m² $ 3.282.586 1031146_Residencial.Tipo_6_mas 100 m² $ 4.016.323Página | 8
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados 70 m² $ 750.304 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados 70 m² $ 922.756 COMERCIALES 2014111_Comercial.Basico_2 70 m² $ 1.063.836
1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados 70 m² $ 922.756 COMERCIALES 2014111_Comercial.Basico_2 70 m² $ 1.063.836 2021132_Comercial.Intermedio_1 100 m² $ 1.323.082 2021532_Comercial.Intermedio_2 100 m² $ 1.589.465 2026532_Comercial.Intermedio_3 100 m² $ 1.942.289 2023123_Comercial.Especializado_1 100 m² $ 1.748.601 2036543_Comercial.Especializado_2 100 m² $ 2.475.166 2033133_Comercial.Especializado_3 100 m² $ 2.705.072 2036533_Comercial.Especializado_4 100 m² $ 2.993.079 INDUSTRIALES 3002311_Industrial.Liviana_1 70 m² $ 433.894 3001121_Industrial.Liviana_2 100 m² $ 1.172.473 3011132_Industrial.Mediana_1 100 m² $ 1.649.718 3023132_Industrial.Pesada_1 100 m² $ 2.137.715 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 100 m² $ 2.855.092 INSTITUCIONALES 5014111_Institucional.Tipo_1 70 m² $ 1.513.407 5011122_Institucional.Tipo_2 70 m² $ 1.776.319 5021143_Institucional.Tipo_3 100 m² $ 2.549.762Página | 9
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UNIDAD
DE
MEDIDA
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA 5036144_Institucional.Tipo_4 100 m² $ 3.098.113 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado 70 m² $ 1.303.305 5011111_Institucional.Tipo_6 100 m² $ 2.296.090 5021132_Institucional.Tipo_7 100 m² $ 2.507.474 5036553_Institucional.Tipo_8 100 m² $ 2.891.246 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 70 m² $ 2.956.638 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 100 m² $ 5.272.121 7011121_Institucional.Salud_1 70 m² $ 1.645.916 7021132_Institucional.Salud_2 100 m² $ 2.316.806 7031173_Institucional.Salud_3 100 m² $ 2.905.285 7036584_Institucional.Salud_Plus 100 m² $ 3.635.644 CONSERVACIÓN - (Bien de interés cultural) 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 N/A m² $ 1.338.521 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 N/A m² $ 1.495.583 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada N/A m² $ 1.901.890 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurad a
4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada N/A m² $ 1.901.890 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurad a N/A m² $ 2.028.476 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurad a_Con_Reforzamiento N/A m² $ 2.541.945 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurad a_Con_Reforzamiento N/A m² $ 3.005.816 EDIFICIOS 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos 100 m² $ 1.197.026 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos 100 m² $ 1.468.635Página | 10
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos 100 m² $ 1.580.151 9026505_ED.Multifamiliar_Medio 100 m² $ 1.991.838 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 100 m² $ 1.930.802 ANEXOS Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 15 m² $ 180.552 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 30 m² $ 356.497 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 70 m² $ 911.277
15 m² $ 180.552 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 30 m² $ 356.497 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 70 m² $ 911.277 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 241.908 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 50 m² $ 495.690 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 70 m² $ 743.888 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 292.592 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 70 m² $ 522.325 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 100 m² $ 967.803 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 30 m² $ 305.351 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tip o_40 70 m² $ 568.183 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificad a_Tipo_80 70 m² $ 836.543 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 100 m³ $ 1.275.461 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 100 m³ $ 3.000.927 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 100 m² $ 1.343.174 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 100 m² $ 1.501.502 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 100 m² $ 1.799.448Página | 11
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Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 100 m² $ 1.501.502 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 100 m² $ 1.799.448Página | 11
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 70 m² $ 1.064.773 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 70 ml $ 637.340 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 70 m³ $ 520.861 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 100 m³ $ 676.378 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 100 m³ $ 936.871 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 70 m³ $ 1.096.971 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 100 ml $ 2.897.486 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 70 m² $ 346.365 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 715.081 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 972.973 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 206.334 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 50 m² $ 441.535 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 649.200
Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 206.334 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 50 m² $ 441.535 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 649.200 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 346.850 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 70 m² $ 558.721 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 961.942 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 326.955 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 70 m² $ 534.024 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 100 m² $ 661.383 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 30 ml $ 73.916 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 70 ml $ 164.984Página | 12
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 100 ml $ 565.762 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 50 ml $ 670.481 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 70 ml $ 1.487.292 Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 100 ml $ 3.060.227 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo _40 70 m3 $ 2.179.291
Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 100 ml $ 3.060.227 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo _40 70 m3 $ 2.179.291 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 70 m3 $ 6.508.633 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 50 m² $ 494.216 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40 70 m² $ 838.382 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60 100 m² $ 1.631.879 Anexos.Estadios_Tipo_40 70 m² $ 261.581 Anexos.Estadios_Tipo_60 70 m² $ 520.233 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 70 m² $ 136.387 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 70 m² $ 190.867 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 70 m² $ 90.239 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 70 m² $ 154.919 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 70 m² $ 271.255 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 70 m² $ 222.883 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 30 ml $ 824.658 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 30 ml $ 1.934.712 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 50 ml $ 2.362.071 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 70 ml $ 3.320.526Página | 13
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Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 70 ml $ 3.320.526Página | 13
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UNIDAD
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_4 0 30 m² $ 220.805 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 50 m² $ 455.688 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 643.573 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 70 m² $ 560.152 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 966.412 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 1.497.326 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 30 ml $ 1.966.287 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 70 ml $ 2.248.056 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 70 m² $ 110.291 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 30 m² $ 235.505 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 30 m² $ 24.144 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 70 m² $ 343.308 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 158.813
Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 70 m² $ 343.308 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 158.813 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 50 m² $ 430.322 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Livian o_Tipo_60 70 m² $ 97.585 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesa do_Tipo_70 70 m² $ 102.984 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Livia no_Tipo_80 70 m² $ 125.772 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesa do_Tipo_90 100 m² $ 212.489 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simpl es_Tipo_20 70 m² $ 143.456 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simpl es_Placa_Tipo_40 100 m² $ 266.734 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_ Tipo_60 100 m² $ 469.127Página | 14
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DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa _Muro_Tipo_80 100 m² $ 613.542 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica
DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa _Muro_Tipo_80 100 m² $ 613.542 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 414.024 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo _Cobertizo_Plus_Tipo_40 70 m² $ 658.759 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hang ar_Simple_Tipo_40 100 m² $ 1.029.908 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hang ar_a_dos_aguas_Tipo_60 100 m² $ 1.635.227 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 189.951 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 70 m² $ 294.415 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 30 m² $ 826.450 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 70 m² $ 2.680.343 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 70 m² $ 3.233.950 Anexos.Contenedor_frigorífico_Tipo_80 70 m² $ 6.922.905 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 100 m² $ 892.002 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 70 m² $ 1.785.120 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 100 m² $ 2.829.843 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 100 m² $ 3.757.804
Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 100 m² $ 2.829.843 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 100 m² $ 3.757.804 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 30 m² $ 177.199 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 70 m² $ 344.931 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 445.239 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 50 m² $ 644.599 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 70 m² $ 1.213.985 Anexos.Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 147.153Página | 15
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DE MEDIDA Ajustada 2025 a VALENCIA Anexos.Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 70 m² $ 233.608 Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 70 m² $ 656.922 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 30 m² $ 292.019 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 70 m² $ 738.717 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 30 m² $ 569.739 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 50 m² $ 876.952
Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 30 m² $ 569.739 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 50 m² $ 876.952 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 50 m² $ 1.188.918
Esta tabla por tipología constructiva aplicará para la zona urbana (cabecera y centros poblados), dado que su levantamiento físico fue realizado por tipologías, en consecuencia, su liquidación en SNC requiere que toda unidad de construcción garantice (1) e stado de conservación y (2) año de construcción – edad. ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Valencia, con base en las disposiciones legales y normativas vigentes. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ALEXANDER ÁLVAREZ ÁLVAREZ
Director Territorial (E) Córdoba
Proyectó: Juan Carlos Manrique Pardo - Contratista Ejecutor Zonas Homogéneas.
Juan David Jiménez Barreto - Profesional Universitario
Revisó: Hardy Andrés Pestana Mangones - Profesional Universitario.