INS - Resolución 0667 de 2020
Instituto Nacional de Salud
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Detalles
- Título
- INS - Resolución 0667 de 2020
- Autor
- Instituto Nacional de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2020
E INSTITUTO NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NÚMERO 0 6 6 7 DE 2020e > 27 "JUL 200» 5
Por la cual se modifica la Resolución No. 719 de 2017 “Por la cual se reestructura el Comité de PropiedadIntelectual del Instituto Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones” LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 470 de1968, los numerales 8, 11 y 17 del artículo 9 del Decreto 4109 de 2011, y los numerales 1 y 16 del artículo5 del Decreto 2774 de 2012, y CONSIDERANDO: El Instituto Nacional de Salud — INS — es una Entidad de naturaleza científica y técnica, del orden nacional,creado por el Decreto 470 de 1968, con cambio de naturaleza mediante el Decreto 4109 de 2011 yreestructurado mediante los Decretos 2774 y 2775 del 28 de diciembre de 2012, adscrita al Ministerio deSalud y Protección Social, perteneciente al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que tienela responsabilidad de cumplir con las obligaciones y actividades establecidas por la Ley 1581 de 2012 “Porla cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales y demás normasconcordantes y reglamentaras.
Que de conformidad con el Decreto 4109 de 2011 el Instituto Nacional de Salud -INS, en su carácter deautoridad científico técnica tendrá como objeto: (i) el desarrollo y la gestión del conocimiento científico ensalud y biomedicina para contribuir a mejorar las condiciones de salud de las personas; (ii) realizarinvestigación científica básica y aplicada en salud y biomedicina; (m) la promoción de la investigacióncientífica, la innovación y la formulación de estudios de acuerdo con las prioridades de salud pública deconocimiento del Instituto; (iv) la vigilancia y seguridad sanitaria en los temas de su competencia; laproducción de insumos y biológicos; y (v) actuar como laboratorio nacional de referencia y coordinador delas redes especiales, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sistema deCiencia, Tecnología e Innovación. Que el INS mediante Resolución 0680 de 2011, estableció la Política de Propiedad Intelectual de la Entidadcon el propósito de propender por la creación, protección, gestión y transferencia de los derechos depropiedad intelectual, derechos de autor y conexos, que se pudieren generar en cumplimiento del objeto yactividades misionales de la organización y específicamente con sus actividades de investigación,desarrollo, innovación, vigilancia en salud pública, producción y demás. Que de igual manera, mediante Resolución 1607 de 2014, se adoptó al Interior de la Organización, elReglamento de Propiedad Intelectual, la política para la protección de datos personales establecida en laLey estatutaria No 1581 de 2013, y se dictaron las disposiciones, dentro de las cuales sé encuentran elAnexo Técnico para el manejo y autorización de muestras biológicas y colecciones que harán parte delBiobancos del INS y el Anexo por el cual se establecen los lineamientos para el manejo de las Bases deDatos de la Entidad.
Que mediante Resolución No. 0719 de 2017 se reestructuró el Comité de Propiedad Intelectual del InstitutoNacional de Salud y se dictaron otras disposiciones. Esta Resolución estableció el objeto, funciones,integración y quórum del Comité de Propiedad Intelectual, entre otras disposiciones, no obstante, la mismano estableció un procedimiento para el tema de impedimentos, ni permitió a los miembros de éste órganoasesor, con excepción del Director General, delegar esta función lo cual afecta directamente el quorum, enlos eventos en que algunos de sus miembros no puedan asistir a las sesiones del Comité. Que, acorde con lo anterior, se hace necesario modificar la Resolución No 0719 de 2017 por la cual sereestructura el Comité de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Salud, ajustando su estructura, enel sentido de establecer el procedimiento para el trámite de impedimentos, y la delegación de funciones porparte de todos los miembros del Comité.27 JUL 2020RESOLUCION NUMERO 9667 DE HOJA No 2 Por la cual se modifica la Resolución No. 719 de 2017 Por la cual se reestructura el Comité de PropiedadIntelectual del Instituto Nacional de Salud y se dictan otras disposiciones Que, con fundamento en lo anterior, RESUELVE: ARTICULO 1. MODIFICAR el artículo Tercero de la Resolución No 0719 de 2017 el cual quedará de lasiguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO.. Integración. El Comité de Propiedad Intelectual estará compuesto por: a) El Director General o su delegado, quien lo presidirá. b) El Secretario General o su delegado. c) El Director de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Publica o su delegado.
d) El Director de Redes en Salud Pública o su delegado. e) El Director de Investigación en Salud Pública o su delegado. f) El Director de Producción o su delegado. 9) El Director del Observatorio Nacional de Salud o su delegado. h) El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, quien será el Secretario Técnico de CPI.” ARTÍCULO 2°. MODIFICAR el artículo el artículo Séptimo de la Resolución No. 0719 de 2017 el cualquedará de la siguiente forma: “ARTICULO SEPTIMO-. Impedimentos. Cuando en las sesiones del Comité de Propiedad Intelectual sedelibere, para consideración y decisión respecto de una propuesta o solicitud de propiedad intelectual, en elcual uno de sus miembros participe, este deberá declararse impedido y abstenerse de participar durante lacorrespondiente discusión y decisión. Conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 734 de 2002 y en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011,el miembro del comité que se considere impedido, enviará dentro de los tres (3) días siguientes escritomotivado al superior, que, para el caso, es el Director General del Instituto Nacional de Salud. La Dirección General decidirá de plano sobre el impedimento dentro de los diez (10) días siguientes a lafecha de su recibo. Si acepta el impedimento, determinará a quién corresponde el conocimiento del asunto. La sesión del Comité se suspenderá mientras se resuelve el impedimento” ARTÍCULO 2”. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, modifica laResolución No. 719 del 12 de junio de 2017, y se publicará a través de la página Web del INS.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
LA DIRECTORA GENERAL, MARITHA LUCÍA OSPINA MARTÍNEZ Proyectó: Alejandra Vega Sarmiento - Oficina Asesora Jurídica 4Aprobó: Luis Ernesto Flórez Simanca Jefe Oficina Asesora Jurídica ( \