INS - Resolución 0064 de 2017
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 0064 de 2017
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
Que a su vez, la Ley 1474 de 2011 dictó normasorientadasa fortalecerlos mecanismosde p~ev~nción,invesñqacióny sanciónde actosde corrupcióny la efectividaddel controlde la gestión pu~lIca:,especlal.m.enteenel artículo83de....la citadanorma,que imponea lasentidadespúblicasla obliqaciónde vigilar permanentementela correctaejecuciónde los contratosa través de un ~ supervisoro interventorsegúncorresponda.
REPUBlICA DE COLOMBIA ~---------------~----------------~
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
RESOLUCiÓN N~'.\_OO64
( 3OENE2017
DE 2017 "Porla cualsereglamentael ejerciciodelasfuncionesrelacionadasconla Supervisióne Interventoríadecontratosy conveniosquecelebreel InstitutoNacionaldeSalud" LADIRECTORAGENERALDELINSTITUTONACIONALDESALUD Enejerciciode lasfacultadeslegalesprevistasen la Ley80de 1993modificadaporla Ley1150de 2007,la Ley1474de2011,el DecretoLey019de2012,el Decreto1082de2015,el Decreto2774-- de2012,el artículo9 delDecreto4109de2011y,I CONSIDERANDO Que el cumplimientode las funcionesa cargo del Institutodebe enmarcarseen los principios consagradosen el Artículo 209 de la ConstituciónPolíticade Colombia,y en particularen los postuladosde transparencia,eficacia,celeridad,moralidad,imparcialidad,publicidady economía,
asícomo,lasactuacionescontractualesde lasentidadesestatalesdebenadelantarseconarregloa estosmismosprincipios,segúnloestablecidoenel artículo23dela Ley80de 1993. 'Queel artículo3 de la Ley 80 de 1993establececomoobjetivosde la contrataciónpública,el cumplimientode losfinesestatales,la continuay eficienteprestaciónde los serviciospúblicosy la efectividadde los derechos e interesesde los administradosque colaborancon ella en la consecucióndelosfines;respectodelosparticulares,estableceque tendránencuentaalcelebrary ejecutarcontratoscon las entidadesestatalesque, ademásde la obtenciónde utilidadescuya proteccióngarantizael Estado,colaboranconellasen el logrode susfinesy cumplenunafunción socialque,comotal,implicaobligaciones. Que el artículo4 de la Ley 80 de 1993,establececomoderechosy deberesde las Entidades Estatalesparala consecucióndelosfinesdelacontratación,exigiral contratistalaejecuciónidónea y oportunadel objeto contratado;adelantarrevisionesperiódicasde obras ejecutadas,servicios prestadoso bienessuministrados,paraverificarque elloscumplancon las condicionesde calidad ofrecidasporloscontratistas;promoverlasaccionesderesponsabilidadcontraéstosy susgarantes cuando dichas condicionesno se cumplan,y exigir que la calidad de los bienes y servicios adquiridospor las entidadesestatalesse ajustena los requisitosmínimosprevistosen las normas
técnicasobligatorias. Queel artículo5 de la Ley80 de 1993disponelosderechosy deberesde loscontratistasentrelos cualesestá el de colaborarcon las entidadescontratantesen lo que sea necesariopara que el objetocontratadose cumplay queésteseade la mejorcalidad;acatarlasórdenesqueduranteel desarrollodelcontrato dichasentidadesimpartany, demanerageneralobrarconlealtady buenafe en las distintas etapas contractuales,evitando las dilacionesy entrabamientosque pudieran presentarse,ademásdegarantizarlacalidaddelosbienesy servicioscontratados.RESOLUCiÓN No. ':';'v OO64 3O ENE2Q11j HOJA No. 2DE Queel artículo25 de la Ley 734 de 2002y el artículo44 de la ley 1474de 2011por el cual se modificóel artículo53 de la Ley 734 de 2002,establecenlos sujetosdisciplinablesque cumplen funcionesdeinterventoríao supervisiónencumplimientodesusfuncionesy/uobligaciones. Que con el fin de garantizar un control efectivo, eficiente, oportuno, satisfactorio,eficaz y responsablede loscontratosy conveniosquecelebreel Instituto,es necesarioactualizary precisar las funciones, obligaciones y responsabilidadesque deben observar sus supervisorese interventores,determinarlaspautasy establecercriteriosparael ejerciciode lafunciónde vigilancia queporLeylescorresponde. Queporlo anterior,el objetivodel presenteactoadministrativoes contribuiren el fortalecimientode
la capacidadde los responsablespara el cumplimientocabaly ajustadoa la normatividadlegal vigente minimizandolos riesgos asociados,así como servir de herramientade gestión en cumplimientodel principiode responsabilidadseñaladoporel artículo26de la Ley80de 1993,que dote de la informaciónbásicasobreel ejerciciode la supervisióne interventoríaa los servidores públicosy particularesque les correspondadesarrollardichas labores,en procurade que está actividadseejecutede unamaneraeficientey acordeconlascircunstanciasy necesidadespropias delInstitutoNacionaldeSalud. Enméritodeloexpuesto,estedespacho RESUELVE ARTíCULOPRIMERO.DEFINICIONES:ParalosefectosdeestaResolución,seentiendepor: Supervisióny/o Interventoría:Conjunto de funcioneso actividadesdesempeñadaspor un responsabledesignadoo contratadopara el efecto, que realiza el seguimientoy control del cumplimientodelobjetocontractualy lasobligacionesacargodelcontratistay delcontratante,conla finalidadde promoverla ejecuciónsatisfactoriadelcontrato,mantenerpermanentementeinformado alordenadordelgastodesuestadotécnico,jurídicoyfinanciero,evitandoperjuiciosa laentidady al contratistao parteenel negociojurídico.
Supervisión: Consistiráenel seguimientotécnico,administrativo,financiero,contableyjurídicoque sobreel cumplimientodelobjetodelcontratoo convenio,esejercidoporunfuncionariodel Instituto,
cuando no se requierenconocimientosespecializados.Para la supervisiónel Institutopodrá contratarpersonalde apoyo,a travésdecontratosde prestaciónde servicios,sinqueello implique• que se trasladela supervisióndel contratoa un contratistapuesla mismasiempredebeestaren cabezadela EntidadEstatal.
Interventoría: La interventoríaconsistiráen el seguimientoen esencia técnico; que sobre el cumplimientodel contratoo conveniorealiceuna personanaturalo jurídica,un consorcioo unión", temporal,contratadapara tal fin por el Instituto,cuandoel seguimientodel contrato suponga conocimientoespecializadoen la materia,o cuandola complejidado la extensióndel mismolo justifiquen.No obstante,lo anteriorcuandoel Instituto lo encuentrejustificadoy acordea la naturalezadel contratoprincipal,podrárealizarel sequimientoadministrativo,técnico,financiero, contable,jurídicodelobjetoo contratodentrodelainterventoría.
PARÁGRAFOPRIMERO: Por regla general,no serán concurrentesen relacióncon un mismo contratoo convenio,las funcionesde supervisióne Interventoría.Sin embargo,el Institutopuede dividirlavigilanciadelcontratoo convenio,casoenelcualenel contratorespectivode Interventoría, sedeberánindicarlasactividadestécnicasacargodelInterventory lasdemásquedarána cargodel InstitutoatravésdelSupervisor.
PARÁGRAFOSEGUNDO: El contrato de interventoríaserá supervisadodirectamentepor el
Instituto.~--------------~~ 3~ RESOLUCiÓN No:.; 1,,, lJ O6'1 3O ENE2017 HOJA No. 3DE PARÁGRAFOTERCERO:Por reglageneral,la supervisiónseráindividual.En casosespecíficos, debidamentejustificadosen los' EstudiosPrevios,la supervisiónserá múltiple,y podrá incluir servidorespúblicosdelamismao dediferentesdependencias, ARTíCULOSEGUNDO.PERFILDELSUPERVISOR:El servidorpúblicoencargadode ejercerla supervisión,deberátener idoneidad,experienciay contarcon conocimientoampliosobreel tema objetodelcontratoo convenioy, enlo posible,haberparticipadoensufasedeestructuracióndesde los estudiosprevios,así comoperteneceral (as)área(s) o dependencia(s) que solicitó(aron)la contratación;salvoqueexistancondicionesexcepcionalesque imponganla necesidadde designar comosupervisora un servidorpúblicode un área distinta,situaciónque deberáser motivadaal momentode lasolicitudy contarconla anuenciade responsabledeestaúltimaárea.Ademásdebe actuarconobjetividad,autonomía,imparcialidad,diligenciaprofesionaly responsabilidad,y noestar incursoencausalesdeinhabilidady/oincompatibilidad. El servidorpúblicodesignadoparala supervisiónal interiordel Instituto,debeser,en lo posible,un servidorque desempeñecargosdel nivel profesionalo superior,con experienciay/o estudiosen
materias afines al objeto del contrato o convenio que se va a supervisar.Sólo en casos excepcionales,asociadosal objetoy obligacionesdel contratoo convenioun funcionariodel nivel técnicopodráejercerlaslaboresdesupervisión. ARTíCULO TERCERO. DESIGNACiÓNDEL SUPERVISORO CONTRATACiÓNDE LA INTERVENTORíA:LapropuestaparaladesignacióndelSupervisoro lanecesidaddecontratara un Interventor,deberáser consignadaen los estudiosprevios,debidamentesuscritosporel Director,", Subdirector,Coordinadoro JefedeÁreaquesolicitalacontratación./' La designaciónformal de la Supervisiónse realizarápor el Ordenadordel Gasto dentro del clausuladodelcontratoo convenioy lamismasecomunicaráaldesignadoporpartedelCoordinador del Grupode GestiónContractual,unavezquese hayasurtidoel trámiteprecontractualy cumplido losrequisitosdeperfeccinamientodelcontrato. El Director,Subdirector,Coordinadoro Jefede Áreao dependenciacorrespondientea quiense le haya designadola supervisión,podrá a su turno designarlaen otro servidor público de su dependenciasi tal posibilidadla prevéel contratoo convenio,situaciónque debeser comunicada porescritoal delegantede formainmediataconcopiaal Grupode GestiónContractualy a Central de Cuentas.Ladesignaciónhechaporel DirectordelProyecto,el Director,Subdirector,Coordinador
o Jefe de Área o dependencia,se hará sin perjuiciode su responsabilidadpor la ejecucióndel contratoo convenioydelmanejodelosrecursospúblicos. Enloscasosquela Leyobligaa contratarla interventoría,o cuandoel Institutoconsiderenecesario contratarla,se realizarála seleccióndelcontratistautilizandola modalidadde Concursode Méritos, salvoqueporlacuantíadelacontrataciónpuedautilizarsela modalidaddemínimacuantía.- El procesode seleccióndel Interventordebeefectuarsepor reglageneralde manerapreviaa la adjudicacióndel contratoo convenio,o en su defectoa la mayorbrevedadrespectoal contrato objetode interventoríay su EstudioPreviodeberáincluirrequisitosde habilitacióny calificaciónque garanticenque el interventorcuentacon la idoneidadnecesariademostrandoexperienciaen la interveníoríadeobjetosrelacionadosyconocimientosespecializadosenla materiacorrespondiente. Parael ejerciciode la Interventoríael contratodebeestarsuscrito,y cumplidostodoslosrequisitos de perfeccionamiento,a partirdeesemomentoseda inicioa las obligacionesy productosa cumplir porpartedelinterventor.
PARÁGRAFOPRIMERO: El Ordenadordel Gastopodrá,a peticiónde parteo de maneraoficiosa, cambiarla supervisióndel contratoo convenio,o designarsupervisoresadicionalescuandola necesidadasílo requiera.RESOLUCiÓN No. ,'~. 0 064 E2017 HOJA No. 430DE
PARÁGRAFOSEGUNDO: Cuandoporrazonesdefuerzamayoro casofortuito,ausenciatemporal o definitiva,vacaciones,permiso,comisión,licenciao retiro,seanecesarioel cambiodesupervisor, el SecretarioGeneral (en los casos en que actúe como responsabletécnico), el Director, Subdirector,Coordinadoro Jefe de Área o dependencia,reasumiráde maneraautomáticala supervisióndel contratoo convenio,sin necesidadde que mediecomunicacióndel Ordenadordel Gastoo delGrupodelGestiónContractual.
El supervisorsalientesuscribiráun informepormenorizadoa la fechaen quecesansusfunciones, quedé cuentadelestadode ejecucióndelcontratoo convenio,la relaciónde losdocumentosque entregay las observacionesque considerepertinentes.En todocaso,el nuevosupervisorque se designe,podrádejarconstanciadelestadoenqueseencuentreel contratoo convenioal asumirel ejerciciodesusfuncionesdevigilancia,seguimientoy control. ARTíCULO CUARTO. DURACiÓNDE LAS FUNCIONESDEL SUPERVISORO DE LAS OBLIGACIONESDE LA INTERVENTORíA:En todos los casos,el Supervisoro el Interventor vigilaránla ejecucióny cumplimientodel objetodel contratoo conveniodurantetodoel tiempoen que subsistanobligacionescontractuales(talescomo las relacionadascon los recambiosy las garantíasextendidasasociadasa los bienesy serviciosqueporsu naturalezaseanobjetode este tipo de garantías,las cualescomprendenentreotras,el mantenimientopreventivode los bienes
adquiridos,calidad,repuestos,salariosy prestacionessocialesy deestabilidadde la obra,y demás actividadesquese hayancontempladodentrode estasgarantíasofrecidasporel contratista),aun habiendotenidolugarla liquidacióndelcontratoo convenio. Paratalesefectosel supervisordeberárealizarlas revisionesperiódicasde quetratala Ley80 de 1993,asícomolasdemásaccionesde controly vigilanciade conformidadconla naturalezade las obligaciones. ARTíCULOQUINTO.L1NEAMIENTOSGENERALES:El Supervisoro Interventores el interlocutor válido y actúa como conductoregularde las relacionesentre el Institutoy el contratista.Las comunicacionesquese surtanentreel Supervisoro Interventory el contratistadurantela etapade ejecución,liquidaciónde loscontratoso convenios,y conposterioridada la misma,sonformalesy deberánsiempreconstarporescritoy hacerpartedelexpedientecontractual. Todoslos documentosque se generencomoconsecuenciadel ejerciciode la supervisióndeben estarradicadosfechados,foliadosy concadaunode susanexosy soportes.Lasactasquesurjan en desarrollodelcontratoseránnumeradasenformaconsecutiva;elaboradasy fechadasel mismo díaenquesucedeelevento. Elsupervisory/ointerventorrevisaráquelosbienes,obraso serviciosobjetodelcontratoo convenio correspondana los ejecutadosy en ningún caso podrá suscribirdocumentosque impliquen
incrementoen el valorinicialdel contratoo convenio,actasde modificaciónde cantidades,cambio de especificaciones,aprobaciónde ítems y fijación de precios no previstos,modificaciónde obligacioneso productos,cambioso especificacionesqueimpliquenmayoreso menorescantidades de obra,de servicios,bienes,modificaciónde su valor,plazo,objeto,o pactoque desnaturalicela esenciay finalidaddel contratosuscrito;no podráexoneraral contratistadel cumplimientode sus obligaciones,autorizaractividadesfueradelplazodeejecucióndelcontrato,entreotroscontrariasa locontratado. Noobstantelo anterior,el supervisoro interventortieneel deberde solicitary justificaro motivarde maneraampliay suficienteestoscambiosanteel Ordenadordel Gastoy/ofuncionariocompetente para realizardichotipo de modificacionescontractuales,cuandolas mismasse requieran.En el eventode presentarsediferenciasentreel bieno serviciosolicitadoy lo recibido,se procederáa su devolución,dejandoconstanciadeello.Loanteriordebeefectuarsedentrodeltérminoseñaladoen el pliegodecondicioneso enel contratoo convenio. Correspondeal supervisoro interventor,segúnseael caso,realizarla confrontaciónde la obra,del bien o servicioque recibe,con relacióna lo contratado,respondiendopor las irregularidadesRESOLUCiÓN No. ~~:l.:OO6I} 3O ENE2017 HOJA No. 5DE presentadasen los términosprevistosen el Código DisciplinarioÚnico y demás normatividad
aplicable. DeconformidadconlasfuncionesasignadasmedianteDecreto2774de 2012y Resolución341de 2016,a la OficinaAsesoraJurídicale correspondeadelantartodoslostrámitesrelacionadosconlos Conveniosque suscribala Entidady el Grupode GestiónContractualadelantatodoslos trámites requeridosparasuscribircontratoscuyoobjetoconsisteen adquisiciónde bienes,obraso servicios./ estipuladosen la Ley. En razón de lo anterior,el supervisoro interventordeberáadelantarlos trámitesnecesariosy remitircopiasde lossoportesdeejecucióna laoficinaquecorrespondasegún sucompetencia. ARTíCULOSEXTO.RESPONSABILIDADESDE LOS SUPERVISORESE INTERVENTORES:El supervisory/oel interventoresel representantedel Institutoanteel contratistay responsableantela Entidadporel estrictoseguimientoy controlparalograrel cumplimientodelobjetoy lasobligaciones pactadasenel contratoo convenio. El Supervisore Interventorresponderáncivil, disciplinaria,fiscal y penalmentepor los hechosu omisionesquelefuerenimputablesy quecausendañoo perjuicioal Institutoo aterceros,derivados de la ejecución(o la no ejecucióno ejecuciónparcial)de los contratoo conveniosobrelos cuales hayanejercidoo ejerzanlasfuncionesde Supervisióno Interventoría,en lostérminosestablecidos enla Constituciónydelaley.(Artículo51Ley80de 1993)/
Igualmente,serán responsablesde suministraroportunamentela informaciónque solicite el contratistao cualquieráreadelInstituto,entedecontroloautoridadadministrativaojudicial. Para el cumplimientode sus funcionesu obligaciones,los Interventoresy/o Supervisoresestán facultadosparasolicitarinformes,aclaracionesy explicacionessobreel desarrollode la ejecución contractual,y seránresponsablespormantenerinformadoal Institutodeloshechoso circunstancias quepuedanconstituiractosdecorrupcióntipificadoscomoconductaspunibles,o quepuedanponer o ponganen riesgo el cumplimientodel contratoo convenio,o cuando tal incumplimientose presente. El ejerciciode la supervisióne interventoríase encuentradentro del ámbitode aplicacióndel régimende inhabilidadese incompatibilidades,talcomoloestableceel artículo84parágrafo2,dela Ley1474de2011. ARTíCULO SÉPTIMO. OBLIGACIONESYIO FUNCIONES DE LOS SUPERVISORESO INTERVENTORES:Lasfuncionesy obligacionesde lossupervisorese interventoressonde orden técnico,administrativo,financiero,contableyjurídico,porelloresultadevitalimportanciarealizarun seguimientoen cada uno de estos componentes,para que la ejecucióndel contratoo convenio vigiladopermitaalcanzarlosfinesqueseperseguíanalmomentodesususcripción.Esasícomolas obligacionesespecíficasque debencumplirlos supervisorese interventoresse han clasificadoy organizadosegúnsucarácter,así:
1. De orden administrativo: Correspondea las actividadesde observación,verificacióny registro,dirigidasa asegurarque en la ejecuciónde los contratoso convenios,se cuente con mecanismoseficientesde planificación,organizacióny coordinación,para facilitarel adecuadodesarrollodeloscompromisoscontractuales.
Dentrode lasfuncionesdelsupervisoro interventorrelacionadasconel componenteadministrativo seencuentranlassiguientes: a. Verificarantesde cualquieractuación,que el contratistacumplacon todoslos requisitos previstosenla Leyparalaejecucióndelcontrato,al igualquerevisary verificarel contenido delcontratoo convenioy lainformaciónremitidaporel GrupodeGestiónContractual.RESOLUCiÓN No: \.;064· DE 3OENE2017 HOJA No. 6 b. Suscribirlas actasa que hayalugarcon ocasióna la ejecucióndel contratoo convenio, entrelas cualesse encuentranlas actasde inicioy/o cronogramasde trabajo(si aplica)y actaderecibototalo parcialyfinal. c. Rendiroportunamentelos informesque le soliciteel Ordenadordel Gasto,los Órganosde Control,el GrupodeGestiónContractual,laOficinaAsesoraJurídicay DirecciónGeneral. d. Conocery aplicarel Manualde Contratacióny la presenteResolución,adoptadospor el Instituto,dandocumplimentoexpresoalosprocedimientosallíprevistos. e. Disponery administrarlos recursosde personal,equipos,implementosy demásservicios necesariosparael adecuadodesarrollodelasupervisióny/ointerventoría.
f. Indicaral contratistalostrámitesnecesariosparala expedicióndel carnéquelo identifique comocontratistay alfinaldelcontratovelarparaqueserealiceladevolucióndelmismoy de los demáselementosque hayansido puestosa su disposiciónpara el cumplimientodel contrato. g. Remitir copia al Grupo de Gestión Contractualo la Oficina Asesora Jurídica según corresponda,de los actos y decisionesrelevantesadoptadaspor el supervisory/o interventorycontratista,comolasactasdeiniciación,suspensióny reiniciación,entreotras. h. Exigir al contratistaque se apliquenlas normasde seguridady salud en el trabajoy seguridadindustrialqueseandecumplimientoobligatorio,cuandoporel objetodelcontrato o convenio,hayalugaraello.
- Remitirel originalde todaslas actuacionessurtidasdentrode la ejecucióndel contratoo convenio,asícomode losinformesde actividadesparapagosparcialesy del informefinal técnico,jurídicoy financieroy productos'pactados,segúnformatosestablecidos,con los soportescorrespondientes,al Grupode GestiónContractualo la OficinaAsesoraJurídica segúnel caso. Lo anterior,cumpliendocon los estándaresde calidady el Programade GestiónDocumentaldelInstituto.
j. Presentaral Ordenadordel Gastolassolicitudesde desplazamientosde loscontratistasen loscasosenquedichasituaciónhayaquedadoplasmadaenel contratoo convenio,dentro del términoestablecidoparaello en el actoadministrativoque reglamentael temay en el
formatoquecorresponda. k. Remitiral Grupode GestiónContractualo la OficinaAsesoraJurídicasegúnel caso,una vez finalizadoel contratoo conveniola solicitudde liquidación,junto con el informefinal (certificaciónpagofinaly porcentajedecumplimiento)requeridoparala liquidacióny/ocierre delcontratoo convenio,enel formato queparael efectodispongala Entidad.Juntoconla solicituddeberá allegar,si existiere,remitirtodos los documentosde la Supervisióno Interventoría,conel fin de que reposenen un únicoexpedientey contarcon los soportes relacionados con las etapas precontractual,contractual, ejecución contractual y postcontractual.
1. Gestionarel trámitede liquidacióny atenderoportunamentelos requerimientosque se le formulenparalaconclusióndelprocesoa lugar.
m. Administrarlos documentosy entregarlosa las diferentesdependenciasde la entidad involucradasenlagestióndelcontratoo convenioasignado. n. Realizarconel contratistala planeaciónde actividades,revisary aprobarel cronogramade ejecucióndelcontratoo convenio,deacuerdoconelobjetodelmismo. o. Revisary aprobarla programaciónpara el manejode inversióndel anticipo,personal, equipos,serviciospúblicos,entre otros; de acuerdocon la naturalezadel contratoo conveniosupervisado. p. Efectuarel trámite y seguimientoa la correspondenciarelacionadacon el contratoo convenio. q. Organizar las reunionesque estime convenientespara el normal desarrollode las obligacionescontractuales,levantadolasactaso soportesdeactividadescorrespondientes.
r. Atender,tramitaro resolvertoda consultaque eleveel contratista,dentrode un término razonable,resolviendoaquellasqueseandesucompetenciay dandotrasladode lasqueno loseana ladependenciacompetente,adjuntandosuconceptoal respecto;igualmentedebe evitarvencimientodetérminoslegalesy contractuales. s. Tramitarlas solicitudesde ingresodel personaly equiposdel contratistao de personas externasal Institutoo sitiodecumplimientodelasobligacionescontractuales. t. Emplearlossistemasdeinformacióndiseñadosparaapoyarlagestiónpública.~----------------~~ 7~
RESOLUCiÓN No. 0064 HOJA No. 73O ENE2017DE
U. Vencidoslos términosde las garantíasde calidad,estabilidady mantenimiento,o las condicionesde disposiciónfinal o recuperaciónambientalde las obras o bienes,y en generalde obligacionesposteriores,el Supervisordebe dejar constanciadel cierre del expedientedelProcesodeContratación.
2. Deordentécnico:Correspondea las actividadesde observación,verificacióny registro, dirigidasa asegurarqueel avancedelcontrato,asícomolasentregasdeobras,bieneso la prestación de los servicios, se sujeten siempre a los estándares, lineamientos, especificaciones,normasdecalidad,condicionesy procedimientosprevistosparacadauna de las actividadescontractualesy productosentregados,así comorealizarel seguimiento que correspondaen los casos que por la naturalezadel contratoo convenioexistan obligacionesposcontractuales,inclusodespuésdelafirmadelactadeliquidación.
Dentrode las funcionesdel supervisoro interventorrelacionadascon el componentetécnicose encuentranlassiguientes: a. Conocerlos aspectosy exigenciastécnicasde los pliegosde condiciones,y/o de los estudiosprevios,segúncorresponda,asícomoel ofrecimientoplasmadoenlapropuestadel contratista. b. Verificarque antesde iniciarlas obras o la prestaciónde los servicios,los permisoso licenciasseencuentrenvigentes. c. Controlar,inspeccionary verificarpermanentementela calidadde la obra,del servicioo de losbienescontratados,deacuerdoconlasespecificacionestécnicasexigidasenel contrato ensusanexosydemásnormasreguladoras. d. Verificar el avance en el cumplimientode las obligaciones,de conformidadcon el cronogramadeejecuciónaprobadoy/oplandetrabajoy realizarlosajustesnecesarios. e. Diseñar,revisar,ajustare implementarlos instrumentosy procedimientosrequeridospara efectuarel seguimientodecadaunade lasobligacionesdelcontratistay parallevara cabo la labordesupervisión. f. Velar porqueel contratista,en el cumplimientodel contratoo convenio,cumplaen todo momento,las normas,especificaciones,procedimientos,lineamientostécnicos,manuales operativos y demás normas técnicas exigibles para los bienes, servicios u obras contratados. g. Garantizarqueel contratistaejecuteel contratoo convenioconel personal,instalacionesy equipos ofrecidos,vigilandoque éstos se ajusten a los perfiles,experiencia,marcas,
capacidad,condicionesfísicas exigidasen los pliegosde condiciones,en los estudios previosy/oenla propuestapresentadaporel contratista. h. Mantenerunaconstanteinterrelacióny comunicacióncon loscomitéstécnicosy directivos enaquelloscontratoso conveniosenquehayansidopactados.
- Estudiar,evaluary proponerestrategiasque permitanresponderde maneraoportunaa fallasqueseevidencienendesarrollodelasupervisióny/ointerventoría.
j. Solicitaral Ordenadordel Gasto las modificaciones,aclaraciones,adiciones,prorrogas, cesiones, suspensioneso terminacionesde mutuo acuerdo, acompañadasde la correspondientejustificacióny demásdocumentossoportesde conformidadconel Manual de Contratacióny los procedimientosdel Instituto,con un mínimode antelaciónde quince (15)díashábiles. k. Atendery resolverconsultassobrela correctainterpretaciónde lasespecificacionesy sobre loserroresuomisionesqueéstospuedancontener.
1. Aprobary declararrecibidosa satisfaccióntodoslosservicios,obras,bienesy/oelementos, informesy/oproductosentregadosporel contratista,verificandoquelacantidady calidadde los mismosesténde acuerdocon lo exigidoen las condicionesesencialesdel contratoo pliegodecondiciones,enlosestudiosprevios,enlapropuestayenelcontrato.
m. Solicitaral contratistalas pruebasde calidadque estimeconvenientespara establecery evaluarelcorrectofuncionamientodelobjetocontratado. n. Revisarlosdiferentesinformesquepresenteel contratistay emitirconceptodeconformidad
o cumplimiento.RESOLUCiÓN No. ;.;" OO61 3OFNF?017 HOJA No. 8DE o. Realizarel respectivocierre del expedientecontractualcuando subsistanobligaciones postcontractualesdespuésde liquidadoel contratoo conveniode acuerdoal Artículo 2.2.1.1.2.4.3delDecreto1082de2015. p. Obrarcondiligenciade maneraqueevitesobrecostoso perjuiciosparael contratista,porlo queenconsecuencia,adelantaráoportunamentelasaccionesa quehubierelugarparaque laejecucióndelcontratonoseveaafectadapornegligenciaalguna.
3. De ordenfinanciero:Parte de las actividadesde observación,verificacióny registro, dirigidasa aseguraruna adecuadaejecuciónpresupuestaldel contratoo convenioy el cumplimientode obligacionesrelacionadascon el trámite de pagos y desembolsos presentadosporel contratista.Sedirigena vigilarla inversióndelpresupuestoasignadoy/o aportespactados,parael cumplimientode lasobligacionescontractuales,porloqueconsu ejerciciose constataqueel gastose efectúede maneraajustadaa la destinacióny montos previstosenel contratoo convenioy aconducirelcorrectomanejodelosdinerospúblicos.
Dentrode lasfuncionesdelsupervisory/ointerventorrelacionadasconel componentefinancierose encuentranlassiguientes: a. Verificar que el contrato o convenio esté debidamentesoportadocon los recursos presupuestalesrequeridosy en esesentido,informaro solicitara quiencorresponda,a fin
deobtenerloscertificadosdedisponibilidad,reservay registrocuandoserequiera. b. Revisary aprobarel plandeinversióndelanticipo,cuandohayalugaraello. c. Asegurarla amortizacióntotal del anticipoen caso de existir.Verificarque el contratista cumplacon los requisitospara la entregadel anticipopactado,y constatarsu correcta inversión.Paraesteefectodeberáexigir,segúncorresponda,la presentacióndel programa de utilizaciónde personaly equiposdurantela ejecucióndelcontrato,el programadeflujos defondosdelcontratoy el programadeinversióndelanticipo. d. Presentaranteel Grupode GestiónFinanciera,el informede cumplimientoen el formato queseestablezcaparatalefecto,certificandodemaneraclaray precisael valora pagaro el aportea realizaracordeconlaejecucióndelcontratoo convenioy lo pactadoenel mismoy verificarel pago de los aportes al SistemaGeneralde SeguridadSocial Integraly/o parafiscalesporpartedelcontratistadurantelaejecucióndelcontratoo convenioy hastasu liquidación,de acuerdocon lo exigidopor la Ley, anexandola documentaciónsoporte respectiva. e. Autorizarel pagode los anticiposy pagoanticipadopactadosen el contratoy llevarun controldelosdinerosgiradosdurantesudesarrollo,paraquelosdesembolsosefectuadosal contratistanoexcedanelvalordelcontratoy queestosserealicenenlaformapactadaenel mismo. f. Realizartodas las gestionesnecesariasy pertinentespara que los recursosgiradosal
contratista,noejecutados,seanreintegradosUuntoconlosrendimientosfinancierossi aello haylugar),previarevisióndelGrupodeGestiónContractualy delaOficinaAsesoraJurídica. Delasactuacionesadelantadassedeberáremitircopiadelsoportea losGruposdeGestión Contractualy GestiónFinanciera. g. Aprobaro rechazarlasfacturas,cuentasdecobropresentadasporel contratistay darlesel trámitecorrespondiente. h. Velarporqueel cumplimientode los requisitosparael trámitey aprobaciónde pagospor parte del Institutose realicedentrode los plazos pactados.Para ello, deberá realizar oportunamentetodaslasgestionestendientesa solucionarposiblesinconvenientesquese presentenparaefectuarlospagosalcontratista.
- Verificarque a la terminacióndelencargofiduciarioo del patrimonioautónomo,cuandolos mismosseanconstituidosenel marcodeobligacionescontractuales,la SociedadFiduciaria devuelvaal Institutolosrendimientosquesehubierengeneradodelosrecursosqueintegren elencargo,loscualesseránconsignadosenlacuentaqueel Institutoleinforme.
j. Manteneractualizadoelestadofinancierodelcontratoo convenio,incluidoslosaportesdela contraparte(cuandohay lugar),duranteel desarrollodel mismo,el cual harápartede los informesperiódicosdesupervisióno interventoríay podrásersolicitadoporel Institutoenel momentoqueserequiera.RESOLUCiÓN No. U\;O064 DE 3OENE2017 HOJA No. 9
k. En aquelloscontratoso conveniosque se hubierenpactadoslos giroso desembolsosde recursosen monedadiferentea la colombiana,el supervisoro interventoral momentode presentarlos informesdeberárealizarla respectivaconversiónde monedade acuerdoa lo pac
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