IGAC - Resolución 884 de 2025

IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi

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Detalles

Título
IGAC - Resolución 884 de 2025
Autor
IGAC - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

: Gobierno de $2 Colombia IGAcÍS) A e 19 JUN 2025 “Por la cual se conforma el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo — COPASST de orden Nacional en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC y se designan los representantes para el periodo 2025 - 2027”

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los numerales 20 y 21 del articulo 10 del Decreto N° 846 de 2021, los Decretos Nacionales N° 1771 de 1994, N° 1772 de 1994, N° 1530 de 1996, N° 723 de 2013 y N° 055 de 2015, compilados en el Decreto Único Reglamentario N° 1072 de 2015.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 25 del Decreto N° 0614 de 1984, “Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país”, señala: “ARTÍCULO 25. Comités de medicina, higiene y seguridad industrial de empresas: En todas las empresas e instituciones públicas o privadas, se constituirá un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores cuya organización y funcionamiento se regirá por la reglamentación especial que expiden conjuntamente los Ministerios de Salud, Trabajo y Seguridad Social.” Que a través de la Resolución N° 02013 de 1986, “Por la cual se reglamenta la organización. y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad

conjuntamente los Ministerios de Salud, Trabajo y Seguridad Social.” Que a través de la Resolución N° 02013 de 1986, “Por la cual se reglamenta la organización. y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo”, expedida por los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, establece: “ARTICULO 1: Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución.” “ARTICULO 2: Cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así: De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes. De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes. Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 1 Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia © (+57) 601 653 1888 Pa Y www.igac.gov.co$2 Colombia de: IGAC 19 JUN 2025 De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes. Gobierno de nai r3 De 1.000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.” Que el Artículo 63 del Decreto Ley N° 1295 de 1994, "Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”, indica:

De 1.000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.” Que el Artículo 63 del Decreto Ley N° 1295 de 1994, "Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales”, indica: “ARTÍCULO 63. Comité paritario de salud ocupacional de las empresas. A partir de la vigencia del presente Decreto, el comité paritario de medicina higiene y seguridad industrial de las empresas se denominará comité paritario de salud ocupacional, y seguirá rigiéndose por la Resolución N° 2013 de 1983 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y demás normas que la modifiquen o adicionen, con las siguientes reformas: a) Se aumenta a dos años el período de los miembros del comité. Que el Artículo 1 de la Ley N° 1562 de 2012, “Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional”, definió salud ocupacional: Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. Que el Artículo 2.2.4.6.8 del Decreto N° 1072 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Trabajo”, señala:

los trabajadores en todas las ocupaciones. Que el Artículo 2.2.4.6.8 del Decreto N° 1072 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Unico Reglamentario del Sector Trabajo”, señala: “ARTÍCULO 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa, el empleador tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: (la) Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 2 “Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 www.igac.gov.co DES KO E x. Gobierno de nel +2 Colombia 0884 igacls] 19 JUN 2025

9. Participación de los Trabajadores: Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable.

Que a través de la Resolución N° 0340 del 19 de marzo de 2025, se adoptó el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional para el Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC. co Que mediante Circular Interna N° 0000013 del 30 de abril de 2025, se realizó la

Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional para el Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC. co Que mediante Circular Interna N° 0000013 del 30 de abril de 2025, se realizó la convocatoria para la elección de representantes de los empleados ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, para el periodo 2025 — 2027. Que el 23 de mayo de 2025, se llevó a cabo la votación para la elección de los representantes de los trabajadores para la conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST del orden Nacional del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, para el periodo 2025-2027. Que dentro del término establecido en el cronograma de la convocatoria, se inscribieron diez (10) servidores públicos ante la Subdirección de Talento Humano, como candidatos para representar a los servidores públicos de la entidad para el período 2025 — 2027, tal como se relaciona a continuación: Diana Maritza Jiménez Giomar Corrales Rangel Jesús Guillermo Gómez Leonardo Moreno Cañas Luisa Fernanda Guerra Maria del Pilar Silva Maria Deysy Chavarría Maria Rocío Barbosa Neira Yeraldig Lozano Wendy Johanna Díaz Que conforme con los resultados del citado proceso fueron elegidos como representantes principales al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el TrabajoCOPASST de orden Nacional, los candidatos que obtuvieron la primera, segunda, tercera y cuarta votación más alta, y como representantes suplentes los cuatro

representantes principales al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el TrabajoCOPASST de orden Nacional, los candidatos que obtuvieron la primera, segunda, tercera y cuarta votación más alta, y como representantes suplentes los cuatro candidatos que continúan en estricto orden de votación quienes reemplazarán en estricto orden a los principales Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 3 Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia pa y (+57) 601 653 1888 Y www.igac.gov.co> Gobierno de IS $2 Colombia ae IGAcÍS) Que una vez finalizada la jornada de votación virtual y de acuerdo al acta de escrutinio de votos, suscrita por los jurados de votación se obtuvo el siguiente resultado: Nombre del candidato | Cantidad de votos Diana Maritza Jiménez 60 Giomar Corrales Rangel 27 Jesús Guillermo Gómez 21 Leonardo Moreno Cañas 81 Luisa Fernanda Guerra 22 Maria del Pilar Silva 24 Maria Deysy Chavarría 59 Maria Rocío Barbosa 34 Neira Yeraldig Lozano 71 Wendy Johanna Díaz 24

Total de votos en blanco: 21

Total de votos registrados: 444

En constancia se firma por quienes participaron ‘camo jurados: FIRMAS: nd Edinson Yair Prato Andrea Cristina Ortega Deyanira Medina Medina Nombre r uy Firma i Instituto Geografico Agustin Codazzi Pagina | 4 O Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 / www.igac.gov.co WeGobierno de 10.4

i Instituto Geografico Agustin Codazzi Pagina | 4 O Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 / www.igac.gov.co WeGobierno de 10.4 $2 Colombia 1 9 JUN 2025 O En constancia se firma por quienes participaron como testigo: Nombre | Firma Testigo designado por Oscar Yovanny Cañaveral Ly Ea Lun fords Buena, Geraldine García Quitian Neia te der En atención firman los jurados de votación y erivian el acta de escrutinio al correo: talentonumantdUigac.qov.co. Que adicionalmente la Resolución N° 2013 de 1986 en su Artículo 2 señala que “cada Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes” Que por lo anterior, la administración designa como representantes ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional a quienes desempeñan los siguientes empleos: Representantes Principales Representantes Suplentes Subdirector (a) Administrativo y Financiero Jefe Oficina Comercial Jefe de Laboratorio Nacional de Suelos Subdirector (a) de Agrología Subdirector (a) de Infraestructura Tecnológica Subdirector (a) de Información Director (a) Territorial Director (a) Territorial Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE Artículo 1. Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de orden Nacional del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC para el período 2025 — 2027,

Que en mérito de lo expuesto. RESUELVE Artículo 1. Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de orden Nacional del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC para el período 2025 — 2027, con los representantes electos por parte de los servidores públicos y los designados por la administración, tal como se cita a continuación: Representantes principales de los servidores públicos Posición Nombre No. Cédula Dependencia Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 5 Q Carrera 30 No. 48 - 51, Bogota D.C., Colombia © (+57) 601 653 1888 B www.igac.gov.co2 Gobierno de YY Colombia 19 JUN 2025 IGACK 9) E Subdirección de 1 Leonardo Moreno Cañas 80168267 Geografía 2 Neira Yeraldig Lozano 1072193869 D.T. Cundinamarca 3 Diana Maritza Jiménez 31927658 D.T. Valle dei Cauca 4 Maria Deysy Chavarría 1096955109 D.T. Boyacá Representantes suplentes de los servidores públicos Posición Nombre No. Cédula Dependencia ; 3 Subdirección Talento 5 Maria Rocío Barbosa 79758438 Humane 6 Giomar Corrales Rangel 37925711 Subdirección de Avalúos 7 Maria del Pilar Silva 51768775 Urea Geografía 8 Wendy Johanna Díaz 52918671 Subdirección General Representantes principales de la administración Representantes Principales Subdirector (a) Administrativo y Financiero Jefe de Laboratorio Nacional de Suelos Subdirector (a) de Infraestructura Tecnológica Director (a) Territorial Representantes suplentes de la administración Representantes Suplentes Jefe Oficina Comercial

Subdirector (a) Administrativo y Financiero Jefe de Laboratorio Nacional de Suelos Subdirector (a) de Infraestructura Tecnológica Director (a) Territorial Representantes suplentes de la administración Representantes Suplentes Jefe Oficina Comercial Subdirector (a) de Agrología Subdirector (a) de Información Instituto Geográfico Agustín Codazzi Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia (+57) 601 653 1888 G Y Www.igac.gov.co Página | 63 Es Gobierno de 7 Colombia 0 lios IGAcÍS) Director (a) Territorial Parágrafo 1. El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional tendrá una vigencia de dos (2) años que iniciará desde la fecha de la comunicación de la presente resolución. Parágrafo 2. Los representantes de la administración serán quienes ocupen los cargos indicados en el cuadro anterior. Parágrafo 3. El Director General designará mediante memorando a los servidores públicos que ocupan los empleos de Directores Territoriales como representantes de la administración. Parágrafo 4. En caso de que alguno de los representantes del nominador en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de orden Nacional, presente alguna inhabilidad para ejercer su labor deberá informarlo a la Dirección General, con el fin de designar a otro representante. Artículo 2. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los servidores públicos que se relacionan a continuación. Nombre Dependencia Correo Electrónico Subdirección de Leonardo Moreno Cañas Imoreno@igac.gov.co Geografia

Artículo 2. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los servidores públicos que se relacionan a continuación. Nombre Dependencia Correo Electrónico Subdirección de Leonardo Moreno Cañas Imoreno@igac.gov.co Geografia Neira Yeraldig Lozano D.T. Cundinamarca neira.lozano@igac.qov.co Diana Maritza Jiménez D.T. Valle del Cauca djimenez@igac.gov.co Maria Deysy Chavarria D.T. Boyaca Pr ie) Subdirección Talento Maria Rocío Barbosa maria.barbosa@igac.gov.co Humano Giomar Corrales Rangel Subdireccion de giomar.corrales@igac.gov.c Avalúos [e) 3 . : Subdirección de ei , Mari . E -JOV. aria del Pilar Silva Geografía maria.silva@igac.gov.co Wendy Johanna Diaz Subdirección General wendy.diaz@igac.gov.co Articulo 3. Comunicar el contenido del presente acto administrativo a los servidores publicos que ocupan actualmente los cargos de los representantes asignados por la administracion. Instituto Geográfico Agustin Codazzi Página | 7

Y Carrera: 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia p % (+57) 601 653 1888

El www.igac.gov.coGobierno de Gok" $2 Colombia 0884 IGACÍ3) Artículo 4. Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 1437 de 2011. Artículo 5. Contra la presente resolución no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley N° 1437 de 2011.

de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 1437 de 2011. Artículo 5. Contra la presente resolución no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley N° 1437 de 2011. Artículo 6. Comuníquese el presente acto administrativo a través del correo masivo al personal de la entidad. Artículo 7. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en la ciudad de Bogotá D.C. 7 GUSTAVO gate MORALES DIRECTOR GENERAL Aprobó: Martha Lucia Parra Garcia - Secretaria ceonerai gk Revisó: Gloria Marlen Bravo Guaqueta - Subdirectora de Talento Humano «x4... Camila Gutiérrez Barragán - Jefe Oficina Asesora Juridica( 4 Kelly Johana Morales — Asesora del despacho KSty ~ Sandra Milena Martínez - Contratista Secretaria General E44Proyectó: Leonardo Andrés Cuéllar Apolinar — Abogado Contratista - Subdirección de Talento Humano" id Instituto Geográfico Agustín Codazzi Página | 8 Y Carrera 30 No. 48 - 51, Bogotá D.C., Colombia € (+57) 601 653 1888 Y www.igac.gov.co

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