INS - Resolución 0451 de 2016
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 0451 de 2016
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
En
INSTITUTO NACIONAL DE SALUDRESOLUCION NÚMERO ()4 5 Be 201608 MAR 2016?“Por la cual se adoptan los siguientes Instrumentos de la Gestión de Información Pública: el Registro deactivos de información, el Índice de información clasificada y reservada, el Esquema de publicación deinformación y el Programa de Gestión Documental; conforme a lo establecido en la Ley Estatutaria1712 de 2014”LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUDuso de sus facultades legales y estatutarias y especialmente las contempladas en el artículo 5% del Decreto2774 de 2012 yCONSIDERANDOQue el Instituto Nacional de Salud — INS — es una Entidad de naturaleza científica y técnica, con personeríajurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio creada por el Decreto 470 de 1968, con cambio denaturaleza mediante el Decreto 4109 de 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774 y 2775 del 28de diciembre de 2012, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, perteneciente al Sistema Generalde Seguridad Social en Salud y al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.Que la Ley Estatutaria 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la ley de transparencia y del derecho deacceso a la información pública nacional y se dictan otras disposiciones" tiene por objeto regular el derechode acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y lasexcepciones a la publicidad de información.Que la citada norma, conforme lo señalado en la Constitución Política de Colombia, en su Art. 74 estableceque
“todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezcala ley. El secreto profesional es inviolable”.Que el Decreto 1081 de 2015 en su artículo 2.1.1.5.1 estableció: “Instrumentos de gestión de la informaciónpública. Los instrumentos para la gestión de la información pública, conforme con lo establecido en la Ley1712 de 2014, son: (1) Registro de Activos de Información. (2) Índice de Información Clasificada y Reservada.(3) Esquema de Publicación de Información. (4) Programa de Gestión Documental.Los sujetos obligados deben articular dichos instrumentos mediante el uso eficiente de las Tecnologías de lainformación y las comunicaciones, y garantizar su actualización y Divulgación”.En consideración de lo expuesto y de acuerdo con las obligaciones de la Entidad, estipuladas en las normasibídem, este Despacho: RESUELVEArtículo 1. Instrumentos de la Gestión de Información Pública. De conformidad con lo establecidoen la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1081 de 2015 se establecen los siguientes instrumentos paragarantizar el cumplimiento del derecho a acceder a la información pública de! Instituto Nacional de Salud:1. Registro de Activos de Información2. Indice de Información Clasificada y Reservada3. Esquema de Publicación de Información4. Programa de Gestión DocumentalArtículo 2. Registro de Activos de Información: Es el inventario de toda información que se genera,obtiene, adquiere, transforma o controla en calidad de sujeto obligado, por parte del Instituto Nacionalde Salud.Artículo 3. Índice de Información Clasificada
y Reservada: Es el inventario de toda la información queha sido calificada como clasificada y reservada por el INS.Parágrafo Primero: La elaboración y actualización de la Información clasificada y reservada seráresponsabilidad de la Oficina Asesora Juridica con el acompañamiento de todos los Procesos Institucionales.
ARweRESOLUCION NUMERO 0451 DE yo HOJA No 2 “Por la cual se adoptan los siguientes Instrumentos de la Gestión de Información Publica: elRegistro de activos de información, el Índice de información clasificada y reservada, elEsquema de publicación de información y el Programa de Gestión Documental; conforme a loestablecido en la Ley Estatutaria 1712 de 2014”
Parágrafo Segundo: En el evento en que la Entidad deba negar el acceso de la información consideradapor el INS como clasificada y reservada, será la Oficina Asesora Juridica la encargada de motivar el acto queasí lo disponga, de acuerdo con la normatividad.Artículo 4. Esquema de publicación de información. Es el instrumento con que dispone el INS parainformar de forma ordenada, a los ciudadanos la información que se encuentra disponible en el sitio WEB;conforme a los principios de transparencia y acceso a la información.Parágrafo primero: La elaboración y actualización del esquema de publicación de información esresponsabilidad de la Oficina de TIC en conjunto con el Proceso de Comunicación Institucional.Parágrafo segundo: Para actualizar el esquema de publicación de información el Proceso decomunicación institucional, implementará mecanismos de consulta a los ciudadanos, para identificar lainformación de interés general.Artículo 5. Programa de Gestión Documental. Es el instrumento que establece los procedimientos ylineamientos para la producción, distribución, organización consulta y conservación de los documentospúblicos, el cual será desarrollado por la Entidad en un término de (6) meses contados a partir de laexpedición del presente acto administrativo, cuyo responsable será el líder de Gestión Documental delINS.Artículo 6. Roles y responsabilidades. La actualización de los Instrumentos de Información Pública,estará a cargo de cada dependencia bajo las orientaciones de la Secretaria General, quien realizará elseguimiento y consolidación de la información.Artículo 7. Actualización de los Instrumentos de la Gestión de Información Pública. Losinstrumentos de información pública se actualizarán de acuerdo a los lineamientos establecidos en la LeyEstatutaria 1712
de 2014 y demás normas aplicables.Parágrafo primero. Los Instrumentos de Información Pública serán actualizados a corte 31 de julio decada año.Artículo 8. Publicación. La publicación de los Instrumentos de la Gestión de Información Pública serealizará en el sitio WEB, en link o enlace de transparencia y acceso a la información pública.La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.Dada en Bogotá D.C., a los 9 8 MAR 2016COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
LA DIRECTORA GENERAL (E) MARTHA LUCIA OSPINA MARTINEZ( ime Cardona Botero, Jefe Oficina Asesora de Planeación. \uis Antonio Ayala, Coordinador Grupo de Desarrollo Institucional.Elsa Marlen Baracaldo, Jefe Oficina Tic.Proyecto: Anderson Alberto Lopez Pinilla, Abogado. at Liliana Albarracin Cardenas, Jefe (E) Ofici la Asesora male