INS - Resolución 0499 de 2020
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 0499 de 2020
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2020
Y INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO CAT JUN 2000 > “Para cual so establoce o tramito y gestión de las potcones, queja, reclamos. sugerencias, denuncias. lolctaciones y solictudes de acceso a a Información que se formulen al Instuto Necional de Salud” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 17 de artículo 9 del Decreto 4109 de 2011, numeral 30 del atico 5 del Decreto 2774 de 2012, y las demas normas concoreantes y reglamentarias, CONSIDERANDO: Que el aculo 23 dela Constitución Politica de Colombia, establece el Derecho Fundamental de Petición, según elcualtoda persona tiene derecho a presentar peiciones respetuosas ante las autoridades por motos de interés ‘general particular y a obtener pronta resolución, dentro de los términos estabiecidos enla Ley. Que el culo 74 e la Consttución Poltica de Colombia consagra que todas las personas tenen derecho a acceder a los documentos públos salvo los casos que establezca la ley como reservados. (Que mediante la Ley 1474 de 2011 “Por Ja cual se ditan otras orientadas a fortalecer los mecanismos de Prevención investigación y sanción de actos de corrupción yla efectividad del contra! dea gestión públic
Prevención investigación y sanción de actos de corrupción yla efectividad del contra! dea gestión públic Que corresponde a la Dirección General, de conformidad con lo estabieción en el ariculo 5 numeral 20 del Decreto 2774 de 2012, "ostablocor mecanismos que permitan veriicar y controler la atención oportuna de las solicitudes formuladas pora cludadni, con a intención de generar mejora continua en a entidad" Que mediante la Ley 1712 de 2014 ‘Por medio de fa cual se crea la Ley de Transparencio y dol Derecho do Acceso ala nformación Pública Nacional y se dctan oras disposiciones” y el Decreto 103 de 2015 "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ly 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones” regulo el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantia del derecho, las excepciones ala publicidad. de información, su adecuada publicación y dulgación, a recepción y respuesta a solicitudes de acceso a esta, su adecuada cisifcación y reserva, la elaboración delos instrumentos de gestón de información, así como el Seguimiento de la misma, Que lo anterior, es concordante con a Loy 1712 de 2014 “Por medio dela cual ss crea la Ley de Transparencia y dol Derecho de Acceso a a Información Pública Nacional y se detan otras disposicionos”, ala cual se establece
y dol Derecho de Acceso a a Información Pública Nacional y se detan otras disposicionos”, ala cual se establece ‘en el arculo 19" la información exceptuada por daño a los intereses públicos... Artículo 19, Informacion .ceptuada por daño a los intorases públcs. ES da aqueña Información púbica reservada, cuyo accoso podrá er rechazado o denegado de manera motiveda y por escrito en las siguentes circunstancias, siempre que dicho ‘acceso estuviere expresamente prohibido por una norma lagal o constlucionas (.) ()La Salud pública...) ‘Que el Insituto Nacional de Salud como autoridad cientco técnica de orden nacional del Estado Colombiano, ¡ems la Resolución No 1607 de 2014, por la cual se adopta el Reglamento de Propiedad Intelectual a polea ara la protección de datos personales establecidos en la loy estarutaa No. 1589 de 2012 y se dictan oras Sisposicones, Que por medio de la Ley 1755 de 2015, se susttuyó el Tau Il “Derecho de Petición” de la Ley 1437 do 2011 Osdigo de Procedimiento Administra y e lo Contencioso Administratwo” con lo cual se espectica el trámite y Sestón de as distintas peticiones, y otorga la positiidad alas autoridades de reglamenta la tamétación interna
y Sestón de as distintas peticiones, y otorga la positiidad alas autoridades de reglamenta la tamétación interna e las peticiones que le coresponda resolver y la manera de atender las mismes para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo, Que de conformidad con el artículo 22 "organización para e trámito nteno decisión de las peticiones”, dela Ley 1786 de 2015, las autordaces reglamentarán la tramitación tema de las peticiones que corresponda resolver y le manera de atender las mismas para garantizar el buen funcionamiento de los senicos a su cargo.17 JUN 2020 RESOLUCIÓN NÚMERO 0499 DE HOJA No 2111 "Por laculan ett al rn y astón es petires quejas, rms, sugerencias, doncs, flotaconos y solas de ccoo als horacio ques mue ot as ira Sl” (Que el Decreto 1105 del 19 dejo de 2016 adiionó el capitulo 12 tuo 3 de a part 2 do 2 del Decreto 1089 de 2015, Decreto Unico Reglamentario de Sector Justa y del Derecho, relacionado con a presentación tratamiento y ricacin de las peticiones presentadas verbalmente Queen león lat orga anti ar rglnentar nearer ley decisiones de as patines,
las peticiones presentadas verbalmente Queen león lat orga anti ar rglnentar nearer ley decisiones de as patines, se eit la Rolón No 0528 el 1 d may e 201 “Pola cul sacalco tanto y gun las polos quejas elos, sure, denunis, otaceesy soledad coso a/a nomació que fome a sta Naciona de Sala ‘Que, modinto Resolución No. 0802 de 2018 so adopta la Poliza inetuonal de Caldad de Alanció y Teto Digno al Ciudadano dl Instituto Nacional de alu Que el Insituto Nacional de Sale requiero suri la reglamentación intema actualizada para el trite y gesión delas petones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, elctacons y salctudes de acceso a la información que se formulen al Insituto Nacional de Salud, consierando los rocosos y rocedmients que han sido intervenidos. (Que se hace necesado deroga la Resolución No, 0528 de 2017 Porlacual se establce el tame y gestión dla aficiones, uojas, reclamos, sugerencias, denuncias fefctacones y solid de acceso la infomación quese famulen al Into ‘Neconal de Salva. ‘Que mediante el Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, "por el cual se adopian medidas de urgencia para garantzar la atención la prestación dels servicios por parte de as autoridades públicas y es particulars que cumplan funciones púbica y 58 tomen medias parala protección labora yd es contratista do prstación de servios de las entidades públicas, en el
atención la prestación dels servicios por parte de as autoridades públicas y es particulars que cumplan funciones púbica y 58 tomen medias parala protección labora yd es contratista do prstación de servios de las entidades públicas, en el aro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecolégica, el Presidente dla Replica stableió medidas on mara de prestación de serio a cargo de las onades y organismos el Estado, con la fnadad de prevent la propagación do la pandemia mediante el distanciamiento social Pexblizando la prestación del servicio en forma presencial y estableciendo mecanismos de atención mediante la lización de medios diles y el uso y aprovechamiento de les tecnologías dela informaciónyas comunicaciones, de manera que se eve el contacto entr los servidores públicos y os cadadanos, in que elo afecto la coniínudad y efectividad del semi, así como la amplacón de tóminos ara la atención de las peciones recibidas. ‘Que el Instto Nacional de Saud, como responsable del tratamientode o datos recolectados través delas herramienta ¿ue en cumplimento de la misinaldad y funciones oexit, se encuentra en la obligación de esablcer un procedimiento adecuado y acorde con a normafviad vient, puntualmente, según lo establecidoen aley 1581 de 2012 yal decreto 1377 de 2013, que regula el derecho constucional que tenen todas las personas a conocer, actualizar, reccar y suprimir
de 2013, que regula el derecho constucional que tenen todas las personas a conocer, actualizar, reccar y suprimir informacion 0 revecar la autorización que haya brindado relacionado con información que se hayan recolectado sobr elas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, ibertdes y garantias consitucionalos a que e refer os articles e acu 15y 20; ‘Que por l anterior, se hace necesario contempla ls lineaments dados en ocasión def emergencia sentra po causa del COVID.19, y garantizar el funcinamieto de los servis indispensables del Estado, En mio d lo expuesto, RESUELVE: Artículo» Objeto: Determinar el trámite y gesón ara atender as petcines, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias, ‘elictacines y solctudes de acceso a la información, que formulen ls cudadanosicientes ate el Into Nacional de Salus, TmuLo! DISPOSICIONES GENERALES ‘Articulo 2 Modalidades de paició: ara efectos do timido las peones en la end, se deberan tener en cuenta bos siguientes tos117 JUN 2020 DE HOJA No 3/11RESOLUCIÓN NÚMERO "Por cals stato emi y gun des pm, qe, reimos, prendes. cacon y stud de "ect animacion queso sms nts sono Sa” a. Petición: Esla garantía consiftcional que tene cualquier persona para acudí verbalmente o por escrito ate la
"ect animacion queso sms nts sono Sa” a. Petición: Esla garantía consiftcional que tene cualquier persona para acudí verbalmente o por escrito ate la “administración o arte los artculars para soler el reconocimiento de un derecho, la intervención e una autoridad © funciona, la resolución de una stación judia a prestación do un servi, ol suminisir de infomación, el requerimientode copias de documentos, la formulación de consuls, a presentación de quejas, denuncias y ociamos e Interponer recursos, b. Consulta: Petciones mediante las cuales los ciudadancsciontes solktan que la entidad manifeste sus consideracionessobre mates relacionadas con sus funciones o solictan que se absulvan ntrogantes, rent a actidados a su cargo. e. Documentos: Aquelaspetisones que se formula a as autoridades para que estas eran documentos o coplas elos mismos, siempre y cuando esos se encuentren sponbles y eposen en os actives dela Entidad, os cules tengan carter de públicos y nose encuentren dentro de os casos consagrados enc arto 24 e la Loy 1755 de 2018, .. Información: Aquelas potions por las cules os cuadanos contes solitan infomación respectode cómo ha actuado el INS en un aso especie ©. Queja: Esta mantestacón o protest, censura, descontento o incontomidad que formula ura persona en relación ‘en una conducta que considera regu de uno o vais sarvidores públicos en desarolo de sus funciones, o de
©. Queja: Esta mantestacón o protest, censura, descontento o incontomidad que formula ura persona en relación ‘en una conducta que considera regu de uno o vais sarvidores públicos en desarolo de sus funciones, o de la rsftución y que puede repercutir en ura invostgacin disciplinaria o fsca, según conesponda. ._ Reclamo: Es el derecho que ene toda persona de exi, reivindicaro demandar una solción, sea por metro general parar, referente a a prestacón indebida de un serio o ala ata de atención de una sole por arte dela En.
9. Sugerencia; Es ua propuesta que presenta un ludadannient ara inc mejrar un proceso cuyo objeto está rolaconado con la prstación de un sevi o el cumplimiento de una función plea. Es la maniestacén de una idea o propuesta para mejorar el servicio la gestión dela Enda,
h. Denuncia; Marstacón mediante la cual se pon posiblemente regulares por pare de sus funcionarios, relacionadas con oxtralmiacón de funciones, loma de ‘decisions proiidas en el jeicio de su caro o el interés directo en una decision lomada.Incujo actos do compan. |. Felicitación: Es el reconocimiento o elogio que se le da a un funciona, a un grupo de fucionaos, a una dependencia incluso al nsíuto Nacional de Saud por parte de un udadeno frente aa prestación des serveas ‘products lecios pri instució ola atención brindada por sus funcionarios Artículo 3~ Clasificación y canals de atención: n conaciiento, del Istuto Nacional de Salud, conductas.
‘products lecios pri instució ola atención brindada por sus funcionarios Artículo 3~ Clasificación y canals de atención: n conaciiento, del Istuto Nacional de Salud, conductas. a. Pociones escritas: on as solicitudes que ls persona naturales o judas hacen por motos de nets goneral ‘© partzuar de foma esc através de aventanila nica de comospordenci yd os buzones de sugarencas, = Ventana Única de Corespondencia (Av. Cale 26 No 51-20, loquo A Zona 6 CAN) = Butbn de Sugerencias. (Bloque A, Bloque E, Biboteca y AuctriINS-) b. Peticiones virtuales: Son as solctudos presentadas através dol ormsario único de pecones, quejs, reclamos, sugerencias, denuncia, aleaciones y solctudes de acceso a la infomación, del coreo electónico. ‘sealacencsi@insovo, el Chat instcionalyl las redes socials: Formulario de contact para PORSOF wins gov. hos pos ins env coat Cameo electrónico insituionlcontaionosin geco hatinscional ht wn ns gov sat Cidadanolha! Redes sciles Facebook ANSColombie Traitor @INSColomtia YouTube INSColombia
Instagram: @insaludclonbiaRESOLUCIÓN NÚMERO A DE HOJA No 4/11 "Parla cut an ett rm y usó e ls ecos ques recon, paren, chon olen y totes de ecco fe hlomann q se rms rei Maca or Sou
"Parla cut an ett rm y usó e ls ecos ques recon, paren, chon olen y totes de ecco fe hlomann q se rms rei Maca or Sou Peticiones Telefónicas: Son aquella fomuladas a través de as lineas tltóicas dispuestas or la cuida, Cal Center 2207700 Linea do Atención al Cludadano 3244576 Linea Gratuta Nacional 01 8000 113 400
Peticiones verbals: Son as olcudos ques presentan ena ventana única de atención alciudadano. Ventana Unica de Atención al Ciudadano (Av. Cale 26 No. 51-20, Bloque A, Zona 6 CAN) Parágrafo: El horario de atención al públic através de ls canales de atencón yl recepción de coespondenca será de lunes a vemes de 8:15 am. a445 pm, ‘Artculo4-Requistos mínimos para la presentación de peticiones: Toda pecén para su time y presentación deberá conten: 2) La designación dela atoridad ala que sedge. b)_ Losnomres y apetids completos del slciant y desu representante yo apoderado, ses elcaso, con indicación de su documento de identidad y dela dirección donde recibirá corespondenca. El petconafo podrá agregar el mero de fax ola rección electrónica.
©). Blobjeodelapotcón 4) Lasrazones en ls que fundamenta su pti, e), La reaión de los documentos exigidos por la ley y que se daben presentar arto la Entidad para iniciar el imo
©). Blobjeodelapotcón 4) Lasrazones en ls que fundamenta su pti, e), La reaión de los documentos exigidos por la ley y que se daben presentar arto la Entidad para iniciar el imo (poderes, autorzacines, orden adil, según el caso), La fema del peticonaro cuando fuer el caso, Artículo 5Acceso la información: Para efectos6 citar el aceso nformación mayor interés pra la comunida, €lINS pondrá adisposión del púbico através de su página Web: wnwns gowola documentació respecto ala estructura, servicios, procedimientos y funcionamiento dela ondas asi como de los demás aspectos determinados por fa Loy de transparencia y aceso aa informacin púbica (e 1712 de 2014) y demás dsposienes concordantes y reglamentarias, Artículo 6 - Solicitud de Información publicada: Cuando la solista de Inomacón verse sobr documentos que oportunamente fueron publeados por el INS, asi se informará, indicando el número y la facha del dar, Eoei, gaceta o Página wb en quo so hizo la divagación En caso de que nose haya publicado a través de os medos puestos a disposición, se deberá atender la psción formulada y ajunars copia del documento, prev al pago del valor respecto Artículo 7 - Peticiones Imespetuoss, oscuras reterativas: Se pcrán rechazar aquetas potcones que contengan expresiones irespetuosas o desobigante, en las que se ulcen amenazas, impropors, insults, oorsas, atentas o
expresiones irespetuosas o desobigante, en las que se ulcen amenazas, impropors, insults, oorsas, atentas o proxcaciones, entr cos. La decisión que rechace la peón deberá notfcarse al peticionario de manera moivada. Respecto de las petones reteratias, el INS podrá remitse a las respuestas antares bindas, salvo que se Wate de derechos Impress, 0 de petiones que se hubieren negado por no acreditar roquios, siempre que en la mueva peticiónse subsane. Frente als ptones respetuosa, se devora al nerasado para que la coma o acer dentro e ls diez (10) días siguientesasu recepción ‘Aticulo 8 - Cómputo de términos: Para el vate y gen delas peticones, quejas, recamos, sugerencias, denuncias, feictacones y soleitudos de acceso la informacion, el término iniciará correr aparte del dia habi guiente ala fcha de radicación n el Inst Nacional de Salud Aqtculo 9 Derecho de tumo; Do conformidad con la Loy 862 de 2005, rt 15, deberá respetarse el orden de presentación delas peones, salvo que se rate de las palcones señaladas en el ariculo 20 dela ley 1785 de 2015, Artículo 10» Respuestas electrónica: Eliudadanolient podrá marta a la solrud presentado acepta que la ‘respuesta la misma sea remita al coreo electrónico indcado,
Artículo 10» Respuestas electrónica: Eliudadanolient podrá marta a la solrud presentado acepta que la ‘respuesta la misma sea remita al coreo electrónico indcado, Artículo 11 Peticiones allegadas en otra lengua nativa o dialect: Lo cudadanos/cientes que se comuniquen en una lengua ali o un dletodretes al español podrán prosotar patines por cualquiera delo canales habitados por Instituto Nacional de Saud17 JUN 2020 DE HOJA No 5/1RESOLUCIÓN NÚMERO "Por lcut ee eat el inte y usó es pros. ques, els, supaenisdonncos.fectacoasysletdas de “ects a most quese Roman sto Nao ds Sat tículo 12 Coste de fotocopias: La expedición de copas se hará por el mado más efiete y ls costos corerán a cargo “el petionaro, el valo untar estar sujeto ala disposició contractual que apique ena vigencia, E alo de ls fotocopia deberá consignarse por ante del interesado e: Entidad Financiera: Banco Davivienda, Cuenta Bancaria: Content. Numero de Cuenta: 181990334. Denominación: Inst» Nacional de Sal. Artículo 13 informes: El Grupo de Atención al Cudadano y Corespondenci, presentará y publicará e a página web det Insituto, con corte imesral un informe de peciones, queja, reiamos, sugerncias, denuncias, fefctaions y solidos de acesoalalnlomecióne informe de tempos de respuesta Tmo
Insituto, con corte imesral un informe de peciones, queja, reiamos, sugerncias, denuncias, fefctaions y solidos de acesoalalnlomecióne informe de tempos de respuesta Tmo
TERMINOS DE RESPUESTA.
Artículo 14Términos de respuesta: Do confomidad con el arcuo 14 de la Loy 1755 de 2015 el tamte de las dsinas modaltades de petición estara sujeto ala observancia delos siguientes trios: Por rgla general y salvo norma leal especial, lérmino para resolverlas peones de interés general y partcularse resolverán dentro de os quin (15) días hábles siguentes ala recepción de a misma. Lo ante, triendo en cuenta los demás terminos deseos en el presente aul, Para los demás pos de peones, se tendrán en cuenta lo léminos contemplados por el arco 14 do la Ley 1785 de 2015, teniendo en consideraciónlo siguente: a. Peticiones en general: El derecho de peti se resuelve dentro d los quince (15 ias hábiles siguientes su recepción. b.. Petición de documentos: Las petcones que se reaen on ol propósito de obtener documentos como copias de expedientes, copias de ceticaones, autenticación de documentos que reposan en alguna delas dependencias ¿el Instto Nacional de Salud, se reslverán dentro de los diez (10) ía hábles siguentes a su radicación, siempre y cuendo dicha infomación o dichos documentos ya se encuenten disponibles. Transcurido el tómino Sn
y cuendo dicha infomación o dichos documentos ya se encuenten disponibles. Transcurido el tómino Sn respuesta, se entenderá aceptada y nose podrá negara entega dees mismos dentro delos rs (3) das siguentes. e. Peticiónde información: Las petíiones que versen obre sous de información, o resolverándentro des diez (10) días habies siuientes a su radiación, sempre y cuando dcha infomación o dichos documentos ya so encuentren isponbles.
4. Peticién de consulta: Las petiones mdianto las cues se eleva una consulta alas autoridades on relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) das siguentes a su radicación. +. Peticiones entre entidades públicas: Cuando una autoridad forme una petición, deberá ser resulta dentro de los 10 las hábiles siguientea surecopió, salvo quese Indique término expec de respuesta enla soletud En las presentadas porel Congreso de a República (Ley 5/1992, ar 258 y la Defensri del Puetio (Loy 24 de 1992, ‘at. 15) deberán responders en el termina de cinco (5) dis his. 1 Petición no competencia: Las patines que no sean competencia dela entidad, serán trasiadada ala enitad competente dentro de ls cco ($) días hables Sientes a la radcacn; asi mismo, se enviar copa del oficio ‘eisai al pefcinaro y encaso de no exis entidad compente se comunicará al inresado.
competente dentro de ls cco ($) días hables Sientes a la radcacn; asi mismo, se enviar copa del oficio ‘eisai al pefcinaro y encaso de no exis entidad compente se comunicará al inresado.
9. Quejas y reclamos: Se deberán resolver dentro de os quince (15) dias siguentes a su radiación fh. Denuncias: Segúnelcontnido de a denuncia se pondrá en conaciminto ala dependencia o autoridad competente, informando al peticionario dentro dls quico (15) das siguentes 2 eu radicación
- Peticiones anónimas: Según la modaliad de petcion se dará respuesta en el ino correspondiente. En caso y e no exist rección de noicacén i tléfoo, ni dato de contact, la respuesta será pubicada enla
ubicada enel Grupo de Atenció al Ciudadano y Comespondenci por un imino de (10) días hábesy sadRESOLUCIÓN NÚMERO 0499 DE HOJA No 6/1 “Porn clos static art y gun de os proves. qua, rotos, uguencin doncs. Icons y slices de "ese la hvrmabcn que soon oto Nac oy Saad en la página web del INS, ink wn ins ovconomatiaosuntosiuidicos. En caso do presuntosactos de coupcin deberá emitrse ala Procuadura General dela Nación Parágrafo Primero: Cuando excepcionalmente no sea posible resolvero contestrla paiones dentro dels téminos aquí ‘safalads, se deberá informar esta suación po escri al interesado, ates del vencimiento del término, expresando los
‘safalads, se deberá informar esta suación po escri al interesado, ates del vencimiento del término, expresando los ‘motos y asu vez, señalarel trmino ostimado en que e dará respuesta, ol cual no podrá exceder del doble del rovisto en el presente arco para cada modalidad, Tru PETICIONES ESPECIALES Articulo 15 - Peticiones especiales y términos: Se consieran ettiones ospecaos allegadas al Into Nacional do ‘Salud de acuerdo con su naturaleza juréca yen concordencacon el Decreto 4109 de 2011 y el Decreto 2774 de 2012, como. autora ciento técnica del orden nacional yen cumplimiento de su objeto, uncon yresponsabiidades. Se consideran peticiones especials ls siguientes Aguas consultas relativas al accoso de infomación documentos o materials, entr aros, sujetos de derechos de propiedad inalecual perenecints al Insti Nacional de Saud. ‘Aquotossoictudes on las que se require el acceso a documentos de career reservado ycontdencal de acuerdo ‘on es funciones que realza la organización ene mb racional y como autoridad sarita ‘Aqua slcudes ens que e require el acceso adocumontos de carte reservado y confidencial de acuerdo canes funciones que realza la organización en el ámbito nacionaly como autoridad santa. Aquelas consultas elevadas por os ciudadanos acerca del estado del waite de expedición de conceptos toxeotgicos, detámenes laicos toxiolágios y demés, de productos plaguicidas de uso doméstico que van sor
Aquelas consultas elevadas por os ciudadanos acerca del estado del waite de expedición de conceptos toxeotgicos, detámenes laicos toxiolágios y demés, de productos plaguicidas de uso doméstico que van sor zados en el ais, en vintad de un rámio en parta, así como, la solicitud do prórroga para dar respuesta a requeriientos paa continuación de rómi de exped Aquelas sociudes de consuta par la autorización de laboraors en sah púbica frente a la realzacón de ands especificos. Aquos socitudes de consulta alegadas con den, al sometimiento y consideración de los deretes Comtts Insttasonals.
9. Todas aquetas soictudes olevadas anto la Enidad que requran la ejecución de actividades que involucren diferentes instancias, dependencias o sean objeto de nomas de acrediación.
Pardgrato Primero: Las añitos de los traes a yb, por conséuse de carácter especial su contestaié,tondrn un \Wemino para dar respuesta de un mos (1), ol cual podrá ser promogado por un (1) mes más, siempre y cuando medio justfcacón: considerando que se podrá quer la partipacn de varias instancias, ei como conceptos técnicos y juridicos de expertos en los temas o asesoría extemas u orgarizaconales. ya san púbicas o privadas Lo anterior en concordancia ‘on ol arto 83 e la Ley 1437 do 2011
de expertos en los temas o asesoría extemas u orgarizaconales. ya san púbicas o privadas Lo anterior en concordancia ‘on ol arto 83 e la Ley 1437 do 2011
Parágralo Segundo: Las solctudos de ls Htoralo , 4, por coniturse do carer especial su contstaion, tendrán un iro para dar respuesta e dos meses (7) el cua podrá sor prorogado po un (1) mes más, sempre y cuando med justicación; considerando que se podrá requerir la pariipación de varias istancias, asi como concepts tei y jufdcos e experts en os temas o asesorias extomas u organizacionales, ya sean públcas o privada, Lo anterior en concordancia con el aticuo 83 dea Loy 1437 de 2011
Artículo 6 - Quejas y apelaciones según normas de acreditación: El Insto Nacional de Salud de acuerdo con su "atualeza jua y en concrdanciacon el Decreto 4109 de 2011 y el Decreto 277 do 2012, bene como cbjevo promover renta, ooctar y coorina a inestgacióncientica en salud y en tiomedicin: desamor, aplicar y transfer ciencia y tecnología en las áreas de su compeiencia actuar como laboratoro de referencia nacional coordina écncamente la red nacional de laboraloros de salud pública en las áreas de su compolancia, y desarola, product y detrbur productos17 JUN 2
RESOLUCIÓN NÚMERO DE HOJA No 7/11
nacional de laboraloros de salud pública en las áreas de su compolancia, y desarola, product y detrbur productos17 JUN 2
RESOLUCIÓN NÚMERO DE HOJA No 7/11
Parla cun e estic lt y est delas ptos qua econo sorenca demu oran y sota de ‘ects as ptomaci grs fas pio Nac O Sau Biolgios, quimisos,botecolígicosy reacves de dgrósicoblomédio, en el maro del Sistema de Seguidad Social en Salud y del Sistema do Cinci, Tecnología e Imoración, por elo se considera. a. Queja (NTC ISONEC 170002005): Expresión de instsiacción, dfeente d la apelación, presentada por una persona u organización a un organismo de eraluacón de la conformidad o a un organismo de acretación, relacionada cons actividades de dio organismo, para la quese espera una respuesta. b. Queja (NTCISONEC 170242013 Aplica para corcación de personas, expresión de insattación ista de una apelacón, presentata por un Indhiduo U organización a un organismo de cenicacón, relacionada con las acádades de dicho organismo o persona cercada, para la que se espora una respuesta
6. Apelación (NTC ISONEC 170002005]: Petión dl proveer cel objeto de evaluación de la confomidad al
acádades de dicho organismo o persona cercada, para la que se espora una respuesta
6. Apelación (NTC ISONEC 170002005]: Petión dl proveer cel objeto de evaluación de la confomidad al ‘rganisma de evasión do la conformidad oa orgarismo de acredtacón, de reconsiderar decisión que amd en relacióncon deho objet,
4. Apelaion certfcacin de personas [NTC ISQNEC 170242013) Petción presentada por un soctante, candidato 0 ‘persona certicada, para que se reconsidre cualquier decision omada oro organism de cercció retconada. con su estado de oricación desea 4.3 Apicatwo de Corespondencia: Sistema por medio del cual Parágrafo: Los téminos de respuesta de las quejas y apelaciones, e resuelve dentro de los quince (15) das hábles guientos asu radicación, el cual pocrá ser proregado sn que exceda el doble del empo inicialmente previsto, sempre y cuando medi justiacón, considerando que se podrá requerira patcipacion de vers instancias, as como conceptos técnicosy juridicos de expertos en ls levas o asesoras extemas u organzaconalos, ya sean públicaso privadas.
Artículo 17 - Peticiones relacionas con el foco dol Derecho de Habeas Dala: A través dela ey 1661 de 2012 y el decreto 137 de 2019, s regul el derecho consucional que tenen todas las personas a conocer, actualizar, ecticar y
decreto 137 de 2019, s regul el derecho consucional que tenen todas las personas a conocer, actualizar, ecticar y suprimir información o revocar la autorización que haya bíndado relacionado con information que se hayan recolectado sobre elas en bases de datos o archives, y ls demás derechos, borades y garantías constcionals a que se refer os artículos aril 15 y 20; por lo anterior Institue Nacional de Salud, como responsable del tratamiento e los ato recolectados, se encuentra en ia obIgación de establece un procedimiento adecuado y orde con la normelvidnd vente, as spore
A. Las porsonasJeglimadas para ejrer el derecho de Habeas Data de conformidad con el anículo 2 del decreto
1377 de 2013, rin:
A. Porel Titular, quien deberá acreditarsu entidad en foma sufcente or ls distintos medias quole ponga a disposición el INS, 2, Porsus causahabienes, quienes deberán cruda tl clad
3. Porelrepresenant lo apoderado del Titi, previa acredacion de la representacióno apoderaminto.
4. Porestulciónafavordo oto 0 para ot, Parágrafo: Todas as consultas y reclamos de datos de personales deberán presentarse a través do los canales de atención oilesdspuests porel NS, dspuesis en la presnte resolución,
b. Consultas. Sobre todas ls consutas que realcen las persona egtimadas para conoser los dates personales que ‘epozen en lINS se deja prueba de = Fechadorecbodelaconsuta
b. Consultas. Sobre todas ls consutas que realcen las persona egtimadas para conoser los dates personales que ‘epozen en lINS se deja prueba de = Fechadorecbodelaconsuta - ¡denidad del sotctante
2. Laconsula debo presentarse mediante soit diigi al INS que contenga la siguente inormacón:
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