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INS - Circular Externa 0003 de 2020

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Circular Externa 0003 de 2020
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

INSTITUTO ud ea DE 0 dede todos Minsalud l CIRCULAR EXTERNA 10000 ) 3 Bogotá, D.C. 1 4 ENE 2020

PARA: Gobernadores, Alcaldes, Secretarios de Salud Departamentales, Distritales y Municipales, Directores de Salud Departamentales, Coordinadores de Vigilancia en Salud Pública, Laboratorio de Salud Pública Departamentales y Distrito Capital, Referentes de Laboratorio de Análisis Físico, Químico y Microbiológico, Área de Salud Ambiental Departamental y Referentes Plan Departamental de Aguas.

DE: Directora General - Instituto Nacional de Salud (INS) ASUNTO: Lineamientos para la puesta en marcha de la nueva versión del Sistema de Información para Vigilancia de la Calidad del Agua Potable (SIVICAP). El "Sistema de Información de la Vigilancia de la Calidad del Agua Potable - SIVICAP", se desarrolló en cumplimiento del Decreto 1575 de 2007 y sus resoluciones reglamentarias, por las que se establece el Sistema de Protección y Control del Agua para Consumo Humano, con la finalidad de que las Autoridades Sanitarias departamentales y del Distrito Capital puedan reportar los datos de la vigilancia de la calidad del agua en el país. Esta herramienta, cuya carga de información es responsabilidad exclusiva de las Direcciones Territoriales de Salud, como resultado de las acciones de Inspección, vigilancia y Control que realizan estas, a la red de distribución del servicio de acueducto en sus respectivas áreas de influencia es de utilidad tanto para las Entidades Territoriales (para detectar y analizar de manera temprana los riesgos, eventos o situaciones de emergencia

para la salud de la población derivados de la calidad del agua usada para consumo), como para numerosos usuarios indirectos como el INS, los Ministerios de Vivienda y Salud y las entidades de Control. El SIVICAP ha tenido un crecimiento exponencial desde su última modernización en el 2011, haciendo necesaria la actualización de la herramienta tecnológica de manera que se ajuste a los cambios normativos, el estado del arte y mejore la experiencia del usuario final, facilitando su labor. La nueva versión de la herramienta SIVICAP permitirá almacenar y gestionar la información de la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano del país, acortando de manera significativa los tiempos de cargue y garantizando la calidad de los datos capturados de manera que las entidades responsables del registro, las autoridades nacionales, órganos de control, organismos y ciudadanos interesados en conocer la información puedan acceder “a ella de manera fácil. Av. Calle 26 No. 5120, Bogotá, D.C., Colombia Conmutador: (1) 220 7700 1703-1704 fax: 220 7700 1283-1269 correo electrónico: contactenos(Qins.gov.co 4 3

Página web: www.ins.gov.co %, 0

Hr gratuita nacional: 018000 113 400 ve SES. SGS.

Q) iwsrruro NACIONAL DE gy La salud Minsalud SALUD | es de todos Al respecto, se describen las acciones a desarrollar: 1) La autoridad sanitaria continuará siendo la responsable de registrar la información completa de las personas prestadoras, puntos de muestreo, sistemas de suministro, fuentes de abastecimiento y demás variables e información requerida por el SIVICAP

en campos obligatorios para contar con información depurada y actualizada necesaria para la estimación y generación de indicadores y certificaciones de la vigilancia de la calidad del agua potable. 2) Se deberán registrar los resultados de la vigilancia de la calidad del agua correspondientes al año 2020 en la nueva plataforma de SIVICAP a partir del 10 de febrero de 2020. 3) El personal responsable de realizar las acciones de inspección, vigilancia y control de la calidad del agua, así como los referentes encargados de la toma, análisis y reporte de resultados en SIVICAP, deberá participar en las capacitaciones que se llevarán a cabo durante el mes de enero y febrero de 2020 para el reporte en el nuevo sistema. Con base en lo anteriormente expuesto, se recuerda las ET, los LSP y los referentes del SIVICAP las responsabilidades frente a la vigilancia de la calidad del agua para consumo humano:

ALCALDÍAS Y GOBERNACIONES

a. Garantizar el óptimo cumplimiento de sus competencias en salud pública, según su estructura técnica y de gestión para desarrollar las acciones relacionadas con la vigilancia de la calidad del agua para el consumo humano, con el propósito de mejorar la eficacia de su gestión en función de los recursos asignados, infraestructura y talento humano. b. Realizar las previsiones presupuestales necesarias para asegurar la disponibilidad de los recursos requeridos para el cumplimiento de sus responsabilidades y competencias en materia de vigilancia de la calidad del agua, tales como: visitas de inspección sanitaria, toma, conservación y transporte de las muestras en sus áreas de influencia, análisis de las mismas por parte del laboratorio de salud pública o laboratorio autorizado, según proceda; educación sanitaria, solicitud de toma de medidas

preventivas y correctivas, coordinación intersectorial, asesoría y asistencia técnica, fortalecimiento del recurso humano y promoción de la participación comunitaria, entre otras (Ley 715/2001, arts 43.3). Av. Calle 26 No. 5120, Bogotá, D.C., Colombia Conmutador: (1) 220 7700 1703-1704 fax: 220 7700 1283-1269 correo electrónico: pod gov.co 4 EA Página web: www.ins.

Línea gratuita nacional: 018000 113.400 e SOS? _S0S

Q INSTITUTO Lacald o DE adas Minsalud

LABORATORIOS DE SALUD PÚBLICA

a. Cumplir con la implementación de los estándares de calidad y los requisitos mínimos para la autorización de los laboratorios que realizan análisis físicos, químicos o microbiológicos al agua para consumo humano para vigilancia y diagnóstico general. b. Implementar, estandarizar y validar las técnicas y metodologías analíticas para las características físicas, químicas y microbiológicas que hacen parte del cálculo del IRCA; así como de análisis especiales para el monitoreo de las características seleccionadas en cumplimiento de los mapas de riesgo.

C. Realizar los análisis físicos, químicos y microbiológicos de acuerdo con las frecuencias y número de muestras señalados, la población atendida y teniendo en cuenta el mapa de riesgo, dentro del mes correspondiente a la fecha de toma de la muestra.

d. Realizar visitas de inspección, vigilancia y control a los laboratorios que realizan análisis físicos, químicos y microbiológicos al agua para consumo humano para vigilancia y

diagnóstico general, de acuerdo a los requisitos mínimos exigidos y el procedimiento de autorización de laboratorios, según directrices establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

REFERENTES SISTEMA DE INFORMACIÓN SIVICAP

a. Registrar y actualizar en el SIVICAP la información de la vigilancia de la calidad del agua de manera veraz, validada, oportuna y depurada de los datos necesarios para generar los indicadores IRCA, IRABA, así como de la inspección sanitaria, exigidas en el decreto y sus resoluciones reglamentarias. b. Registrar oportunamente los resultados de las muestras de vigilancia dentro del mismo mes de la toma de la muestra y a más tardar el día 15 del mes siguiente, excepto que el día calendario especificado corresponda a un día no hábil, en cuyo caso se trasladará el plazo al siguiente día hábil. Agradezco su colaboración y la de la Institución a su cargo para concretar y desarrollar exitosamente este compromiso de relevancia para el país.

Proyegtó: Marysol González Hormiga — Referente Sivicap Revisd: Astrid Carolina Flórez Sánchez. Directora técnica Dirección Redes en Salud Pública

Av. Calle 26 No. 5120, Bogotá, D.C., Colombia Conmutador: (1) 220 7700 1703-1704 fax: 220 7700 Ext. 1283-1269 correo electrónico: contactenos(Gins.gov.co EN 3

Página web: www.ins.gov.co %, ] Los gratuita nacional: 018000 113 400 0 SES. -SGS.

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