IGAC - Resolución 540-2025 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAC - Resolución 540-2025 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 540 de 2025

(22 de diciembre de 2025)

“Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Vélez del departamento de Santander”

EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SANTANDER DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO

AGUSTÍN CODAZZI – IGAC

En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y,

CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la

técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fo rtalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”.

Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral.

Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura.

Que con relación a los procedimientos definidos por los gestores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio

modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidos en la presente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presentePágina | 2

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales.

Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”.

Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Además, el referido artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

artículo prevé las siguientes reglas:

“(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio.

En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras pú blicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores.

En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los ava lúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”.

Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 60% del valor comercial o superar el valor de este último”.

Que la Dirección Territorial de Santander expidió la Resolución 073 del día 21 del mes de abril de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en las zonas rural y urbana del municipio de Vélez del Departamento de Santander”.

abril de 2025, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en las zonas rural y urbana del municipio de Vélez del Departamento de Santander”.

Que mediante oficio radicado IGAC 2619DTS -2025-0011856-EE en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.2.12. de la Resolución IGAC 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, se remitió a la administración municipal, la proyección de incremento de los valores comerciales resultantes del proceso dePágina | 3

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co actualización catastral , para que definiera el porcentaje de adopción del avalúo catastral respecto del valor comercial de los predios.

Que la Administración del municipio de Vélez no entregó respuesta al oficio precitado, por tanto, en cumplimiento del artículo 4.2.12. de la Resolución IGAC 1040 de 2023, el IGAC como gestor catastral aplicará el porcentaje mínimo permitido, es decir el 60%.

Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas y aprobados los valores en la mesa técnica de avalúos mediante acta No. 05 del día 17 de diciembre de 2025, y por lo citado, se tiene e l porcentaje que debe aplicarse al avalúo comercial para determinar el avalúo catastral en la zona urbana y rural del municipio de Vélez del departamento de Santander.

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y

catastral en la zona urbana y rural del municipio de Vélez del departamento de Santander.

Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos s e encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del municipio de Vélez.

Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y actualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Vélez del departamento de Santander, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de

multipropósito adelantado en el municipio de Vélez del departamento de Santander, realizado a través de la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:

Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano (01) Código ZHG Valor metro cuadrado 001 $ 1.600.000 002 $ 1.200.000Página | 4

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 003 $ 1.000.000 004 $ 800.000 005 $ 700.000 006 $ 600.000 007 $ 500.000 008 $ 400.000 009 $ 300.000 010 $ 200.000 011 $ 150.000 012 $ 100.000 013 $ 50.000 014 $ 10.000 015 $ 5.000

Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano centro poblado Alto Jordán (02). Código ZHG Valor metro cuadrado 001 $ 20.000 002 $ 10.000 003 $ 5.000 004 $ 3.000

Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural (00). Código ZHG Valor hectárea 001 $ 50.000.000 002 $ 45.000.000Página | 5

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Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural (00). Código ZHG Valor hectárea 001 $ 50.000.000 002 $ 45.000.000Página | 5

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 003 $ 40.000.000 004 $ 32.000.000 005 $ 30.000.000 006 $ 25.000.000 007 $ 15.000.000 008 $ 10.000.000 009 $ 9.000.000 010 $ 7.000.000 011 $ 6.000.000 012 $ 5.000.000 013 $ 3.000.000 014 $ 2.000.000

ARTÍCULO 2. APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Vélez del departamento de Santander.

Tabla 4. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural. Tipología Valor metro cuadrado 1002311_Residencial.Tipo_0 $ 183.559 1014011_Residencial.Tipo_1 $ 328.117 1004122_Residencial.Tipo_2 $ 826.651 1004113_Residencial.Tipo_3_Menos $ 839.053 1011133_Residencial.Tipo_3_mas $ 1.047.504 1024114_Residencial.Tipo_4_Menos $ 1.654.699 1021134_Residencial.Tipo_4 $ 1.379.094 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos $ 1.782.284 1021125_Residencial.Tipo_5 $ 1.929.965

1021134_Residencial.Tipo_4 $ 1.379.094 1011115_Residencial.Tipo_5_Menos $ 1.782.284 1021125_Residencial.Tipo_5 $ 1.929.965 1031135_Residencial.Tipo_5_mas $ 2.319.051 1031126_Residencial.Tipo_6 $ 3.068.533 1031146_Residencial.Tipo_6_mas $ 3.770.209Página | 6

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 1005510_Residencial.Prefabricado_1A_Sin_Acabados $ 705.512 1005530_Residencial.Prefabricado_2A_Sin_Acabados $ 913.494 2014111_Comercial.Basico_2 $ 925.127 2021132_Comercial.Intermedio_1 $ 1.173.729 2021532_Comercial.Intermedio_2 $ 1.472.807 2026532_Comercial.Intermedio_3 $ 1.803.736 2023123_Comercial.Especializado_1 $ 1.653.645 2036543_Comercial.Especializado_2 $ 2.352.702 2033133_Comercial.Especializado_3 $ 2.608.165 2036533_Comercial.Especializado_4 $ 2.919.549 3002311_Industrial.Liviana_1 $ 429.997 3001121_Industrial.Liviana_2 $ 1.032.922 3011132_Industrial.Mediana_1 $ 1.412.531 3023132_Industrial.Pesada_1 $ 1.876.411 3033443_Nave Industrial.Pesada_2 $ 2.643.087 5014111_Institucional.Tipo_1 $ 1.423.803 5011122_Institucional.Tipo_2 $ 1.648.100 5021143_Institucional.Tipo_3 $ 2.457.890

5014111_Institucional.Tipo_1 $ 1.423.803 5011122_Institucional.Tipo_2 $ 1.648.100 5021143_Institucional.Tipo_3 $ 2.457.890 5036144_Institucional.Tipo_4 $ 2.927.444 5015510_Institucional.Tipo_5_Prefabricado $ 1.255.671 5011111_Institucional.Tipo_6 $ 2.174.977 5021132_Institucional.Tipo_7 $ 2.197.122 5036553_Institucional.Tipo_8 $ 2.581.755 6021131_Institucional.Religioso_Tipo_1 $ 2.537.205 6031132_Institucional.Religioso_Tipo_2 $ 4.700.498 7011121_Institucional.Salud_1 $ 1.561.829 7021132_Institucional.Salud_2 $ 2.097.638 7031173_Institucional.Salud_3 $ 2.234.755 7036584_Institucional.Salud_Plus $ 2.780.615 4014011_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_1 $ 752.502 4024022_Conservacion.Residencial_Sencilla_Tipo_2 $ 1.141.578 4024023_Conservacion.Residencial_Tipo_3 _Restaurada $ 1.512.288 4034024_Conservacion.Residencial_Tipo_4_Restaurada $ 1.606.562 4031035_Conservacion.Residencial_Tipo_5_Restaurada_Con_Reforzamiento $ 2.024.118 4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento $ 2.370.761 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos $ 1.103.059

4031036_Conservacion.Residencial_Tipo_6_Restaurada_Con_Reforzamiento $ 2.370.761 9016551_ED.Multifamiliar_VIP_5_Pisos $ 1.103.059 9011122_ED.Multifamiliar_Vivienda_VIS_Serie_2_Pisos $ 1.372.590Página | 7

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co 9016194_ED.Multifamiliar_VIS_Hasta_12_Pisos $ 1.365.503 9026505_ED.Multifamiliar_Medio $ 1.942.624 9026547_ED.Servicios_Tipo_1 $ 1.620.057 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 $ 199.244 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 $ 388.112 Anexos.Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 894.955 Anexos.Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 $ 251.361 Anexos.Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 $ 460.033 Anexos.Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 $ 707.655 Anexos.Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 $ 296.288 Anexos.Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 $ 521.382 Anexos.Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 868.370 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 $ 308.555 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 535.424 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 796.175

Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 535.424 Anexos.Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 796.175 Anexos.Silos_En_concreto_Tipo_40 $ 1.249.359 Anexos.Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 2.936.060 Anexos.Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 1.173.485 Anexos.Piscinas_Mediana_Tipo_50 $ 1.369.945 Anexos.Piscinas_Grande_Tipo_60 $ 2.013.121 Anexos.Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 $ 1.024.381 Anexos.Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 $ 595.358 Anexos.Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 $ 439.221 Anexos.Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 $ 567.647 Anexos.Tanques_Medio_Tipo_40 $ 855.775 Anexos.Tanques_Plus_Tipo_50 $ 1.046.151 Anexos.Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2.713.839 Anexos.Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 $ 326.692 Anexos.Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 $ 1.163.275 Anexos.Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 $ 1.398.942 Anexos.Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 177.563 Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 414.585 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 581.831 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 391.417

Anexos.Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 414.585 Anexos.Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 581.831 Anexos.Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 391.417 Anexos.Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 579.511 Anexos.Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 1.596.284 Anexos.Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 $ 292.448 Anexos.Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 $ 463.791Página | 8

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 $ 600.828 Anexos.Corrales_Sencillo_Tipo_20 $ 134.896 Anexos.Corrales_Medio_Tipo_40 $ 168.073 Anexos.Corrales_Tecnificado_Tipo_80 $ 541.060 Anexos.Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 $ 2.168.180 Anexos.Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 $ 6.445.767 Anexos.Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 150.923 Anexos.Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 197.906 Anexos.Canchas_Futbol_Tipo_20 $ 100.582 Anexos.Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 169.028 Anexos.Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 $ 304.534 Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 219.218 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 810.584 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 1.923.717

Anexos.Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 219.218 Anexos.Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 810.584 Anexos.Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 1.923.717 Anexos.Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 8.576.056 Anexos.Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 14.199.506 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 $ 215.910 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 $ 625.062 Anexos.Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 $ 630.779 Anexos.Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 509.836 Anexos.Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 872.268 Anexos.Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 1.337.660 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 1.783.049 Anexos.Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 $ 2.038.561 Anexos.Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 $ 25.311 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 $ 221.760 Anexos.Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 $ 102.161 Anexos.Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 $ 344.461 Anexos.Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 $ 146.371 Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 $ 399.539 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 $ 166.184

Anexos.Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 $ 399.539 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 $ 166.184 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 $ 200.666 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80 $ 146.499 Anexos.Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 $ 274.674 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 $ 111.368 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tipo_40 $ 224.047 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 $ 408.740 Anexos.Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo_80 $ 543.208Página | 9

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 $ 399.763 Anexos.Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_Plus_Tipo_40 $ 636.587 Anexos.Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 $ 191.317 Anexos.Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 $ 292.799 Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 875.196 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 183.129 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 347.095

Anexos.Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 875.196 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 183.129 Anexos.Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 347.095 Anexos.Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 $ 415.531 Anexos.Pérgolas_Media_Tipo_60 $ 675.808 Anexos.Pérgolas_Plus_Tipo_80 $ 1.232.949 Anexos.Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 $ 556.569 Anexos.Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 $ 862.108 Anexos.Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 $ 1.164.676 Anexos.Cerramiento_Cerca_Madera_4_Hilos_Tipo_10 $ 128.749 Anexos.CerramientosCerca_Madera_3_Hilos_Tipo_20 $ 112.317 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_4_Hilos_Tipo_30 $ 113.507 Anexos.Cerramiento_Cerca_Concreto_5_6_Hilos_Tipo_40 $ 134.078 Anexos.Cerramiento_Cerca_Electrica_4_6_Hilos_Tipo_60 $ 112.813 Anexos.Cerramientos_Malla_Terreno_Tipo_40 $ 487.524 Anexos.Cerramientos_Malla_Antepecho_Tipo_60 $ 755.185 Anexos.Cerramientos_Mamposteria_Tipo_40 $ 354.409 Anexos.Cerramientos_Cerca_Viva_Tipo_20 $ 137.216 Anexos.Cerramientos_Piedra_Natural_Tipo_60 $ 530.279 Anexos.Cerramientos_Estructura_Metalica_Tipo_80 $ 932.271 Anexos.Sótano_Sencillo_Tipo_60 $ 1.309.275

Anexos.Cerramientos_Piedra_Natural_Tipo_60 $ 530.279 Anexos.Cerramientos_Estructura_Metalica_Tipo_80 $ 932.271 Anexos.Sótano_Sencillo_Tipo_60 $ 1.309.275 Anexos.Sótano_Doble_Altura_Tipo_80 $ 1.728.724 Anexos.Cocinas_1_Tipo_40 $ 595.351 Anexos.Cocinas_2_Tipo_60 $ 1.011.928 Anexos.Baños_1_Tipo_40 $ 1.034.090 Anexos.Baños_2_Tipo_60 $ 1.463.950 Anexos.Depósitos_1_Tipo_40 $ 797.197 Anexos.Urbanismo_Basico_Tipo_40 $ 63.023 Anexos.Urbanismo_Intermedio_Tipo_60 $ 174.866 Anexos.Urbanismo_Plus_Tipo_80 $ 313.143

ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60% sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Vélez, con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio.Página | 10

________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JORGE EDUARDO TORRES MANRIQUE

Director Territorial Santander

Proyectó: Jhonnathan Rodríguez Velasco

Proyectó: José Henry Ascanio Manzano

Revisó: Iyamile Castellanos Rueda

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