IGAC - Resolución 25-000-0106-2025 de 2025

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Título
IGAC - Resolución 25-000-0106-2025 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 25-000-0106-2025 de 2025

(29 de diciembre de 2025)

“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Cabrera zona rural (00) y el centro poblado Simón Bolívar (02) del departamento de Cundinamarca”

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE CABRERA DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN

CODAZZI – IGAC

En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catast ral con enfoque multipropósito, para contribuir a la

público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catast ral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos p or los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los

incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidosPágina | 2

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Ademá s, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o

capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Ademá s, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras p úblicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 6 0% del valor comercial o superar el valor de este último”.

Que la Dirección Territorial Cundinamarca expidió la Resolución 25-000-0034-2025 del día 20 del mes de abril de 202 5, “ Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de

valor de este último”.

Que la Dirección Territorial Cundinamarca expidió la Resolución 25-000-0034-2025 del día 20 del mes de abril de 202 5, “ Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona rural (00) y el centro poblado Simón Bolívar (02) correspondiente al Municipio de Cabrera del Departamento de Cundinamarca”.Página | 3

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas y aprobados los valores en las mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 22 de diciembre de 2025, y acogidas las decisiones tomadas por el alcalde municipal mediante oficio MC-DAM-100-304 del día 16 del mes de diciembre de 2025 con respecto al porcentaje que debe aplicarse al avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona rural (00) y el centro poblado Simón Bolívar (02) del municipio de Cabrera del departamento de Cundinamarca.

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria de Cabrera.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administra tivos de

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administra tivos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico zona rural (00) y el centro poblado Simón Bolívar (02) del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Cabrera del departamento de Cundinamarca, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas: Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómi ca, suelo urbano centro poblado simón Bolívar (02)

Zona Económica VALOR M2/$ 001 $ 200,000Página | 4

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Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómi ca, suelo urbano centro poblado simón Bolívar (02)

Zona Económica VALOR M2/$ 001 $ 200,000Página | 4

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Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, rural (00)

Zona Económica VALOR Ha/ $ 001 $ 73,000,000 002 $ 67,000,000 003 $ 59,500,000 004 $ 24,000,000 005 $ 20,800,000 006 $ 7,100,000 007 $ 4,600,000 008 $ 3,600,000

PARÁGRAFO. - REGLA DE LIQUIDACIÓN: Los predios que tengan alguna afectación normativa y que no se hayan tenido en cuenta en los diseños y espacialización geográfica de los estudios, que cuenten con la certificación de la autoridad competente, se les asignará la zona homogénea física y zona homogénea geoeconómica, correspondiente

ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los prediosPágina | 5

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co ubicados en la zona zona rural (00) y el centro poblado Simón Bolívar (02) del municipio de Cabrera del departamento de Cundinamarca.

Tabla 3. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural.

TIPOLOGÍA VIDA

ÚTIL

Cabrera del departamento de Cundinamarca.

Tabla 3. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural.

TIPOLOGÍA VIDA

ÚTIL (años)

UNIDAD

DE

MEDIDA

VALOR ($)

BASE DENOMINACIÓN RESIDENCIALES 1002311_Residencial.Tipo_0 20 m² $ 185,070 1014011_Residencial.Tipo_1 50 m² $ 330,836 1004122_Residencial.Tipo_2 70 m² $ 641,411 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos 100 m² $ 868,980 1011133_Residencial.Tipo_3_mas 100 m² $ 1,025,490 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos 100 m² $ 1,456,087 1021134_Residencial.Tipo_4 100 m² $ 1,361,255 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos 100 m² $ 1,701,179 1021125_Residencial.Tipo_5 100 m² $ 1,872,393 1031135_Residencial.Tipo_5_mas 100 m² $ 2,288,325 1031126_Residencial.Tipo_6 100 m² $ 3,042,791 1031146_Residencial.Tipo_6_mas 100 m² $ 3,727,827 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados 70 m² $ 693,589 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados 70 m² $ 858,258 COMERCIALES 2014111_Comercial.Basico_2 70 m² $ 915,664 2021132_Comercial.Intermedio_1 100 m² $ 1,223,045 2021532_Comercial.Intermedio_2 100 m² $ 1,468,473

COMERCIALES 2014111_Comercial.Basico_2 70 m² $ 915,664 2021132_Comercial.Intermedio_1 100 m² $ 1,223,045 2021532_Comercial.Intermedio_2 100 m² $ 1,468,473 2026532_Comercial.Intermedio_3 100 m² $ 1,789,914 2023123_Comercial.Especializado_1 100 m² $ 1,615,841 2036543_Comercial.Especializado_2 100 m² $ 2,283,884 2033133_Comercial.Especializado_3 100 m² $ 2,498,834 2036533_Comercial.Especializado_4 100 m² $ 2,760,654

INDUSTRIALESPágina | 6

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ÚTIL (años)

UNIDAD

DE

MEDIDA

VALOR ($) BASE DENOMINACIÓN 3002311_Industrial.Liviana_1 70 m² $ 403,722 3001121_Industrial.Liviana_2 100 m² $ 1,049,453 3011132_Industrial.Mediana_1 100 m² $ 1,527,569 3023132_Industrial.Pesada_1 100 m² $ 1,980,947 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 100 m² $ 2,630,733 INSTITUCIONALES 5014111_Institucional.Tipo_1 70 m² $ 1,387,007 5011122_Institucional.Tipo_2 70 m² $ 1,624,173 5021143_Institucional.Tipo_3 100 m² $ 2,351,280 5036144_Institucional.Tipo_4 100 m² $ 2,861,415

5011122_Institucional.Tipo_2 70 m² $ 1,624,173 5021143_Institucional.Tipo_3 100 m² $ 2,351,280 5036144_Institucional.Tipo_4 100 m² $ 2,861,415 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado 70 m² $ 1,212,180 5011111_Institucional.Tipo_6 100 m² $ 2,125,077 5021132_Institucional.Tipo_7 100 m² $ 2,320,950 5036553_Institucional.Tipo_8 100 m² $ 2,669,588 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 70 m² $ 2,690,963 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 100 m² $ 4,894,117 7011121_Institucional.Salud_1 70 m² $ 1,512,794 7021132_Institucional.Salud_2 100 m² $ 2,129,101 7031173_Institucional.Salud_3 100 m² $ 2,681,554 7036584_Institucional.Salud_Plus 100 m² $ 3,359,453 CONSERVACIÓN - (Bien de interés cultural) 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 N/A m² $ 1,240,426 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 N/A m² $ 1,391,409 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada N/A m² $ 1,767,109 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada N/A m² $ 1,884,765 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento N/A m² $ 2,349,898

4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada N/A m² $ 1,884,765 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento N/A m² $ 2,349,898 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento N/A m² $ 2,775,308 EDIFICIOS 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos 100 m² $ 1,096,395 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos 100 m² $ 1,327,156Página | 7

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ÚTIL (años)

UNIDAD

DE

MEDIDA

VALOR ($) BASE DENOMINACIÓN 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos 100 m² $ 1,438,723 9026505_ED.Multifamiliar_Medio 100 m² $ 1,820,562 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 100 m² $ 1,785,669 ANEXOS Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 15 m² $ 168,551 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 30 m² $ 333,870 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 70 m² $ 839,043 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 220,798 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 50 m² $ 452,210 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 70 m² $ 680,546

Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 50 m² $ 452,210 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 70 m² $ 680,546 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 272,361 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 70 m² $ 475,850 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 100 m² $ 876,291 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 30 m² $ 276,457 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 70 m² $ 516,303 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 70 m² $ 764,955 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 100 m³ $ 1,176,031 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 100 m³ $ 2,796,691 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 100 m² $ 1,188,601 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 100 m² $ 1,363,537 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 100 m² $ 1,657,372 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 70 m² $ 991,184 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 70 ml $ 576,601 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 70 m³ $ 461,097 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 100 m³ $ 604,461

Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 70 m³ $ 461,097 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 100 m³ $ 604,461 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 100 m³ $ 854,424 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 70 m³ $ 1,019,242 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 100 ml $ 2,646,823 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 70 m² $ 308,471 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 631,237Página | 8

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MEDIDA

VALOR ($) BASE DENOMINACIÓN Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 859,899 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 30 m² $ 192,620 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 50 m² $ 412,008 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 565,016 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 323,635 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 70 m² $ 504,492 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 870,390 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 289,607 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 70 m² $ 449,148

Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 50 m² $ 289,607 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 70 m² $ 449,148 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 100 m² $ 605,575 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 30 ml $ 69,003 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 70 ml $ 153,039 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 100 ml $ 523,142 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 50 ml $ 625,918 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 70 ml $ 1,388,440 Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 100 ml $ 2,856,454 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 70 m3 $ 2,019,531 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 70 m3 $ 6,055,336 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 50 m² $ 461,368 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40 70 m² $ 774,723 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60 100 m² $ 1,517,761 Anexos.Estadios_Tipo_40 70 m² $ 258,435 Anexos.Estadios_Tipo_60 70 m² $ 494,776 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 70 m² $ 127,951 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 70 m² $ 177,945 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 70 m² $ 83,553

Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 70 m² $ 127,951 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 70 m² $ 177,945 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 70 m² $ 83,553 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 70 m² $ 143,934 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 70 m² $ 251,783 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 70 m² $ 206,626 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 30 ml $ 769,847Página | 9

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MEDIDA

VALOR ($) BASE DENOMINACIÓN Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 30 ml $ 1,806,122 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 50 ml $ 2,205,077 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 70 ml $ 3,099,828 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 194,052 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 50 m² $ 419,363 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 70 m² $ 595,766 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 70 m² $ 519,725 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 898,729 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 1,393,551

Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 70 m² $ 519,725 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 100 m² $ 898,729 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 100 m² $ 1,393,551 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 30 ml $ 1,835,597 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 70 ml $ 2,098,640 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 70 m² $ 102,961 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 30 m² $ 219,853 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 30 m² $ 22,540 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 70 m² $ 353,148 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 140,495 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 50 m² $ 395,052 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 70 m² $ 90,564 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 70 m² $ 134,383 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80 70 m² $ 117,413 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 100 m² $ 203,414 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 70 m² $ 130,242

Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 100 m² $ 203,414 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 70 m² $ 130,242 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 100 m² $ 240,716 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 100 m² $ 420,610 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo_80 100 m² $ 550,661 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 50 m² $ 384,541 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_Plus_Tipo_40 70 m² $ 612,030 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple_Tipo_40 100 m² $ 938,739 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos_aguas_Tipo_60 100 m² $ 1,505,172 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 177,326Página | 10

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TIPOLOGÍA VIDA

ÚTIL (años)

UNIDAD

DE

MEDIDA

VALOR ($) BASE DENOMINACIÓN Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 70 m² $ 274,847 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 30 m² $ 771,520 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 70 m² $ 2,497,177

Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 70 m² $ 274,847 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 30 m² $ 771,520 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 70 m² $ 2,497,177 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 70 m² $ 3,013,989 Anexos.Contenedor_frigorífico_Tipo_80 70 m² $ 6,462,775 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 100 m² $ 825,629 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 70 m² $ 1,651,680 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 100 m² $ 2,629,907 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 100 m² $ 3,471,353 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 30 m² $ 165,422 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 70 m² $ 322,005 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 415,646 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 50 m² $ 601,756 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 70 m² $ 1,133,299 Anexos.Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 30 m² $ 137,372 Anexos.Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 70 m² $ 218,081 Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 70 m² $ 613,259 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 30 m² $ 272,610

Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 70 m² $ 613,259 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 30 m² $ 272,610 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 70 m² $ 687,136 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 30 m² $ 532,431 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 50 m² $ 818,665 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 50 m² $ 1,108,018

ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Cabrera, con base en el oficio MC-DAM-100-304 del 16 de diciembre, suministrado por el ente territorial, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio. ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de loPágina | 11

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS CARLOS RAMIREZ ECHAVARRÍA

Director ( E ) Dirección Territorial Cundinamarca

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