IGAC - Resolución 50-000-150 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Título
IGAC - Resolución 50-000-150 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 50-000-150 de 2025

24 de diciembre de 2025

“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes a la zona urbana y rural del municipio de Puerto Gaitán del departamento del Meta”

EL DIRECTOR TERRITORIAL DEL META DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN

CODAZZI – IGAC

En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de infor mación catastral a la ciudadanía y a la

técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de infor mación catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1. 7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio

modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidosPágina | 2

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Model o Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el present e artículo, los cuales no requerirán

artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el present e artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras públicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipro pósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.Página | 3

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Que la Dirección Territorial Meta expidió la Resolución 50-000-049-2024 del día 05 del mes de agosto de 2024, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización

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Que la Dirección Territorial Meta expidió la Resolución 50-000-049-2024 del día 05 del mes de agosto de 2024, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito del municipio de Puerto Gaitán del departamento de Meta”.

Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas y aprobados los valores en l as mesas técnicas de avalúos mediante acta del día 30 de octubre de 2025, y acogidas las decisiones tomadas por la Administración Municipal y comunicadas mediante oficio del día 18 del mes de diciembre de 2025 con respecto al porcentaje que debe aplicarse al avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana y rural del municipio de Puerto Gaitán del departamento del Meta.

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentaria s vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria de Puerto Gaitán, Meta.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Reso lución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordena n la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos,

comerciales, los de cierre que ordena n la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Puerto Gaitán del departamento de l Meta, realizado a través de l a metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:

Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural.Página | 4

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VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN RURAL ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / Ha. 001 $ 1.800.000.000 002 $ 950.000.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN RURAL ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / Ha. 001 $ 1.800.000.000 002 $ 950.000.000 003 $ 617.745.000 004 $ 375.000.000 005 $ 11.000.000 006 $ 7.000.000 007 $ 5.800.000 008 $ 5.000.000 009 $ 4.500.000 010 $ 3.500.000 011 $ 2.350.000 012 $ 2.200.000 013 $ 1.950.000 014 $ 1.600.000 015 $ 1.500.000 016 $ 1.450.000 017 $ 1.400.000 018 $ 80.000Página | 5

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano.

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN

URBANO

ZONA

ECONOMICA

VALOR COMERCIAL / M2 001 $ 1.000.000 002 $ 900.000 003 $ 870.000 004 $ 750.000 005 $ 436.000 006 $ 370.000 007 $ 330.000 008 $ 280.000 009 $ 230.000 010 $ 188.707 011 $ 170.000 012 $ 125.500 013 $ 100.000 014 $ 75.504

Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano centro s

010 $ 188.707 011 $ 170.000 012 $ 125.500 013 $ 100.000 014 $ 75.504

Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano centro s poblados.

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 02 SAN PEDRO DE ARIMENA ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2 001 $ 40.000 002 $ 22.000 003 $ 15.000Página | 6

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VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 03 PORVENIR ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2 001 $ 40.000 002 $ 22.000 003 $ 15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 05 SAN MIGUEL

ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2

001 $70.000 002 $69.000 003 $15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 04 PUENTE ARIMENA ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2 001 $ 40.000 002 $ 22.000 003 $ 15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

CENTRO POBLADO 04 PUENTE ARIMENA ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2 001 $ 40.000 002 $ 22.000 003 $ 15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 06 CRISTALINA

ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2

001 $100.000 002 $70.000 003 $ 69.000 004 $ 15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 08 ALTO DE TILLAVA

ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2

001 $30.000 002 $20.000 003 $19.000 004 $15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 09 MURUJUY

ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2

001 $20.000 002 $15.000

VALORES ZONAS HOMOGENEAS

GEOECONOMICAS PUERTO GAITAN URBANO

CENTRO POBLADO 10 PUERTO TRUJILLO

ZONA ECONOMICA VALOR COMERCIAL / M2 001 $20.000 002 $15.000Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizad as en la determinación de los valores comerciales según el uso de la construcción de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Puerto Gaitán del departamento del Meta.

determinación de los valores comerciales según el uso de la construcción de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Puerto Gaitán del departamento del Meta.

Tabla 4. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural.

TABLA DE VALORES RESIDENCIALES APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 01_14_27_35_37_40_46_63_72_79_10 6_107_108Página | 8

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TABLA DE VALORES COMERCIALES APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 16_28_31_33_34_36_41_43_44_52_58_74_75_76_77_78_88_109Página | 9

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TABLA DE VALORES INDUSTRIALES

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 06_07_39_45_80_73_103Página | 10

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TABLA DE VALORES CONSERVACIÓN

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 53_54_55_89_90_91_65_122Página | 11

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TABLA DE VALORES EDIFICIOS

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 25_56_70_71Página | 12

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TABLA DE VALORES SERVICIOS

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 25_56_70_71Página | 12

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TABLA DE VALORES SERVICIOS

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 51_102_105Página | 13

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TABLA DE VALORES SALUD

APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 19_38Página | 14

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TABLA DE VALORES EDUCATIVO APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 12 _13_ 41_42_86_110_111_112_113_114Página | 15

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www.igac.gov.co TABLA DE VALORES RELIGIOSO APLICA PARA CODIGOS DE USOS: 29 - 87Página | 16

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TABLA DE VALORES ANEXOS

FECHA

AAAA - MMDD

HOJA

GESTIÓN CATASTRALCOMPONENTE ECONOMICO 2025-10-30 1

TERRITORIAL META MUNICIPIO PUERTO GAITAN SECTOR DESTINO PUNTAJE VALOR 2 40 $ 58.823 2 60 $ 107.095

2 80 $ 591.354 3 40 $ 70.825 3 60 $ 306.394 3 80 $ 536.932 4 20 $ 100.453 4 60 $ 335.377 4 80 $ 702.224 5 20 $ 101.964 5 40 $ 304.244 5 80 $ 603.529 8 40 $ 942.424 8 80 $ 2.241.156 9 40 $ 476.657 9 50 $ 755.037 9 60 $ 1.009.354 9 80 $ 1.140.586 10 10 $ 289.541 10 20 $ 430.959 10 30 $ 761.733 10 40 $ 983.213 10 50 $ 1.172.874 10 60 $ 2.121.058 11 40 $ 204.492 11 60 $ 467.271 11 80 $ 636.537 18 40 $ 131.393 18 60 $ 311.489 18 80 $ 445.782 20 40 $ 325.311 20 60 $ 978.566 20 80 $ 2.114.479 21 40 $ 163.983 21 60 $ 377.033 21 80 $ 697.495 23 40 $ 150.518 23 60 $ 316.558 23 80 $ 448.275 26 20 $ 31.130 26 40 $ 77.544 26 80 $ 419.225 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80

Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 Anexos.Pozos_Sencillo_Tipo_40 Anexos.Pozos_Medio_Tipo_60 Anexos.Pozos_Profundo_Tipo_80 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80

TIPOLOGIA

Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60

Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80

TIPOLOGIA

Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60

RESUMEN DE TABLAS DE CONSTRUCCIÓN

CASCO URBANO - CENTROS

POBLADOS - RURAL

TABLA DE ANEXOSPágina | 17

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47 40 $ 1.593.354 47 60 $ 2.323.938 48 20 $ 239.789 48 40 $ 512.460 48 60 $ 1.123.517 49 20 $ 950.078 50 20 $ 216.503 50 80 $ 537.390 60 10 $ 147.237 60 20 $ 204.767 62 40 $ 597.084 62 50 $ 1.400.807 62 60 $ 1.767.060

62 80 $ 2.493.460 64 40 $ 204.055 64 60 $ 316.275 82 40 $ 122.310 82 60 $ 284.138 82 80 $ 470.042 83 40 $ 190.355 83 60 $ 370.541 84 60 $ 1.445.058 84 80 $ 1.641.285 85 5 $ 25.937 85 10 $ 252.992 85 20 $ 118.480 85 30 $ 406.379 85 40 $ 161.672 85 50 $ 454.598 85 60 $ 104.215 85 70 $ 154.639 85 80 $ 135.111 85 90 $ 234.075 99 20 $ 103.772 99 40 $ 192.901 99 60 $ 337.060 99 80 $ 441.278 100 40 $ 752.268 100 60 $ 1.206.185 101 20 $ 887.812 101 40 $ 2.873.581 101 60 $ 3.468.292 101 80 $ 7.436.917 104 40 $ 158.847 104 60 $ 250.953 104 80 $ 699.524 116 10 $ 72.078 116 20 $ 54.004 116 30 $ 103.072 116 40 $ 125.699 116 60 $ 102.308 117 20 $ 442.504 117 40 $ 704.281 118 20 $ 1.900.640 118 40 $ 2.999.844 118 60 $ 3.959.652 119 40 $ 1.080.236 119 60 $ 1.732.049

120 40 $ 478.297 120 60 $ 692.459 120 80 $ 1.304.122 123 20 $ 612.685 123 40 $ 942.063 123 60 $ 1.275.031 125 20 $ 96.148 125 40 $ 165.630 126 60 $ 289.735 126 80 $ 237.770 127 40 $ 297.389 127 60 $ 569.355 Anexos.Estadios_Tipo_40 Anexos.Estadios_Tipo_60 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple_Tipo_40 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos_aguas_Tipo_60 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_5_6_Hilos_Tipo_40 Anexos.Cerramiento_Cerca_Electrica_4_6_Hilos_Tipo_60

Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_Plus_Tipo_40 Anexos.Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 Anexos.Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 Anexos.Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 Anexos.Cerramiento_Cerca_Madera_4_Hilos_Tipo_10 Anexos.CerramientosCerca_Madera_3_Hilos_Tipo_20 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_4_Hilos_Tipo_30 Anexos.Contenedor_Basico_Tipo_20 Anexos.Contenedor_Intervenido_Tipo_40 Anexos.Contenedor_Plus_Tipo_60 Anexos.Contenedor_frigorífico_Tipo_80 Anexos.Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo_80 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple_Tipo_40 Anexos.Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos_aguas_Tipo_60 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80

Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 Anexos.Muelles_Plus_Tipo_60

Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 Anexos.Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 Anexos.Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 Anexos.Muelles_Madera_Tipo_20 Anexos.Muelles_Concreto_Tipo_40Página | 18

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Puerto Gaitán, Meta , con base en el documento suministrado por el ente territorial de fecha 18 de diciembre de 2025 , con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio.

ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JAIRO ALEXIS FRIAS PEÑA

Director Territorial del Meta

Proyectó: Valentina Blanco Parra – Contratista

Revisó: Clara Ruth Garnica Yate – Profesional Especializado

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