INS - Resolución 0661 de 2021
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 0661 de 2021
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NÚMERO 0 6 6 1 DE 2021(28 JUL 202% Por la cual se actualiza la operación del Sistema Integrado de Gestión en el Instituto Nacional de Salud yse dictan otras disposiciones. LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las facultades legales, especialmente las consagradas en el numeral 11 delartículo 9° del Decreto 4109 de 2011, en el numeral 23 del artículo 5° del Decreto 2774 de2012, y las demás normas concordantes y reglamentarias CONSIDERANDO Que el Instituto Nacional de Salud — INS — es una Entidad de naturaleza científica y técnica, conpersonería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio creada por el Decreto 470 de 1968, concambio de naturaleza mediante el Decreto 4109 de 2011 y reestructurado a través de los Decretos 2774y 2775 del 28 de diciembre de 2012, adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, perteneciente alSistema General de Seguridad Social en Salud y al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Que en la Ley 872 de 2003, se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del PoderPúblico y en otras entidades prestadoras de servicios. Que la precitada ley estableció que el Sistema de Gestión de la Calidad se desarrollará y pondrá enfuncionamiento en forma obligatoria en los organismos y entidades del Sector Central y Descentralizado porservicios de la Rama Ejecutiva del Poder Público del Orden Nacional y que la máxima autoridad de cadaentidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar dichoSistema, disponiendo que éste se desarrollará de manera integral, intrínseca, confiable, económica, técnicay particular en cada organización, con miras a garantizar en cada una de sus actuaciones la satisfacción delas necesidades de los usuarios, el cual según lo allí estatuido, será complementario a los Sistemas de ControlInterno y de Desarrollo Administrativo establecidos por la Ley 489 de 1998. Que la Resolución 1164 de 2002, de los Ministerios de Salud y de Medio Ambiente (hoy Ministerio de Saludy la Protección Social y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Territorial), establece la obligación de conformarun grupo Administrativo de Gestión Ambiental y Sanitaria, conformado por personal de la institución, cuyoscargos estén relacionados con el manejo de residuos hospitalarios y similares y, adicionalmente, con elánimo de orientar la toma de decisiones y fortalecer la implementación voluntaria de los requisitos de laNorma Técnica Colombiana (NTC) 1SO14001, del sistema de administración ambiental, se consideraoportuno la integración en el Comité MECI-SIG para abordar aspectos relacionados con la gestión ambientalinstitucional.
Que mediante Resolución No 718 de 2014, se creó el Comité de Gestión Ambiental del Instituto Nacionalde Salud como un órgano asesor de la Dirección General, el cual está encargado de orientar y apoyar losasuntos relacionados con la gestión ambiental asociada a las funciones que desarrolla el instituto, y el cualse integra en la presente Resolución. Que el artículo 2.2.23.1 del Decreto 1083 de 2015, dispone: El Sistema de Control Interno previsto en la Ley87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integradode Planeación y Gestión — MIPG, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten elcumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades. El Control Interno es transversal a lagestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno —MECI. Que a través de la Resolución 1533 del 22 diciembre de 2015, se modificó la estructura y organización delComité del Sistema Integrado de Gestión SIGdel Instituto Nacional de Salud, antes denominado ComitéMECI-CALIDAD. Que el capítulo 6, los títulos 1 y 4, de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, enmarcan directricesde obligatorio cumplimiento para toda la colectividad integradora del INS; con miras a la protección de todos28 JUL 2021RESOLUCIÓN NÚMERO 0661 DE 2021 HOJA No 2
"Por la cual se actualiza la operación del Sistema Integrado de Gestión en el Instituto Nacional de Salud yse dictan otras disposiciones." los integrantes de la comunidad en accidentes laborales y enfermedades de tipo laboral, con laimplementación y puesta en marcha de los estándares mínimos del sistema de gestión de la seguridad ysalud en el trabajo SG-SST, los cuales se hallan encuadrados Resolución 0312 de 2019 del Ministerio deTrabajo, afrontando los continuos retos; desarrollando respuestas efectivas y estratégicas a fin de mantenerun ambiente laboral sano y seguro. Que, de acuerdo con los lineamientos dados a las Entidades del orden Nacional, se hace necesario adoptarel Modelo Estándar de Control Interno 2014, en concordancia con el Decreto N° 943 de 2014, el cual en suArtículo 2° dispone: “El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los organismos yentidades públicas que hacen parte del campo de aplicación del presente decreto, será responsabilidad dela máxima autoridad de la entidad u organismo correspondiente y de los jefes de cada dependencia de lasentidades y organismos, así como de los demás funcionarios de la respectiva entidad”. Que mediante el Decreto 1499 de 2017, se modificó el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentariodel Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de laLey 1753 de 2015. Que en concordancia con la normatividad expuesta, se requiere actualizar el alcance, estructura, disposicióny componentes del Sistema Integrado de GestiónSIG del INS y su articulación con los Sistema de ControlInterno, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos degestión y control al interior del Instituto, alineada con los otros organismos y entidades del Estado alineadosa las disposiciones del gobierno nacional.
Que en virtud de lo anterior, se hace necesario derogar la Resolución 1533 del 22 diciembre de 2015 “Porla cual se modifica la estructura y organización del Comité del Sistema Integrado de Gestión SIGdelInstituto Nacional de Salud, antes denominado Comité MECI-CALIDADy se dictan otras disposiciones" Que en mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE:
CAPITULO| DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO PRIMERO. Objeto. Actualizar la operación al interior del Instituto Nacional de Salud, delSistema de Gestión de Calidad y su articulación con los demás sistemas implementados acorde al alcancedefinido en el MNL-D02.0000-001 Manual SIG, incluido el Sistema de Control Interno y, definir sus instanciasy responsabilidades. ARTÍCULO SEGUNDO. Sistema Integrado de Gestión - SIG. El Sistema Integrado de Gestión del InstitutoNacional de Salud, se define como una herramienta que contribuye a la memoria institucional, a través de laestandarización y control de los procesos, fortaleciendo la calidad y satisfacción sobre nuestros productos yservicios manteniendo el equilibrio entre la productividad, la gestión eficiente, el cumplimiento de lalegislación aplicable y los requisitos de las Normas o Lineamientos que lo conforman. CAPITULO Il INSTANCIAS, AUTORIDADES Y RESPONSABILIDADES PARA SU ESTABLECIMIENTO YDESARROLLO ARTÍCULO TERCERO. Para efectos de la implementación, mantenimiento, adecuación y mejora del SistemaIntegrado de Gestión SIG, acorde con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Instituto Nacional deSalud; son instancias de participación y articulación según aplique:
El representante legal del Instituto Nacional de SaludEl Representante de la Alta DirecciónEl Comité de DirecciónEl Comité Institucional de Coordinación de Control InternoWy NoYU JUL ZULI RESOLUCIÓN NÚMERO 0661 DE 2021 HOJA No 3 "Por la cual se actualiza la operación del Sistema Integrado de Gestión en el Instituto Nacional de Salud yse dictan otras disposiciones." El líder del procesoReferentes SIGComité SIGDemás comités asociados con la implementación de normasy lineamientos que lo conformanLos servidores públicos y/o particulares que ejercen funciones públicas en el INS. ARTÍCULO CUARTO. Representante Legal. El Representante Legal del Instituto Nacional de Salud, seráel encargado de impartir las directrices para el diseño, implementación, mantenimiento, revisión y mejora delSistema Integrado de Gestión. ARTÍCULO QUINTO. El Comité de Dirección. Dentro del comité de Dirección se abordarán temáticas en elmarco del Sistema Integrado de Gestión, mínimo una vez al año, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
1. Formulación de políticas y objetivos para la implementación, mantenimiento y mejora continua delSIG, como mecanismo que permita cumplir con eficiencia, eficacia, efectividad y transparencia, lafinalidad para la cual fue creado el INS, asignando los recursos necesarios para la operación delmismo.2. Designación del Representante de la Alta Dirección, con el propósito de garantizar el mantenimientoy operación de las acciones necesarias para la mejora continua del SIG.3. Generación de estrategias que permitan promover la sensibilización y participación del personal delINS, para alcanzar los resultados planificados y la mejora continua de los procesos enmarcados enel SIG.4. Emisión de lineamientos institucionales para el mantenimiento y mejora del Sistema Integrado deGestión - SIG, con el fin de incrementar las competencias, formación y capacitación del personal.
ARTICULO SEXTO. Responsabilidades del Representante de la Alta Dirección. Liderar, de acuerdo con las directrices impartidas, el diseño, implementación, mantenimiento, seguimiento ymejora del Sistema Integrado de Gestión - SIG, con base en la misión, visión y objetivos Institucionales.
1. Hacer las gestiones necesarias para la implementación, mantenimiento y mejora continua del SIG delInstituto Nacional de Salud.2. Informar al Comité de Dirección, sobre las solicitudes presentadas frente a la implementación, revisión,adecuación del Sistema Integrado de Gestión - SIG, sus avances y la necesidad de acciones para lamejora continua del mismo. :3. Dirigir y Coordinar las actividades del Comité SIG.4. Realizar seguimiento y evaluación a los Referentes SIG notificados y tomar acciones en caso de sernecesario.
ARTÍCULO SEPTIMO. Líder del proceso. Se denomina Líder de Proceso, al servidor público que orientalas acciones del talento humano de la dependencia a su cargo y gestiona los recursos necesarios para ellogro del objetivo del proceso, propendiendo por implementar los elementos del Sistema Integrado de Gestión— SIG, tanto al interior de su proceso como de los procesos con que interactúa.
ARTÍCULO OCTAVO. Referentes SIG: Equipo operativo y de apoyo del Sistema Integrado de Gestión -SIG, compuesto por servidores públicos, designados por los líderes de cada Proceso; las responsabilidadesdel Referente SIG, en el marco de su operación, mantenimiento y mejora serán las siguientes:
Asumir el Rol de Referente del SIG al interior de sus respectivas Dependencias.Asistir y participar en el desarrollo del Comité SIG de acuerdo con sus competencias.Ejecutar las actividades relacionadas con la gestión de calidad de su procesoLiderar el empoderamiento de las acciones tendientes a la mejora por parte del personal del procesoque representa, a través de capacitaciones y continua comunicación de lineamientos transversales.Apoyar la difusión y socialización del Sistema Integrado de Gestión-SIG a través de capacitación,socialización y sensibilización en pro del mantenimiento y mejora del SIG, aplicando los esquemasde evaluación pertinentes para asegurar la eficacia de la actividad.6. Apoyar al líder del proceso en la implementación de los procesos, procedimientos, documentos ydemás actividades requeridas en el desarrollo del Sistema Integrado de Gestión - SIG (Auditorias,Riesgos, Mejora, entre otros)28 JUL 2021RESOLUCIÓN NÚMERO 1661 DE 2021 HOJA No 4 "Por la cual se actualiza la operación del Sistema Integrado de Gestión en el Instituto Nacional de Salud yse dictan otras disposiciones."
7. Asegurar que se mantenga la integridad del sistema de gestión cuando se planifican e implementancambios8. Participar en las actividades de implementación y capacitación como forma de asegurar lacompetencia en el marco del SIG9. Apoyar y facilitar el proceso de comunicación con las demás dependencias y/o procesos que así lorequieran.
Parágrafo. Delegación. El Equipo de Referentes SIG se establecerá por notificación del Representante dela Alta Dirección con el Vo Bo del líder del proceso.
ARTÍCULO NOVENO. Comité SIG: Instancia encargada de orientar y apoyar los asuntos relacionados conel sistema integrado de gestión Institucional acorde a su conformación y alcance, integrado por: + Representante de la Alta Dirección o funcionario delegado por el representante de la Alta Dirección,quien ejercerá la Secretaría Técnica.e Equipo de servidores públicos denominados "Referentes SIG”, quienes apoyen el cumplimiento delas actividades del SIG, designado por el Líder del Proceso.+ Demás servidores públicos del INS, con actividades relacionadas con la operación y fortalecimientodel SIG Parágrafo. Harán parte del Comité SIG, las demás instancias a nivel institucional cuyas funciones serándesarrolladas por los líderes de proceso o su designado.
ARTÍCULO DÉCIMO. Funciones del Comité SIG
1. Apoyar el proceso de mantenimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión - SIG yretroalimentar al Representante de la Alta Dirección.2. Generar lineamientos encaminados a la capacitación y sensibilización en pro del mantenimiento ymejora del SIG.3. Analizar y revisar las normas que sean de competencia y mejora del SIG y que contribuyan a sumejora continua, así como velar por la aplicación de las mismas.4. Revisar y analizar la información de entrada para presentar en la revisión por la Dirección.5. Evaluar actividades propuestas por las áreas responsables para el mantenimiento y mejora del SIG.
Parágrafo primero. Cada referente de norma se encargará de allegar los temas respectivos, a la SecretaríaTécnica del Comité SIG.
Parágrafo segundo. Reuniones. Se realizarán cuatro (4) sesiones ordinarias del Comité SIG, por vigenciay, extraordinariamente, cuando sea requerido. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Secretaría Técnica del Comité SIG. La Secretaría Técnica será ejercidapor el representante de la Alta Dirección, quien tendrá a su cargo las siguientes funciones: Verificar la asistenciaElaborar las actas de las reuniones del Comité SIG.Llevar la custodia y archivo de las actas y demás documentos soporte.Solicitar a las demás instancias, la información insumo del comité para consolidación.Citar a los integrantes a las sesiones ordinarias o extraordinarias.Servir de interlocutor entre terceros y el Referente SIG.Suministrar información a los Referentes SIG, sobre los asuntos de su competencia relacionadoscon el Sistema Integrado de Gestión.Realizar seguimiento a los compromisos y tareas pendientes del Equipo de Referentes SIG. ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO. Comités asociados con la implementación de normasy lineamientosque lo conforman. Serán parte integral del Comité SIG, los otros comités constituidos como respuesta a laimplementación de normas y requisitos legales aplicables al Sistema Integrado de Gestión. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Los servidores públicos. Responsabilidad. Los servidores públicos y/ocontratistas que ejercen funciones públicas en el Instituto Nacional de Salud, serán responsables por la28 JUL 2021 RESOLUCIÓN NÚMERO 0661 DE 2021 HOJA No 5 "Por la cual se actualiza la operación del Sistema Integrado de Gestión en el Instituto Nacional de Salud yse dictan otras disposiciones." aplicación y cumplimiento eficiente de los procesos, procedimientos, actividades y tareas a su cargo; larevisión continua a la eficacia de los controles establecidos, así como el desarrollo de la autoevaluaciónpermanente de su labor, como parte del cumplimiento de las metas previstas por el proceso del cual hacenparte.
CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES ARTICULO DÉCIMO CUARTO. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de supublicación y deroga la resolución 1533 de 2015 y demás disposiciones que le sean contrarias. 28 JUL 2021
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los LA DIRECTORA GENERAL, MARTHA LUCIA OSPINA MARTINEZ Proyectó: Ana Matilde Rodríguez Becerra - Contratista Oficina Asesora de Planeación horRevisó: William Jiménez Herrera - Jefe Oficina Asesora de Planeación pollo.
Revisó: Carolina Monroy Calvo - Asesora Dirección General Revisó: Luis Ernesto Flórez Simanca - Jefe Oficina Asesora Jurídica X