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INS - Resolución 0015 de 2023

Instituto Nacional de Salud

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Detalles

Título
INS - Resolución 0015 de 2023
Autor
Instituto Nacional de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2023

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NÚMERO | 0015 DE 2023(16 ENE 2023)“Por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación del Fondo Especial para Investigaciones - FEI" EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 9 del Decreto 4109 de2011, numeral 23 del artículo 5 del Decreto 2774 de 2012, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Salud — INS — es una entidad de naturaleza científica y técnica, con personería jurídica,autonomía administrativa y patrimonio propio creado por el Decreto 470 de 1968, cambió su naturaleza mediante elDecreto 4109 de 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774 y 2775 del 28 de diciembre de 2012, adscrita alMinisterio de Salud y Protección Social, perteneciente al Sistema General de Seguridad Social en Salud y al SistemaNacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Tiene como objeto: (i) el desarrollo y la gestión del conocimientocientífico en salud y biomedicina para contribuir a mejorar las condiciones de salud de las personas; (ii) realizarinvestigación científica básica y aplicada en salud y biomedicina (iii) la promoción de la investigación científica, lainnovación y la formulación de estudios de acuerdo con las prioridades de salud pública de conocimiento del Instituto;(iv) la vigilancia y seguridad sanitaria en los temas de su competencia; la producción de insumos y biológicos; y (v)actuar como laboratorio nacional de referencia y coordinador de las redes especiales, en el marco del Sistema Generalde Seguridad Social en Salud y del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Que de conformidad con lo expuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, la función administrativaestá al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad,eficacia, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que aun cuando los procesos de selección, contratos y convenios del Fondo Especial para Investigaciones estánsometidos al régimen de ciencia, tecnología e innovación, las normas de Código civil, Código de Comercio, y en generallas normas de derecho privado, se deben aplicar los principios de la función administrativa y gestión fiscal de que tratanlos artículos 209 y 267 de la Constitución Política de y las disposiciones legales vigentes que se deban observar lasentidades públicas. Que el manual fue aprobado en la sesión de Comité Fiduciario del 07 de diciembre de 2022, el cual contiene lasdirectrices y procedimientos bajo las cuales se tramitarán y celebrarán los procesos de contratación para la ejecución delos recursos del mismo. Que el Manual de Contratación aprobado como anexo al Manual Operativo, establece principios, directrices yreglamenta los procesos precontractuales, contractuales y post-contractuales que deberá seguir el PatrimonioAutónomo FEI-INS, en lo referente a la celebración de contratos ya sean de naturaleza civil, mercantil y demás que sesan necesarios para el cumplimiento misional y funcional señalados por la ley, al igual que para garantizar su correctofuncionamiento,

Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE Artículo 1. OBJETO. Adoptar el Manual de Contratación del Fondo Especial para Investigaciones — FEI, el cual seanexará al presente acto administrativo. Artículo 2. REGIMEN APLICABLE A PROCESOS EN CURSO. Los procesos contractuales en curso continuaránrigiéndose por las normas vigentes al momento de publicación de la convocatoria o la celebración del respectivo contrato. Artículo 3. VIGENCIA. La presente resolución regirá a partir del 01 de febrero de 2023 y deroga todas las disposicionesque le sean contrarias.16 ENE 2023RESOLUCION NUMERO} 00 15 DE HOJA No 2 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Contratacion del Fondo Especial para Investigaciones - FEI”. Articulo 4. IMPROCEDENCIA DE RECURSOS. Por ser un acto administrativo de caracter general, contra la presenteresolución no procede recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 75 del Código de ProcedimientoAdministrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 5. PUBLICACIÓN. La presente Resolución será publicada en página web del Instituto Nacional de Salud.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 16 ENE 2023 HELVER GUIOVA! | RUBIANO GARCÍA Y-Elaboró: Viviana Garcia Prieto / Profesional Universitario Grupo FEI; ARevisó: Maritza Ordoñez Mosquera / Coordinadora Grupo FE! w:4"Juan Camilo Chavarro Marin / Secretario general xAprobó Diana Marcela Uribe Panesso / Jefe Oficina Asesora Juridica (E)

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