IGAC - Resolución 70-000-0065 de 2025
Detalles
- Título
- IGAC - Resolución 70-000-0065 de 2025
- Autor
- IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
Página | 1 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co RESOLUCIÓN No. 70-000-0065 de 2025 (24 de diciembre de 2025) “Por medio de la cual se aprueban los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito, correspondientes al municipio de Morroa del departamento de Sucre” EL DIRECTOR TERRITORIAL DE SUCRE DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI – IGAC En uso de las facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 30 del Decreto N° 846 de 2021, en concordancia con lo establecido en los artículos 3.8.3., 4.2.9. y 4.2.12. de la Resolución No. 1040 de 2023 modificada parcialmente por la Resolución No. 746 de 2024 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” – IGAC y, CONSIDERANDO Que el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, establece, entre otros aspectos, que “La gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de infor mación catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de
y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de infor mación catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural”. Que el título IV de la Resolución 1040 de 2023 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), “ Por medio de la cual se expide la resolución única de la gestión catastral multipropósito”, modificado parcialmente por la Resolución 746 de 2024, regula técnicamente los procesos de la gestión catastral con enfoque multipropósito, que incluyen la formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral. Que el artículo 4.2.9. de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 7 de la Resolución 746 de 2024, establece los actos administrativos obligatorios en los procesos de formación y actualización catastral: inicio del proceso, aprobación de valores y clausura. Que con relación a los procedimientos definidos por los gest ores catastrales para el cumplimiento de sus labores y los métodos de recolección de información catastral, los incisos primero y segundo del artículo 1.7 de la Resolución IGAC N° 1040 de 2023, modificados por el artículo 2 de la Resolución IGAC N° 746 de 2024, prescriben: “ Los gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidosPágina | 2 ________________________________________________________________________
gestores catastrales podrán definir los procedimientos internos apropiados para el ejercicio de sus labores, siempre y cuando respeten el marco regulatorio y los procesos establecidosPágina | 2 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co en la pre sente resolución, así como las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro -Registro LADM COL vigente. La presente resolución establece las condiciones técnicas y jurídicas mínimas que deben contemplar los gestores catastrales para adelantar los procesos catastrales. Los gestores catastrales podrán aplicar métodos directos, indirectos, declarativos, colaborativos o una combinación de estos para la recolección de información catastral, respetando lo dispuesto en la presente regulación, las especificaciones técnicas de la base de datos catastral y el Modelo Extendido Catastro-Registro LADM COL vigente”. Que según el artículo 4.7.2 ibidem, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios en el proceso de actualización catastral “… se determinarán de manera masiva a través de métodos de valoración, como los que se citan a continuación, sin perjuicio de la valoración puntual de los predios con características especiales o sin mercado”. Los métodos que cita la disposición son: comparación o de mercado, capitalización de rentas o ingresos, costo de reposición y residual. Ademá s, el referido artículo prevé las siguientes reglas: “(…) Salvo lo dispuesto en normas especiales, se podrán aplicar de manera puntual o masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio. En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los
masiva los métodos descritos en el presente artículo, los cuales no requerirán necesariamente el ingreso al predio. En el proceso de actualización catastral, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales, deberán corregir los valores actuales eliminando las disparidades provenientes de cambios físicos, variaciones de uso o de productividad, obras p úblicas, condiciones locales del mercado inmobiliario y otros factores. En los predios no sometidos al régimen de propiedad horizontal se deben discriminar los valores unitarios de terreno y unidad de construcción. Para los predios sometidos al régimen de propiedad horizontal, los valores comerciales y consecuentemente los avalúos catastrales de los predios deberán ser determinados como un valor integral o total (…)”. Que igualmente, el “Anexo 1. Glosario de términos para la gestión catastral multipropósito” de la Resolución 1040 de 2023, modificado por la Resolución 746 de 2024, en consonancia con el parágrafo del artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, define el avalúo catastral como el “… Valor de un predio resultante de un ejercicio técnico en desarrollo de los procesos catastrales, que, en ningún caso, podrá ser inferior al 6 0% del valor comercial o superar el valor de este último”. Que la Dirección Territorial Sucre expidió la Resolución 70-000-024 del día 30 del mes de Septiembre de 2024, “Por medio de la cual se ordena el inicio del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana y rural del municipio de Morroa Departamento de Sucre ”. Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas aprobados en la mesa técnica de
catastral con enfoque multipropósito en la zona urbana y rural del municipio de Morroa Departamento de Sucre ”. Que una vez recibidos los insumos de las áreas técnicas aprobados en la mesa técnica de avalúos mediante acta del día 23 de octubre de 2025, se remitió, a través de oficio del 30 dePágina | 3
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co octubre de 2025, comunicación a las autoridades municipales, con el fin de que se pronunciaran respecto al porcentaje a aplicar sobre el avaluó come rcial para la determinación del avaluó catastral en la zona urbana y rural del municipio de Morroa sucre.
En dicho oficio también se informaba que, en caso de no recibirse recomen daciones sobre la aplicación de este porcentaje dentro de los plazos establecidos, el gestor catastral (IGAC) aplicaría el porcentaje mínimo permitido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 1450 de 2011 y en el artículo 2.2.2.6.2 del Decreto 148 de 2020, el cual establece que el avalúo catastral “es el valor de un predio, resultante de un ejercicio técnico que, en ningún caso, podrá ser inferior al sesenta por ciento (60 %) del valor comercial ni superior a este”. En consecuencia, para la determinación del valor catastral del inmueble se aplicará el sesenta por ciento (60 %) sobre el avalúo comercial.
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconóm icas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se
Que luego de examinar los resultados provenientes del proceso de reconocimiento predial, estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconóm icas, valor de las construcciones y avalúos de los predios con características especiales, se puede concluir que estos se encuentran ajustados a las normas legales y reglamentarias vigentes y la investigación económica acorde con la actualidad inmobiliaria del municipio de Morroa.
Que el inciso primero del artículo 4.8.1. de la Resolución 1040 de 2023 establece: “ En el marco de los procesos de formación y a ctualización catastral, los actos administrativos de inicio, los que amplían el plazo para el cierre de los procesos, los que aprueban valores comerciales, los de cierre que ordenan la inscripción de los predios en la base de datos catastral, así como los que realicen correcciones a errores sistemáticos de la base de datos, se consideran actos de carácter general y serán obligatorios cuando se publiquen en el Diario Oficial o en las gacetas territoriales, según el caso, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. APROBAR los valores comerciales de terreno resultantes del estudio del componente económico urbano y rural del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito adelantado en el municipio de Morroa del departamento de Sucre, realizado a través de la metod ología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la
a través de la metod ología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, el cual fue llevado a cabo conforme a lo previsto por las disposiciones técnicas y jurídicas de la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019 modificada por la Ley 2294 de 2023 y el Decreto 148 de 2020, según los valores detallados en las siguientes tablas:Página | 4
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tabla 1. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo urbano
código ZHG Valor metro cuadrado 001 $ 465,000.00 002 $ 434,000.00 003 $ 430,000.00 004 $ 403,000.00 005 $ 293,000.00 006 $ 258,000.00 007 $ 240,000.00 008 $ 174,000.00 009 $ 165,091.00 010 $ 154,806.00 011 $ 144,521.00 012 $ 96,000.00 014 $ 45,000.00 016 $ 33,478.00 017 $ 5,000.00
Tabla 2. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica de los corregimientos Las Flores y el Rincón código ZHG Valor metro cuadrado 013 $ 68,000.00 015 $ 36,000.00
Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural.
código ZHG Valor Hectárea 001 $ 900,000,000
015 $ 36,000.00
Tabla 3. Valor de terreno por Zona Homogénea Geoeconómica, suelo rural.
código ZHG Valor Hectárea 001 $ 900,000,000 002 $ 680,000,000 003 $ 600,000,000 004 $ 334,780,000 005 $ 50,000,000 006 $ 20,000,000 007 $ 17,000,000 008 $ 15,000,000 009 $ 13,000,000Página | 5
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co código ZHG Valor Hectárea 010 $ 11,000,000 011 $ 9,000,000
ARTÍCULO 2 . APROBAR las tablas de valor comercial de construcción, utilizados en la determinación de los valores comerciales por tipologías constructivas de los predios ubicados en la zona urbana y rural del municipio de Morroa del departamento de Sucre.
Tabla 4. Valor de construcciones por tipología constructiva, suelo urbano y rural. Tipología Valor metro cuadrado residencial.prefabricado_1 $ 702,999 residencial.prefabricado_2 $ 864,578 residencial.tipo_0 $ 185,747 residencial.tipo_1 $ 332,984 residencial.tipo_2 $ 645,142 residencial.tipo_3 (-) $ 898,021 residencial.tipo_3 (+) $ 1,052,891 residencial.tipo_4 $ 1,383,942 residencial.tipo_4 (-) $ 1,492,907
residencial.tipo_3 (-) $ 898,021 residencial.tipo_3 (+) $ 1,052,891 residencial.tipo_4 $ 1,383,942 residencial.tipo_4 (-) $ 1,492,907 residencial.tipo_5 $ 1,909,917 residencial.tipo_5 (-) $ 1,742,222 residencial.tipo_5 (+) $ 2,338,014 residencial.tipo_6 $ 3,075,626 residencial.tipo_6 (+) $ 3,763,103 comercial.basico_2 $ 996,764 comercial.especializado_1 $ 1,638,355 comercial.especializado_2 $ 2,319,113 comercial.especializado_3 $ 2,534,523 comercial.especializado_4 $ 2,804,371 comercial.intermedio_1 $ 1,239,665 comercial.intermedio_2 $ 1,489,253 comercial.intermedio_3 $ 1,819,832 conservacion.construccion_tipo_4_restaurada $ 1,900,585 conservacion.construccion_tipo_5_restaurada_con_reforza miento $ 2,381,681 conservacion.construccion_tipo_6_restaurada_con_reforza miento $ 2,816,305Página | 6
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tipología Valor metro cuadrado conservacion.residencial_sencilla_tipo_1 $ 1,254,130 conservacion.residencial_sencilla_tipo_2 $ 1,401,289
www.igac.gov.co Tipología Valor metro cuadrado conservacion.residencial_sencilla_tipo_1 $ 1,254,130 conservacion.residencial_sencilla_tipo_2 $ 1,401,289 conservacion.residencial_tipo_3 _restaurada $ 1,781,979 ed.multifamiliar_medio $ 1,866,256 ed.multifamiliar_vip_5_pisos $ 1,121,556 ed.multifamiliar_vis_hasta_12_pisos $ 1,480,526 ed.multifamiliar_vis_serie_2_pisos $ 1,376,041 ed.servicios_tipo_1 $ 1,809,069 industrial.liviana_1 $ 406,537 industrial.liviana_2 $ 1,098,551 industrial.mediana_1 $ 1,545,707 industrial.pesada_1 $ 2,002,937 industrial.pesada_2 $ 2,675,084 institucional.religioso tipo_1 $ 2,770,228 institucional.religioso tipo_2 $ 4,939,725 institucional.salud_1 $ 1,542,145 institucional.salud_2 $ 2,170,736 institucional.salud_3 $ 2,722,113 institucional.salud_plus $ 3,406,424 institucional.tipo_1 $ 1,417,990 institucional.tipo_2 $ 1,664,326 institucional.tipo_3 $ 2,389,005 institucional.tipo_4 $ 2,902,784 institucional.tipo_5_prefabricado $ 1,221,134
institucional.tipo_2 $ 1,664,326 institucional.tipo_3 $ 2,389,005 institucional.tipo_4 $ 2,902,784 institucional.tipo_5_prefabricado $ 1,221,134 institucional.tipo_6 $ 2,151,326 institucional.tipo_7 $ 2,349,383 institucional.tipo_8 $ 2,708,959 Albercas_Baniaderas_Medio_Tipo_60 $ 386,446 Albercas_Baniaderas_Plus_Tipo_80 $ 528,443 Albercas_Baniaderas_Sencillo_Tipo_40 $ 186,312 Beneficiaderos_Medio_Tipo_60 $ 433,851 Beneficiaderos_Plus_Tipo_80 $ 721,310 Beneficiaderos_Sencilla_Tipo_40 $ 260,951 Camaroneras_Sencilla_Tipo_40 $ 134,470 Camaroneras_Tecnificadas_Tipo_60 $ 208,423 Canchas_Futbol_Sintetica_Tipo_40 $ 109,669 Canchas_Futbol_Tipo_20 $ 63,882Página | 7
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tipología Valor metro cuadrado Canchas_Multifuncional_1_Tipo_60 $ 192,027 Canchas_Multifuncional_Asfalto_Tipo_80 $ 157,783 Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 102,185 Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 143,004 Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 $ 112,427
Canchas_Tenis_1_Tipo_10 $ 102,185 Canchas_Tenis_2_Tipo_20 $ 143,004 Carreteras_Via_ Placa_Huella_Sencilla_Tipo_40 $ 112,427 Carreteras_Via_Afirmado_Tipo_5 $ 78,078 Carreteras_Via_Pavimento_Flexible_Tipo_10 $ 178,493 Carreteras_Via_Pavimento_Rigido_Tipo_30 $ 243,034 Carreteras_Via_Placa_Huella_Plus_Tipo_50 $ 304,633 Carreteras_Via_Terciaria_Tradicional_Tipo_20 $ 18,706 Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Liviano_Tipo_60 $ 69,082 Carreteras_Zona_Dura_Adoquín_Tráfico_Pesado_Tipo_70 $ 72,904 Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Liviano_Tipo_80 $ 89,036 Carreteras_Zona_Dura_Concreto_Tráfico_Pesado_Tipo_90 $ 150,425 Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Muro_Tipo_60 $ 346,306 Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Placa_Muro_Tipo _80 $ 600,224 Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Placa_Tip o_40 $ 199,805 Cimientos_Estructura_Muros_Placabase_Simples_Tipo_20 $ 115,280 Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 591,511 Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 870,889
Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Media_Tipo_40 $ 591,511 Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tecnificada_Tipo_80 $ 870,889 Cocheras_Marraneras_Porquerizas_Tipo_20 $ 317,888 Coliseos_Medio_Tipo_60 $ 658,682 Coliseos_Plus_Tipo_80 $ 1,123,674 Coliseos_Sencillo_Tipo_40 $ 386,111 Construccion_Membrana_Arquitectonica _Tipo_Cobertizo_Sencillo_Tipo_20 $ 293,096 Construccion_Membrana_Arquitectonica_Tipo_Cobertizo_ Plus_Tipo_40 $ 466,348 Contenedor_Basico_Tipo_20 $ 585,060 Contenedor_frigorífico_Tipo_80 $ 4,900,858 Contenedor_Intervenido_Tipo_40 $ 1,897,467 Contenedor_Plus_Tipo_60 $ 2,289,376 Corrales_Medio_Tipo_40 $ 97,967 Corrales_Sencillo_Tipo_20 $ 46,895 Corrales_Tecnificado_Tipo_80 $ 427,554 Establos_pesebreras_Medio__Tipo_60 $ 406,936Página | 8
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tipología Valor metro cuadrado Establos_pesebreras_Sencillo_Tipo_20 $ 153,178 Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1,007,539 Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 631,466 Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 2,003,300
Establos_pesebreras_Tecnificado_Tipo_80 $ 1,007,539 Estacion_de_Bombeo_Tipo_20 $ 631,466 Estacion_Sistema_Transporte_Media_Tipo_40 $ 2,003,300 Estacion_Sistema_Transporte_Plus_Tipo_60 $ 2,660,223 Estacion_Sistema_Transporte_Sencilla_Tipo_20 $ 1,263,721 Estadios_Tipo_40 $ 185,178 Estadios_Tipo_60 $ 368,283 Estructura_Especiales_Media_Tipo_40 $ 620,811 Estructura_Especiales_Plus_Tipo_60 $ 841,658 Estructura_Especiales_Sencilla_Tipo_20 $ 403,330 Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_a_dos_a guas_Tipo_60 $ 1,260,089 Estructuras_Aeroportuarias_Tipo_Hangar_Hangar_Simple_ Tipo_40 $ 793,636 Galpones_gallineros_Medio_Tipo_60 $ 293,736 Galpones_gallineros_Sencillo_Tipo_40 $ 151,885 Galpones_gallineros_Tecnificado_Tipo_80 $ 568,066 Kioscos_Medio_Tipo_60 $ 394,023 Kioscos_Plus_Tipo_80 $ 740,179 Kioscos_Sencillo_Tipo_40 $ 209,752 Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 359,093 Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 125,442 Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 $ 313,327
Lagunas_de_Oxidación_Revestidas_Tipo_60 $ 359,093 Lagunas_de_Oxidación_Sin_Revestir_Tipo_40 $ 125,442 Marquesinas_Patios_Cubiertos_Media_Tipo_60 $ 313,327 Marquesinas_Patios_Cubiertos_Plus_Tipo_80 $ 512,085 Marquesinas_Patios_Cubiertos_Sencilla_Tipo_40 $ 191,714 Muelles_Concreto_Tipo_40 $ 588,356 Muelles_Madera_Tipo_20 $ 305,598 Muelles_Plus_Tipo_60 $ 1,132,740 Pérgolas_Media_Tipo_60 $ 456,324 Pérgolas_Plus_Tipo_80 $ 943,794 Pérgolas_Sencilla_Tipo_40 $ 315,194 Piscinas_Grande_Tipo_60 $ 1,497,614 Piscinas_Mediana_Tipo_50 $ 1,116,203 Piscinas_Pequeña_Tipo_40 $ 874,481 Piscinas_Prefabricada_Tipo_80 $ 578,636 Pista_Aeropuerto_Media_Tipo_60 $ 165,375 Pista_Aeropuerto_Plus_Tipo_80 $ 465,047Página | 9
________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co Tipología Valor metro cuadrado Pista_Aeropuerto_Sencilla_Tipo_40 $ 104,172 Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 565,616 Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 228,323 Pozos_Medio_Tipo_60 $ 972,688
Plazas_de_Toros_Concreto_Tipo_80 $ 565,616 Plazas_de_Toros_Madera_Tipo_20 $ 228,323 Pozos_Medio_Tipo_60 $ 972,688 Pozos_Profundo_Tipo_80 $ 2,214,258 Pozos_Sencillo_Tipo_40 $ 427,286 Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Media_Tipo_60 $ 245,829 Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Plus_Tipo_80 $ 602,739 Ramadas_Cobertizos_ Caneyes_Sencilla_Tipo_40 $ 100,262 Secaderos_Medio_Tipo_60 $ 283,797 Secaderos_Plus_Tipo_80 $ 495,715 Secaderos_Sencillo_Tipo_40 $ 162,473 Silos_En_Acero_Galvanizado_Tipo_80 $ 2,180,934 Silos_En_concreto_Tipo_40 $ 926,946 Tanques_Elevados_Plus_60 $ 2,044,663 Tanques_Medio_Tipo_40 $ 663,228 Tanques_Plus_Tipo_50 $ 835,962 Tanques_Sencillo_Revestido_Tipo_30 $ 534,526 Tanques_Sencillo_Sin_Revestir_Tipo_20 $ 341,784 Tanques_Soporte_Elevado_Sencillo_Tipo_10 $ 451,186 Toboganes_Basico_Tipo_40 $ 652,781 Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 1,769,509 Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 2,561,840 Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 1,267,361
Toboganes_Medio_Tipo_60 $ 1,769,509 Toboganes_Plus_Tipo_80 $ 2,561,840 Toboganes_Sencillo_Tipo_50 $ 1,267,361 Torres_Enfriamiento_Concretos_Metálicas_Tipo_40 $ 1,827,800 Torres_Enfriamiento_Prefabricadas_Tipo_60 $ 4,607,587 Via_Ferrea_Trocha_Angosta_Tipo_60 $ 1,492,501 Via_Ferrea_Trocha_Normal_Tipo_80 $ 1,676,015
ARTÍCULO 3º. AVALÚO CATASTRAL. Adoptar para el avalúo catastral el porcentaje de 60 % sobre los valores comerciales resultantes del estudio del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito en el municipio de Morroa, con base en el artículo 2.2.2.6.2 del Decreto 148 de 2020.con la finalidad de obtener los avalúos catastrales de cada uno de los predios del municipio.Página | 10 ________________________________________________________________________ Instituto Geográfico Agustín Codazzi www.igac.gov.co ARTÍCULO 4°. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO 5° VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y contra ella no proceden recursos. Firmado en Sincelejo a los 24 días del mes de diciembre de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARMANDO MANUEL ANAYA NARVÁEZ
Director Territorial Sucre