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INS - Circular Externa 0002 de 2020

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Circular Externa 0002 de 2020
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

1 INSTITUTO AP 0 NACIONAL DE La US E Minsalud 0 SALUD es de todos 1

CIRCULAR EXTERNA 1000) 0 2

Bogotá, D.C. 13 ENE 2020

PARA: Gobernadores, Alcaldes, Secretarios de Salud Departamentales, Distritales y Municipales, Directores de Salud Departamentales, Coordinadores de Vigilancia en Salud Pública, Laboratorio de Salud Pública Departamentales y Distrito Capital, Referentes de Laboratorio de Análisis Físico, Químico y Microbiológico, Área de Salud Ambiental

Departamental y Referentes Plan Departamental de Aguas. DE: Directora General, Instituto Nacional de Salud (INS) ASUNTO: Resultados de la información de vigilancia de la calidad del agua para consumo humano-vigencia 2019 El Sistema Información para la Vigilancia de la Calidad del Agua Potable (SIVICAP) es el soporte fundamental para el desarrollo del Programa de agua potable en Colombia y es el insumo básico para la generación de información de la calidad del agua para consumo humano en el país. Esta herramienta, cuya carga de información es responsabilidad exclusiva de las Direcciones Territoriales de Salud, como resultado de las acciones de Inspección, vigilancia y Control que realizan estas, a la red de distribución del servicio de acueducto en sus respectivas áreas de influencia es de utilidad tanto para las Entidades Territoriales (para detectar y analizar de manera temprana los riesgos, eventos o situaciones de emergencia para la salud de la población derivados de la calidad del agua usada para consumo), como para numerosos usuarios indirectos como el INS, los Ministerios de Vivienda y Salud y las entidades de Control.

El Instituto Nacional de en cumplimiento del Decreto 1575 de 2007 se permite informar que el plazo final para el cargue y la validación de los resultados de los análisis de las muestras en el SIVICAP para la vigencia 2019 es el 17 de febrero de 2020. La Resolución 2115 de 2007 de los actuales Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Ministerio de Salud y Protección Social definen las características, instrumentos básicos, frecuencias tanto del control como de la vigilancia para la calidad del agua para consumo humano, cuyo resultado se concreta con el reporte de los resultados con el IRCA por muestra y el IRCA mensual. Con estos indicadores se define la clasificación del nivel de riesgo del agua suministrada por la persona prestadora y se señalan las acciones que debe realizar la autoridad sanitaria competente. Av. Calle 26 No. 5120, boE D.C., Colombia Conmutador: (1) 220 7700 1703-1704 fax: 220 7700 Ext. 1283-126' correo electrónico: coniacienosGis. gov.co A 3

Página web: www.ins.gov.co %, Una gratuita nacional: 01801103 040 0 me SOS S6S.

Q INSTITUTO NACIONAL DE La salud Minsalud es de todos SALUD La consolidación de la información a corte de 31 de diciembre de 2019 es uno de los insumos para el Informe Nacional de Calidad de Agua en el país (INCA); y con él se da cumplimiento a la entrega de información oportuna y veraz a todos los usuarios del sistema: Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, el Departamento Nacional de

Planeación, Defensoría, Contraloría General de la Nación y Procuraduría General de la Nación. Al respecto, se indica el procedimiento a seguir: 1) Se deben registrar los resultados pendientes de la vigilancia de la calidad del agua correspondientes al mes de diciembre de 2019 a más tardar el 15 de enerode 2020. 2) Con base información en la información registrada en el SIVICAP (fecha de corte al 15 de enero de 2020), este despacho remitirá de manera personalizada a cada entidad territorial la base de datos para validación y ajustes finales por parte de las direcciones territoriales de salud (DTS) a más tardar del 27 de enero del presente. 3) Las DTS deberán revisar, validar y ajustar la información resaltada en color amarillo en las bases de datos que se enviarán y remitir al INS al correo: sivicap(Dins.gov.co hasta el 17 de febrero de 2020, para su incorporación al consolidado nacional. 4) En caso de no cumplir con lo señalado en los numerales anteriores antes de la fecha señalada, se entenderá que la entidad territorial acepta la responsabilidad sobre la información entregada a las autoridades competentes. 5) Una vez recibidas las bases de datos ajustadas y validadas, serán incorporadas en la consolidada del país 2019, la cual será remitida por este despacho a las autoridades competentes. Agradezco de antemano su colaboración y la de la Institución a su cargo para concretar y desarrollar exitosamente este compromiso de relevancia para el país.

Proyectó: Marysol González Hormiga — Referente Sivicap Revisó: Astrid Carolina Flórez Sánchez. Directora técnica Dirección Redes en Salud Pública

Av. Calle 26 No. 5120, Bogotá, D.C., Colombia Conmutador: (1) 220 7700 1703-1704 fax: 220 7700 1283-1269 correo electrónico: o o EN a Página web: www.Ins.go %, Linea gratuita nacional. 018000 113 400 e SES, -SGS.

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