IGAC - Resolución 340 de 2026
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
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Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 340 de 2026
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2026
"Mediante la cual se designan los representantes del Instituto Geográfico Agustín Codazzi y se define hora, fecha y lugar para instalar e iniciar la negociación sindical del año 2026"
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI
En uso de las facultades conferidas, especialmente las establecidas en los numerales 22 y 23 del artículo 10 del Decreto 846 de 2021, y en su calidad de representante legal de la entidad, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 39 de la Constitución Política establece: "(…) Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución. La estructura interna y el funcionamiento de los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos (...)". Que el artículo 55 de la Constitución, consagra el derecho de Negociación Colectiva , cuando refiere: “Se garantiza el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales, con las excepciones que señale la ley. Es deber del Estado promover la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo”. Que el Decreto N° 243 de 2024 modificó el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2
la concertación y los demás medios para la solución pacífica de los conflictos colectivos de trabajo”. Que el Decreto N° 243 de 2024 modificó el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto N° 1072 de 2015, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Que el numeral 2 del artículo 2.2.2.4.13 del Decreto 1072 de 2015, establece como una de las reglas para la negociación: "(…) 2. Los negociadores se presumen investidos de plenos poderes para negociar y acordar, sin perjuicio de las competencias atribuidas en la Constitución y la ley (…)".
Que el numeral 2 del artículo 2.2.2.4.14 del precitado Decreto contempla: "(…) Términos y etapas de la negociación . La negociación del pliego se desarrollará bajo los siguientes términos y etapas: (…) 2. La entidad y autoridad pública competente a quien se le haya presentado pliego, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al último día del primer trimestre, con copia al Ministerio del Trabajo, informará por escrito los nombres de sus negociadores y asesores, y el sitio y hora para instalar e iniciar la negociación (…)".
Que el Decreto No. 160 de 2014 reglamentó la negociación colectiva en el sector público; así mismo, el Decreto No. 243 de 2024 modificó el Capítulo 4 del Título 2 de la Parte 2 del 340 6 de Abril de 2026Página | 2
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________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo No. 1072 de 2015, en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos, particularmente en lo relacionado con la conformación de las comisiones negociadoras de las entidades, por lo cual se hace necesario adelantar el proceso de negociación colectiva correspondiente a la vigencia 2026. Que en virtud de lo anterior, y de conformidad con lo señalado en el numeral 1 del artículo 2.2.2.4.10 del Decreto 1072 de 2015, el Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – SINTRAGEOGRÁFICO, la Unión de Defensores del Mérito y la Carrera en el Estado – UDEMÉRITOS, el Sindicato Nacional de Trabajadoras/es de la Administración Integral de Tierras – SINTIERRAS y el Sindicato de Empleados en Defensa de la Vida y el Ambiente - SELVA, presentaron formalmente el pliego de peticiones unificado para la negociación colectiva de los empleados públicos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAС, correspondiente a la vigencia 2026 - 2028, mediante radicado s Nros. 3200SAF-2026-0020509-ER del 31 de marzo de 2026, 3200SAF-2026-0021013-ER del 01
Codazzi – IGAС, correspondiente a la vigencia 2026 - 2028, mediante radicado s Nros. 3200SAF-2026-0020509-ER del 31 de marzo de 2026, 3200SAF-2026-0021013-ER del 01 de abril de 2026, 3200SAF-2026-0021027-ER del 01 de abril de 2026 , 3200SAF-20260020938-ER del 01 de abril de 2026, contentivo de 77 folios.
Que en ese sentido, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, procederá a designar los negociadores y asesores que actuarán en representación de la entidad, así como definir la fecha, hora y lugar para la instalación e inicio del proceso de negociación.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. Comisión Negociadora de la entidad. Designar como representantes del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC para la negociación sindical, a los siguientes servidores públicos:
NEGOCIADORES PRINCIPALES NEGOCIADORES SUPLENTES
SERVIDOR PÚBLICO CARGO SERVIDOR PÚBLICO CARGO
Sandra Milena Martínez Subdirectora de Talento Humano Víctor Maldonado Nova Jefe Oficina Asesora Planeación Laura Moreno Moreno Subdirectora de la Subdirección Administrativa y Financiera Andrés Felipe González Vesga Director Regulación y Habilitación Johan Andrés Avendaño Arias Director de Investigación y Prospectiva Ricardo Fabian Siachoque Bernal Subdirector de Agrología 340
Vesga Director Regulación y Habilitación Johan Andrés Avendaño Arias Director de Investigación y Prospectiva Ricardo Fabian Siachoque Bernal Subdirector de Agrología 340 6 de Abril de 2026Página | 3
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PARÁGRAFO. Designar como asesor del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, para la negociación sindical, se designa:
ASESORES CARGO
Camila Gutiérrez Barragán Jefe Oficina Asesora Jurídica David Edmundo Sotelo Cortes Contratista Subdirección de Talento Humano Marcela Estefany Urueña Higuita Contratista Subdirección de Talento Humano Artículo 2. Instalación de la Negociación. La instalación e inicio de la negociación sindical se realizará en la sede central del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, ubicada en la Carrera 30 No. 48-51 de la ciudad de Bogotá D.C., el día 13 de abril de 2026, a las 10:00 a.m. Artículo 3. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a: a) Las organizaciones sindicales Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - SINTRAGEOGRÁFICO, a través su Presidente, JOSE ESTEBAN VILLARROYA MALVACEDA, al correo electrónico
a) Las organizaciones sindicales Sindicato Nacional de Trabajadores del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - SINTRAGEOGRÁFICO, a través su Presidente, JOSE ESTEBAN VILLARROYA MALVACEDA, al correo electrónico sintrageografico@igac.gov.co, a la Unión de Defensores del Mérito y la Carrera en el EstadoUDEMÉRITOS, a través de su Secretario General ROSEMBERG SANABRIA VARGAS, al correo electrónico udemeritos@igac.gov.co, al Sindicato Nacional de Trabajadoras/es de la Administración Integral de Tierras - SINTIERRAS, a través del Presidente de la Junta Directiva Nacional CRISTHIAN CAMILO PARDO CLAVIJO, al correo electrónico sintierras@igac.gov.co / sintierrasco@gmail.com, al Sindicato de Empleados en Defensa de la Vida y el Ambiente – SELVA, a través del Secretario General JULIAN RODRIGUEZ RINCON , al correo electrónico selva@igac.gov.co / correo@sindicatoselva.co. b) Los servidores públicos designados como negociadores principales, a SANDRA MILENA MARTINEZ, LAURA MORENO MORENO, y JOHAN ANDRÉS AVENDAÑO ARIAS, a los correos electrónicos institucionales sandra.martinez@igac.gov.co, laura.moreno@igac.gov.co, johan.avendano@igac.gov.co, respectivamente. c) Los servidores públicos designados como negociadores suplentes, a VÍCTOR MALDONADO NOVA, ANDRÉS FELIPE GONZÁLEZ VESGA, Y RICARDO FABIAN SIACHOQUE BERNAL , a los correos electrónicos institucionales
MALDONADO NOVA, ANDRÉS FELIPE GONZÁLEZ VESGA, Y RICARDO FABIAN SIACHOQUE BERNAL , a los correos electrónicos institucionales victor.maldonado@igac.gov.co, felipe.gonzalez@igac.gov.co, ricardo.siachoque@igac.gov.co, respectivamente. d) A los asesores designados: CAMILA GUTIÉRREZ BARRAGÁN, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, al correo electrónico institucional camila.gutierrez@igac.gov.co, DAVID EDMUNDO SOTELO CORTES , Contratista Subdirección de Talento Humano, al correo electrónico institucional david.sotelo@igac.gov.co, y MARCELA ESTEFANY URUEÑA HIGUITA, Contratista Subdirección de Talento Humano , al correo electrónico institucional marcela.uruena@igac.gov.co. 340 6 de Abril de 2026Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co e) Al Ministerio del Trabajo al correo electrónico solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co.
Artículo 4. Vigencia y derogatoria . La presente Resolución rige a partir de su comunicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en la ciudad de Bogotá D.C.
GUSTAVO ADOLFO MARULANDA MORALES
Director General
Aprobó: Sandra Milena Martínez – Secretaría General (E)
Dada en la ciudad de Bogotá D.C.
GUSTAVO ADOLFO MARULANDA MORALES
Director General
Aprobó: Sandra Milena Martínez – Secretaría General (E)
Revisó: Kelly Johanna Morales Sarmiento - Asesora Dirección General
Camila Gutiérrez Barragán – Jefe Oficina Asesora Jurídica Jessica Pauline Sánchez Rojas – Contratista - Secretaría General Elaboró: Marcela Estefany Urueña Higuita - Contratista Subdirección de Talento Humano 340 6 de Abril de 2026 6 de Abril de 2026