INS - Decreto 0042 de 2026
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Decreto 0042 de 2026
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2026
REPUBLlCA DE COLOMBIA
•
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
DECRETO NÚMERO O 042 DE 2026
JT-- --'- _._.-.... (21 ENE 2010 "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos." EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, , los artículos 26,50,51, 117 de la Ley 1563 de 2012, los artículos 6,19,20, 22,23,31,41,45,48,79,80,81,133,135,139,140,141 Y 143, de la Ley 2220 de 2022, el parágrafo 2 del artículo 454 del Código General del Proceso, entre otras, y CONSIDERANDO: Que el artículo 229 de la Constitución Política, reconoce el , derecho fundamental de todas las personas a acceder a la administración de justicia. Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 116, dispone: "(. ..) Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley. ". Que conforme a lo dispuesto en el artículo 1 o de la Ley 270 de 1996, la administración de justicia hace parte de las funciones públicas a cargo del
equidad, en los términos que determine la ley. ". Que conforme a lo dispuesto en el artículo 1 o de la Ley 270 de 1996, la administración de justicia hace parte de las funciones públicas a cargo del Estado y por medio de ella se hacen efectivos "los derechos, obligaciones, garantías y libertades consagrados ( .. )" en la Constitución Política y en la Ley, con la finalidad de U( .. . ) realizar la convivencia social y lograr y mantener la concordia nacionaf'.DECRETO NÚMERO O 042 DE Pá ¡na 2 de 68 Continuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" Que según el artículo 2 de dicha Ley, el Estado debe garantizar a todos los asociados el acceso a la administración de justicia. Que la Ley 136 de 1994, por la cual se dictan las normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, establece en sus artículos 3 y 91 funciones a los municipios y a los alcaldes, entre otras, la promoción de la seguridad y la convivencia entre sus habitantes. Que la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal, establece en su artículo 522 que la conciliación en delitos querellables se surtirá obligatoriamente y como requisito de procedibilidad, para el ejercicio de la acción penal y que ésta deberá tramitarse ante el fiscal que corresponda, un centro de conciliación o ante un conciliador reconocido como tal. Que la misma Ley, en sus artículos 523 al 527, regula la mediación en materia
de la acción penal y que ésta deberá tramitarse ante el fiscal que corresponda, un centro de conciliación o ante un conciliador reconocido como tal. Que la misma Ley, en sus artículos 523 al 527, regula la mediación en materia penal, sus efectos y la manera de implementarla por medio de las directrices fijadas por la Fiscalía General de la Nación. Que el Decreto Ley 2897 de 2011, por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica, las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho y se integra el Sector Administrativo de Justicia y del Derecho, modificado en lo pertinente por el Decreto 1427 de 2017, señala en su artículo 1 que el Ministerio de Justicia y del Derecho, tendrá como objetivo formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública en materia de acceso a la justicia formal y alternativa. Que el articulo 16 de la misma norma establece las funciones de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, entre las cuales se encuentran las de formular, coordinar, divulgar y fomentar políticas públicas para aumentar los niveles de acceso a la justicia, a través de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, promover el acceso a la justicia para los grupos minoritarios y vulnerables, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como la creación de entidades avaladas para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y arbitraje y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho. Que la Ley 1563 de 2012 "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje
de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho. Que la Ley 1563 de 2012 "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones", especialmente, en sus artículos 50,51 Y 117 otorga al Ministerio de Justicia y del Derecho, la facultad de autorizar la creación de centros de arbitraje, aprobar sus reglamentos, así como ejercer control, inspección y vigilancia sobre los mismos y las condiciones del desarrollo del arbitraje social, entre otros.O04:2
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Continuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma el Decreto 1069 de 2015 Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con nn"'''''1'''' Alternativos de Solución de Conflictos" Que la 1564 de 2012 "Por medio de cual se expide Código del y se dictan disposiciones" establece, en parágrafo 1 del artículo que a petición de quien tenga derecho a solicitar el remate, se podrá comisionar a las arbitraje, de conciliación, cámaras comercio o autorizados y en parágrafo 2 mismo artículo se indica que las tarifas por dichos servicios establecidas por el Gobierno nacional. Que la 1564 de 2012, en su libro 3, Título IV, modificada por la Ley 2445 de establece la de la de persona natural y otorga competencia para conocer los de de y convalidación de acuerdos privados, a conciliadores centros conciliación expresamente autorizados para esos por parte Ministerio Justicia y Derecho y a los notarios. Que la 1617 de 201 por la cual se el Régimen los
convalidación de acuerdos privados, a conciliadores centros conciliación expresamente autorizados para esos por parte Ministerio Justicia y Derecho y a los notarios. Que la 1617 de 201 por la cual se el Régimen los Especiales, establece en su artículo 2 aquellos casos no regulados por normas especiales o que no se remitan a disposiciones aplicables a otros tipos de entidades territoriales, se sujetarán a las normas previstas para los municipios, lo que es para el desarrollo territorial de los Programas Justicia en Equidad en el nivel municipal y distrital. Que la 2200 de 2022, por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y funcionamiento de los departamentos, en sus artículos 4 y 119 que, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución Política y vigentes, corresponde a los departamentos y a losdemás disposiciones convivencia en área de su jurisdicción así como la de desarrollar acciones y programas encaminados a la promoción de la solidaridad, la tolerancia y la convivencia pacífica los habitantes departamento. Que el Decreto Ley 893 se crearon Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) y se estableció, otros as~)ectos que Programas intervendrán avance efectivo el desarrollo y la convivencia armónica. implementación implica disponer de un instrumento para que los habitantes del campo, de comunidades, grupos étnicos y todos involucrados en el proceso de construcción en las regiones, junto con Gobierno y las autoridades públicas construyan planes acción concretos para sus de con el territorial acordado. Que el legislador expidió la Ley 2220 "Por medía de la cual se expide el estatuto de concílíación y se dictan disposiciones", con el fin de
acción concretos para sus de con el territorial acordado. Que el legislador expidió la Ley 2220 "Por medía de la cual se expide el estatuto de concílíación y se dictan disposiciones", con el fin de los Métodos Alternativos Solución Conflictos, contribuir a001~2
DECRETO NÚMERO ¡na 4 de 68
Continuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" Que la mencionada Ley establece la les de acercar la justicia a las personas, fortalecer tejido afianzar legitimidad institucional y construir una cultura de Que el parágrafo 2 del artículo 6 dicha dispone que Gobierno nacional reglamentará las condiciones que deberán cumplir los centros de conciliación para el servicio de conciliación por medios virtuales. y desarrollo de los Programas Justicia en Equidad, los cuales se encargarán del fomento, fortalecimiento de la política pública la conciliación en equidad o de cualquier forma resolución conflictos en el ámbito comunitario en determinada zona, departamento, distrito o municipio, así como realizar el seguimiento y monitoreo a la labor de los conciliadores en equidad. Que artículo 141 de la Ley 2220 2022, que el Gobierno Nacional determinará la fecha en la cual se contará con programas locales de justicia en equidad en todos los municipios del y dicha cobertura se realizará de manera gradual. Que artículos y 79 de la citada Ley establecen que el Ministerio Justicia y del Derecho funciones de control, inspección y vigilancia sobre los centros conciliación, los programas locales de justicia en equidad y los
manera gradual. Que artículos y 79 de la citada Ley establecen que el Ministerio Justicia y del Derecho funciones de control, inspección y vigilancia sobre los centros conciliación, los programas locales de justicia en equidad y los puntos de atención de la conciliación en equidad. Que la Ley 2220 2022 en su artículo 45 indica que el Gobierno Nacional reglamentará los requisitos que permitan acreditar la experiencia y la idoneidad de los conciliadores que vayan a actuar en los centros conciliación. Que artículo de la misma Ley preceptúa que y organizaciones implementen conciliación en equidad harán bajo orientación del Ministerio de Justicia y Derecho. por medio los artículos 133, 134 Y 1 de esta se crea Nacional de Conciliación "por del cual el Ministerio Justicia y del Derecho implementa política pública de conciliación, con objetivo coordinar acciones y aunar esfuerzos interinstitucionales para la promoción, fortalecimiento y desarrollo de la conciliación", y se sus integrantes y sus órganos operativos. Que mediante los artículos 139 y 1 se crea el Programa Nacional de Justicia en Equidad, en cabeza del Ministerio Justicia y del Derecho y se dispone que éste comprenderá todas aquellas iniciativas de comunitaria, justicia en equidad, convivencia y resolución de conflictos desde el ámbito comunitario,DECRETO NÚMERO 2 DE Pá ¡na 5 de 68 90ntinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" que provengan del Gobierno nacional o los territoriales, para lo se expedirá la correspondiente reglamentación.
Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" que provengan del Gobierno nacional o los territoriales, para lo se expedirá la correspondiente reglamentación. Que la de 2021 crea el Registro de Deudores Morosos AlimentariosREDAM - Y procedimiento para la inclusión en registro de aquellas acreencias alimentarias que nacen a partir la de un conciliación. Que artículo 143 de la Ley 2220 establece que el Nacional reglamentará el sistema de turnos preferenciales, para el pago, por de las entidades de acuerdos conciliatorios aprobados por jurisdicción contenciosa administrativa. Que los anteriores asuntos, es necesario reglamentar otros Ley 2220 2022 con fin de establecer condiciones el debido cumplimiento lo señalado en mencionado normativo. Que en bases de la Ley 2294 2023, por medio de cual se expide el "Colombia Potencia Mundial de la Vida", se establece que: "El acceso efectivo a la justicia es fundamental para bienestar, la dignidad y el goce efectivo de los derechos sin ninguna discriminación. Bajo premisa, se formularán, implementarán y intervenciones y basadas en la prestación del servicio de se promoverá la efectiva de los conflictos en las comunidades; se reconocerá las justicias pueblos, y sus diferentes necesidades territoriales; y se protegerán los litigiosos de la Plan Nacional de Desarrollo la misma Ley señala, en su artículo 1, que Plan Nacional de Desarrollo "tiene como objetivo sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección la vida a partir de construcción de un nuevo social que propicie superación de injusticias y exclusiones históricas,
Desarrollo "tiene como objetivo sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección la vida a partir de construcción de un nuevo social que propicie superación de injusticias y exclusiones históricas, no repetición del conflicto, el cambio de relacionamiento con el ambiente y una productiva sustentada en conocimiento y en armonía con la proceso debe en la entendida como la búsqueda de una oportunidad que todos podamos vivir una vida digna, en la justicia; es decir, en una cultura de la reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que cuidado de la casa común". Y, además, en su artículo 4 relacionado con sus transversales se la Total "como una participativa, amplia, incluyente e integral para logro de la paz y duradera, con de no repetición y(')0.11 0
DECRETO NÚMERO ÍJ ¿J:. {... DE Pá ¡na 6 de 68
Continuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" seguridad para todos los colombianos; con estándares que eviten la impunidad y garanticen en el mayor nivel posible los derechos de las víctimas a fa verdad, la justicia y la reparación. Esto implica que el centro de todas las decisiones de política pública sea la vida digna, de tal manera que los humanos y los ecosistemas sean respetados y protegidos. Busca transformar los territorios, superar el déficit de derechos económicos, sociales, culturales, ambientales, y acabar con las violencias armadas, tanto aquellas de origen sociopolítico como las que están marcadas por el lucro, la acumulación y el aseguramiento de
superar el déficit de derechos económicos, sociales, culturales, ambientales, y acabar con las violencias armadas, tanto aquellas de origen sociopolítico como las que están marcadas por el lucro, la acumulación y el aseguramiento de riqueza. Este eje tendrá presente los enfoques de derechos de género, cultural y territorial". Que el artículo 313 de la misma Ley indicó que todos los cobros, sanciones, multas, tarifas, entre otros, actualmente denominados y establecidos con base en salarios mínimos o en Unidades de Valor Tributario - UVT-, deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Básico -UVBdel año 2023. Que en cumplimiento de lo previsto en los artículos 3 y 8 de la Ley 1437 de 2011 y de lo dispuesto en el artículo 2.1.2.3.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República, 1081 de 2015, el proyecto de Decreto fue publicado en la página web del Ministerio de Justicia y del Derecho. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA Artículo 1. Sustitución y adición de definiciones al artículo 2.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015. Sustitúyanse y adiciónense en el artículo 2.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, las siguientes definiciones: Aval: Es la autorización que otorga el Ministerio de Justicia y del Derecho a las entidades que, en virtud de ello, quedan habilitadas para impartir Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho o para impartir el Programa de Formación de Conciliadores en Insolvencia.
a las entidades que, en virtud de ello, quedan habilitadas para impartir Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho o para impartir el Programa de Formación de Conciliadores en Insolvencia. Autorización para conocer procedimientos de insolvencia de persona natural: Es la autorización que otorga el Ministerio de Justicia y del Derecho a las entidades o centros de conciliación que pretendan adelantar los procedimientos de negociación de deudas y convalidación de acuerdos de la persona natural, según lo establecido en el presente Decreto y con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 533 del CódigoDECRETO DE Pá ¡na 7 de 68 ,?ontinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" General del Proceso. Lo anterior sin perjuicio de la competencia atribuida a las notarías en la mencionada norma.
Centro: donde se los servicios conciliación, arbitraje, compOSIClon, insolvencia persona natural, acuerdos apoyo y directivas anticipadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 1996 de 2019, en términos establecidos en el presente capitulo.
Centro Conciliación: la línea de acción autorizada por el Ministerio de Justicia y del Derecho a una entidad para que soporte operativo y administrativo requerido para la prestación del de conciliación extrajudicial en derecho, contando para ello con conciliadores inscritos en sus listas, y estableciendo su propio reglamento para su funcionamiento, cual igualmente, ser aprobado por el Ministerio Justicia y del
Centros de Conciliación Gratuitos: por
conciliadores inscritos en sus listas, y estableciendo su propio reglamento para su funcionamiento, cual igualmente, ser aprobado por el Ministerio Justicia y del Centros de Conciliación Gratuitos: por conciliación gratuitos, los de conciliación consultorios jurídicos de las Instituciones de ucación Superior y de entidades públicas deben prestar sus servicios de manera gratuita, de acuerdo con lo dispuesto en la ley. ~.c.rllt'rt".C!. de Conciliación Remunerados: por Centros Conciliación Remunerados, los centros de conciliación de las sin ánimo lucro y de que están autorizados para cobrar por sus servicios. Entidad Avalada para Formar Conciliadores en Derecho: Es la entidad que con el aval del Ministerio de Justicia y Derecho para formar a Programas de Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho. Entidad Avalada para Formar Operadores de Insolvencia de Persona Natural: la entidad autorizada por el Ministerio de Justicia y Derecho para capacitar conciliadores a de Programas de Formación en Insolvencia, para el conocimiento procedimientos de deudas y convalidación de privados. Se entiende por expensas aquellos gastos que se pueden presentar y convertirse en necesarios para el adecuado de la conciliación en equidad, tales como notificaciones, fotocopias, envío de documentos y gastos de desplazamiento, los cuales en ningún caso podrán ser superiores al valor comercial de referencia enDECRETO NÚMERO OJ 42 DE Pá ¡na 8 de 68 C;;ontinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución
C;;ontinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" el mercado. Las mismas estarán a cargo del interesado o interesados, quienes las cancelarán directamente a quien haya prestado el servicio. El Conciliador en Equidad en ningún caso podrá solicitar ni recibir dineros de las partes, so pena de las sanciones disciplinarias a que haya lugar.
Justicia Comunitaria: Es el conjunto de instancias y procedimientos mediante los cuales una comunidad en un contexto social específico de acuerdo con sus normas sociales regula sus comportamientos, armoniza sus relaciones internas, fortalece su tejido social y protege su identidad.
Programa Local de Justicia en Equidad: Conjunto de acciones, procedimientos e instrumentos técnicos desarrollados en el ámbito local de manera articulada por las entidades y organizaciones involucradas en el fomento, desarrollo y fortalecimiento de la conciliación en equidad o de cualquier forma de resolución de conflictos en el ámbito comunitario, de acuerdo con lo establecido por el Programa Nacional de Conciliación en Equidad. Programa Nacional de Justicia en Equidad: Conjunto de lineamientos, acciones, procedimientos e instrumentos técnicos a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho, que orientan el diseño, implementación, fortalecimiento y sostenibilidad de la política pública en materia de conciliación en equidad, convivencia y métodos alternativos de solución de conflictos que se basan en la equidad, dirigidos a orientar la creación y funcionamiento de los Programas Locales de Justicia en Equidad y la adecuada articulación de las entidades y organizaciones involucradas en
de conflictos que se basan en la equidad, dirigidos a orientar la creación y funcionamiento de los Programas Locales de Justicia en Equidad y la adecuada articulación de las entidades y organizaciones involucradas en la implementación de diversas formas de justicia en equidad y comunitaria en el ámbito territorial. Punto de Atención de la Conciliación en Equidad (PACE): Espacio conformado por los conciliadores en equidad, en torno a la operación de la figura. Son coordinados por los respectivos Programas Locales de Justicia en Equidad e inspeccionados, vigilados y controlados por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Reglamento de los Centros: Es el conjunto de reglas que deben establecer los Centros para su funcionamiento según los servicios que estén autorizados para prestar.
Sistema Nacional de Conciliación: Conjunto de instancias, normas y procedimientos , por medio del cual se implementa la política pública en materia de conciliación.DECRETO NÚMERO ca t..:. " DE ¡na 9 de 68 C;:ontinuación del Decreto "Por medio del cual se y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015 Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" Artículo 2. Modificación del attículo 2.2.4.1.2 del Decreto 1069 de 2015. El artículo 2.2.4.1 del Decreto 1069 de 201 Único Reglamentario del Sector Justicia, quedará así: "Attículo 2.2.4.1.2 Objetivos y funciones específicas. El Programa Nacional de Casas de Justicia tendrá los siguientes objetivos y funciones: 1. espacios acción integral en materia de justicia comunitaria y
Justicia, quedará así: "Attículo 2.2.4.1.2 Objetivos y funciones específicas. El Programa Nacional de Casas de Justicia tendrá los siguientes objetivos y funciones: 1. espacios acción integral en materia de justicia comunitaria y justicia no formal, dando prioridad a la figura la Conciliación en conforme a lo dispuesto en el artículo de la Ley de 2022. Acercar la prestación de ciertos servicios de justicia formal a la comunidad con el fin de facilitar su acceso. Ampliar la cobertura de la administración justicia.
4. Involucrar a la comunidad en la resolución formal y no formal de conflictos.
5. Fomentar una cultura de convivencia pacífica y de respeto al derecho ajeno.
Propiciar participación efectiva de comunidad en diagnóstico y solución de los problemas en materia de administración de justicia. 7. espacios de participación y pedagogía ciudadana que contribuyan a la construcción de una convivencia pacífica. Implementar metodologías para el uso y la difusión de los mecanismos alternativos de solución de conflictos y una cultura de construcción de y tejido social. Ser instrumento la articulación de las políticas de justicia del con los programas de desarrollo comunitario. 1O. Promover la defensa de los derechos humanos los miembros de la comunidad.
11. Asesorar y orientar a la comunidad en uso del servicio público de la justicia.
12. Orientar jurídicamente a la comunidad en sus derechos y obligaciones.DECRETO NÚMERO O O 2 DE ¡na 10 de 68 90ntínuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma el Decreto 1069 de 2015
12. Orientar jurídicamente a la comunidad en sus derechos y obligaciones.DECRETO NÚMERO O O 2 DE ¡na 10 de 68 90ntínuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma el Decreto 1069 de 2015
Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos" 1 Desarrollar programas prevención en violencia intrafamiliar y protección los derechos humanos. 14. espacio para el análisis de conflictividad social, por parte de investigadores avalados por el Ministerio de Justicia y Derecho." Artículo 3. Modificación del artículo 2.2.4.1.3 del Decreto 1069 de 2015. El artículo 1 del Decreto 1069 201 Único Reglamentario del Sector Justicia, quedará "Artículo 2.2.4.1.3. Servicios. En de Justicia se prestarán los siguientes servicios: e información de derechos humanos y obligaciones1. Orientación con énfasis en la protección de la familia y menor.
2. Mecanismos alternativos de solución de conflictos.
Consultorio jurídico de Instituciones Educación Superior.
4. Justicia formal como centros de recepción de quejas y denuncias, peritaje médico, defensoría de familia, investigación penal a cargo de la Fiscalía General la Nación. Además, se podrán realizar brigadas con la Registraduría Nacional del Civil y la Superintendencia de Notariado y relacionadas con la cedulación, notariado y registro y protección de víctimas de violencia intrafamiliar.
5. Prevención de conflictos y de los delitos en particular. en temas justicia y afines.
Articulación entre la comunidad y los programas del
y protección de víctimas de violencia intrafamiliar.
5. Prevención de conflictos y de los delitos en particular. en temas justicia y afines.
Articulación entre la comunidad y los programas del
7. Conciliación en Equidad mediante la coordinación con el respectivo Programa Local de Justicia en Equidad.
8. Todos los demás servicios que se el cumplimiento los objetivos del Programa Artículo 4. Modificación del artículo 1.4 del Decreto 1069 de 2015. artículo 2.2.4.1.4 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario Sector Justicia, quedará así: "Artículo 2.2.4.1.4. Participantes del Programa. Integran Programa Nacional de Casas Justicia y Convivencia Ciudadana: consideren para de Justicia."n('!!<} DECRETO NlIMERO u U~l t... DE Pá ¡na 11 de 68 90ntinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma parcial el Decreto 1069 de 2015
Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos"
1. Ministerio de Justicia y Derecho.
2. El Ministerio del Interior.
3. La General de la Nación.
4. La Nación.
5. La del Pueblo.
Familiar.6. El Instituto Colombiano de
7. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
8. La Superintendencia de Notariado y Registro.
9. Los Distritos y municipios.
10. Comisarías de Familia.
11. Inspecciones de
12. Las personerías distritales o municipales. 13. consultorios jurídicos de las Instituciones Educación Superior.
9. Los Distritos y municipios.
10. Comisarías de Familia.
11. Inspecciones de
12. Las personerías distritales o municipales. 13. consultorios jurídicos de las Instituciones Educación Superior.
14. Los centros de conciliación. 1 Programas en
16. Cualquier otra entidad que se necesaria cumplimiento de los objetivos del programa." Artículo 5. Modificación del artículo 2.2.4.1.6 del Decreto 1069 de 2015. El artículo 1 del Decreto 1 de 2015, Único lamentario del ..::1 v'.... LVI Justicia, "Artículo 1.6. Funciones especiales del Ministerio de Justicia y del Derecho. El Ministerio Justicia y del Derecho tendrá las sigu funciones especiales: 1. y definir las políticas generales del Programa Nacional deno de DECRETO NÚ ¡na 12 de 68 ~ontinuación del Decreto "Por medio del cual se sustituye y modifica en forma el Decreto 1069 de 2015
Unico Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos"
2. Velar por cumplimiento de los objetivos, políticas y funciones del programa y del presente capítulo.
3. Coordinar la instalación de las de Justicia con de las autoridades locales y la comunidad en los términos que establezca el manual comunitaria, en coordinación con el respectivo Programa Local de
4. Promover la participación de operadores de la en Equidad. sobre el conocimiento y la defensa de derechos humanos.
5. Promover desarrollo de
6. Promover la capacitación de los funcionarios que prestan sus servicios en las y comunidad aledaña, en mecanismos alternativos de
en Equidad. sobre el conocimiento y la defensa de derechos humanos.
5. Promover desarrollo de
6. Promover la capacitación de los funcionarios que prestan sus servicios en las y comunidad aledaña, en mecanismos alternativos de solución de conflictos.
7. Fomentar la participación de las universidades, gubernamentales y la empresa privada, en la gestión
Justicia. Afianzar las con los municipios, dotándolos de herramientas para que desarrollen el programa y las políticas de justicia que ser implementadas en Casas.
9. Elaborar el Manual de Funciones Programa Nacional ""....",...... de
Justicia.